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martes, 7 de septiembre de 2010

El estruendo de lo no dicho


Cada vez son más las testigos o querellantes que en distintas causas en la que se juzga a perpetradores de crímenes de lesa humanidad pueden y quieren hablar de las violaciones sufridas durante la tortura o mientras estaban en cautiverio.

Página 12. 3 9 10. Por Sonia Tessa.

En un caso, el testimonio de una víctima terminó en condena. En otros, todavía en curso, se amplió la acusación para que los crímenes sexuales no queden impunes. En agosto se realizó, en Buenos Aires, un seminario para jueces, juezas, fiscales y profesionales del derecho en el que se pusieron en común las estrategias y la jurisprudencia internacional para juzgar a los delitos sexuales en el marco de los delitos de lesa humanidad para que, no importa cuántos años pasen, no queden impunes.

La escucha se ha modificado, lo no dicho pugna por encontrar palabras.

La idea comenzó a gestarse hace tres años, durante el juicio a Héctor Febres. Allí, una testigo, en pleno llanto, contó que había sido violada mientras estaba secuestrada en el centro clandestino de detención.

El estupor recorrió la sala. “Nadie hizo nada, nadie dijo nada, nadie le ofreció un vaso de agua, nadie le preguntó si quería decir algo al respecto”, relata Lorena Balardini, socióloga del CELS, sobre el impacto que le produjo la dificultad de los distintos funcionarios judiciales presentes para hacerse cargo de esa acusación concreta.

Después de años de testimoniar el horror, las sobrevivientes pudieron hacerles lugar a las denuncias por violencia sexual, y fueron ellas, aunque sus compañeros también la padecieron. Aquella inquietud creció, como un desafío para dar respuesta a las víctimas y se convirtió en un documento elaborado por Balardini, en conjunto con la psiquiatra Laura Sobredo y la abogada Ana Oberlin, que se presentó a principios de agosto en el seminario “Derecho Penal Internacional y género”, organizado por el CELS, el Centro Internacional para la Justicia Transicional, Women’s Link Worldwide y la Unión Europea.

Destinado a quienes se llaman “operadores judiciales” –fiscales, jueces y juezas, abogados y abogadas– el encuentro convocó nada menos que al juez español Baltasar Garzón y a la ministra de la Corte Suprema Carmen Argibay, quien habló de su experiencia en el Tribunal Penal Internacional, y apeló a la “imaginación” para dar respuestas a las víctimas.

Que la violencia sexual fue sistemática en el marco de los centros clandestinos de detención, y por lo tanto un delito imprescriptible, ya que formó parte del plan sistemático para aniquilar a una generación rebelde, es el planteo que sustenta la búsqueda de un castigo específico.

El documento firmado por las tres profesionales –de larga trayectoria en el trabajo con las y los testigos de las causas– ensaya una respuesta a una cuestión muy transitada en los últimos días. ¿Por qué ahora? Se escucha preguntar en distintos programas de televisión y diarios sobre el testimonio de Lidia Papaleo de Graiver. Ella habla de sus miedos, de sentirse por primera vez habilitada para contar su verdad.

“Tenemos la posibilidad de hablar porque estábamos callados esperando el momento. Toda vez que se trató de decir la verdad no tuvimos la menor oportunidad, porque hay un poder para que esto no suceda”, explicó la mujer sobre la posibilidad de su palabra. Justamente, Sobredo aclara que “hay un tiempo que permite decir y que se escuche. Las dos cosas, porque para hablar, es necesario que haya un interlocutor. Si no, estamos en el terreno de la locura”.

En el documento, y referido específicamente a la violencia sexual, o en un sentido más amplio, a los delitos de género, se refieren al tiempo lógico. Ese concepto, de origen psicoanalítico, traza una genealogía. Al mandato de diseminar el terror vivido en los centros clandestinos de detención, los y las sobrevivientes contrapusieron desde el mismo momento de su liberación la voluntad militante de hablar por los compañeros muertos, de buscar justicia. Y lo hicieron de manera incansable.

En los primeros 80, con el hito de la causa 13, conocida como Juicio a las Juntas, dieron su palabra para probar el plan sistemático de represión ilegal, señalar dónde habían funcionado los centros, buscar pistas para dar con los cuerpos de los desaparecidos, identificar a los represores. Entonces, la soledad de los ex detenidos era palpable, con fuerza de sospecha hacia quienes estaban vivos. Pero, como cantó Cazuza, “el tiempo no para”.

Pasaron las leyes de obediencia debida, punto final, los juicios por la verdad. Una y otra vez, sus testimonios fueron esenciales para desentrañar el horror, ponerles nombres a sus ejecutores, hacer sentido en una sociedad que metaboliza de a poco lo ocurrido. Ahora es el momento de hablar por ellos mismos, de relatar la vivencia personal. Hoy, con los juicios en marcha en todo el país, cada sobreviviente cuenta lo que ocurrió, reclama una sanción por su propio “caso”.

En ese sentido, Sobredo conceptualiza el “tiempo lógico” de una manera muy didáctica. “Se trata de una temporalidad que no está relacionada con la cronología, sino con una sucesión de eventos, que uno posibilita al otro, sin el anterior no se puede seguir. Tiene que ver con la resolución del síntoma. Sin arribar a un primer momento no puede venir el segundo.

Eso se relaciona con las cuestiones traumáticas, que justamente están detenidas en el tiempo. Primero, fue necesario recordar a los que no podían hablar por ellos mismos porque no están, a los muertos y desaparecidos. Fue necesario identificar a los represores, y entonces después se puede hablar de uno.

Es ahora cuando las mujeres pueden hablar de ellas, y los hombres también... aunque han sido las mujeres las que han hablado de la violencia sexual”, afirma la psiquiatra, quien admitió que en este momento histórico, cuando cada testigo y querellante afronta el juicio en nombre propio, “se empieza a hablar de la intimidad, de lo personal, de lo que quedó en el secreto, de lo que no se dijo para no dañar a otros. Porque el relato íntimo es más femenino, aunque sea un hombre quien lo diga”.

Por otro lado, el documento “Violencia de género y abusos sexuales en centros clandestinos de detención. Un aporte a la comprensión de la experiencia argentina” menciona algo esencial. “Desde las palabras mismas de las sobrevivientes hemos podido comprobar que han minimizado históricamente sus padecimientos personales durante el cautiverio, frente al trato que padecieron sus parejas, familiares y/o sus compañeros de militancia durante la detención, la mayoría de los cuales se encuentran desaparecidos.

En relación particularmente con la violencia sexual, este delito ha sido muchas veces ocultado para no desviar la atención de lo ‘más importante’, en sus propias palabras, para ellas: conocer el destino de sus seres queridos. Por otra parte, en algunos casos han buscado proteger a sus seres queridos de ‘al menos alguna parte’ del horror vivido”, dice el documento.

Justamente, la intervención de la fiscal de la Audiencia Nacional de España Dolores Delgado en el seminario apuntó a lo ocurrido durante el juicio contra Alfredo Scilingo, donde las testigos priorizaron la denuncia del plan sistemático antes que su propio sufrimiento, lo que ella consideró otra prueba de la “generosidad” que caracterizó a las víctimas. Así, a muchas les dio pudor durante mucho tiempo la mención de la violencia sexual padecida. “Es cierto que muchas lo consideran menor, pero es lo que más impactó en su subjetividad”, agrega Oberlin.

Como en todos los delitos vinculados a las relaciones de género, juega además el tema de la culpa. “Sin dudas, la cuestión del algo habrá hecho también juega en la subjetividad de la mujer que fue violada en un centro clandestino, siente que por algo está viva. Y la sentencia del caso Molina recupera que una de las víctimas, frente al horror del campo, consideraba que una violación pasaba en segundo plano”, apunta Balardini.

El histórico fallo del Tribunal Oral de Mar del Plata, condenó el 9 de junio pasado al represor Gregorio Molina, entre otros delitos, por violaciones agravadas. “Lo que está pasando en este nuevo proceso es que si se ve que hay respuesta, se puede decir. Es importante que se le dé el mismo tratamiento que a la tortura. Hay un testimonio de una víctima que lo dice y se le cree. No hace falta más, no se necesitan pruebas del consentimiento, pruebas de rastros, lo valora en el contexto del plan sistemático, una víctima puede estar dispuesta a abrirse porque el interlocutor puede estar ahí”, plantea la socióloga del CELS.

Por otro lado, hasta 1999, los actuales delitos contra la integridad sexual eran considerados como una afrenta a la honestidad, ya que el bien jurídico a tutelar estaba centrado en la dignidad de las mujeres. Es que la posibilidad de denunciar forma parte de un proceso que excede por mucho lo individual.

El cambio de percepción social sobre los delitos contra la integridad sexual, impulsado por el movimiento de mujeres, también permite hacerlos visibles. En los años ’80, las violaciones eran directamente un tabú. Aun así, muchas testigos contaron en el Juicio a las Juntas que lo habían padecido. Allí comienza a tallar, de un modo definitorio, el tema de la escucha.

“Nunca antes conté que me habían violado porque nadie me preguntó”, dijo en una entrevista a Las 12 Lidia Biscarte, sobreviviente del circuito de centros clandestinos de detención de Zárate–Campana. En los debates que se produjeron durante el seminario, se planteó la cuestión de los delitos de “instancia privada”. Pero queda claro que esa definición no es válida para legos.

Muchas de las personas que transitan los tribunales como testigos y querellantes, desconocen los códigos procesales y, por eso, la cuestión del acceso es fundamental. “Si hemos sido creativos para salir del concepto tradicional de torturas, también debemos considerar qué trabajo hay que hacer con la víctima para salvar ese obstáculo. De otro modo, nos quedamos en que soy fiscal, se trata de un delito de instancia privada, y me voy a sentar en un contexto de teléfonos que suenan, personas que pasan, papeles que vuelan, allí es muy difícil que una ex presa diga: ‘A mí me violaron, quiero denunciar’. No estamos recién empezando, sabemos que no se puede revictimizar a la víctima de esa manera”, expresa Balardini.

“Muchos jueces son renuentes a tomar este tipo de denuncias porque reproducen las prácticas sexistas de la sociedad en general”, indica Oberlin, abogada de Hijos. El documento expresa esa dificultad: “Si la experiencia demuestra que resulta complejo para cualquier persona relatar los abusos sexuales a los que fue sometida, sin dudas aumenta esa dificultad el hecho de que los funcionarios se muestran muchas veces renuentes a escuchar este tipo de relatos y no generan el marco adecuado para que las víctimas puedan expresarse.

En el caso de estos delitos cometidos dentro de un centro clandestino de detención, es prueba de lo expresado que en general al prestar declaración testimonial no se les pregunta particularmente si fueron víctimas de violencia sexual durante su detención y sí se les consulta respecto de otros delitos (robos, torturas, ingresos violentos a sus domicilios). En los escasos procesos penales en que las víctimas han declarado haber padecido agresiones sexuales, estas denuncias fueron efectuadas de manera espontánea por quiénes las sufrieron”.

Para muchos operadores, incluso, no está probada la sistematicidad de los delitos contra la integridad sexual en los centros clandestinos de detención. Esa es la posición que planteó el juez federal Daniel Rafecas durante el seminario. Por un lado, Garzón le respondió que la sistematicidad está dada por el contexto de un plan generalizado contra la población civil, lo que configura el delito de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma.

Al mismo tiempo, Oberlin afirma que los numerosos relatos de víctimas dan cuenta de esa sistematicidad. “La prueba de esa masividad es la pluralidad de autores, tanto vertical como horizontal, de todas las fuerzas y de todas las líneas, en los centros clandestinos. Eso te demuestra que había una cuestión sistemática. Los relatos surgen todo el tiempo, pero habría que ver la escucha del Poder Judicial”, dice la abogada.

El documento también lo subraya. “La validez de la palabra de la víctima como prueba clave del delito de violación y las dificultades que venimos reseñando sean quizás un ejemplo paradigmático de la desigualdad de género que el sistema patriarcal organiza y sostiene”, dice.

Los delitos contra la integridad sexual formaron parte del plan de aniquilamiento de la subjetividad de los y las militantes. A muchas mujeres las violaban –o simulaban violarlas– de manera que escuchara su compañero.

Una de las testigos del circuito Atlético-Banco-Olimpo relató que cuando la violaron le dijeron “andá a contarle al montonerito ese que tenés”, en relación a su novio. Tenía un sentido de humillación contra militantes. Las violaciones ponían además en acción el concepto de mujer que tenían los integrantes del aparato represivo y, al mismo tiempo, tenían un sentido disciplinador.

Estaban violando a mujeres que habían salido del molde, que habían desobedecido el mandato de ser amas de casa, de quedarse recluidas en lo privado, y habían salido a la esfera pública para luchar contra el orden social. “Si el objetivo era aniquilar y quebrar, violando a las mujeres era una de las formas de lograrlo”, dice Oberlin.

Los relatos recogidos en el documento son sobrecogedores. “El tenía la particularidad de violar después de salir de la sala de tortura, se pueden imaginar en la situación que uno estaba, generalmente uno no podía caminar”, dice uno de los testimonios del caso Molina, que terminó con el fallo ejemplar de Mar del Plata.
Si se considera que fueron sistemáticos, se abre la puerta para castigarlos como delitos de lesa humanidad y darles valor a la palabra de las víctimas, que se convierte en la prueba clave.

Además, esta situación no es novedosa. Quedó demostrada en los juicios del Tribunal Penal Internacional en los casos de Ruanda y la ex Yugoslavia, entre otros.

Allí aparece el tema de la responsabilidad. Como las víctimas permanecían vendadas la mayor parte del tiempo en los centros, hace falta apelar a tipos penales como la autoría mediata. Si no puede establecerse con certeza el responsable directo (lo que sí ocurrió en el caso Molina), se puede tomar la misma decisión respecto de los jefes de los centros que se aplica en los casos de torturas. Incluso, el fiscal Omar Palermo planteó en el seminario que se puede imputar a los superiores en su calidad de garantes, ya que no hicieron nada para evitar esos delitos.

Por otro lado, las violaciones fueron la más generalizada, pero no la única violencia de género ejercida en los centros clandestinos de detención. “Esta situación se sumaba por supuesto a los abusos vinculados al género sufridos sistemáticamente una vez ingresados al campo: la desnudez forzada, la inexistencia de intimidad respecto de la satisfacción de las necesidades fisiológicas y la violación sexual a personas débiles por la tortura, encadenadas o engrilladas y privadas de la visión fue parte de la cotidianidad en estos centros clandestinos”, dice el documento. Oberlin también rememora los abortos obligados a detenidas que quedaron embarazadas producto de esas violaciones, los partos en cautiverio y muchos casos de simulacros de tormentos, o su propia aplicación, a los hijos de las víctimas. No se trata de plantear que las mujeres fueron “más” víctimas por su condición de género, sino de despejar esa violencia específica como parte de un plan contra varones y mujeres.

La iniciativa del CELS plantea la necesidad de encontrar una sanción para la violencia sexual. “Creemos firmemente en la capacidad potencialmente reparadora del la condena judicial de los delitos de lesa humanidad. Cada vez que una violación grave a los derechos humanos como las aquí abordadas queda impune, cada vez que la herida irreparable que sufren las víctimas no encuentra en la Justicia un marco de sentido que la diferencia de sus victimarios, el sistema de justicia todo no está a la altura de sus funciones”, dice el documento elaborado por Balardini, Oberlin y Sobredo.

Para Oberlin, lo más potente es el deseo de las víctimas. “Las mujeres lo denuncian y lo enuncian porque quieren que las violaciones sean castigadas”, dice la abogada. Así lo dijeron también, entrevistadas por Las 12, Lidia Biscarte y Eva Orifice, que se presentaron ante la Cámara Federal de San Martín para pedir que se incluya la violencia sexual entre los delitos que sufrieron como detenidas en los centros clandestinos.

“Son unos degenerados y tienen que pagarlo”, dijo Biscarte, mientras Eva lo expresó con otras palabras: “Era uno de los pasos que se seguían en relación a cómo deteriorarte como persona. Vos eras una cosa en poder de ellos”.

Por eso, las autoras del documento consideran “extremadamente importante para las víctimas que han decidido exponer estos hechos que los responsables sean castigados particularmente por las violaciones sexuales padecidas. Los delitos contra la integridad sexual generan un daño tan profundo que aun pasados muchísimos años siguen impactando en la subjetividad de quienes lo sufrieron”.

Para ellas, además, “visibilizar la violencia sexual presente significa echar luz sobre la violencia sexual actual”. Iluminar aquellas violaciones, obtener un castigo para sus responsables, es también una forma de combatir la impunidad actual. “Queremos que el tema se hable, que se discuta, que se haga visible”, dice Balardini sobre las iniciativas que llevan adelante desde el CELS. El silencio es el mejor cómplice de la impunidad.

La violencia obturada.

Por Marta Dillon

“Durante el Juicio a las Juntas no preguntamos específicamente sobre violencia sexual. Me acuerdo del caso de una mujer que después de testimoniar quiso agregar expresamente que al momento de su liberación, el represor que estaba a cargo de ella le dijo que antes iban a tener relaciones sexuales, que ella elegía si era en el mismo auto en que la trasladaba o en un hotel. Ella eligió el hotel, sin embargo fue una violación.”

La historia la contó Luis Moreno Ocampo, fiscal de la Corte Penal Internacional, durante la apertura del seminario de que da cuenta la nota en esta página. Lo contó a sabiendas de que cualquiera podría entender por qué entonces no se había indagado sobre delitos sexuales y cuál es la dificultad de registrar cuando un delito de esta naturaleza se produce.

En 1985 sólo algunas feministas podrían haber reparado en la estrategia de supervivencia que aquella mujer puso en marcha al elegir el lugar en el que iba a ser violada, después de un cautiverio anónimo, por el mismo que tenía las llaves de su libertad o de su muerte. Ella eligió un sitio donde al menos no sería tan fácil matarla y quedar impune. Ella sobrevivió para contarlo y tal vez recién ahora, 25 años después, haya una brecha para que tampoco esa violación quede impune.

Luisa Galli, quien fuera detenida junto a su compañero a mitad de los años 70, cuenta en un documento que elaboraron María Sonderéguer (UNQ) y Violeta Correa (UNLa) –y que se presentó en el mismo seminario– que durante un traslado en el que ambos viajaron juntos le dijo a él: "Hacen lo que quieren, pero estoy entera".

Ella quería tranquilizar a su compañero, dice también, conjurar la pesadilla de él poniéndole palabras. "Hacen lo que quieren" era sinónimo de violación. De alguna manera Luisa sabía en qué pensaba su marido. Y es que la violación no es sólo una apropiación del cuerpo, un ataque que deja marcas que atraviesan el tiempo y que se imprimen más allá de la piel. También es un mensaje, un mensaje con destinatario masculino.

Cuando cinco ex detenidas desaparecidas en la Esma contaron en un libro, Ese infierno, su vida cotidiana en cautiverio, la relación con los captores, cómo se veían obligadas a funcionar como partenaires sexuales o sociales de los mismos que les ponían los grilletes para irse a dormir y se los quitaban para que pudieran maquillarse, el recelo fue solapado, ya nadie se hubiera animado a calificar en voz alta la jerarquía de las víctimas –porque sí, siempre hubo jerarquías entre las víctimas, ninguna vida vale lo mismo que la otra– pero hubo preguntas murmuradas sobre el para qué de esos relatos.

Relatos de una violencia de género que ahora el mismo Moreno Ocampo califica como "casos clarísimos" de violencia sexual.

Es cierto que los delitos de violencia sexual fueron considerados como de lesa humanidad recién en 1998 a partir del conflicto armado de la ex yugoeslavia y del genocidio en Ruanda. Pero desde entonces, en ese marco, ya no se puede poner en discusión el consentimiento de la víctima cuando su voluntad completa ha sido expropiada mientras está en cautiverio, ha sido torturada o está detenida.

Este es un cambio fundamental. Pero si el tiempo de escuchar y actuar en consecuencia ha llegado, si este que hasta ahora parece el último silencio empieza a quebarse es gracias a la persistencia de las víctimas que siguen testimoniando y a su ciega confianza en que la impunidad se ha resquebrajado.

Aun a pesar de la desaparición de Julio López y de la muerte dudosa de Silvia Suppo hace, esta semana, un año. Dos testigos que ya no están y cuya falta merece Justicia, pero que lejos de forzar un paso atrás ha confirmado la voluntad de los y las sobrevivientes.

Algunas consideraciones para tener en cuenta a la hora de tomar declaración a una víctima o testigo de crímenes de género:

• Si no se pregunta sobre la violencia sexual, probablemente no se averiguará nada sobre la misma. La pregunta debe hacerse de manera directa.

• La violencia sexual debe ser tratada como un crimen en sí mismo y no como un mecanismo para comprender mejor sobre crímenes que se consideran “más serios”.

• Las violaciones y otras formas de agresión sexual ocurren comúnmente en el contexto de detenciones, arrestos, torturas, asesinatos masivos y en campos de personas desplazadas.

• No debe asumirse que las víctimas de violencia no quieren contar su historia. Muchas quieren hacerlo y participar a la hora de llevar a los culpables a los tribunales.

• No se debe asumir quién es o no víctima de violencia sexual. Aunque esta forma de violencia sea cometida principalmente contra mujeres jóvenes, no quiere decir que mujeres mayores u hombres no puedan ser víctimas y/o testigos.

(*) Crímenes de género en el derecho penal internacional, Women’s link worldwide.
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Presidente

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