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sábado, 30 de mayo de 2020

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La Justicia deberá resolver la situación procesal de Miguel Sofía.

Por Mauricio Pérez – Brecha – 29 5 2020

 
Miguel Sofía, a la salida del juzgado situado en Uruguay y Convención en enero de 2019. Foto: Manuela Aldabe

Más de un año después de que dispusiera la prisión preventiva del empresario Miguel Sofía, la Suprema Corte de Justicia rechazó las excepciones de inconstitucionalidad presentadas por este. El expediente volverá ahora a un juzgado para que se defina su procesamiento por los crímenes del Escuadrón de la Muerte.

Miguel Sofía, uno de los integrantes más notorios del Escuadrón de la Muerte, seguirá en prisión. Al menos por ahora. La Suprema Corte de Justicia (Scj) rechazó, por mayoría, la acción de inconstitucionalidad presentada por su defensa contra las leyes 18.026 y 18.831, al considerar que Sofía no tiene legitimación activa para accionar contra ellas. El recurso era esperado por la defensa, ya que un pronunciamiento favorable podía implicar el cese de la prisión preventiva, impuesta en enero de 2019, horas después de su detención, tras permanecer varios años prófugo de la Justicia uruguaya.

En este sentido, la Scj afirmó que varios de los cuestionamientos esgrimidos por Sofía ya fueron resueltos en el proceso y tienen autoridad de “cosa juzgada”. Además, la Corte reiteró su postura contraria a la prescripción de los crímenes de la dictadura. Según el máximo órgano del Poder Judicial, para calcular el plazo de prescripción no resulta computable el período de vigencia


de la ley de caducidad, ya que durante ese tiempo el Ministerio Público estuvo inhibido de ejercer su poder-deber de acción penal. “La vigencia de la ley de caducidad significó un claro obstáculo insuperable (irresistible) para el ejercicio de la acción penal”, afirmó la Corte, según el fallo al que accedió Brecha.

La detención de Sofía se produjo el martes 8 de enero de 2019, sobre las 20.00, en Francisco Antuña y Benito Blanco. Un informante anónimo advirtió de su presencia en Uruguay, a donde había llegado para pasar las fiestas junto con su familia. Una investigación de Interpol confirmó el dato y comenzó el operativo para capturarlo, con allanamientos en Punta del Este y Montevideo. Al ser detenido, se identificó como Adolfo Aldo Casaballe Lapido y presentó una cédula con ese nombre, pero la foto –pese a la similitud física– no coincidía. Pasó la noche en la sede de Interpol.

Estaba prófugo desde 2009, cuando el fiscal Ricardo Perciballe solicitó que se lo procesara con prisión por tres de los crímenes atribuidos al Escuadrón de la Muerte (o Comando Caza Tupamaros), la organización parapolicial y paramilitar que operaba antes del golpe de Estado: la desaparición de Héctor Castagnetto y los homicidios de Manuel Ramos Filippini e Ibero Gutiérrez. Se estima que residió varios años en Estados Unidos. Según datos de Migraciones, ingresó varias veces a Uruguay por el paso fronterizo de Fray Bentos. La cédula de Casaballe Lapido estaba denunciada como robada desde hacía unos diez años. Con esa cédula, también se registró en varios hoteles de Uruguay.

En su primera declaración judicial tras ser detenido, Sofía se declaró inocente e intentó desacreditar las acusaciones en su contra, sobre todo el testimonio del exfotógrafo policial Nelson Bardesio –condenado por la desaparición de Castagnetto–, quien en 1972, tras ser secuestrados por el Mln, identificó a varios integrantes del grupo parapolicial. Su defensa, en tanto, se abocó a los aspectos formales: el abogado Aníbal Martínez Chaer –el mismo que defendió a Bardesio en esta causa– insistió en la tesis de la prescripción de los delitos y presentó el recurso de inconstitucionalidad.

La jueza Fanny Canessa (hoy jubilada) suspendió el proceso y elevó los antecedentes a la Corte, pero antes aplicó la denominada “teoría Buñuelo” – avalada por la Corte para los juicios en trámite por el nuevo Cpp– y dispuso una medida cautelar de prisión preventiva mientras se sustancie ese recurso. Canessa entendió, al igual que la fiscal Silvia Gari, que esta tesis también podía aplicarse en las causas del viejo Cpp. La prisión preventiva se justificó en la gravedad del delito imputado y el riesgo de fuga.

Sin embargo, en su sentencia, la Corte cuestionó la decisión de Canessa de dictar la prisión preventiva de Sofía con base en la “teoría Buñuelo”. Según la Scj, la jueza “no cumplió en forma exacta, precisa y completa” con las disposiciones del viejo Cpp, que regulan este proceso y no podían desconocerse aplicando preceptos del nuevo Cpp. Esto –según la ministra María Elena Martínez– ameritaría “la formación de pieza por proceso


disciplinario” contra Canessa, algo que no se podría hacer, ya que la jueza se jubiló a mediados de 2019.

PALABRAS SUELTAS.

Tras la sentencia de la Scj, el expediente volverá al juzgado para que se defina la situación procesal de Sofía, es decir, su procesamiento o su absolución. Se estima que antes de dictarse la sentencia, el expediente pasará en vista a la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, para que ratifique el pedido de procesamiento. Algo que se estima evidente, ya que fue Perciballe quien solicitó el procesamiento de Sofía, el inspector Pedro Freitas y otros dos policías vinculados con la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (Dnii). En 2010, en tanto, la Justicia dispuso el procesamiento del fotógrafo Miguel Bardesio –hoy condenado–, detenido en Argentina y extraditado a Uruguay, tras permanecer casi treinta años con paradero desconocido.

El vínculo de Sofía con la ultraderechista Juventud Uruguay de Pie (Jup) y el Comando Caza Tupamaros quedó al descubierto con el testimonio de Bardesio ante el Mln, que dio lugar a las denominadas “actas de Bardesio”, difundidas por el grupo guerrillero. Tras ser liberado, Bardesio confirmó sus dichos ante varios legisladores, entre ellos, Wilson Ferreira Aldunate. Por esos años, Sofía era una persona de confianza del entonces subsecretario del Interior, Armando Acosta y Lara, asesinado por el Mln en abril de 1972.

Según Bardesio, Sofía tenía acceso directo a las dependencias de la Jefatura de Policía de Montevideo y a las oficinas del personal estadounidense que colaboraba con esta en Uruguay (Brecha, 29-VIII-08). Su relato señala que Sofía (alias “José”) participó en la muerte del joven Héctor Castagnetto, secuestrado, torturado y asesinado por miembros de la organización paramilitar, cuyo cuerpo fue arrojado a las aguas del Río de la Plata.

Tras el golpe de Estado, Sofía cumplió funciones como diplomático. Fue jefe de la sección de pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores y, más tarde, funcionario de confianza en la embajada de Uruguay en Estados Unidos – cuando el embajador era Jorge Pacheco Areco– y en la embajada en Taiwán. Sobre el final de la dictadura, recibió la concesión de la radio Emisora del Plata y, más tarde, ya en plena democracia, obtuvo la concesión para explotar el servicio de tevé cable en Ciudad de la Costa. Esa adjudicación fue revocada en 1998, lo que derivó en un millonario juicio contra el Estado, que fue rechazado. Ahora deberá pronunciarse la Justicia penal.

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