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miércoles, 13 de agosto de 2014

Participación "real" de las víctimas

INDDHH RECOMENDÓ HABILITAR LA QUERELLA PRIVADA EN FUTURO CPP


Caras y Caretas - 12 8 14


En momentos en que la reforma del Código del Proceso Penal (CPP) está próxima a aprobarse, la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recomendó al Parlamento que reconsidere el rol que se le otorga a la víctima en el proceso penal. La Inddhh planteó habilitar la querella privada y que las víctimas tengan posibilidad de formular imputación contra los imputados.

La Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores se apresta a aprobar, este martes, un nuevo Código del Proceso Penal, por elcual se consagra un sistema acusatorio, oral y público, donde la investigación de los ilícitos estará a cargo de los fiscales y las víctimas tendrán la posibilidad de participar del proceso. El proyecto saldrá con amplio consenso y tras varios años de discusión parlamentaria.
Sin embargo, la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) solicitó al Parlamento que reconsidere las disposiciones del proyecto que se relacionan con la participación de las víctimas de delitos en toda la etapa del proceso, de forma de ampliar sus potestades. En este sentido, la Inddhh solicitó que se habilite a las víctimas a formular acusación penal contra los imputados, en caso de que el representante del Ministerio Público considere que ello no es pertinente.
El proyecto de CPP otorga a las víctimas la posibilidad, si así lo desea, de participar del proceso, pedir pruebas y cuestionar un eventual pedido de sobreseimiento del o los imputados por parte del Ministerio Público. Empero, el proyecto no implica la creación de la figura del “querellante”, por lo que las víctimas no pueden formular acusación penal formal contra los responsables.
Ante esto, la Inddhh consideró que la solución que sería aprobada “no garantiza” una participación “real y efectiva” de las víctimas en el proceso penal, ya que “la pretensión punitiva seguirá quedando exclusivamente en manos del Estado, a través de la intervención del Ministerio Público, sea a través del fiscal que por turno corresponda, o, en su caso, de un fiscal subrogante”. “El modelo propuesto en el proyecto de ley no modifica sustancialmente la situación actual, que implica la invisibilización de la víctima en la totalidad del desarrollo del proceso penal”, afirmó la Inddhh, en un comunicado público.
Por este motivo, la Inddhh decidió recomendar al Poder Legislativoa “que tenga en cuenta que no debe confundirse el interés del Estado, representado por el Ministerio Público, con la defensa de los derechos de las víctimas de delitos, porque “ambos (el interés estatal y los derechos de las víctimas) no necesariamente siempre coinciden”.

“Por ello, los sistemas procesales penales más avanzados establecen el derecho de la víctima de intervenir sustantivamente en el proceso, solicitando el diligenciamiento de determinados medios de prueba; recurriendo decisiones judiciales que entienda no son conformes a derecho; o, especial y fundamentalmente, deduciendo la acusación penal, cuando el representante del Estado, como Ministerio Público, entiende que ello no es pertinente”, aseveró la Inddhh.
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