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jueves, 30 de junio de 2011

Caducidad: jueces y fiscales analizarán reapertura de investigaciones

El Ejecutivo informa a la SCJ desarchivo de causas de DDHH

La República. 30 6 11

El Poder Ejecutivo comunicará este viernes a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que a través de una resolución se revocaron por razones de "legitimidad" todos los actos administrativos que los gobiernos de los partidos tradicionales incluyeron en la Ley de Caducidad.

El presidente de la República, José Mujica, por primera vez se pronunció sobre su decisión de revocar más de 80 actos administrativos que se encuentran amparados por la Caducidad para que se continúe con las investigaciones sobre violaciones de los derechos humanos durante la dictadura cívico ¬ militar (1973-1985).

En diálogo con LA REPÚBLICA, Mujica reconoció que le realizaron diversos "pedidos verbales" con respecto a la necesidad de revisar una serie de decisiones que habían tomado gobiernos anteriores (de los partidos tradicionales) referidas a pasar a archivo un conjunto de causas sobre violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período de facto.

La determinación fue anunciada el pasado lunes por el gobierno y se abrió un plazo de cinco días para que los familiares de las víctimas realizaran sus observaciones.

"El viernes de tarde (por mañana) enviaremos la comunicación a la Justicia", aseguró el mandatario, quien además indicó que el plazo que se estableció, fue para que si algún familiar directo denunciante "tiene algo en contra, disponga de unos días para plantearlo ante el Ejecutivo y así poder recoger en un tema tan delicado, los pareceres que pueda haber desde el punto de vista familiar".

El plazo caduca el viernes al mediodía. Hasta ayer a última hora, ninguna objeción se había recepcionado, confirmó anoche a LA REPÚBLICA una alta fuente oficial.
Asimismo, Mujica dijo que la decisión del gobierno es en cumplimiento con una decisión que se deriva de la determinación que en su momento adoptó la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Presidencia de la República y el Consejo de Ministros decidieron dictar la resolución que, por razones de legitimidad, revocará los actos administrativos dictados por el Poder Ejecutivo ¬en aplicación del Artículo 3º de la Ley 15.848 del 22 de diciembre de 1986¬ que consideró que los hechos denunciados se comprendían en las disposiciones del Artículo 1º de la Ley 15.848. El hecho de que se hable de una razón de "legitimidad", le confiere carácter retroactivo a la determinación del gobierno.

La resolución se fundó en la "obligación" de la Administración de revocar los actos "contrarios a Derecho". Sin embargo, la decisión de reabrir o no una causa estará en manos de jueces y fiscales.

Por su parte, el secretario de Presidencia, Alberto Breccia, recordó que nuestro país ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos (Ley 15.737 del 8 de marzo de 1985), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (24 de octubre de 1986) y la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad (21 de setiembre de 2001), así como también la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad.

Desarchivo

El Poder Ejecutivo informará formalmente a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre la emisión del decreto, en el marco de la comunicación habitual entre poderes del Estado. La comunicación pretende que el decreto sea comunicado a todos los jueces letrados de la República, por medio del máximo órgano del Poder Judicial.
La notificación oficial de la Corte implicará que los magistrados indaguen cuántos expedientes tramitados en su sede fueron archivados ante la vigencia de la Ley de Caducidad, y sobre cuáles puede operar el proceso de desarchivo, explicaron fuentes judiciales a LA REPÚBLICA.

Los primeros sondeos indican que varios jueces y fiscales son contestes a promover el desarchivo de investigaciones judiciales por violaciones a los derechos humanos en dictadura, sobre las cuales operó la imposibilidad de investigar, ante la vigencia de la Ley de Caducidad. Sin embargo, la reapertura deberá analizarse "caso a caso", porque no todos ellos son similares. Las causas judiciales archivadas se concentran, particularmente, en los Juzgados de 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º Turno.
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