Es tiempo
La Justicia
deberá resolver la situación procesal de Miguel Sofía.
Por Mauricio Pérez – Brecha – 29 5 2020
Miguel Sofía, a la salida del juzgado situado en Uruguay y Convención
en enero de 2019. Foto: Manuela Aldabe
Más de un año después de
que dispusiera la prisión preventiva del empresario Miguel Sofía, la Suprema
Corte de Justicia rechazó las excepciones de inconstitucionalidad presentadas
por este. El expediente volverá ahora a un juzgado para que se defina su procesamiento
por los crímenes del Escuadrón de la Muerte.
Miguel Sofía, uno de los
integrantes más notorios del Escuadrón de la Muerte, seguirá en prisión. Al
menos por ahora. La Suprema Corte de Justicia (Scj) rechazó, por mayoría, la
acción de inconstitucionalidad presentada por su defensa contra las leyes
18.026 y 18.831, al considerar que Sofía no tiene legitimación activa para
accionar contra ellas. El recurso era esperado por la defensa, ya que un
pronunciamiento favorable podía implicar el cese de la prisión preventiva,
impuesta en enero de 2019, horas después de su detención, tras permanecer
varios años prófugo de la Justicia uruguaya.
En este
sentido, la Scj afirmó que varios de los cuestionamientos esgrimidos por Sofía
ya fueron resueltos en el proceso y tienen autoridad de “cosa juzgada”. Además,
la Corte reiteró su postura contraria a la prescripción de los crímenes de la
dictadura. Según el máximo órgano del Poder Judicial, para calcular el plazo de
prescripción no resulta computable el período de vigencia
de la ley de caducidad,
ya que durante ese tiempo el Ministerio Público estuvo inhibido de ejercer su
poder-deber de acción penal. “La vigencia de la ley de caducidad significó un
claro obstáculo insuperable (irresistible) para el ejercicio de la acción penal”,
afirmó la Corte, según el fallo al que accedió Brecha.
La detención de Sofía se
produjo el martes 8 de enero de 2019, sobre las 20.00, en Francisco Antuña y
Benito Blanco. Un informante anónimo advirtió de su presencia en Uruguay, a donde
había llegado para pasar las fiestas junto con su familia. Una investigación de
Interpol confirmó el dato y comenzó el operativo para capturarlo, con
allanamientos en Punta del Este y Montevideo. Al ser detenido, se identificó
como Adolfo Aldo Casaballe Lapido y presentó una cédula con ese nombre, pero la
foto –pese a la similitud física– no coincidía. Pasó la noche en la sede de
Interpol.
Estaba prófugo desde
2009, cuando el fiscal Ricardo Perciballe solicitó que se lo procesara con
prisión por tres de los crímenes atribuidos al Escuadrón de la Muerte (o
Comando Caza Tupamaros), la organización parapolicial y paramilitar que operaba
antes del golpe de Estado: la desaparición de Héctor Castagnetto y los
homicidios de Manuel Ramos Filippini e Ibero Gutiérrez. Se estima que residió
varios años en Estados Unidos. Según datos de Migraciones, ingresó varias veces
a Uruguay por el paso fronterizo de Fray Bentos. La cédula de Casaballe Lapido
estaba denunciada como robada desde hacía unos diez años. Con esa cédula,
también se registró en varios hoteles de Uruguay.
En su primera declaración
judicial tras ser detenido, Sofía se declaró inocente e intentó desacreditar
las acusaciones en su contra, sobre todo el testimonio del exfotógrafo policial
Nelson Bardesio –condenado por la desaparición de Castagnetto–, quien en 1972,
tras ser secuestrados por el Mln, identificó a varios integrantes del grupo
parapolicial. Su defensa, en tanto, se abocó a los aspectos formales: el
abogado Aníbal Martínez Chaer –el mismo que defendió a Bardesio en esta causa–
insistió en la tesis de la prescripción de los delitos y presentó el recurso de
inconstitucionalidad.
La jueza Fanny Canessa
(hoy jubilada) suspendió el proceso y elevó los antecedentes a la Corte, pero
antes aplicó la denominada “teoría Buñuelo” – avalada por la Corte para los
juicios en trámite por el nuevo Cpp– y dispuso una medida cautelar de prisión
preventiva mientras se sustancie ese recurso. Canessa entendió, al igual que la
fiscal Silvia Gari, que esta tesis también podía aplicarse en las causas del
viejo Cpp. La prisión preventiva se justificó en la gravedad del delito
imputado y el riesgo de fuga.
Sin embargo, en su
sentencia, la Corte cuestionó la decisión de Canessa de dictar la prisión
preventiva de Sofía con base en la “teoría Buñuelo”. Según la Scj, la jueza “no
cumplió en forma exacta, precisa y completa” con las disposiciones del viejo
Cpp, que regulan este proceso y no podían desconocerse aplicando preceptos del
nuevo Cpp. Esto –según la ministra María Elena Martínez– ameritaría “la
formación de pieza por proceso
disciplinario”
contra Canessa, algo que no se podría hacer, ya que la jueza se jubiló a
mediados de 2019.
PALABRAS SUELTAS.
Tras la sentencia de la
Scj, el expediente volverá al juzgado para que se defina la situación procesal
de Sofía, es decir, su procesamiento o su absolución. Se estima que antes de
dictarse la sentencia, el expediente pasará en vista a la Fiscalía
Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, para que ratifique el pedido de procesamiento.
Algo que se estima evidente, ya que fue Perciballe quien solicitó el
procesamiento de Sofía, el inspector Pedro Freitas y otros dos policías
vinculados con la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (Dnii). En
2010, en tanto, la Justicia dispuso el procesamiento del fotógrafo Miguel
Bardesio –hoy condenado–, detenido en Argentina y extraditado a Uruguay, tras
permanecer casi treinta años con paradero desconocido.
El vínculo de Sofía con
la ultraderechista Juventud Uruguay de Pie (Jup) y el Comando Caza Tupamaros
quedó al descubierto con el testimonio de Bardesio ante el Mln, que dio lugar a
las denominadas “actas de Bardesio”, difundidas por el grupo guerrillero. Tras
ser liberado, Bardesio confirmó sus dichos ante varios legisladores, entre
ellos, Wilson Ferreira Aldunate. Por esos años, Sofía era una persona de
confianza del entonces subsecretario del Interior, Armando Acosta y Lara,
asesinado por el Mln en abril de 1972.
Según Bardesio, Sofía
tenía acceso directo a las dependencias de la Jefatura de Policía de Montevideo
y a las oficinas del personal estadounidense que colaboraba con esta en Uruguay
(Brecha, 29-VIII-08). Su relato señala que Sofía (alias “José”) participó en la
muerte del joven Héctor Castagnetto, secuestrado, torturado y asesinado por
miembros de la organización paramilitar, cuyo cuerpo fue arrojado a las aguas
del Río de la Plata.
Tras el golpe de Estado,
Sofía cumplió funciones como diplomático. Fue jefe de la sección de pasaportes
del Ministerio de Relaciones Exteriores y, más tarde, funcionario de confianza
en la embajada de Uruguay en Estados Unidos – cuando el embajador era Jorge
Pacheco Areco– y en la embajada en Taiwán. Sobre el final de la dictadura,
recibió la concesión de la radio Emisora del Plata y, más tarde, ya en plena
democracia, obtuvo la concesión para explotar el servicio de tevé cable en
Ciudad de la Costa. Esa adjudicación fue revocada en 1998, lo que derivó en un
millonario juicio contra el Estado, que fue rechazado. Ahora deberá pronunciarse
la Justicia penal.
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