Mauricio Pérez – Brecha - 31 julio, 2020
La defensa de
uniformados logró postergar la resolución de dos indagatorias por crímenes de
la dictadura; por otro lado, dos militares fueron procesados por el homicidio
de Julián Basilicio López.
La
jueza Isaura Tórtora ordenó el procesamiento con prisión de los militares
responsables del homicidio del militante comunista Julián Basilicio López.
Magdalena Gutiérrez
Los cuatro
imputados por torturas en el Batallón Florida en 1972 debían declarar el
miércoles 29 ante la Justicia en audiencia ratificatoria. Se trata de una
instancia relevante del anterior proceso penal: sólo después de esta audiencia,
el juez queda habilitado para resolver sobre la responsabilidad de los
imputados en un crimen. Pero eso no se concretó.
La defensa de Armando
Méndez (director de Aduanas en el gobierno de Luis Alberto Lacalle) presentó
una acción de inconstitucionalidad que paralizó la indagatoria. El recurso
criticó la legalidad del artículo 9 de la Ley de Humanización y Modernización
del Sistema Carcelario –que regula la privación de libertad en el viejo Código
Penal– y fue acompañado por la defensa del resto de los imputados: Carlos
Legnani –comandante del Batallón Florida–, Sergio Caubarrere y Alberto
Grignoli.
El fiscal Ricardo
Perciballe solicitó el procesamiento de estos militares por los delitos de
lesiones graves y de privación de libertad. El fiscal consideró que fueron
responsables de las torturas sistemáticas contra detenidos políticos –en su
mayoría militantes del MLN-T– tras la declaración del estado de guerra interno
que suspendió las garantías constitucionales y otorgó a las Fuerzas Armadas
poderes de represión interna (veáse «Ellos son», Brecha, 28-II-20).
La presentación del
recurso retrasó una resolución que parecía inminente. El expediente deberá
pasar a estudio de la Suprema Corte de Justicia, cuyo fallo puede demorarse
varios meses. Sin embargo, el fiscal Perciballe solicitará que sea rechazado in
limine, o sea, de entrada, sin demora. Según fuentes de Fiscalía, la aplicación
del citado artículo es una facultad del juez, no preceptiva, por lo que no
puede ser cuestionada.
La presentación de
recursos en cascada para dilatar lo más posible la resolución de las causas por
violaciones a los derechos humanos –y evitar así la audiencia ratificatoria– es
una de las estrategias utilizadas por las defensas de los militares. Un caso
emblemático es la investigación por las torturas perpetradas en el Grupo de
Artillería Número 2, de Trinidad; en esa causa, la Fiscalía solicitó el
procesamiento del coronel Mario Ramos y del médico militar Nelson Fornos, pero
a casi tres años de ese dictamen aún no existe resolución.
La defensa presentó
cuatro excepciones de inconstitucionalidad contra tres leyes, todas rechazadas
por la Suprema Corte. Una dinámica que llevó a que el fiscal Perciballe
solicitara la sanción administrativa del abogado defensor (veáse «Paren un
poco», Brecha, 3-I-20). Tras el rechazo del último recurso, se fijó fecha para
la audiencia ratificatoria, de forma de cerrar la investigación, pero la
defensa volvió a presentar una inconstitucionalidad, la quinta, y la causa
volvió a detenerse. La Fiscalía volverá a pronunciarse en contra y argumentará
que este recurso es una burla a las víctimas y a la Justicia.
JUZGADOS
Pese a los avatares que
sufren varias causas, otras comienzan a resolverse. La jueza Isaura Tórtora
dispuso el martes 28 el procesamiento con prisión de los militares (r) Nelson
Coitinho y Hugo Garciacelay por el «homicidio muy especialmente
agravado» del militante comunista Julián Basilicio López en 1976.
López fue detenido el 31
de diciembre de 1975, en su casa en Piedras Blancas, y trasladado al Batallón
de Artillería Número 1. López fue detenido por personal del OCOA, como parte de
la Operación Morgan, la ofensiva represiva desplegada en dictadura contra el
Partido Comunista. Seis días después se le informó a la familia que había
muerto y que debían retirar el cuerpo en el Hospital Militar.
La indagatoria oficial en
dictadura concluyó que López falleció a causa de un accidente –al caer por una
escalera– o por un presunto suicidio. Sin embargo, la investigación judicial
desmintió esta versión. En la audiencia, oficiales y subalternos declararon que
el expediente de la justicia militar fue una puesta en escena para justificar
la muerte.
Los restos de López
fueron exhumados en 2015 y analizados por el Grupo de Antropología Forense.
Esta pericia reveló inconsistencias en la autopsia oficial realizada en 1976 y
firmada por el médico José Mautone. En tanto, una junta médica de la Cátedra de
Medicina Legal estimó que López sufrió una muerte violenta en un contexto de
torturas. Tenía 66 años.
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