La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay

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sábado, 21 de agosto de 2010

Ser o no ser. Ley de Caducidad


La ley 15.848, conocida como de impunidad, fue aprobada por el Parlamento el 21 de diciembre de 1986. Desde el vamos estuvo cuestionada. Sobrevivió a dos plebiscitos y, a pesar de eso, aún es posible pensar en su anulación. Es que por más votos o manos que se levanten, lo que no es ético ni se debería discutir.

Caras y caretas 20 8 10. Isabel P. Fernández

En octubre de 2009, el pueblo pareció decir nuevamente que no quería anular la ley de impunidad. Que lo haya dicho es otra cosa. Porque lo que hizo poco más del cincuenta por ciento de la población fue no poner la papeleta rosada en el sobre que volcó en la urna. Lo que queda por verse es qué hubiera pasado si los ciudadanos hubieran tenido la opción de poner otra papeleta. O sea, una que expresara el deseo de anularla y otra que significara lo contrario. Para más de uno puede que esta línea de razonamiento no sea válida, pero lo cierto es que la forma no fue equitativa. El otro problema que la posibilidad de anulación enfrentó en este último plebiscito fue la propia campaña electoral. Lamentablemente, los partidos políticos y sus candidatos no tuvieron ni voluntad política ni ánimo, en el caso de los segundos, de utilizar el tiempo de sus discursos para acarrear votos para el plebiscito. Lo mejor era obviarlo o –cuando no había más remedio– tratarlo de costado. Porque el tema en sí mismo era peligroso para la acumulación de votos personales.

Lo que había sucedido en el plebiscito de 1989 era otra cosa. En aquel momento jugo un papel preponderante el horror, la amenaza de una dictadura que estaba literalmente a la vuelta de la esquina. Y si no basta recordar las palabras del entonces ministro de Defensa, el militar Hugo Medina, que dijo sin tapujos que si no se votaba, el golpe de Estado estaba asegurado: “Si no lo daba yo, la responsabilidad iba a asumirla el que estaba atrás, y si no el otro;; ése era el pensamiento de las Fuerzas Armadas”.

LO QUE PASA HOY

Durante el gobierno de Tabaré Vázquez se pusieron en marcha una serie de detenciones, pero se llegó hasta donde el artículo 4º de la ley permite. Cada caso debe ser estudiado debidamente por el Ejecutivo que le da trámite o no.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ya había declarado que la ley tiene errores formales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos aceptó analizar el caso de María Claudia García de Gelman, a quien mantienen desaparecida hasta el día de hoy, delito del que la hicieron víctima luego de expropiarle a su hija.

La SCJ ya ha tenido que declarar la inconstitucionalidad de la ley en más de una ocasión, lo que a la larga –y a la corta también– termina siendo una cosa de locos porque es increíble que el Poder Judicial grite a los cuatro vientos la inconstitucionalidad de una ley y la cosa siga como si nada.

Pero ahora parece que la cosa no da para más. Hace unos días, el presidente José Mujica excluyó de la ley el caso Julio Castro;; y el lunes 15, la mesa política del Frente Amplio aprobó el texto de un proyecto de ley para eliminar los efectos de la ley de caducidad.

De acuerdo a lo trascendido, se reafirman las leyes de derechos internacionales en lo referente a los derechos humanos por considerar que son normas incluidas tácitamente en la Constitución de la República. El proyecto considera que los artículos 1, 3 y 4 de la ley de caducidad son violatorios de leyes constitucionales, así como también que se continuará de oficio con las investigaciones judiciales que hayan sido suspendidas.

Quién sabe si esto es lo correcto. Lo que sí es claro es que algo había que hacer. Porque no es posible que una sociedad sana tenga una ley que ampare el peor de todos los terrorismos, el ejercido por esa institución que debe ser la garantía y el respaldo de todos lo ciudadanos: el Estado.

Cambio de voto

El Frente Amplio creó una comisión especial para estudiar cómo se podía modificar la situación jurídica creada por la ley de caducidad. Lo primero que se supo al respecto es que se intentaría algo nuevo. Esa decisión tenía un motivo fundamental: el sector mayoritario de la fuerza política, el MPP, no veía con buenos ojos ni la derogación ni la anulación. La salida fue el proyecto para la ley interpretatva del artículo 72. Según parece, el MPP no tuvo problemas en votarlo.
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