Un protocolo necesario e
indispensable para la justicia.
De izquierda a derecha: Baldemar Taroco, Gastón Grisoni, Uberfil Martínez, Chela Fontora, Dr. Daniel Gutiérrez (Pte de la Suprema Corte de Justicia) y Enrique Chalar. |
El pasado miércoles 3 de mayo una delegación de Crysol se entrevistó con el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Daniel Gutiérrez. El propósito de la reunión fue expresarle de manera directa la opinión del colectivo con respecto a la conveniencia y necesidad de que el poder judicial cuente con un protocolo para la comparecencia de las víctimas testigos en los juicios por las graves violaciones a los DDHH cometidas durante el período del terrorismo de Estado.
De acuerdo a lo dispuesto por la sentencia de la Corte Interamericana de DDHH en el caso Gelman vs Uruguay de febrero de 2011 y que luego refrendara el Parlamento mediante la Ley 18.831, no existen en el país obstáculos legales que impidan que el poder judicial pueda cumplir con sus cometidos constitucionales.
Durante el transcurso del año pasado se presentaron centenares de denuncias por las atrocidades cometidas durante el proceso cívico militar. Una parte muy importante de ellas corresponde a quienes denuncian haber sido víctimas de torturas en diferentes épocas y en distintas dependencias militares y policiales.
La tortura es abyecta e imprescriptible
La tortura es una práctica abyecta y despreciable que cuando es llevada a cabo en forma masiva, sistemática y generalizada por agentes y funcionarios del Estado es considerada un crimen de Lesa Humanidad por las normas internacionales y nacionales de DDHH. Por lo mismo es un delito imprescriptible, jurídicamente no admite el perdón ni el indulto, siendo inamnistiable.
La Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas establece que las víctimas que reclaman reparación y justicia deben ser tratadas con respeto y dignidad para que no vuelvan a ser revictimizadas durante las instancias judiciales y administrativas que correspondan para el esclarecimiento de los hechos, para identificar a los culpables y cuando corresponda sancionarlos.
La aprobación de un protocolo para las víctimas testigos que regule, sin limitar o restringir la independencia de los jueces y asegurando las máximas garantías a todos los involucrados, es una medida razonable para que los denunciantes no sean ni puedan sentirse revictimizados.
Las víctimas testigos merecen el mayor apoyo social
Las personas que han tenido el compromiso democrático, el coraje y la valentía de presentar denuncias judiciales por las torturas sufridas, que incluyen abusos sexuales en muchos casos, merecen el apoyo de los poderes del Estado, del sistema político y de la sociedad civil organizada, de sus familiares, amigos y compañeros. La justicia es reparadora pero también dolorosa. Las víctimas vuelven a revivir lo ocurrido y sufrido. El protocolo debe ayudar, proteger, dignificar, humanizar, evitar que sean hostilizadas o agredidas con procedimientos burocráticos o preguntas inadecuadas que denotan falta de sensibilidad.
La investigación, identificación y castigo de todas las graves violaciones a los derechos humanos es el camino ineludible para afirmar las normas legales, proteger las libertades y garantías ciudadanas, afirmar el Estado de derecho, la institucionalidad democrática y evitar que ellas vuelvan a ocurrir.
Recorrer este camino hasta sus últimas consecuencias como lo indica la Resolución 60/147 de la ONU, es el único que asegura el Nunca Más, el desarrollo democrático sustentable, un auténtico país de primera, la liberación nacional y potenciales horizontes socialistas.
Todo el apoyo, legal, afectivo, sicológico, a las víctimas testigos. De los poderes del Estado y del colectivo organizado.
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Nº 17 - Lunes 7 de mayo de 2012