Una calamidad nacional
La dictadura uruguaya empobreció al país. El terrorismo estatal le dejó a la sociedad uruguaya, además de un agobiante déficit permanente de la Caja Militar. el costo de resarcir los daños generados por su accionar criminal.
Afiche electrónico falso que suele circular en las redes culpando a las víctimas del terrorismo de Estado
Desde hace años y de manera recurrente, se generan campañas destinadas a demonizar las leyes reparatorias que desde 1985 se han aprobado. Son leyes destinadas a resarcir a las personas que sufrieron graves violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. Son víctimas directas del accionar represivo de los funcionarios estatales.
La Ley 18 033 en el foco permanente
La ley 18 033 de octubre de 2006, ampara a varios universos de víctimas del terrorismo de Estado: detenidos, requeridos, clandestinos, presos políticos procesados, presos políticos no procesados pero detenidos por más de un año, detenidos en centros clandestinos de detención en Argentina, exiliados y despedidos en la huelga general en el marco del Decreto 518/73.
Muy posiblemente, el número de personas amparadas en dicha ley sea 5.700 tal cual lo señala el afiche y tal como se ha informado en muchas ocasiones por diferentes medios. Teniendo en cuenta la magnitud del accionar represivo que se desplegó en nuestro país desde el momento en que el Parlamento declaró el Estado de Guerra Interno, en abril de 1972, la cifra de beneficiados es escasa.
Pone claramente de manifiesto que la acción reparatoria del Estado, tal como han señalado las auditorías internacionales, aún tiene un largo camino a transitar. Además, dicho número debería ser mayor teniendo en cuenta que existen universos no contemplados hasta el momento como los niños y adolescentes de la época que eran familiares directos de los ex presos políticos.
Una enorme maquinaria represiva
Uruguay llegó a ser el país con la mayor cantidad de presos políticos en relación a la población durante la dictadura. Según cifras oficiales durante todo el proceso iniciado el 13 de junio de 1968 hasta el fin de la dictadura, hubo 200 asesinatos o ejecuciones extra judiciales, casi 200 detenidos desaparecidos, más de 20.000 ciudadanos privados de su libertad, 7.500 de ellos procesados formalmente por tribunales militares.
Miles y miles de uruguayos, asimismo, debieron partir al exilio debido a que eran buscados por los servicios represivos. Abandonaron su país, para preservar su libertad y probablemente sus vidas, cuando Uruguay se convirtió en una gran prisión.
La tortura, incluso para enseñar a torturar, como puso de manifiesto la reciente difusión de la actuación de la justicia militar en el caso Vladimir Roslik, siempre estuvo asociada a las detenciones y a las privaciones de libertad, incluyendo a menores y abusos y violaciones sexuales.
Justicia y la obligación de reparar el daño ocasionado
Cuando los Estados atropellan los derechos de los ciudadanos tienen la obligación de juzgar a los responsables de las graves violaciones y también la de reparar el daño y el sufrimiento que ocasionan sus funcionarios.
La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, aprobada en diciembre de 2005 por la Asamblea General, es el instrumento internacional que define las obligaciones de los gobiernos y Estados al respecto y de manera integral. La Ley 18 033 y la Ley 18 596, aprobadas ambas durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, a más 20 años del retorno a la democracia, se inspiraron en dicha resolución. Fueron leyes que implicaron un gran esfuerzo y una gran movilización por parte de nuestro colectivo para que ellas fueran presentadas y aprobadas.
El “privilegio” de haber sido torturados
Las periódicas campañas publicitarias, con participación de parlamentarios que buscan un fugaz foco de atención, presentan a los beneficiarios de las leyes reparatorias, especialmente a los ex presos políticos, como seres privilegiados que han obtenido una recompensa monetaria por haber actuado políticamente. Según informara Búsqueda en el año 2018 existían en ese momento 2153 beneficiarios de la Pensión Especial Reparatoria.
Las constancias oficiales de la actuación de la justicia militar de la época y del Poder Judicial son la base fundamental para otorgar dicho amparo a los peticionantes por parte de la Comisión Especial de dicha Ley. Fueron amparados en dicho artículo ciudadanos que pertenecían a todo el amplio abanico de opciones políticas.
El beneficio de la Pensión Especial Reparatoria del Artículo 11 de la Ley 18 033, es el resarcimiento por haber sido procesados y privados de la libertad por largos períodos por la Justicia Militar, sin garantías de ningún tipo, en detenciones asociadas a la tortura masiva y sistemática, por haber visto destrozados sus proyectos de vida.
Debe señalarse que quienes perciben la Pensión Especial Reparatoria deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones para acceder a ella. Esta disposición ha sido cuestionada por los organismos internacionales de DDHH e incluso por la Institución Nacional de DDHH. Eliminar las restricciones que impiden que los ex presos políticos accedan a sus jubilaciones es un desafío pendiente del Estado uruguayo y del gobierno actual.
Presos por luchar
En este país, desde hace 36 años, hay democracia, hay libertades, hay gobiernos electos en las urnas, hay tres poderes estatales funcionando porque miles y miles de uruguayos enfrentaron la política autoritaria de Pacheco Areco, la dictadura de Juan María Bordaberry y al proyecto de país del terrorismo de Estado expresado en la reforma constitucional rechazada en noviembre de 1980. En ese multitudinario torrente popular a miles de ciudadanos les tocó ser privados de su libertad y ser confinados en centros de reclusión previstos para la destrucción. Fue el precio que pagaron por ser fieles a sus convicciones y haber elegido el camino de la libertad.
Los costos de las leyes reparatorias son solventados por Rentas Generales, no afectan los fondos propios del BPS, tal como lo establece la Ley 18 033. Los gastos en que incurre el país por cumplir con las normas de DDHH y resarcir, en parte, los daños del terrorismo de Estado son otro legado nefasto de la dictadura cívico militar. Demuestran la barbarie de su accionar contra miles de ciudadanos. Quienes la impulsaron, la llevaron adelante, la defienden y la justifican hasta hoy deben hacerse cargo. Es su responsabilidad criminal.
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Opinando N° 10 – Año 10 – Miércoles 18 de agosto de 2021