Ahh, maldita Ley de Caducidad
Al amparo de la inconstitucional Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado y de jueces ineptos que equiparon el accionar de un Tribunal militar, conformado en plena dictadura, con la actuación del Poder Judicial, el general retirado Daniel Castellá desplegó una estupenda carrera militar en democracia.
El ministro de Defensa Nacional, Dr. Javier García solicitó la renuncia como presidente del Supremo Tribunal Militar al general retirado Daniel Castellá la semana pasada. Lo hizo al constatar que se lo mencionaba, en documentos militares de la época, como participante en el interrogatorio del Dr. Vladimir Roslik, brutalmente asesinado durante el mismo, en Fray Bentos, en abril de 1984.
Siempre se supo, desde que el Semanario Jaque desarrolló su investigación periodística, que el general Daniel Castellá participó en la detención del Dr. Vladimir Roslik siendo un oficial de infantería, en un procedimiento violento, como lo señaló su viuda. Por el crimen del Dr. Vladimir Roslik, quien ya había sido procesado en 1980 y recluído en el Penal de Libertad, ante la enorme reacción popular que se generó, la Justicia Militar dispuso el procesamiento del Jefe del Batallón teniente coronel Olivera y del Subjefe del mismo, el mayor retirado Sergio Caubarrere. Ambos fueron condenados con penas irrisorias.
Un crimen espeluznante
El asesinato del Dr. Vladimir Roslik, un joven médico residente en la Colonia San Javier, de ascendencia rusa, en el departamento de Río Negro, estremeció profundamente a la sociedad uruguaya por su violencia, su falta de sentido y por el momento en que ocurrió.
Desde el 15 de abril de 1972 cuando el Parlamento declaró el Estado de Guerra Interno y otorgó facultades extraordinarias a las Fuerzas Armadas, entre ellas el uso de los tribunales militares para juzgar a civiles, la detención y el secuestro de ciudadanos, asociado a la tortura, masiva, sistemática y generalizada, pasó a ser el modus operandi en todos los procedimientos represivos. Más de 7.500 ciudadanos fueron secuestrados, torturados y formalmente condenados por tribunales militares.
El crimen del Dr. Vladimir Roslik fue perpetrado cuando el Comandante en Jefe era el teniente general Pedro Aranco, la dictadura ya tenía las horas contadas luego del triunfo del No en el Plebiscito de 1980, ante la gran movilización popular y los operativos represivos ya no eran frecuentes.
Hoy se sabe, gracias al pedido de información realizado por La Diaria, que el Dr. Vladimir Roslik fue asesinado por órdenes superiores de los mandos en una sesión de tortura pedagógica, para interiorizar a los jóvenes oficiales sobre los métodos de interrogatorio, en una pequeña pieza, delante de 11 oficiales del Ejército que lo molieron a golpes, hasta matarlo, de acuerdo a la autopsia.
Ley de Caducidad: ley de impunidad
En diciembre de 1986, durante el primer gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti, el Parlamento uruguayo aprobó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Ley 15 848) para amnistiar a los criminales del terrorismo de Estado. Fue aprobada bajo una fuerte presión de los militares comandados por el teniente general Hugo Medina y ratificada por un Referéndum en abril de 1989. La Suprema Corte de Justicia la declaró inconstitucional el 22 de octubre de 2009 mediante la Sentencia 365.
Durante la vigencia de la Ley de Caducidad, el Poder Judicial quedó sometido a la voluntad expresa del Poder Ejecutivo y la inmensa mayoría de las causas judiciales se paralizaron. Hasta la llegada al gobierno del Dr. Tabaré Vázquez en el año 2005, los sucesivos presidentes que tuvo el país, dieron amparo en ella y mandaron archivar todas las causas y denuncias que se presentaron.
La causa judicial del Dr. Vladimir Roslik nunca pudo progresar en el ámbito del Poder Judicial porque quedó comprendida en la Ley de Caducidad. Todos los implicados en el crimen fueron amparados por ella y continuaron sus carreras militares en democracia. Entre ellos, el general retirado Daniel Castellá.
Horror: el Tribunal de Apelaciones legitima la Justicia Militar
Al restablecerse plenamente la pretensión punitiva del Estado en octubre de 2011, durante el gobierno de José Mujica, Ley 18 831, se llevó a cabo el intento de reabrir el caso. La jueza de Fray Bentos entendió que la causa había prescripto y era “Cosa juzgada”, dispuso el archivo de la misma. Posteriormente, el Tribunal de Apelaciones de 2º turno le dio la razón a la jueza. La esencia del planteo es sencilla. Ya actuó la Justicia Militar y por lo tanto no corresponde, legalmente, una nueva actuación judicial.
La Justicia Militar es parte integrante de las Fuerzas Armadas. En su actuación no es imparcial ni ofrece garantías de ningún tipo. Es un órgano administrativo, sujeto a las órdenes de las jerarquías castrenses. El Poder Judicial, en nuestro sistema democrático republicano de gobierno es uno de los poderes del Estado. Es, precisamente, el que tiene todas las potestades exclusivas de investigar, esclarecer y castigar los hechos de apariencia delictiva.
En el caso Vladimir Roslik, hasta ahora, ha renunciado a cumplir sus funciones constitucionales con el visto bueno de sus máximas autoridades como ha quedado demostrado.
El general retirado Daniel Castellá, al igual que decenas de represores, hizo su carrera militar en democracia protegido por la Ley de Caducidad en el marco jurídico vigente. Los ex presos políticos enfrentamos la Ley de Caducidad, promovimos activamente su anulación y, luego del fallo de la Suprema Corte de Justicia en el año 2009, el restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado. Además de apoyar todas las causas judiciales en curso, junto al conjunto de la ciudadanía seguiremos movilizados para que el Poder Judicial cumpla con sus obligaciones constitucionales.
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Opinando N° 9 – Año 10 – Martes 3 de agosto de 2021