El
Estado uruguayo se comprometió ante ONU a reparar
de
acuerdo a los estándares internacionales
Con fecha 22 de noviembre,
el Estado uruguayo se comprometió ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU
a reparar integralmente a las víctimas del terrorismo estatal de acuerdo a los
estándares internacionales en la materia.
Respondiendo a la
comunicación conjunta de la Relatora Especial sobre los Derechos de las
personas con discapacidad y del Relator Especial sobre la promoción de la
verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, el
gobierno reconoció que las leyes
aprobadas, fundamentalmente desde el año 2005, tienen insuficiencias y
carencias.
Asume la obligación de reparar sin exclusiones, como señalaron los órganos de DDHH que son mencionados, y sin obligar a renunciar a otros legítimos derechos como jubilaciones y pensiones.
Desde la aprobación de ambas leyes, es la primera vez que el Estado asume y reconoce esta realidad de la normativa.
Asume la obligación de reparar sin exclusiones, como señalaron los órganos de DDHH que son mencionados, y sin obligar a renunciar a otros legítimos derechos como jubilaciones y pensiones.
Desde la aprobación de ambas leyes, es la primera vez que el Estado asume y reconoce esta realidad de la normativa.
Carlos López (Tesorero), Ministro Rodolfo Nin Novoa, Enrique Chalar (Secretario) y Gastón Grisoni (Presidente) en reciente entrevista en el Ministerio. |
Al respecto toma nota de
las recomendaciones formuladas por el Relator Especial de las Naciones Unidas
Pablo de Greiff en el año 2014 y por la Institución Nacional de DDHH y
Defensoría del Pueblo (INDDHH) en diciembre de 2012.
Aunque el Estado no
proporciona detalles acerca del modo en que procederá a cumplir efectivamente
con su compromiso, es un enorme paso adelante y un logro de la movilización
constante y permanente de nuestra organización.
Tal como lo menciona la comunicación gubernamental, el Poder Ejecutivo cuenta con una propuesta del
Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia (GTVJ) que coordina el Dr. Felipe
Michelini, para avanzar en tal sentido desde el año pasado.
A los efectos prácticos,
Crysol ha presentado también al gobierno un proyecto de ley que es un insumo
imprescindible para poder llevar adelante el compromiso gubernamental. La propuesta de Crysol, reescribe las leyes ya vigentes (18 033 y 18 596) tomando en cuenta las recomendaciones de los diferentes órganos de DDHH y las aspiraciones del colectivo de víctimas nucleadas en la propia organización.
Es importante apreciar que la respuesta oficial del gobierno uruguayo señala y tiene en cuenta los decretos 106/2007 y 297/2010 que reglamentan las leyes 18 033 y 18 596.
Su modificación, muy importante y necesaria, tal como ya lo señaló Crysol al Ministro de Relaciones Exteriores Rodolfo Nin Novoa, no requiere trámite parlamentario.
Básicamente los decretos a modificar son:
1) El Decreto 106/2007
Reglamenta la ley 18 033 y regula, de una manera restrictiva, el modo en que se trasmite la Pensión Especial Reparatoria (PER) cuando fallecen los presos políticos. En un colectivo mayoritariamente masculino, define las pensiones que van a percibir las viudas. Sin base legal, se establece que sólo pueden percibir el 66% de la misma y deben renunciar a sus propias jubilaciones o pensiones. Aspiramos a que ellas puedan optar: percibir el 100% o el 66% y sus propias jubilaciones. Lo que sea más beneficioso.
2) El Decreto 297/2010
Reglamenta el Artículo 10 de la Ley 18 596 (atención en salud) para las víctimas del terrorismo de Estado. Lo hace de una manera, también restrictiva, negando el derecho a la libre opción del prestador de salud. Permitir que todos los beneficiarios accedan libremente al prestador de salud, tal como lo establece la norma, sería un gran avance.
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