La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay

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jueves, 19 de agosto de 2010

Declaración de Amnistía Internacional Sección Uruguay

PROPUESTA PARA PONER FIN A LA AMNISTÍA: UN PASO TRASCENDENTAL EN LA DIRECCIÓN CORRECTA

De confirmarse la decisión de poner en práctica un mecanismo que permita la no aplicación de la ley de amnistía (denominada Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado o Ley 15.848) en Uruguay, el mismo permitirá que los sobrevivientes y los familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado obtengan justicia, verdad y reparación.

“Poner fin a la Ley de Caducidad es un imperativo legal y moral urgente de las autoridades uruguayas”, declaró hoy Kerrie Howard, Directora Adjunta del Programa para las Américas de Amnistía Internacional, en respuesta a las versiones que dan cuenta de tal iniciativa por parte del partido gobernante, que goza de mayoría en ambas Cámaras del Parlamento. “Esa legislación es contraria a las obligaciones internacionales que tiene Uruguay, las que le obligan a investigar y juzgar sin excepciones las violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado”.

La Ley de Caducidad fue aprobada en 1986 por el Parlamento uruguayo. Aunque nunca fue admitido oficialmente, se entiende que su aprobación fue posible tras el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984, bajo el régimen militar de ese entonces. Amnistía Internacional recuerda a las autoridades uruguayas que la Ley de Caducidad impide dilucidar la verdad sobre los crímenes cometidos en tiempos del gobierno militar, e impide que los responsables comparezcan ante la justicia.

“Esta legislación fue concebida como una auténtica ley de amnistía para quienes torturaron, mataron e hicieron desaparecer a personas en Uruguay. Debe ser dejada de lado de manera inmediata”, sostuvo Kerrie Howard.

La Ley de Caducidad impide procesar a funcionarios de la policía o las fuerzas armadas por delitos cometidos con anterioridad a 1985, lo que engloba el periodo de once años de gobierno civil y militar en que se documentaron miles de casos de tortura y desapariciones y ejecuciones extrajudiciales. Amnistía Internacional no toma partido sobre el debate relativo a si debe aprobarse una anulación, derogación o interpretación de la Ley de Caducidad, sólo afirma que esa ley no debe permanecer en el orden jurídico del país, ya que constituye un obstáculo para la investigación de graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado.

“Ya es hora de que Uruguay se una a otros estados de la región – como Argentina y Perú – que han derogado o anulado las leyes de amnistía que impidieron la justicia, la verdad y la reparación a las víctimas y a sus familiares”, afirmó Kerrie Howard.

Información adicional

La Ley de Caducidad dispone que el juez que intervenga en una investigación sobre violaciones a los derechos humanos cometidos hasta 1985 debe requerir al Poder Ejecutivo que informe si el hecho investigado es considerado como comprendido o no en el artículo 1º de la Ley. De esta manera, la sola voluntad del Poder Ejecutivo puede dejar sin efecto la obligación internacional del estado de investigar tales hechos. Así, la Ley de Caducidad consagra un alto grado de discrecionalidad política por parte del Presidente de la República. Si el Poder Ejecutivo así lo comunicare, el Juez deberá disponer la clausura y el archivo de los antecedentes, dispone la legislación que hoy parece próxima a ser dejada de lado.

La Ley de Caducidad fue sometida dos veces, en 1989 y en 2009, a plebiscito popular con la finalidad de anularla y en ambas ocasiones no alcanzó la mayoría necesaria para tal fin. No obstante, en octubre de 2009 – en el caso Sabalsagaray - la Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad, ya que la impunidad que la misma consagraba violaba distintas obligaciones consagradas en tratados de los Uruguay era parte.

Índice PRE01/283/2010
17 de agosto de 2010
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