La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay

Datos

Joaquín Requena 1533 esquina Brandzen. Telefax: 2408 44 65. Montevideo. Uruguay. Dirección electrónica: crysol2003@gmail.com

Horario de atención en nuestra sede social: de lunes a viernes de 14.30 a 19 horas. Cuota social: $ 310.-

sábado, 18 de septiembre de 2010

Asamblea Nacional de ex pres@s polític@s: Adelante Crysol !!!


Vista parcial de la mesa que condujo la asamblea.


Vista general de la asamblea.


Crysol homenajeando a Daniel Viglietti
por su constante y permanente apoyo al colectivo.


Daniel Viglietti homenajeando a Marcos Velázquez.

En la tarde de hoy, sábado 18 de septiembre de 2010, se llevó a cabo la Asamblea Nacional de ex presas y de ex presos políticos de Uruguay convocada por Crysol al cumplirse un año de la promulgación de la Ley de reparación 18 596.

El evento se llevó a cabo en la sede social de la Asociación de la Prensa del Uruguay (APU), en el centro de Montevideo. Comenzó a las 15 horas.

Por encontrarse fuera del país, no asistió el Presidente de Crysol, cro. Baldemar Taroco.

El cro. Dr. Ricardo Ehrlich (Ministro de Educación y Cultura) se disculpó por no poder asistir y nos deseó éxito telefónicamente.

La asamblea fue presidida por los miembros de la Comisión Directiva de Crysol, Gastón Grisoni, Julio Martínez, José Silva, Brenda Falero y Carmen Vernier.

Delegaciones de diferentes puntos del país se hicieron presentes y participaron activamente en la asamblea deliberativa.

Antes de comenzar la asamblea se llevó a cabo un sencillo homenaje a Marcos Velázquez recientemente fallecido y a todas y a todos los ex presos políticos fallecidos desde la última reunión de este tipo con una breve actuación de Daniel Viglietti.

También se realizó un homenaje sorpresa al cro. Daniel Viglietti por su apoyo permanente desde siempre al colectivo. Se contó con una intervención especial del cro. José Alaníz (Pepe Veneno). Brenda Falero y Chela Fontora le entregaron una artesanía en agradecimiento y se vivieron momentos de intensa emoción.

Posteriormente y dando comienzo a la asamblea propiamente dicha, Gastón Grisoni, Secretario de la institución, presentó y fundamentó la propuesta de resolución que para la instancia fuera difundida previamente por Crysol.

Las diferentes comisiones (Caducidad, Salud, Memoria, Finanzas, Casa) presentaron sus respectivos informes y se procedió a la instancia de debate y de presentación de propuestas modificativas a la resolución.

A la hora 17,45 se procedió a votar la propuesta de resolución que fue aprobada por unanimidad recogiendo las diferentes sugerencias que fueron presentadas.

Resolución aprobada por la Asamblea Nacional de ex presos políticos de Uruguay

La Asamblea Nacional de ex presas y de ex presos políticos, reunida a instancias de Crysol, en el día de la fecha en la sede de la Asociación de la Prensa del Uruguay (APU), resuelve:

1. A 25 años del retorno a la institucionalidad democrática como resultado de la resistencia y de la lucha del pueblo uruguayo al Terrorismo de Estado, son grandes las tareas y desafíos pendientes de resolución para erradicar definitivamente de la sociedad el legado nefasto de dicho período y afirmar un Estado de derecho pleno.

2. Anular y/o destruir técnicamente la Ley de Caducidad, por inmoral, injusta e inconstitucional, tal como lo reclaman más de 1.200.000 uruguayos y la Comisión Interamericana de DDHH, paso de enorme importancia y trascendencia para continuar desterrando la cultura de la impunidad, es el desafío más inmediato e irrenunciable.

3. Establecer la verdad de lo sucedido con todos los Detenidos Desaparecidos, el qué, cómo, cuándo, dónde y porqué, es un principio esencial de afirmación de la justicia. Las FFAA deben asumir ante el conjunto de la sociedad su responsabilidad institucional por dichos crímenes, dar toda la información que siguen ocultando a los familiares y a la sociedad, someter a tribunales de Honor a los responsables de los mismos con igual rigor con que se ultrajan ante fraudes y estafas económicas que son delitos de un rango inferior.

4. Lograr que todos los poderes del Estado uruguayo asuman las normas de DDHH con igual jerarquía que otras normas del sistema positivo, que se creen tribunales especializados para los mismos, que se tipifiquen los Delitos de Lesa Humanidad de acuerdo a los compromisos internaciones y a las leyes vigentes, que se pueda acceder a las historias clínicas de quienes estuvieron internados en el Hospital Central de las FFAA durante el proceso cívico militar, asegurar el acceso pleno a los archivos de la represión, brindar apoyo jurídico, psicológico y material a quienes inician juicios por dichos delitos, son esfuerzos destinados a mejorar la calidad de vida de todos los uruguayos y cimentar un futuro esperanzador.

5. En este marco, aprobar una Ley de Reparación Integral para todas las víctimas del Terrorismo de Estado que cumpla con la Convención Internacional contra la Tortura y otros Tratos y Penas crueles, inhumanos y degradantes y con la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas es una demanda de nuestra organización que sigue teniendo plena vigencia.

6. La Ley de Reparación 18 596 promulgada el 19 de setiembre de 2009 es un paso importante en el camino de superar los daños causados por el proceso iniciado a partir del 13 de junio de 1968. No es una ley de reparación integral ya que no cumple con estándares internacionales en la materia e incluye un artículo 22 injustificado en una norma con tales características.

No obstante lo anterior proceder a su rápida y efectiva implementación, para que los beneficiarios de ella puedan acceder a lo consagrado por la ley, dotando a la Comisión Especial de los recursos materiales, humanos y financieros para su trabajo efectivo, merece el esfuerzo y la militancia del colectivo organizado actuando dentro de la Comisión Especial y fuera de ella.

7. A un año de la aprobación de la Ley 18 596, la no emisión por parte del Poder Ejecutivo del decreto reglamentario del Artículo 10 que consagra la atención gratuita y vitalicia en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) para algunos grupos de víctimas del Terrorismo de Estado y jerarquiza jurídicamente las disposiciones del Decreto 268/08, es una demora injustificada que revictimiza a quienes tanto sufrieron y tanto debieron aguardar para que el Estado uruguayo asumiera sus obligaciones en la materia.

8. Realizar una concentración ante la sede del Ministerio de Salud Pública (MSP) el miércoles 13 de octubre de 2010, a la hora 15.00, en respaldo a la demanda de una rápida implementación del Artículo 10 (reparación en salud) de la ley 18 596.

9. Superar todas las injustas exclusiones, carencias, insuficiencias y omisiones de la Ley Jubilatoria 18 033, mediante una nueva ley, debe seguir en la agenda del colectivo organizado, del mismo modo que potenciar nuevamente el trabajo por una efectiva implementación de la labor de la Comisión Especial.

10. Facilitar el proceso de amparo a quienes estuvieron detenidos en centros clandestinos de detención en el exterior ante la no entrega de la documentación pertinente por parte de las FFAA debe recibir el máximo apoyo institucional actuando dentro y fuera de ella.

11. Modificar sustancialmente el decreto 106/2007 del Poder Ejecutivo para que los cónyuges de ex presos políticos fallecidos perciban la Pensión Especial Reparatoria del Artículo 11 (trasmitida como pensión de sobrevivencia) junto con sus propias jubilaciones o pensiones es un desafío impostergable para avanzar también en el camino de la justicia previsional.

12. En tanto la Pensión Especial Reparatoria del Artículo 11 de la Ley 18 033 es considerada una prestación previsional que genera pensión de sobrevivencia, debe ser asimilable a cualquier otra jubilación y generar, igual que las mismas, gastos de velatorio y expensas funerarias para los cónyuges en el Banco de Previsión Social (BPS).

13. Transformar el Centro de Altos Estudios Nacionales (CALEN) en un lugar de memoria y DDHH, gestionado por las organizaciones de víctimas del Terrorismo de Estado, es un requisito impostergable en la construcción de la Memoria Histórica de la lucha del pueblo por la libertad y como edificación del futuro.

14. En el mismo sentido, establecer un Día Nacional de la Memoria en recordación y homenaje a todas las víctimas del Terrorismo es una deuda pendiente de la democracia uruguaya para dar cumplimiento a las normas internacionales de DDHH y a lo establecido por la Ley de Reparación 18 596.

15. Lograr que el 14 de marzo sea oficializado por el Estado uruguayo como Día del Liberad@ es un reconocimiento de dignificación social colectiva a los miles de uruguayas y de uruguayos que sufrieron prisión y torturas por razones políticas, gremiales o ideológicas en el período iniciado a partir del 13 de junio de 1968.

16. Instalar a la brevedad la Institución Nacional de DDHH, creada a fines del año 2008 y cuyo nombre reivindicamos, como ámbito de defensa y protección de los derechos individuales y colectivos, contra toda forma de impunidad, dotándola del presupuesto acorde a su importancia y obligaciones es una necesidad de la sociedad civil y un compromiso para nuestro colectivo.


Montevideo, sábado 18 de septiembre de 2010

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