Abogado de la familia Sabalsagaray manifestó su satisfacción con el fallo
El abogado querellante Juan Errandonea dijo sentir "satisfacción" con el fallo del juez Penal de 10º Turno, Rolando Vomero, por el cual se dispuso el procesamiento con prisión del general Miguel Dalmao y el coronel (r) José Nelson Chialanza, por la muerte de Nibia Sabalsagaray en las entrañas de una unidad militar en 1974.
"Es una satisfacción, en particular para la familia (porque) sólo el hecho que haya una resolución judicial que diga que Nibia Sabalsagaray fue asesinada y no la versión oficial que durante años se sostuvo de suicidio, para ellos es una gran satisfacción. Y que además se haga justicia, en la medida de lo posible, con el procesamiento de estos dos militares, también es un punto muy importante", expresó Errandonea a Telemundo 12.
En este sentido, el abogado catalogó el hecho como "un procesamiento histórico porque es un general en actividad que va a prisión por haber cometido delitos en la época de la dictadura". "Eso nos reafirma lo que decíamos hace unos días, de que el comandante Rosales estaba cometiendo un error gravísimo cuando uniformado como general, en la puerta del MDN y el Comando del Ejército, salió a defender personalmente a Dalmao", dijo Errandonea.
"Más allá que dijo que era una solidaridad personal", al hacerlo de ese modo "implicó a todo el Ejército, cuando no tenía derecho a hacerlo". "Porque todo el Ejército no tiene por qué pagar las culpas del general Dalmao", señaló Errandonea.
UNA VEINTENA DE ENJUICIADOS
El procesamiento con prisión del general Miguel Dalmao y el coronel (r) José Nelson Chialanza incrementa a 21 el número de militares, policías y civiles procesados o condenados por la Justicia, por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura.
Los primeros procesamientos fueron dispuestos en 2006 por el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, en el marco de la indagatoria por el "Segundo Vuelo" de Automotores Orletti. El magistrado procesó y condenó por estos hechos a los represores José Nino Gavazzo, Gilberto Vázquez, Ernesto Ramas, Jorge "Pajarito" Silveira, Ricardo Arab, Luis Maurente, Ricardo "Conejo" Medina y José Sande Lima por 28 delitos de "homicidio muy especialmente agravado".
Recientemente, el juez Charles procesó en esta causa al militar Ernesto "Drácula" Soca. Asimismo, el mismo magistrado dispuso el procesamiento y condena del dictador Gregorio "Goyo" Alvarez y el marino Juan Carlos Larcebeau por el traslado clandestino de presos políticos, en 1978.
Por su parte, la jueza Penal de 8º Turno, Graciela Eustachio, dispuso el procesamiento con prisión de los ex agentes de la DNII, Nelson Bardessio y Pedro Freitas, por el crimen de Héctor Castagnetto. Ambos agentes eran miembros del "Escuadrón de la Muerte".
La jueza Penal de 7º Turno, Mariana Mota, dispuso en los últimos meses el procesamiento del coronel (r) Carlos Calcagno (por la "desaparición forzada" de los militantes del PVP, Nelson Santana y Gustavo Inzaurralde) y de los oficiales de la Fuerza Aérea, Uruguay Araujo Umpiérrez y Enrique Ribero (por el "homicidio político" de Ubagesner Chaves Sosa).
En tanto, la jueza de Paso de los Toros, Lilián Elhorriburu, procesó a Gavazzo y el teniente coronel (r) Juan Carlos Gómez por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman en 1973.
En tanto, la Justicia también dispuso el procesamiento del dictador Juan María Bordaberry y el ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco por los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz.
Asimismo, Bordaberry fue condenado por "Atentado a la Constitución" y una decena de crímenes perpetrados durante su período de gobierno (1973-1976).
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La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay
Datos
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Horario de atención en nuestra sede social: de Martes a Jueves de 15:00 a 18 horas. Cuota social: $ 330.-
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martes, 9 de noviembre de 2010
Caso Nibia Sabalsagaray. General Dalmao y el coronel (r) Chialanza procesados con prisión

No fue suicidio, fue un crimen: "Sometida a diversos tormentos, la detenida falleció"
La Justicia dispuso el procesamiento con prisión del primer militar en actividad, por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura: el general Miguel Dalmao fue enjuiciado ayer por la muerte en torturas de Nibia Sabalsagaray, en 1974.
La República. 9 11 10. Mauricio Pérez
General Dalmao. Ayer por la tarde fue alojado en Cárcel Central.
El juez Penal de 10º Turno, Rolando Vomero, dispuso ayer el procesamiento con prisión del general Miguel Dalmao y el coronel (r) José Nelson Chialanza como "coautores" de un delito de "homicidio muy especialmente agravado", en el marco de la indagatoria penal por el crimen de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray, el 29 de junio de 1974.
El magistrado hizo lugar al pedido de la fiscal Mirtha Guianze y dispuso el enjuiciamiento de ambos oficiales, en virtud del cúmulo de pruebas recopiladas durante el proceso, entre ellas, el testimonio de 28 testigos, el informe de una autopsia psicológica y una autopsia histórica sobre las causas de la muerte.
El coronel (r) Chialanza fue procesado en su condición de jefe del Batallón de Transmisiones Nº 1 (hoy Batallón de Comunicaciones Nº 1), cargo por el cual tenía "participación en las detenciones y posterior interrogatorio". "Como jefe nada le podía ser desconocido" y "evidentemente también autorizaba los métodos de interrogatorio", expresa el auto de procesamiento emitido por el juez Vomero, al cual accedió LA REPUBLICA.
Por su parte, Dalmao fue enjuiciado como encargado del S2 (inteligencia militar) de la unidad militar, en virtud del arresto administrativo del oficial Mario Segnini, jefe del S2. Los miembros del S2 eran los responsables de la "lucha antisubversiva", únicos con potestades de interrogar a los detenidos políticos. "Al quedar el indagado como jefe del S2 realizó las actividades correspondientes a su cargo. En esas circunstancias fue detenida Nibia Sabalsagaray", afirmó el magistrado.
Nibia Sabalsagaray "fue detenida por personal militar en su domicilio de la calle Eduardo Acevedo 1710. Era el Hogar de Hijos de Empleados de Campomar. Una vez en el Batallón de Transmisiones Nº 1 fue alojada en las llamadas Salas de Disciplina (...) pequeños calabozos, habitualmente destinado para las sanciones al personal, pero que en esos tiempos era utilizado para alojar detenidos".
"Se desconoce quienes fueron las personas que realizaron la detención". Sin embargo, "una vez en el cuartel (Sabalsagaray) fue interrogada por personal militar del S2 y cuyo jefe era Dalmao. Fue sometida a diversos tormentos, entre ellos sofocarla mediante presión en el cuello. En el transcurso de la sesión, la detenida falleció", señaló el magistrado.
Las contradicciones de Dalmao
El auto de procesamiento emitido por el juez Rolando Vomero deja constancia que el general Miguel Dalmao, entonces responsable del S2 en el Batallón de Transmisiones Nº 1, modificó en tres oportunidades su versión sobre la forma en la cual fue hallado el cuerpo de Nibia Sabalsagaray.
El oficial declaró en 1974 ante el Supremo Tribunal Militar (STM), en el marco de la investigación administrativa desarrollada en dictadura, que "siendo aproximadamente la hora 12.10, el suscripto recorrió los calabozos en los que se encuentran los detenidos por actividades subversivas, ya que pensaba hablar con la detenida Nibia Sabalsagaray Curutchet, y al asomarme a la celda número tres, notó que la mencionada se encuentra arrodillada en el piso y colgando de un pañuelo anudado al cuello y a un hierro saliente de la pared que da a la cabecera de la tarima".
La versión fue ratificada en marzo de 2010 al comparecer por primera vez como "indagado" en la causa judicial.
Sin embargo, "en su declaración por informe (2006), Dalmao contradice el acta a la que se hizo referencia", aduciendo que se enteró de la muerte de la joven "por información que circuló apenas consumado su deceso, se ahorcó usando un pañuelo de seda con el que se colgó del cuello, usando el eje de la traba mariposa de la tarima en la Sala de Disciplina donde estaba alojada". "De sus palabras se desprende que no vio el cuerpo y que se enteró de su muerte por trascendidos".
Por último, durante la audiencia ratificatoria desarrollada el pasado jueves, tras el pedido de procesamiento de la fiscal Guianze, el oficial dijo que "al abrir la mirilla notó a la detenida colgada del gancho en una posición 'cuasi fetal'. En los cuales las rodillas estaban levantadas y por acción de la gravedad supongo que los pies podrían haber llegado al piso".
Dalmao explicó su contradicción por cuanto, "en la premura de los hechos y en el impacto que provocó esa visión en mí y teniendo en cuenta que desde la mirilla por razones de incidencia de la visión pueda haberme apresurado, es lo que escribí el 29 de junio de 1974". Sin embargo, el juez Vomero asegura que es "pacíficamente admitido en nuestra jurisprudencia que las primeras deposiciones son las que deben tenerse por válidas".
En este sentido, "los elementos probatorios incorporados en autos indican que Nibia Sabalsagaray no pudo colgarse como relataron los indagados. Para ello debió ser gigante, lo que no era", señala el fallo. El magistrado fundamentó sus dichos en la pericia desarrollada por el forense Domingo Mederos, por la cual se afirmó que para cumplirse la versión oficial la joven debía medir "dos metros y medio".
En este contexto, "los elementos probatorios incorporados hacen presumir que Nibia Sabalsagaray sufrió apremios físicos durante el interrogatorio a que fue sometida y que falleció a consecuencia de ellos. Debe tenerse presente (...) que se trataba de una persona que se sabía buscada, (y) que teniendo la posibilidad de salir de la ciudad no lo hizo. Era un hecho conocido que en los cuarteles se torturaba a los detenidos. Y ello no podía ser desconocido por la occisa. Pese a todo corrió el riesgo de ser detenida y atormentada. No parece razonable en ese panorama que, inmediatamente de producida su detención, se suicidara", concluyó el magistrado.
El delito de "homicidio muy especialmente agravado" fue imputado a título de "dolo eventual", en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 del Código Penal, por cuanto "quien ordenó un interrogatorio bajo tormento, sesión en la cual se incluyó la compresión del cuello del detenido, necesariamente tiene que representarse la posibilidad de la muerte".
Asimismo, el magistrado rechazó el pedido del abogado Edgardo Mikolic, representante de Chialanza, de imponer prisión domiciliaria para su cliente, en atención de tratarse de un hombre mayor de 70 años. El juez Vomero sustentó su negativa en lo dispuesto por el artículo 127 del CPP, por cuanto "su situación (imputado por un delito de "homicidio" con agravantes) está expresamente excluida por la ley".
La historia del "Cabeza"
El general Miguel Dalmao se convirtió ayer en el primer oficial en actividad procesado por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura cívico-militar. El "cabeza", como es conocido, ingresó a la Escuela Militar el 1º de marzo de 1970 y egresó como alférez del arma de Ingenieros el 15 de setiembre de 1973, ya en plena dictadura, integrando la promoción "Con libertad no ofendo ni temo".
Como oficial subalterno prestó servicios en el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 3, el Batallón de Transmisiones Nº 1 (donde falleció Nibia Sabalsagaray), el Estado Mayor del Ejército y el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 1, siendo promovido al grado de capitán el 1º de febrero de 1981.
Dalmao continuó su carrera dentro del Ejército hasta ascender al generalato el 1º de febrero de 2005, durante el gobierno de Jorge Batlle, año en el cual fue designado director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas. El 1º de febrero de 2008 asumió como comandante de División de Ejército IV, cargo en el cual permaneció hasta ayer, por cuanto las autoridades decidieron su pase a "situación de disponibilidad".
La principal contradicción
"La principal inconsistencia es el relato de cómo estaría el cadáver, o sea la condiciones en las cuales se encontró el cadáver y el mecanismo aducido para producir la muerte. El gancho del cual se habría utilizado como punto fijo para colgar el pañuelo con el cual se habría ahorcado la víctima está, o estaba a 180 cm. del piso. Y por otra parte las declaraciones de quien habría encontrado la víctima surge que esta se encontraba colgada y arrodillada en el piso. Lo cual es materialmente imposible salvo que la víctima tuviera una estatura aproximada a los dos metros y medio. El clavo en la pared estaba a 1.80 del piso.
El pañuelo utilizado era un pañuelo común y uno si ata un nudo no permite una distancia muy grande del lugar fijo en el clavo hacia abajo. O sea que directamente una persona de una estatura aproximada a los 184 cm. (mi estatura), quedaría como mucho, tocando con la punta de los dedos de los pies de lo que es el piso. Esta sería la explicación gráfica de porqué es imposible que ella estuviera arrodillada en el piso sostenida de su pañuelo", declaró el médico forense Domingo Mederos ante la Justicia. Mederos consideró, de esta forma, "inconsistente" la versión oficial.
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Crysol se reunió con el Pte. del BPS, Mtro. Ernesto Murro
El pasado jueves 4 de noviembre, Crysol se entrevistó con el Presidente del Banco de Previsión Social (BPS), Mtro. Ernesto Murro.
La reunión se llevó a cabo en la sede de nuestra organización, en la calle Joaquín Requena 1533, la cual fue visitada por Murro, ex preso político.
En la reunión, realizada a instancias de Crysol, en cumplimiento de las resoluciones adoptadas por la última Asamblea Nacional de ex presas y de ex presos políticos, del 18 de setiembre pasado, participaron integrantes de la Comisión Directiva y algunos militantes.
Numerosos asuntos fueron abordados durante la reunión que se prolongó más de una hora. Los principales estuvieron referidos a la Ley jubilatoria 18 033 y a su implementación en diferentes aspectos. También se conversó acerca del Decreto 106/07 de marzo del año 2007 que limita y restringe el derecho de los familiares de los ex presos políticos fallecidos.
La posibilidad de que la cuota social de la institución sea descontada directamente por parte del BPS fue analizada y se nos informó acerca de los pasos a seguir para lograrlo.

Presidente del BPS, Mtro. Ernesto Murro y Presidente de Crysol, cro. Baldemar Taroco

De izquierda a derecha: Ernesto Murro, Baldemar Taroco, Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 033, cro. Julio Martínez y Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 596, cro. Gastón Grisoni

Ernesto Murro y Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 596, cro. Roberto "Mono" Herrera.

Vista parcial de los asistentes a la reunión
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La reunión se llevó a cabo en la sede de nuestra organización, en la calle Joaquín Requena 1533, la cual fue visitada por Murro, ex preso político.
En la reunión, realizada a instancias de Crysol, en cumplimiento de las resoluciones adoptadas por la última Asamblea Nacional de ex presas y de ex presos políticos, del 18 de setiembre pasado, participaron integrantes de la Comisión Directiva y algunos militantes.
Numerosos asuntos fueron abordados durante la reunión que se prolongó más de una hora. Los principales estuvieron referidos a la Ley jubilatoria 18 033 y a su implementación en diferentes aspectos. También se conversó acerca del Decreto 106/07 de marzo del año 2007 que limita y restringe el derecho de los familiares de los ex presos políticos fallecidos.
La posibilidad de que la cuota social de la institución sea descontada directamente por parte del BPS fue analizada y se nos informó acerca de los pasos a seguir para lograrlo.
Presidente del BPS, Mtro. Ernesto Murro y Presidente de Crysol, cro. Baldemar Taroco
De izquierda a derecha: Ernesto Murro, Baldemar Taroco, Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 033, cro. Julio Martínez y Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 596, cro. Gastón Grisoni
Ernesto Murro y Delegado de Crysol en la Comisión Especial de la Ley 18 596, cro. Roberto "Mono" Herrera.
Vista parcial de los asistentes a la reunión
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viernes, 5 de noviembre de 2010
Carta abierta de ex comandantes en jefe de las FFAA
Carta abierta al mando superior de las Fuerzas Armadas. Señor Presidente de la República Don José Mujica. Señor Ministro de Defensa Nacional Don Luis Rosadilla.
Suscribimos este documento ex comandantes en jefe del Ejército Nacional que ejercimos tan honroso cargo en diferentes períodos de gobierno democrático a partir de 1985.El 18 de mayo de 2006 compartimos la firma de una "Carta Abierta a los Poderes del Estado y a la Opinión Pública" en la que transmitimos nuestros sentimientos inherentes a la herencia solidaria e intransferible que representa el haber comandado la Fuerza.Luego y pese a lo vano de aquella intención, manteniendo la misma e irrenunciable adhesión, preferimos guardar un discreto silencio a fin de no interferir con los mandos naturales de la Fuerza abocados al presente, con la esperanza al mismo tiempo que transitando caminos de entendimiento se superaran los problemas del pasado. Pero la realidad nos golpea nuevamente y nos muestra el desacierto de esa actitud. En efecto, una abrumadora sucesión de hechos afecta gravemente al Ejército y por tanto al sentimiento de todo soldado que haya servido en sus filas, mas allá de su situación administrativa.
Por ello, hoy, amparados en la visión que nos da la experiencia y el conocimiento del Ejército adquiridos por cada uno de nosotros en casi 50 años de servicio y sin las inhibiciones aplicables a los mandos en servicio activo, sentimos la necesidad de expresarnos nuevamente en defensa de lo que consideramos como el fin superior: el futuro de la Institución Militar. A las situaciones adversas a la Fuerza que se arrastran desde tiempo atrás -ya sea limitación a sus expresiones públicas, manifestaciones agraviantes que continúan produciéndose, crecientes demandas judiciales a sus integrantes por el pasado referido, transformación de instalaciones docentes en cárceles o Museo de la Memoria, supresión de símbolo fotográfico emblemático, reiterado intento de dejar sin efecto la Ley de Caducidad desconociendo el resultado de dos plebiscitos, entre otras- se han sumado el actual tratamiento de la Ley de Presupuesto y el anuncio de otras medidas de gobierno vinculadas a las Fuerzas Armadas que obviamente involucran al Ejército.
De tal forma, dado lo trascendente de esa acumulación de hechos, no podemos menos que expresar nuestra prevención ante las consecuencias que la aplicación efectiva de lo dispuesto en la citada ley y las medidas mencionadas tendrá no sólo en la operativa de la Fuerza -lo que sin dudas concierne a sus mandos naturales- sino fundamentalmente en la esencia misma del Ejército, con la cual nos consideramos comprometidos por siempre, que son los hombres y mujeres que lo integran, con sus valores profesionales, principios éticos y aspiraciones legítimas. Ellos son la base de la fuerza moral, sostén fundamental del Ejército, sin la cual los recursos materiales carecen de vida, utilidad y sentido.
En fin, según nuestra percepción, está en peligro la subsistencia del Ejército como tal. Porque entendemos que no se considera la integridad del personal militar cuando se está planteando su traslado para cumplir otra función, con total menoscabo de su sentir vocacional y-lo que es peor- como forma de alcanzar un sueldo digno al que pareciera no tener derecho como Soldado del Ejército Nacional.
Por otra parte esta medida lleva a concluir que la Organización de la Fuerza, reflejo mismo de su naturaleza y fines específicos, dependerá en última instancia de la dimensión resultante de enormes reducciones regidas pura y exclusivamente por aspectos salariales y no de la necesaria para las misiones y cometidos esenciales y subsidiarios que se le asignen y que hacen a la Defensa Nacional en concordancia con lo que establece la Constitución de la República y las Leyes Orgánicas.
No se valora asimismo la dignidad profesional de viejos servidores hoy abocados a la administración de patrimonios centenarios de las Fuerzas Armadas como los Servicios de Salud, Retiros y Pensiones, Tutela Social y Viviendas si se sustituyen por personas civiles sin conocimiento, ni experiencia, ni afinidad respecto a los problemas sociales propios del personal militar y sus familias, ante quienes no es exigible el mantenimiento de una profunda vocación y dedicación total, que han sido la base de su gestión para un responsable funcionamiento a pesar de los recursos asignados siempre escasos e insuficientes.
No se reconoce tampoco a profesionales militares especializados en la Defensa Nacional y en la formación militar si nuevos funcionarios civiles se erigen en directores ministeriales de esos campos de actividad, sin mencionarse una razón que lo justifique y cuya preparación e idoneidad aparece, por lo menos, como una incógnita.Creemos que todo integrante del Ejército de hoy y de cualquier época no puede menos que sentirse cuestionado profesionalmente cuando reiteradamente el Mando Superior y el reciente Estado Mayor de la Defensa manifiestan la necesidad y conveniencia de contar con Fuerzas Armadas más profesionales.En lo que concierne al Ejército nos preguntamos: ¿qué alcance tiene tal expresión?, ¿acaso la Fuerza actual no es suficientemente profesional?, ¿antes no lo fue?, ¿no han quedado sin aprobación en anteriores gobiernos sucesivos proyectos de modernización elevados por el Ejército a pesar de su estricto sentido profesional?
Y respecto a su Personal Superior y Subalterno, ¿no son pautas evidentes de profesionalismo los Cursos de Formación de Oficiales y Suboficiales, los Cursos de Capacitación Profesional para ascenso en todas las jerarquías de la Carrera Militar que existen desde hace décadas, el Sistema Anual de Calificaciones y Evaluaciones, los conocimientos y experiencia que adquieren en las Escuelas de Formación y Capacitación Militar en el país y en el exterior, la participación con destaque y reconocimiento internacional en Fuerzas y Estados Mayores Multinacionales de las Naciones Unidas y de Tratados Internacionales para el mantenimiento de la paz, los reglamentos internos que rigen la disciplina, la subordinación, la ética y el honor? Y en definitiva, ¿no es profesionalismo al máximo grado la dedicación total, inhibitoria de toda otra actividad?
En igual sentido surge la interrogante: ¿es posible argumentar que un mejor equipamiento tecnológicamente actualizado, que implica grandes erogaciones, puede costearse con el ahorro generado por una disminución de efectivos, aún en las cantidades anunciadas, lo que como contrapartida lo llevará a una virtual inoperancia para el cumplimiento de sus misiones -fundamental y subsidiarias- en el país y particularmente en el exterior?
¿Qué tiempo insumiría? Del mismo modo, si se requieren nuevos equipamientos y sistemas de armas más modernos y sofisticados para esa mayor profesionalización, ¿por qué no fueron previstos en la Ley de Presupuesto recursos tendientes a ese fin?Por otro lado, cabe preguntarse, ¿qué motivación para permanecer en la Fuerza puede tener el Personal Superior cuando su futuro Plan de Carrera es incierto y su antigüedad no es reconocida en los niveles culminantes? Y por consiguientes, ¿cómo se evitarán los perjudiciales retiros prematuros que indefectiblemente se producirán?Asimismo, ¿qué perspectivas de realización puede tener un adolescente con vocación militar en un Ejército como el resultante, cuestionado además ante la sociedad, al que por otra parte se le seguirá exigiendo todo tipo de servicio -incluso no relacionado con lo militar- en tiempo completo, siendo el que recibe la remuneración mas baja?
Y además, ¿hasta cuándo seguirá siendo hostigado por prédicas y acciones disolventes, por un pasado muchas veces distorsionado, que procuran invalidar su propia esencia original? No podríamos permitirnos suponer que el resultado final que vaticinamos como consecuencia de los cambios que se promueven, tenga la deliberada voluntad de llevar al Ejército a su postración, precisamente cuando se apresta a conmemorar su bicentenario. Muy por el contrario, el Presidente de la República ha tenido expresiones verbales de preocupación por mejorar no sólo la situación social del personal militar, particularmente en las jerarquías más bajas, sino también el equipamiento de las Fuerzas Armadas para el mejor cumplimiento de sus misiones específicas, y aún por encontrar solución a los problemas del pasado, todo lo cual alentó una esperanza que, sin embargo, los hechos mencionados han hecho desaparecer, tal vez inadvertidamente.
Por todo lo expuesto, luego de una consciente, serena y profunda meditación y no visualizando otro procedimiento jurídico y éticamente aceptable -acorde a nuestra situación y jerarquía- que el respetuoso planteo directo a la autoridad competente, apelamos públicamente a la consideración del Mando Superior para que el Ejército Nacional conserve la aptitud necesaria e imprescindible acorde a sus cometidos, contemplando su estructura vertebral como Fuerza Armada y los valores tradicionales que son su esencia como institución fundacional y fundamental del Estado Nación y así no se desnaturalice, volviéndose una organización sin identidad propia, formada por un conjunto de funcionarios uniformados cuya única motivación sea lograr una solución laboral transitoria, sin vocación, sin ideales, sin espíritu militar y sin fines superiores.
Puede usted tener la certeza, Señor Presidente, que el Ejército Nacional, cualquiera sea su Mando Superior, será siempre el instrumento más abnegado con que contará a la hora de enfrentar cualquier dificultad con la prontitud y eficiencia que le da su organización y la vocación de servicio de sus integrantes, siempre y cuando conserve su esencia y sus valores. Así, como siempre ha sido, nunca será necesario para su empleo que su servicio se declare esencial, porque jamás impondrá condiciones ni formulará reclamos o exigencias, reafirmando con su acción silenciosa la dignidad de la Institución Militar. Porque sus integrantes, fieles servidores de la Patria, saben que prestan el servicio público que protege los valores más preciados del ser humano: la libertad y la paz, indispensables para la democracia.
Tte. Gral. Carlos L. Berois, Tte.Gral. Guillermo E. de Nava, Tte. Gral. Raúl G. Mermot,Tte. Gral. Fernán D. Amado, Tte. Gral. Carlos G. Daners, Tte. Gral. Santiago H. Pomoli
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Suscribimos este documento ex comandantes en jefe del Ejército Nacional que ejercimos tan honroso cargo en diferentes períodos de gobierno democrático a partir de 1985.El 18 de mayo de 2006 compartimos la firma de una "Carta Abierta a los Poderes del Estado y a la Opinión Pública" en la que transmitimos nuestros sentimientos inherentes a la herencia solidaria e intransferible que representa el haber comandado la Fuerza.Luego y pese a lo vano de aquella intención, manteniendo la misma e irrenunciable adhesión, preferimos guardar un discreto silencio a fin de no interferir con los mandos naturales de la Fuerza abocados al presente, con la esperanza al mismo tiempo que transitando caminos de entendimiento se superaran los problemas del pasado. Pero la realidad nos golpea nuevamente y nos muestra el desacierto de esa actitud. En efecto, una abrumadora sucesión de hechos afecta gravemente al Ejército y por tanto al sentimiento de todo soldado que haya servido en sus filas, mas allá de su situación administrativa.
Por ello, hoy, amparados en la visión que nos da la experiencia y el conocimiento del Ejército adquiridos por cada uno de nosotros en casi 50 años de servicio y sin las inhibiciones aplicables a los mandos en servicio activo, sentimos la necesidad de expresarnos nuevamente en defensa de lo que consideramos como el fin superior: el futuro de la Institución Militar. A las situaciones adversas a la Fuerza que se arrastran desde tiempo atrás -ya sea limitación a sus expresiones públicas, manifestaciones agraviantes que continúan produciéndose, crecientes demandas judiciales a sus integrantes por el pasado referido, transformación de instalaciones docentes en cárceles o Museo de la Memoria, supresión de símbolo fotográfico emblemático, reiterado intento de dejar sin efecto la Ley de Caducidad desconociendo el resultado de dos plebiscitos, entre otras- se han sumado el actual tratamiento de la Ley de Presupuesto y el anuncio de otras medidas de gobierno vinculadas a las Fuerzas Armadas que obviamente involucran al Ejército.
De tal forma, dado lo trascendente de esa acumulación de hechos, no podemos menos que expresar nuestra prevención ante las consecuencias que la aplicación efectiva de lo dispuesto en la citada ley y las medidas mencionadas tendrá no sólo en la operativa de la Fuerza -lo que sin dudas concierne a sus mandos naturales- sino fundamentalmente en la esencia misma del Ejército, con la cual nos consideramos comprometidos por siempre, que son los hombres y mujeres que lo integran, con sus valores profesionales, principios éticos y aspiraciones legítimas. Ellos son la base de la fuerza moral, sostén fundamental del Ejército, sin la cual los recursos materiales carecen de vida, utilidad y sentido.
En fin, según nuestra percepción, está en peligro la subsistencia del Ejército como tal. Porque entendemos que no se considera la integridad del personal militar cuando se está planteando su traslado para cumplir otra función, con total menoscabo de su sentir vocacional y-lo que es peor- como forma de alcanzar un sueldo digno al que pareciera no tener derecho como Soldado del Ejército Nacional.
Por otra parte esta medida lleva a concluir que la Organización de la Fuerza, reflejo mismo de su naturaleza y fines específicos, dependerá en última instancia de la dimensión resultante de enormes reducciones regidas pura y exclusivamente por aspectos salariales y no de la necesaria para las misiones y cometidos esenciales y subsidiarios que se le asignen y que hacen a la Defensa Nacional en concordancia con lo que establece la Constitución de la República y las Leyes Orgánicas.
No se valora asimismo la dignidad profesional de viejos servidores hoy abocados a la administración de patrimonios centenarios de las Fuerzas Armadas como los Servicios de Salud, Retiros y Pensiones, Tutela Social y Viviendas si se sustituyen por personas civiles sin conocimiento, ni experiencia, ni afinidad respecto a los problemas sociales propios del personal militar y sus familias, ante quienes no es exigible el mantenimiento de una profunda vocación y dedicación total, que han sido la base de su gestión para un responsable funcionamiento a pesar de los recursos asignados siempre escasos e insuficientes.
No se reconoce tampoco a profesionales militares especializados en la Defensa Nacional y en la formación militar si nuevos funcionarios civiles se erigen en directores ministeriales de esos campos de actividad, sin mencionarse una razón que lo justifique y cuya preparación e idoneidad aparece, por lo menos, como una incógnita.Creemos que todo integrante del Ejército de hoy y de cualquier época no puede menos que sentirse cuestionado profesionalmente cuando reiteradamente el Mando Superior y el reciente Estado Mayor de la Defensa manifiestan la necesidad y conveniencia de contar con Fuerzas Armadas más profesionales.En lo que concierne al Ejército nos preguntamos: ¿qué alcance tiene tal expresión?, ¿acaso la Fuerza actual no es suficientemente profesional?, ¿antes no lo fue?, ¿no han quedado sin aprobación en anteriores gobiernos sucesivos proyectos de modernización elevados por el Ejército a pesar de su estricto sentido profesional?
Y respecto a su Personal Superior y Subalterno, ¿no son pautas evidentes de profesionalismo los Cursos de Formación de Oficiales y Suboficiales, los Cursos de Capacitación Profesional para ascenso en todas las jerarquías de la Carrera Militar que existen desde hace décadas, el Sistema Anual de Calificaciones y Evaluaciones, los conocimientos y experiencia que adquieren en las Escuelas de Formación y Capacitación Militar en el país y en el exterior, la participación con destaque y reconocimiento internacional en Fuerzas y Estados Mayores Multinacionales de las Naciones Unidas y de Tratados Internacionales para el mantenimiento de la paz, los reglamentos internos que rigen la disciplina, la subordinación, la ética y el honor? Y en definitiva, ¿no es profesionalismo al máximo grado la dedicación total, inhibitoria de toda otra actividad?
En igual sentido surge la interrogante: ¿es posible argumentar que un mejor equipamiento tecnológicamente actualizado, que implica grandes erogaciones, puede costearse con el ahorro generado por una disminución de efectivos, aún en las cantidades anunciadas, lo que como contrapartida lo llevará a una virtual inoperancia para el cumplimiento de sus misiones -fundamental y subsidiarias- en el país y particularmente en el exterior?
¿Qué tiempo insumiría? Del mismo modo, si se requieren nuevos equipamientos y sistemas de armas más modernos y sofisticados para esa mayor profesionalización, ¿por qué no fueron previstos en la Ley de Presupuesto recursos tendientes a ese fin?Por otro lado, cabe preguntarse, ¿qué motivación para permanecer en la Fuerza puede tener el Personal Superior cuando su futuro Plan de Carrera es incierto y su antigüedad no es reconocida en los niveles culminantes? Y por consiguientes, ¿cómo se evitarán los perjudiciales retiros prematuros que indefectiblemente se producirán?Asimismo, ¿qué perspectivas de realización puede tener un adolescente con vocación militar en un Ejército como el resultante, cuestionado además ante la sociedad, al que por otra parte se le seguirá exigiendo todo tipo de servicio -incluso no relacionado con lo militar- en tiempo completo, siendo el que recibe la remuneración mas baja?
Y además, ¿hasta cuándo seguirá siendo hostigado por prédicas y acciones disolventes, por un pasado muchas veces distorsionado, que procuran invalidar su propia esencia original? No podríamos permitirnos suponer que el resultado final que vaticinamos como consecuencia de los cambios que se promueven, tenga la deliberada voluntad de llevar al Ejército a su postración, precisamente cuando se apresta a conmemorar su bicentenario. Muy por el contrario, el Presidente de la República ha tenido expresiones verbales de preocupación por mejorar no sólo la situación social del personal militar, particularmente en las jerarquías más bajas, sino también el equipamiento de las Fuerzas Armadas para el mejor cumplimiento de sus misiones específicas, y aún por encontrar solución a los problemas del pasado, todo lo cual alentó una esperanza que, sin embargo, los hechos mencionados han hecho desaparecer, tal vez inadvertidamente.
Por todo lo expuesto, luego de una consciente, serena y profunda meditación y no visualizando otro procedimiento jurídico y éticamente aceptable -acorde a nuestra situación y jerarquía- que el respetuoso planteo directo a la autoridad competente, apelamos públicamente a la consideración del Mando Superior para que el Ejército Nacional conserve la aptitud necesaria e imprescindible acorde a sus cometidos, contemplando su estructura vertebral como Fuerza Armada y los valores tradicionales que son su esencia como institución fundacional y fundamental del Estado Nación y así no se desnaturalice, volviéndose una organización sin identidad propia, formada por un conjunto de funcionarios uniformados cuya única motivación sea lograr una solución laboral transitoria, sin vocación, sin ideales, sin espíritu militar y sin fines superiores.
Puede usted tener la certeza, Señor Presidente, que el Ejército Nacional, cualquiera sea su Mando Superior, será siempre el instrumento más abnegado con que contará a la hora de enfrentar cualquier dificultad con la prontitud y eficiencia que le da su organización y la vocación de servicio de sus integrantes, siempre y cuando conserve su esencia y sus valores. Así, como siempre ha sido, nunca será necesario para su empleo que su servicio se declare esencial, porque jamás impondrá condiciones ni formulará reclamos o exigencias, reafirmando con su acción silenciosa la dignidad de la Institución Militar. Porque sus integrantes, fieles servidores de la Patria, saben que prestan el servicio público que protege los valores más preciados del ser humano: la libertad y la paz, indispensables para la democracia.
Tte. Gral. Carlos L. Berois, Tte.Gral. Guillermo E. de Nava, Tte. Gral. Raúl G. Mermot,Tte. Gral. Fernán D. Amado, Tte. Gral. Carlos G. Daners, Tte. Gral. Santiago H. Pomoli
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Las generales de la ley

Jefe de la División de Ejército IV notificado de que se pidió su procesamiento por la muerte de Nibia Sabalsagaray.
La Diaria. 5 11 10.
El jefe de la División de Ejército IV con asiento en Minas, Miguel Dalmao, concurrió ayer al juzgado penal de 10º Turno, donde fue notificado por el magistrado Rolando Vomero del pedido de procesamiento de la fiscal Mirtha Guianze por coautoría del “homicidio muy especialmente agravado” de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, en 1974, en el Batallón de Transmisiones Nº 1. Ésta fue la última instancia del proceso, por lo cual se aguarda que en las próximas horas Vomero haga su pronunciamiento.
El otro imputado, el militar José Nelson Chialanza, fue notificado el jueves. Para ese día también estaba citado Dalmao, pero los peritos determinaron que no estaba en condiciones de declarar por razones de salud. La semana pasada permaneció internado en el Hospital Militar por problemas cardíacos aunque su abogado, Miguel Langón, afirmó días atrás que se trató de un “pico de estrés”.
Ayer también volvió a comparecer el militar Carlos Fernández, quien estuvo a cargo del caso Sabalsagaray y consignó fallecimiento por suicidio. Ese argumento, utilizado por el Supremo Tribunal Militar para archivar el caso, fue descartado en las pericias realizadas durante este proceso.
En ese sentido, el miércoles el intendente de Canelones, Marcos Carámbula, quien declaró como testigo hace cinco años, fue interrogado nuevamente a pedido del juez. Cuando le faltaban unos meses para recibirse de médico, Carámbula realizó una autopsia, a pedido de la familia de Sabalsagaray, que descartó la hipótesis del suicidio.
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El general rectificó versión sobre muerte de militante Sabalsagaray

Dalmao. Ayer dijo que el cuerpo fue encontrado en posición fetal, con las piernas trancadas por la tarima.
La República. 5 11 10.
El general Miguel Dalmao rectificó, nuevamente, ante la Justicia, su versión sobre la muerte de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray, en la dictadura. El oficial modificó su testimonio sobre la posición en que fue encontrado el cuerpo. El juez actuante resolverá en los próximos días su situación procesal.
El general Miguel Dalmao modificó ayer, nuevamente, su versión sobre la muerte de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray, en las entrañas del Batallón de Transmisiones Nº 1 (hoy Batallón de Comunicaciones Nº 1), rectificando lo declarado ante el Supremo Tribunal Militar (STM), en 1974, y ante el propio juez penal de 10º Turno, Rolando Vomero, en marzo de 2010.
Dalmao, actual jefe de la División de Ejército IV con asiento en Minas, compareció durante poco más de una hora, en el marco de la "audiencia ratificatoria" (artículo 126 del CPP), tras el pedido de procesamiento formulado en su contra por la fiscal Mirtha Guianze. El fin de la audiencia implicó que el juez Vomero dispusiera "autos para resolución".
El general Dalmao aseguró ayer que el cuerpo de Sabalsagaray fue hallado "en posición fetal, con las piernas trancadas por la tarima", contradiciendo sus propias declaraciones de 1974 y marzo de 2010. El oficial rectificó sus dichos alegando "no saber" si en dichas oportunidades "se expresó mal o no prestó atención al acta", según pudo saber LA REPUBLICA.
"Siendo aproximadamente la hora 12:10, el suscripto recorrió los calabozos en los que se encuentran los detenidos por actividades subversivas, ya que pensaba hablar con la detenida Nibia Sabalsagaray Curutchet, y al asomarme a la celda número tres, notó que la mencionada se encuentra arrodillada en el piso y colgando de un pañuelo anudado al cuello y a un hierro saliente de la pared que da a la cabecera de la tarima", declaró Dalmao ante los instructores militares en 1974. La versión fue ratificada en marzo de 2010.
En este sentido, la nueva versión pretende rebatir un informe técnico forense por el cual se catalogó como "inconsistente" la tesis de suicidio. En efecto, el médico forense Domingo Mederos, oportunamente designado por el propio juez Vomero como perito, analizó la abundante prueba documental y testimonial recopilada durante la indagatoria, tras lo cual descartó la versión oficial.
El profesional estimó que, de acuerdo a la altura del "hierro" (1,80 metros) y la posición en que se dice fue hallado el cuerpo, Sabalsagaray debía medir 2,50 metros.
"Esta nueva versión es posterior a un peritaje forense que descalificó totalmente la versión anterior brindada por el propio Dalmao ante el STM en 1974 y el propio juez Vomero en marzo de 2010, cuando controló el acta y la firmó, con la obvia intención de acomodar su testimonio", dijo el abogado querellante Juan Errandonea a LA REPUBLICA.
Sin embargo, "lo que nosotros podamos opinar no tiene mayor relevancia. Es el juez el que tiene la última palabra y valorará si tiene algún valor, obviamente considerando que fueron hechas como indagado y no está obligado a declarar en su contra", lo cual "relativiza" su testimonio, afirmó Errandonea.
Insisten con versión oficial
Dalmao compareció ante la Justicia tras el pedido de procesamiento solicitado por la fiscal Mirtha Guianze, en el marco de la indagatoria penal por la muerte de Nibia Sabalsagaray. La representante del Ministerio Público pidió, en este sentido, el procesamiento con prisión de Dalmao y el coronel (r) José Nelson Chialanza (jefe del Batallón de Transmisiones Nº 1 en 1974) por "coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado".
La figura penal "encarta en la conducta de los indagados", por cuanto el crimen fue "causado con grave sevicia, esto es, aflicciones físicas consistentes en atrocidades destinadas al padecimiento de la víctima, con innecesario sufrimiento antes de su muerte", según expresa el dictamen de la Fiscalía.
En tanto, la defensa de ambos imputados insistió ayer en la tesis del suicidio. "La tesis que hemos venido sosteniendo, desde un análisis objetivo del expediente judicial, es que se trata de un caso claro de suicidio, sobre el cual se están dando explicaciones después de 37 años. Uruguay es el país de América Latina con mayor tasa de suicidios y existen casos de hombres que por más fuerte sea su personalidad cometieron suicidio en prisión. En este caso se trataba de una chica de 23 años, detenida en un lugar donde estaba rodeada de hombres a los cuales consideraba sus enemigos, por lo cual la hipótesis de un profunda depresión y suicido es viable", expresó Langón a LA REPUBLICA.
Asimismo, los abogados Graciela Figueredo y Emilio Mikolic, representantes de Chialanza, solicitaron descartar el testimonio de Carámbula, por cuanto es "amigo" de la familia Sabalsagaray. Carámbula fue el encargado, como estudiante de Medicina, de realizar una autopsia del cuerpo, luego de burlar la "prohibición" de abrir el féretro en el cual fueron entregados sus restos, rebatiendo la tesis del "suicidio".
El dedito "p'arriba"
El general Miguel Dalmao arribó pocos minutos antes de las 15:30 horas al Juzgado de la calle Misiones, en auto oficial del Ejército Nacional, matrícula ENA 4506, en compañía de los tres asesores jurídicos del Centro Militar, los abogados Miguel Langón, Graciela Figueredo y Emilio Mikolic.
Con gesto adusto , el oficial descendió del vehículo y subió las escaleras del estudio de abogados situado al lado del Juzgado, donde tiene su despacho particular el doctor Langón, escoltado por efectivos del Ministerio del Interior. La escolta policial permaneció incólume en la puerta del estudio, aguardando su descenso, el cual se concretó minutos más tarde.
El ingreso de Dalmao al Juzgado se concretó tras algunos forcejeos entre los efectivos policiales y algunos periodistas que pretendían obtener las palabras del primer oficial en actividad con pedido de procesamiento en su contra por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en dictadura. Dalmao se mostraba impávido.
El fin de la audiencia se produjo una hora después. El oficial pretendió evadir el cerco periodístico saliendo por el acceso al Juzgado de la calle 25 de Mayo. Algunos periodistas lo detectaron y corrieron en su encuentro, pero Dalmao ya había ingresado al auto oficial, junto a Mikolic y Figueredo. Sin embargo, el general tuvo tiempo de despedirse: mirando a los periodistas elevó su mano derecha con el puño cerrado, dejando extendido su dedo mayor. El auto oficial partió, entonces, lo más raudamente posible.
miércoles, 3 de noviembre de 2010
Una de cal, otra de arena
Mientras la Corte Suprema declaraba inconstitucionales tres artículos de la ley que impide juzgar a los uniformados, tres senadores oficialistas se negaban a votar en su contra.
Página 12. 2 11 10.
La Corte Suprema de Uruguay por segunda vez declaró inconstitucional la Ley de Caducidad. La medida del máximo tribunal alcanza solamente a una causa en la que se le imputan veinte asesinatos al ex dictador Juan María Bordaberry. La ley que deja sin efecto la norma que otorga impunidad a los represores de la última dictadura uruguaya ya tiene la media sanción en la Cámara de Diputados. Pero peligra su aprobación en el Senado porque tres parlamentarios oficialistas se niegan a apoyarla.
Los integrantes de la Corte Suprema uruguaya decidieron ayer que eran inconstitucionales tres artículos de la ley aprobada en 1986. Según publicó el diario uruguayo El País, la declaración de los supremos habilita a que los jueces investiguen veinte homicidios cometidos durante el mandato de Bordaberry. El ex presidente uruguayo fue procesado con prisión el 10 de diciembre de 2006.
Pero poco después, el 23 de enero de 2007, fue beneficiado con la prisión domiciliaria. Es la segunda vez que el máximo tribunal uruguayo declara la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad. Seis días antes del frustrado plebiscito del 15 de octubre de 2009, en que se trataba de anular la amnistía, la Corte dictó un fallo similar en el caso de Nibia Sabalsagaray, una joven profesora de literatura y militante comunista que fue asesinada en 1974 por la dictadura uruguaya.
El oficialista Frente Amplio (FA) presentó semanas atrás un proyecto interpretativo de la Ley de Caducidad, que busca dejar sin efecto las cláusulas que ponen trabas al juzgamiento de los represores. La intención del gobierno y de sus aliados era evitar una sanción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando el próximo 15 de noviembre trate la denuncia de Macarena Gelman por la desaparición de su madre, María Claudia García Iruretagoyena. El 20 de octubre pasado, la Cámara de Diputados le dio media sanción a la iniciativa del Ejecutivo uruguayo. Pero ahora debe pasar por el Senado, donde el trámite promete ser más difícil.
Entre sus detractores está el senador Eleuterio Fernández Huidobro, ex militante tupamaro que compartió doce años de cárceles en las peores condiciones junto con el actual presidente José “Pepe” Mujica. Fernández Huidobro afirmó que el proyecto está “muerto”, porque es inconstitucional anular algunos artículos de la ley que les garantiza impunidad a quienes cometieron delitos aberrantes durante el régimen militar. “Estos apresuramientos y ponchazos no han permitido un adecuado debate”, se quejó Huidobro por la premura del Ejecutivo uruguayo para evitar una condena internacional. El ex tupamaro agregó: “Esta ley es mala porque no conduce a lo que se propone”.
Las críticas de Huidobro se sumaron a las de otros dos frenteamplistas en el Senado: el ex vicepresidente Rodolfo Nin Novoa y Jorge Saravia. El proyecto del Frente Amplio recogerá los votos en contra de estos tres legisladores oficialistas y de los parlamentarios blancos y los colorados, lo que impedirá que la ley quede aprobada antes de que la Corte Interamericana trate la denuncia del poeta Juan Gelman y de su nieta.
“No se trata sólo de no tener los votos ahora, sino que, si los tuviera, tampoco se podría mantener. Hay que ser realistas. Es una propuesta que contiene tantas inconstitucionalidades juntas que, si lograra los votos para su aprobación, la Suprema Corte de Justicia la declararía inconstitucional de inmediato”, disparó Fernández Huidobro.
Los organismos de derechos humanos se mostraron alarmados por el panorama. “Para nosotros, la Ley de Caducidad fue siempre nula e inmoral. La opinión de los senadores del FA es algo que tienen que resolver ellos.
La resolución política es su problema”, dijo a Página/12 Gimena Gómez, integrante de Madres y Familiares de Detenidos-Desaparecidos. La referente de ese organismo añadió: “Tenemos un buen diálogo con el Ejecutivo. Existe una voluntad política de avanzar en la búsqueda, pero ésta no se ha concretado demasiado en los hechos”.
La Asociación de Ex Presos Políticos del Uruguay Crysol también llama a anular la Ley de Caducidad, a la que denominan la “vergüenza nacional”.
Consultado acerca de la posibilidad de que los tres senadores oficialistas no apoyen la iniciativa del canciller Luis Almagro, el integrante de esa agrupación Julio Martínez afirmó: “Si se diera de esa manera, tendrán que responder ante su propia conciencia, ya que resultaron elegidos por una organización que llevaba en su plataforma electoral la anulación de la Ley de Caducidad”.
Martínez reclamó: “Para nosotros, es de orden moral y ético que se juzgue a los que cometieron los delitos más aberrantes. Se tiene que anular la Ley de Caducidad por los compromisos internacionales asumidos y por nuestra dignidad como pueblo”.
Informe: Luciana Bertoia.
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Dalmao declara mañana por el caso Sabalsagaray

EL JUEZ VOMERO PUEDE RESOLVER SOBRE EL PEDIDO DE PROCESAMIENTO.
Últimas noticias. 3 11 10
El general Miguel Dalmao declarará mañana a las 14 horas ante el juez penal Rolando Vomero, en el marco de la investigación por la muerte de la militante comunista Nidia Sabalsagaray ocurrida el 29 de junio de 1974. La fiscal Mirtha Guianze había solicitado procesar con prisión a Dalmao como coautor del homicidio junto al general (r) José Chialanza.
Si bien no se logró probar quién fue el autor material del homicidio, la participación de ambos en el hecho sí pudo ser verificada. La muerte de Sabalsagaray pudo ser investigada luego de que la Suprema Corte de Justicia declarara inconstitucional la ley de Caducidad para este caso.
La audiencia, inicialmente fijada para el jueves 28 de octubre, tuvo que ser pospuesta en esa oportunidad ya que Dalmao sufrió una afección cardíaca por la que debió ser hospitalizado dos días antes de comparecer ante el juez. En ese momento, el juez Vomero ordenó una pericia forense para determinar el grado de la afección. La misma fue confirmada y Dalmao estuvo imposibilitado de concurrir al juzgado a declarar.
Sabalsagaray fue detenida el 29 de junio de 1974 y llevada al Batallón de Transmisiones N°1. Estando recluida, su cuerpo apareció ahorcado en su celda. Si bien la muerte fue notificada como un suicido, Marcos Carámbula, actual intendente de Canelones y en aquel entonces estudiante de Medicina, logró realizar la autopsia “extraoficial” del cuerpo. En esta certificó la existencia de golpes y determinó que la razón de la muerte de Sabalsagaray fue la tortura.
Según dijeron fuentes judiciales a Ultimas Noticias, también podría ser llamado a declarar ante el juez Vomero el coronel (r) Carlos Fernández, encargado de realizar la instrucción presumarial por la muerte de Sabalsagaray.
Luego de la audiencia, el juez podrá decidir si emite su sentencia o si decide ampliar la investigación. El abogado de Dalmao, Miguel Langón, dijo a Ultimas Noticias que si el juez decide procesar al militar la sentencia “obviamente” será apelada.
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La izquierda busca un nuevo proyecto y hay acuerdo en plebiscitarlo
Caducidad: alternativas del FA conducen a consulta popular
Últimas Noticias. 3 11 10
El Frente Amplio todavía no tiene un proyecto alternativo para eliminar la ley de Caducidad, pero hay acuerdo en que cualquier fórmula deberá incluir una consulta popular. El NE, el PVP y el PCU son los únicos que aún creen en la propuesta original.
El reclamo de los senadores Jorge Saravia (E.609), Rodolfo Nin Novoa (AP) y Eleuterio Fernández Huidobro (Cap-L) para tomar en cuenta la decisión popular en el momento de eliminar la ley de Caducidad logró su objetivo. Mediante innumerables reuniones entre legisladores y dirigentes de todos los grupos, el Frente Amplio (FA) comenzó a buscar una alternativa a su propuesta original con un objetivo común: terminar en un plebiscito que ratifique la nueva norma.
Los senadores decidieron suspender la reunión de bancada prevista para hoy para tener "más tiempo para analizar" la situación y lograr un clima "distendido". Fuentes del FA dijeron a Ultimas Noticias que el tratamiento de la ley de Presupuesto abrirá un paréntesis y permitirá "bajar los decibeles" al tema, que no se votará este año.
El Nuevo Espacio (NE), el Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) y el Partido Comunista (PCU) sostienen que debe avanzarse en la votación del proyecto interpretativo original, que cuenta con media sanción en Diputados. Sin embargo, el líder nuevoespacista, Rafael Michelini, está dispuesto a proceder a una ratificación popular. "Si ese es el problema, yo salgo a juntar firmas. Pueden estar tranquilos que mi firma está, pero antes hay que votarlo", dijo a este medio.
Para Saravia, la única vía que asegura que se hará una consulta es la votación mediante dos tercios de la Asamblea General, lo que permite fijar la fecha para convocar a la ciudadanía y separarla de las elecciones nacionales. En ese contexto, los únicos proyectos a estudio son la derogación planteada por algunos legisladores del Partido Nacional y los proyectos interpretativos elaborados por el ex senador socialista José Korzeniak y por el Partido Independiente.
La principal dificultad que la izquierda enfrenta en esos casos es la negativa de diversos sectores de la oposición, en particular el Partido Colorado, a acompañar las respectivas propuestas. A eso se suma la resistencia de quienes dentro del FA insisten en apelar a la "unidad de acción" para exigir el voto de los disidentes.
El PVP y el PCU intentaron llevar el lunes ese planteo al seno de la Mesa Política y fracasaron al impulsar una declaración. "La tercera parte de los senadores está en contra. No se trata sólo de los tres que no votan, sino que también Carlos Baráibar (AU) y Alberto Couriel (E.609) están en desacuerdo. Así no se puede", indicaron las fuentes.
Más allá de las dificultades, los legisladores confían en lograr un acuerdo porque comparten la idea de que la norma debe ser eliminada. "De esto se sale conversando, como siempre lo hemos hecho en el FA", dijo Fernández Huidobro a Ultimas Noticias. El legislador apuntó que la solución radica "en tomarnos el tiempo necesario para hablar. Hoy el Senado está muy ocupado con el debate del Presupuesto, que tiene que estar pronto a fin de mes. Hay que trabajar mucho, sin detenernos, pero hay conversaciones cruzadas para conseguir un texto que esté legitimado por la gente. Los dos plebiscitos de ninguna manera se pueden ignorar".
NO HABRÁ VOTOS PARA PASAR A SARAVIA A TCP
La Mesa Política del Frente Amplio (FA) no hará lugar al Tribunal de Conducta Política (TCP) para el senador Jorge Saravia, que será solicitado en los próximos días al presidente Jorge Brovetto por la Vertiente Artiguista (VA). "No estamos ante un problema de disciplina sino de relacionamiento político. Si a los problemas que tenemos para construir mayorías le agregamos adjetivaciones de diverso tipo, se daña a la fuerza política", dijo a Ultimas Noticias el senador Enrique Rubio.
Con ese criterio, la Mesa Ejecutiva Nacional de su sector resolvió presentar a Brovetto los recortes de prensa donde constan las críticas de Saravia hacia el canciller Luis Almagro, a quien calificó de "burócrata" y hacia la bancada de Diputados del FA por el "golpe de Estado técnico" dado al aprobar el proyecto para eliminar la Caducidad. Si bien la molestia no se limita a la VA, fuentes del FA aseguraron a este medio que no estarán los votos en la Mesa Política para habilitar el pasaje al TCP. "Este es el momento de negociar y buscar salidas, no de sancionar. Esto sorprendió a todos", indicaron las fuentes.
Por su parte el senador Eleuterio Fernández Huidobro (CAP-L), quien también cuestiona el proyecto, calificó a la resolución de la VA como "una mala noticia, propia del Día de los Muertos. Estamos todos de acuerdo en retomar el debate, bajar la pelota al piso y buscar espacios y tiempos para el acuerdo. Si se entra con amenazas o acciones administrativas, la cosa se complica".
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Últimas Noticias. 3 11 10
El Frente Amplio todavía no tiene un proyecto alternativo para eliminar la ley de Caducidad, pero hay acuerdo en que cualquier fórmula deberá incluir una consulta popular. El NE, el PVP y el PCU son los únicos que aún creen en la propuesta original.
El reclamo de los senadores Jorge Saravia (E.609), Rodolfo Nin Novoa (AP) y Eleuterio Fernández Huidobro (Cap-L) para tomar en cuenta la decisión popular en el momento de eliminar la ley de Caducidad logró su objetivo. Mediante innumerables reuniones entre legisladores y dirigentes de todos los grupos, el Frente Amplio (FA) comenzó a buscar una alternativa a su propuesta original con un objetivo común: terminar en un plebiscito que ratifique la nueva norma.
Los senadores decidieron suspender la reunión de bancada prevista para hoy para tener "más tiempo para analizar" la situación y lograr un clima "distendido". Fuentes del FA dijeron a Ultimas Noticias que el tratamiento de la ley de Presupuesto abrirá un paréntesis y permitirá "bajar los decibeles" al tema, que no se votará este año.
El Nuevo Espacio (NE), el Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) y el Partido Comunista (PCU) sostienen que debe avanzarse en la votación del proyecto interpretativo original, que cuenta con media sanción en Diputados. Sin embargo, el líder nuevoespacista, Rafael Michelini, está dispuesto a proceder a una ratificación popular. "Si ese es el problema, yo salgo a juntar firmas. Pueden estar tranquilos que mi firma está, pero antes hay que votarlo", dijo a este medio.
Para Saravia, la única vía que asegura que se hará una consulta es la votación mediante dos tercios de la Asamblea General, lo que permite fijar la fecha para convocar a la ciudadanía y separarla de las elecciones nacionales. En ese contexto, los únicos proyectos a estudio son la derogación planteada por algunos legisladores del Partido Nacional y los proyectos interpretativos elaborados por el ex senador socialista José Korzeniak y por el Partido Independiente.
La principal dificultad que la izquierda enfrenta en esos casos es la negativa de diversos sectores de la oposición, en particular el Partido Colorado, a acompañar las respectivas propuestas. A eso se suma la resistencia de quienes dentro del FA insisten en apelar a la "unidad de acción" para exigir el voto de los disidentes.
El PVP y el PCU intentaron llevar el lunes ese planteo al seno de la Mesa Política y fracasaron al impulsar una declaración. "La tercera parte de los senadores está en contra. No se trata sólo de los tres que no votan, sino que también Carlos Baráibar (AU) y Alberto Couriel (E.609) están en desacuerdo. Así no se puede", indicaron las fuentes.
Más allá de las dificultades, los legisladores confían en lograr un acuerdo porque comparten la idea de que la norma debe ser eliminada. "De esto se sale conversando, como siempre lo hemos hecho en el FA", dijo Fernández Huidobro a Ultimas Noticias. El legislador apuntó que la solución radica "en tomarnos el tiempo necesario para hablar. Hoy el Senado está muy ocupado con el debate del Presupuesto, que tiene que estar pronto a fin de mes. Hay que trabajar mucho, sin detenernos, pero hay conversaciones cruzadas para conseguir un texto que esté legitimado por la gente. Los dos plebiscitos de ninguna manera se pueden ignorar".
NO HABRÁ VOTOS PARA PASAR A SARAVIA A TCP
La Mesa Política del Frente Amplio (FA) no hará lugar al Tribunal de Conducta Política (TCP) para el senador Jorge Saravia, que será solicitado en los próximos días al presidente Jorge Brovetto por la Vertiente Artiguista (VA). "No estamos ante un problema de disciplina sino de relacionamiento político. Si a los problemas que tenemos para construir mayorías le agregamos adjetivaciones de diverso tipo, se daña a la fuerza política", dijo a Ultimas Noticias el senador Enrique Rubio.
Con ese criterio, la Mesa Ejecutiva Nacional de su sector resolvió presentar a Brovetto los recortes de prensa donde constan las críticas de Saravia hacia el canciller Luis Almagro, a quien calificó de "burócrata" y hacia la bancada de Diputados del FA por el "golpe de Estado técnico" dado al aprobar el proyecto para eliminar la Caducidad. Si bien la molestia no se limita a la VA, fuentes del FA aseguraron a este medio que no estarán los votos en la Mesa Política para habilitar el pasaje al TCP. "Este es el momento de negociar y buscar salidas, no de sancionar. Esto sorprendió a todos", indicaron las fuentes.
Por su parte el senador Eleuterio Fernández Huidobro (CAP-L), quien también cuestiona el proyecto, calificó a la resolución de la VA como "una mala noticia, propia del Día de los Muertos. Estamos todos de acuerdo en retomar el debate, bajar la pelota al piso y buscar espacios y tiempos para el acuerdo. Si se entra con amenazas o acciones administrativas, la cosa se complica".
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Gelmal criticó debate interno del Frente Amplio
Gelman criticó debate interno del Frente Amplio>>
Últimas Noticias 3 11 10
Macarena Gelman calificó como "penoso" el debate interno del Frente Amplio (FA) por la eliminación de la ley de Caducidad, al tiempo que criticó las posturas de los senadores oficialistas contrarios al proyecto.
La hija de la desaparecida María Claudia García de Gelman dijo a Ultimas Noticias que los planteamientos de los senadores Eleuterio Fernández Huidobro y Jorge Saravia son "confusos" y "desacertados". Según Gelman, la situación es "triste" y la postura de los senadores está lejos de ser clara. "Lo que hacen todos estos hechos y declaraciones es enredar el tema, apostar a dilatarlo y confundir", sentenció.
Gelman, además, criticó el modo en el que el FA discutió el proyecto y dijo que "lo ideal hubiera sido que se plantee el tema puertas para adentro y así el FA pueda tener una postura definitiva y concreta". Para la hija de la desaparecida, las agresiones que se dieron en la interna del FA no fueron adecuadas ya que el tema de fondo a tratar pasa por la "conciencia" y no por un móvil político. "Dadas las declaraciones no solamente de Huidobro, sino de otros integrantes del FA y otros legisladores, la actitud no apuntaba a una discusión de fondo sobre el tema sino a una discusión pública que no lleva ni llevo nada", afirmó Gelman.
Con respecto al juicio que Gelman mantiene contra el Estado uruguayo en la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, la denunciante dijo que la anulación de la ley de Caducidad "es un problema del Estado en su conjunto desde la vuelta a la democracia". Gelman explicó que la resolución de este caso "es un problema interno del Estado que está en conocimiento de la demanda desde 2006".
Sobre las declaraciones del actual comandante en jefe del Ejército, general Jorge Rosales, acerca de que quienes pretenden aprobar el proyecto no respetan los pronunciamientos populares, Gelman dijo que estas "no correspondían" ya que "es un tema que está muy claro y él lo sabe mejor que nadie, incluso porque la constitución de la república le impide a un militar hacer este tipo de declaraciones".
La actitud de los familiares de los desaparecidos es esperar a que la situación sea resuelta, ya sea por medio de este proyecto o de alguna otra solución, explicó Gelman. Al ser consultada sobre la posibilidad de promover un nuevo plebiscito para anular la ley de Caducidad, Gelman dijo que si bien aún no han evaluado la iniciativa, en el momento que sea planteada analizarán si es la alternativa que "mejor se adecua" a lo que pretenden.
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Últimas Noticias 3 11 10
Macarena Gelman calificó como "penoso" el debate interno del Frente Amplio (FA) por la eliminación de la ley de Caducidad, al tiempo que criticó las posturas de los senadores oficialistas contrarios al proyecto.
La hija de la desaparecida María Claudia García de Gelman dijo a Ultimas Noticias que los planteamientos de los senadores Eleuterio Fernández Huidobro y Jorge Saravia son "confusos" y "desacertados". Según Gelman, la situación es "triste" y la postura de los senadores está lejos de ser clara. "Lo que hacen todos estos hechos y declaraciones es enredar el tema, apostar a dilatarlo y confundir", sentenció.
Gelman, además, criticó el modo en el que el FA discutió el proyecto y dijo que "lo ideal hubiera sido que se plantee el tema puertas para adentro y así el FA pueda tener una postura definitiva y concreta". Para la hija de la desaparecida, las agresiones que se dieron en la interna del FA no fueron adecuadas ya que el tema de fondo a tratar pasa por la "conciencia" y no por un móvil político. "Dadas las declaraciones no solamente de Huidobro, sino de otros integrantes del FA y otros legisladores, la actitud no apuntaba a una discusión de fondo sobre el tema sino a una discusión pública que no lleva ni llevo nada", afirmó Gelman.
Con respecto al juicio que Gelman mantiene contra el Estado uruguayo en la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, la denunciante dijo que la anulación de la ley de Caducidad "es un problema del Estado en su conjunto desde la vuelta a la democracia". Gelman explicó que la resolución de este caso "es un problema interno del Estado que está en conocimiento de la demanda desde 2006".
Sobre las declaraciones del actual comandante en jefe del Ejército, general Jorge Rosales, acerca de que quienes pretenden aprobar el proyecto no respetan los pronunciamientos populares, Gelman dijo que estas "no correspondían" ya que "es un tema que está muy claro y él lo sabe mejor que nadie, incluso porque la constitución de la república le impide a un militar hacer este tipo de declaraciones".
La actitud de los familiares de los desaparecidos es esperar a que la situación sea resuelta, ya sea por medio de este proyecto o de alguna otra solución, explicó Gelman. Al ser consultada sobre la posibilidad de promover un nuevo plebiscito para anular la ley de Caducidad, Gelman dijo que si bien aún no han evaluado la iniciativa, en el momento que sea planteada analizarán si es la alternativa que "mejor se adecua" a lo que pretenden.
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Hay que dar vuelta el tiempo, como la taba

GELMAN: ANULACIÓN DE LEY DE CADUCIDAD DEBE SER TOTAL
Montevideo Portal. 02.11.2010 18:31
Macarena Gelman dijo que “para que la anulación sea efectiva tiene que ser completa”, refiriéndose al fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia, que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para 20 casos, de los que se responsabiliza al ex presidente Juan María Bordaberry. La Asociación HIJOS cree que el Parlamento debe tomar la iniciativa y anular la Ley.
Macarena Gelman, nieta del poeta argentino Juan Gelman e hija de una víctima de la dictadura uruguaya (1973-1985), pidió hoy que terminen las "idas y vueltas" con respecto a la Ley de Caducidad y reclamó que "no se postergue más su anulación".
"Para que la anulación sea efectiva tiene que ser completa", afirmó Gelman en referencia al fallo que emitió el lunes la Suprema Corte de Uruguay sobre la inconstitucionalidad de la ley de Caducidad.
El tribunal declaró inconstitucional la ley de Caducidad para una causa abierta contra el ex presidente Juan María Bordaberry por la muerte de 20 personas que a partir de ahora podrá ser investigada por la Fiscalía.
Macarena Gelman, quien junto a su abuelo denunció al Estado uruguayo frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la desaparición forzada de su madre, María Claudia García Iruretagoyena de Gelman, insistió en la necesidad de que "la ley se anule por completo", durante una rueda de prensa de la asociación Hijos Uruguay a la que pertenece.
La agrupación, formada por familiares de detenidos y desaparecidos durante la dictadura uruguaya, presentó a los medios de comunicación la carta que enviaron la semana pasada a los senadores de la nación para exhortarles a terminar con una ley que a su juicio les "ofende y condiciona".
"No somos nosotros los que debemos decir cuáles son las herramientas", señaló uno de los portavoces del grupo, Amaral García.
Según Hijos Uruguay, es el Parlamento el que debe derogar la norma y si bien en principio apoyan el proyecto del FA para dejarla sin efecto, insisten en que "lo que realmente importa es que la cuestión se deje de postergar", acotó otro miembro de la formación, Valentin Enseñat.
"El debate parlamentario respecto a la ley que dejaría sin efecto la Ley de Caducidad se ha centrado en ejes que no son sustanciales", afirman en la carta los miembros de la asociación, que exhortan a los senadores a que acaben con una norma que "sienta un precedente de horror tácitamente avalado".
La ley interpretativa para dejar sin efecto la Ley de Caducidad fue votada la pasada semana en la Cámara de Diputados, con el apoyo exclusivo de los legisladores oficialistas, pero en la Cámara de Senadores, donde también el Frente Amplio tiene mayoría, varios de sus parlamentarios se oponen y la iniciativa no tendría los votos necesarios para su aprobación.
(Fuente: EFE)
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martes, 2 de noviembre de 2010
El silencio de un "inocente"
EL GENERAL DALMAO Y EL HOMICIDIO DE NYBIA SABALSAGARAY EN 1974
El Comandante de la División de Ejército IV, general Miguel Ángel Dalmao, que esta semana se internó en el Hospital Militar con una afección cardíaca, se encontraba en una difícil coyuntura: ayer podía terminar procesado con prisión como “coautor” del delito de “homicidio especialmente agravado” de la estudiante Nybia Sabalsagaray en 1974, o (si fuera inocente, como dice) podía romper el “pacto de silencio” impuesto en las Fuerzas Armadas y revelar la verdadera identidad de quién asesinó en la tortura a la militante de la Unión de Juventudes Comunistas (UJC).
Especial para Semanario Arequita. POR ROGER RODRIGUEZ (rogerrodriguez@adinet.com.uy)
“Yo no la maté” fueron las palabras con las que Dalmao cerró su testimonio en marzo de 2010, al ser interrogado por la fiscal Mirtha Guianze y el juez penal de 10º turno, Rolando Vomero. La frase, lanzada como un último intento de convencerlos de su inocencia (consciente de las contradicciones de su testimonio), también puede ser leída como un “Yo no fui, fue otro”, con el que Dalmao no sólo reconoce la muerte por torturas de Sabalsagaray, sino que insinúa saber la identidad del autor del crimen.
El 14 de octubre último, la fiscal Guianze pidió el procesamiento con prisión de Dalmao y del general (r) José Nelson Chialanza como “coautores” porque, aunque no se pudo establecer “la autoría material” del homicidio, se constató la responsabilidad de los dos imputados por el rol que desempeñaban en el Batallón de Transmisiones Nº 1 aquella madrugada del 29 de junio de 1974. Chialanza era jefe de la unidad militar y Dalmao el “S2” a cargo, porque el titular de inteligencia, capitán Mario Cegnini, estaba arrestado.
El general Dalmao quedó incriminado por documentos que firmó en 1974, por su declaración ante un Tribunal Militar que indagó el caso en la época, por los testimonios de otros detenidos aquel día en el hoy Batallón de Comunicaciones Nº 1, y, curiosamente, por el propio general Chialanza, quien sostuvo ante el juez Vomero que los integrantes del “S2” eran los únicos que podían interrogar a los prisioneros en la unidad militar. Es decir, el entonces alférez Miguel Dalmao, que estaba a cargo.
Partes de muerte…
Dalmao se ha mantenido en la versión de los hechos que declaró ante el Supremo Tribunal Militar en 1974 y por la cual la dictadura militar oficializó la mentira de que Nybia Sabalsagaray se había suicidado en su celda con un pañuelo. Sin embargo, su parte de lo ocurrido parece un escrito “protocolar” que se asemeja mucho al que el mayor Manuel Cordero hizo cuando en el Regimiento de Caballería Nº 6 también fue muerto en la tortura el joven Iván Morales Generali el 21 de noviembre de 1974.
"Siendo aproximadamente la hora 12.10, el suscrito recorrió los calabozos en los que se encuentran los detenidos por actividades subversivas, ya que pensaba hablar con la detenida Nibia Sabalsagaray Curutchet, y al asomarme a la celda número tres, notó que la mencionada se encuentra arrodillada en el piso y colgando de un pañuelo anudado al cuello y a un hierro saliente de la pared que da a la cabecera de la tarima (…) Una vez dentro de la celda constató que la prisionera estaba aparentemente muerta, solicitando de inmediato la presencia del enfermero de servicio y procediendo a comunicar el hecho", escribía el alférez Dalmao en 1974.
“En estas circunstancias se suspende momentáneamente el interrogatorio por unos 15 o 20 minutos, en espera de trasladarlo a otras dependencias. En ese lapso se habla por 2 o 3 veces con el detenido el cual contesta, llegado un momento en que se nota que comienza a respirar con dificultad, se lo intenta reaccionar con masaje al corazón, mientras urgentemente se llama al enfermero de la Unidad, que llega a los pocos segundos. En ese instante, éste informa que el detenido presenta muestras de haber fallecido, comprobándolo instantes después, que así había sido. Sucedidos los hechos narrados se da cuenta al jefe de la unidad”, redactaba cinco meses más tarde el mayor Cordero para explicar la muerte de Iván Morales.
“La prisionera estaba aparentemente muerta” y “el detenido presenta muestras de haber fallecido”, constituyen frases que parecen sacadas de un libro de excusas. Ambos terminan dando la responsabilidad de “decretar” la muerte al enfermero de guardia. Ambos dan cuenta luego de lo ocurrido al jefe de la unidad. Ambos parecen mentir…
Las contradicciones
La versión que el general mantiene hoy sobre lo ocurrido, se contradice con sus propias declaraciones ante el mismo juzgado en 2006 cuando dijo que se enteró de la muerte de Sabalsagaray “por información que circuló apenas constatado su deceso”. Dalmao se rectificó luego de esos dichos que habría expresado “sin asesoramiento jurídico ni haber analizado la documentación sobre el tema”. “Dije lo que tenía en el alma”, intentó explicarse quien como “S2” de aquella unidad militar no puede dejar de saber qué pasó.
Sin embargo, la perspectiva de Dalmao se modificó el 19 de octubre de 2009, cuando la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la Ley 15.848 de la “caducidad de la pretensión punitiva del Estado” específicamente para el caso de Sabalsagaray y el general en actividad dejó de ser un testigo para transformarse en un indagado. A partir de entonces los testimonios de otras víctimas de tortura en aquel cuartel y una autopsia psicológica que contradice la versión dictatorial de un “suicidio”, son pruebas de cargo.
Un artículo del periodista Raúl Legnani, publicado en La República el 16 de abril de 2008, sintetizó entonces –con las fotos del cadáver de Sabalsagaray- los cargos y las dudas que la propia justicia mantiene hoy sobre aquel homicidio, que el médico militar de la dictadura, José Mautone, dictaminó como un “suicidio” por “ahorcadura” (sic), versión que desmintió el entonces joven estudiante de medicina Marcos Carámbula (hoy intendente de Canelones) quien confirmó las torturas sufridas por Nybia.
Un peritaje técnico forense ha demostrado que era imposible que Sabalsagaray se hubiera ahorcado con un pañuelo de un hierro que asomaba de la pared a 1.80 metros del suelo. No existe pañuelo que permita a una persona que medía 1.70 metros, ahorcarse en diez centímetros y yacer de rodillas colgada al ser encontrada por el alférez Dalmao. El médico forense Domingo Mederos explicó que Sabalsagaray debía medir 2.50 metros para ser hallada de esa forma.
La sangre de Artigas
Miguel Dalmao ingresó a la Escuela Militar el 1º de marzo de 1970 y egresó como alférez del arma de Ingenieros en la promoción “Con Libertad no ofendo ni temo”, el 15 de setiembre de 1973. Se desempeñó en el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 3 (donde fue muerto por torturas Roberto Gomensoro Josman), en el Batallón de Transmisiones Nº 1 (donde murió Nybia Sabalsagaray), en el Estado Mayor del Ejército y en el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 1, donde en 1981 ascendió a capitán.
Luego de la dictadura, continuó su carrera militar en distintos cargos hasta que el 1º de febrero de 2005 fue ascendido al generalato, con el respaldo del presidente electo Tabaré Vázquez. Se mencionaron entonces dos argumentos que le habría favorecido en el ascenso: por un lado, su condición de miembro de la masonería uruguaya y, por otro, su ascendencia, ya que Dalmao pertenece a una de las líneas de descendientes del prócer general José Gervasio Artigas.
Desde el generalato Dalmao pasó a la dirección de Sanidad de las Fuerzas Armadas y fue protagonista de dos incidentes “mediáticos” durante el gobierno del Frente Amplio. En 2006 recibió una sanción por participar, junto al comandante en jefe Carlos Díaz de una reunión no autorizada con el ex presidente Julio María Sanguinetti y el ex ministro Yamandú Fau. En 2007, protagonizó otro incidente en una reunión social al discutir con Gonzalo Nin Novoa, hermano del vicepresidente de la República, que le habría recomendado realizar una compra de armamentos con un proveedor específico.
El 1º de febrero de 2008 se le designó como comandante de la División de Ejército VI, con asiento en la ciudad de Minas. Hace una semana se reunió con el ministro de Defensa Luis Rosadilla para informarle de su situación judicial. Esta semana se internó en el Hospital Militar, según trascendió, con una afección cardíaca. Ayer debía comparecer ante el juez Vomero para responder las acusaciones de la fiscal Guianze. Su próximo destino puede ser la cárcel de Domingo Arenas.
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El Comandante de la División de Ejército IV, general Miguel Ángel Dalmao, que esta semana se internó en el Hospital Militar con una afección cardíaca, se encontraba en una difícil coyuntura: ayer podía terminar procesado con prisión como “coautor” del delito de “homicidio especialmente agravado” de la estudiante Nybia Sabalsagaray en 1974, o (si fuera inocente, como dice) podía romper el “pacto de silencio” impuesto en las Fuerzas Armadas y revelar la verdadera identidad de quién asesinó en la tortura a la militante de la Unión de Juventudes Comunistas (UJC).
Especial para Semanario Arequita. POR ROGER RODRIGUEZ (rogerrodriguez@adinet.com.uy)
“Yo no la maté” fueron las palabras con las que Dalmao cerró su testimonio en marzo de 2010, al ser interrogado por la fiscal Mirtha Guianze y el juez penal de 10º turno, Rolando Vomero. La frase, lanzada como un último intento de convencerlos de su inocencia (consciente de las contradicciones de su testimonio), también puede ser leída como un “Yo no fui, fue otro”, con el que Dalmao no sólo reconoce la muerte por torturas de Sabalsagaray, sino que insinúa saber la identidad del autor del crimen.
El 14 de octubre último, la fiscal Guianze pidió el procesamiento con prisión de Dalmao y del general (r) José Nelson Chialanza como “coautores” porque, aunque no se pudo establecer “la autoría material” del homicidio, se constató la responsabilidad de los dos imputados por el rol que desempeñaban en el Batallón de Transmisiones Nº 1 aquella madrugada del 29 de junio de 1974. Chialanza era jefe de la unidad militar y Dalmao el “S2” a cargo, porque el titular de inteligencia, capitán Mario Cegnini, estaba arrestado.
El general Dalmao quedó incriminado por documentos que firmó en 1974, por su declaración ante un Tribunal Militar que indagó el caso en la época, por los testimonios de otros detenidos aquel día en el hoy Batallón de Comunicaciones Nº 1, y, curiosamente, por el propio general Chialanza, quien sostuvo ante el juez Vomero que los integrantes del “S2” eran los únicos que podían interrogar a los prisioneros en la unidad militar. Es decir, el entonces alférez Miguel Dalmao, que estaba a cargo.
Partes de muerte…
Dalmao se ha mantenido en la versión de los hechos que declaró ante el Supremo Tribunal Militar en 1974 y por la cual la dictadura militar oficializó la mentira de que Nybia Sabalsagaray se había suicidado en su celda con un pañuelo. Sin embargo, su parte de lo ocurrido parece un escrito “protocolar” que se asemeja mucho al que el mayor Manuel Cordero hizo cuando en el Regimiento de Caballería Nº 6 también fue muerto en la tortura el joven Iván Morales Generali el 21 de noviembre de 1974.
"Siendo aproximadamente la hora 12.10, el suscrito recorrió los calabozos en los que se encuentran los detenidos por actividades subversivas, ya que pensaba hablar con la detenida Nibia Sabalsagaray Curutchet, y al asomarme a la celda número tres, notó que la mencionada se encuentra arrodillada en el piso y colgando de un pañuelo anudado al cuello y a un hierro saliente de la pared que da a la cabecera de la tarima (…) Una vez dentro de la celda constató que la prisionera estaba aparentemente muerta, solicitando de inmediato la presencia del enfermero de servicio y procediendo a comunicar el hecho", escribía el alférez Dalmao en 1974.
“En estas circunstancias se suspende momentáneamente el interrogatorio por unos 15 o 20 minutos, en espera de trasladarlo a otras dependencias. En ese lapso se habla por 2 o 3 veces con el detenido el cual contesta, llegado un momento en que se nota que comienza a respirar con dificultad, se lo intenta reaccionar con masaje al corazón, mientras urgentemente se llama al enfermero de la Unidad, que llega a los pocos segundos. En ese instante, éste informa que el detenido presenta muestras de haber fallecido, comprobándolo instantes después, que así había sido. Sucedidos los hechos narrados se da cuenta al jefe de la unidad”, redactaba cinco meses más tarde el mayor Cordero para explicar la muerte de Iván Morales.
“La prisionera estaba aparentemente muerta” y “el detenido presenta muestras de haber fallecido”, constituyen frases que parecen sacadas de un libro de excusas. Ambos terminan dando la responsabilidad de “decretar” la muerte al enfermero de guardia. Ambos dan cuenta luego de lo ocurrido al jefe de la unidad. Ambos parecen mentir…
Las contradicciones
La versión que el general mantiene hoy sobre lo ocurrido, se contradice con sus propias declaraciones ante el mismo juzgado en 2006 cuando dijo que se enteró de la muerte de Sabalsagaray “por información que circuló apenas constatado su deceso”. Dalmao se rectificó luego de esos dichos que habría expresado “sin asesoramiento jurídico ni haber analizado la documentación sobre el tema”. “Dije lo que tenía en el alma”, intentó explicarse quien como “S2” de aquella unidad militar no puede dejar de saber qué pasó.
Sin embargo, la perspectiva de Dalmao se modificó el 19 de octubre de 2009, cuando la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la Ley 15.848 de la “caducidad de la pretensión punitiva del Estado” específicamente para el caso de Sabalsagaray y el general en actividad dejó de ser un testigo para transformarse en un indagado. A partir de entonces los testimonios de otras víctimas de tortura en aquel cuartel y una autopsia psicológica que contradice la versión dictatorial de un “suicidio”, son pruebas de cargo.
Un artículo del periodista Raúl Legnani, publicado en La República el 16 de abril de 2008, sintetizó entonces –con las fotos del cadáver de Sabalsagaray- los cargos y las dudas que la propia justicia mantiene hoy sobre aquel homicidio, que el médico militar de la dictadura, José Mautone, dictaminó como un “suicidio” por “ahorcadura” (sic), versión que desmintió el entonces joven estudiante de medicina Marcos Carámbula (hoy intendente de Canelones) quien confirmó las torturas sufridas por Nybia.
Un peritaje técnico forense ha demostrado que era imposible que Sabalsagaray se hubiera ahorcado con un pañuelo de un hierro que asomaba de la pared a 1.80 metros del suelo. No existe pañuelo que permita a una persona que medía 1.70 metros, ahorcarse en diez centímetros y yacer de rodillas colgada al ser encontrada por el alférez Dalmao. El médico forense Domingo Mederos explicó que Sabalsagaray debía medir 2.50 metros para ser hallada de esa forma.
La sangre de Artigas
Miguel Dalmao ingresó a la Escuela Militar el 1º de marzo de 1970 y egresó como alférez del arma de Ingenieros en la promoción “Con Libertad no ofendo ni temo”, el 15 de setiembre de 1973. Se desempeñó en el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 3 (donde fue muerto por torturas Roberto Gomensoro Josman), en el Batallón de Transmisiones Nº 1 (donde murió Nybia Sabalsagaray), en el Estado Mayor del Ejército y en el Batallón de Ingenieros de Combate Nº 1, donde en 1981 ascendió a capitán.
Luego de la dictadura, continuó su carrera militar en distintos cargos hasta que el 1º de febrero de 2005 fue ascendido al generalato, con el respaldo del presidente electo Tabaré Vázquez. Se mencionaron entonces dos argumentos que le habría favorecido en el ascenso: por un lado, su condición de miembro de la masonería uruguaya y, por otro, su ascendencia, ya que Dalmao pertenece a una de las líneas de descendientes del prócer general José Gervasio Artigas.
Desde el generalato Dalmao pasó a la dirección de Sanidad de las Fuerzas Armadas y fue protagonista de dos incidentes “mediáticos” durante el gobierno del Frente Amplio. En 2006 recibió una sanción por participar, junto al comandante en jefe Carlos Díaz de una reunión no autorizada con el ex presidente Julio María Sanguinetti y el ex ministro Yamandú Fau. En 2007, protagonizó otro incidente en una reunión social al discutir con Gonzalo Nin Novoa, hermano del vicepresidente de la República, que le habría recomendado realizar una compra de armamentos con un proveedor específico.
El 1º de febrero de 2008 se le designó como comandante de la División de Ejército VI, con asiento en la ciudad de Minas. Hace una semana se reunió con el ministro de Defensa Luis Rosadilla para informarle de su situación judicial. Esta semana se internó en el Hospital Militar, según trascendió, con una afección cardíaca. Ayer debía comparecer ante el juez Vomero para responder las acusaciones de la fiscal Guianze. Su próximo destino puede ser la cárcel de Domingo Arenas.
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La SCJ declaró inconstitucional la Ley de Caducidad para otros 19 crímenes

Por unanimidad. Además estableció que son "inaplicables" para los casos concretos los artículos 1º, 3º y 4º.
Por unanimidad, la Ley de Caducidad fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia. El fallo reitera los argumentos vertidos en octubre de 2009, por el máximo órgano del Poder Judicial. La decisión permitirá a la Justicia investigar 19 crímenes cometidos en dictadura.
La República. 2 11 10. Mauricio Pérez
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró nuevamente por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley Nº 15.848, "Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado", por violentar los artículos 4, 82 y 233 de la Constitución de la República, así como diversas normas del derecho internacional aprobadas por el Estado uruguayo, entre ellas la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta de la Organización de los Estados Americanos.
La nueva sentencia del máximo órgano del Poder Judicial fue adoptada en el marco de la causa caratulada "Organizaciones de Derechos Humanos" Ficha 2-21986/2006, mediante el mecanismo de "resolución anticipada" reiterándose los argumentos esgrimidos en octubre de 2009 cuando se declaró la inconstitucionalidad de la norma, en el caso de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray.
En este sentido, el nuevo fallo (emitido el pasado viernes 29 de octubre y notificado ayer) reitera lo expresado por la Corte, en cuanto la Ley de Caducidad violenta el principio de separación de poderes, transgrede el derecho de las víctimas y las familias de acceder al sistema judicial para identificar y castigar a los culpables "de los hechos acaecidos durante la dictadura militar" y de ninguna manera puede ser considerada una ley de amnistía.
Asimismo, la declaración de inconstitucionalidad de octubre de 2009 dejó constancia de la interpretación de la Corte en cuanto a que "las convenciones internacionales de derechos humanos se integran a la Carta por la vía del artículo 72, por tratarse de derechos inherentes a la dignidad humana que la comunidad internacional reconoce".
En este sentido, "no puede invocarse la teoría clásica de la soberanía para defender la potestad estatal de limitar la protección jurídica de los derechos humanos.
Los derechos humanos han desplazado el enfoque del tema y ya no se puede partir de una potestad soberana ilimitada para el Estado en su rol de constituyente". "Por el contrario, la regulación actual de los derechos humanos no se basa en la posición soberana de los Estados, sino en la persona en tanto titular, por su condición de tal, de los derechos esenciales que no pueden ser desconocidos con base en el ejercicio del poder constituyente, ni originario ni derivado", expresó oportunamente la Corte.
Ante esto, la SCJ resolvió declarar "inconstitucionales e inaplicables para el caso concreto los artículos 1º, 3º y 4º de la Ley Nº 15.848", según la nueva sentencia judicial a la cual accedió LA REPUBLICA.
En este sentido, el artículo 3º es inconstitucional porque "condiciona la actividad jurisdiccional a una decisión del Poder Ejecutivo, con eficacia absoluta, lo cual colide ostensiblemente con las facultades de los jueces de establecer quienes son o no son responsables de la comisión de delitos comunes", dijo la Corte.
El nuevo fallo detalla una "discordia parcial" del ministro Daniel Gutiérrez, por un cuestionamiento formal hacia el planteo de inconstitucionalidad ("defecto de emplazamiento de los interesados"), pero no sobre el fondo, como lo hiciera en la primera sentencia.
Diecinueve crímenes
La nueva declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad fue dispuesta en la causa caratulada "Organizaciones de Derechos Humanos", anexa al expediente madre contra el dictador Juan María Bordaberry, por la cual se indaga el homicidio de 20 personas entre el 27 de junio de 1973 y el 12 de junio de 1976.
En este sentido, el excepcionamiento de inconstitucionalidad promovido por la fiscal Ana María Tellechea, el 14 de diciembre de 2009, solicitó excluir el homicidio de 19 personas del amparo de la norma. La decisión de la Corte, por tanto, permite investigar a los militares o policías responsables en la muerte de Ivo Fernández Nieves, Eduardo Mondello, Hugo Pereyra Cunha, Walter Hugo Arteche, Gerardo Alter, Iván Morales Generalli, Amelia Lavagna, Carlos María Curuchaga, Carlos María Argenta, Julián Basilicio López, Nicanor Lerena, Bonifacio Olveira, Humberto Pascaretta, Silvia del Carmen Saldaña, Gilberto Coghlan, Aldo Perrini, Pedro Ricardo Lerena, Oscar Fernández Mendieta y Nuble Donato Yic.
La excepción de inconstitucionalidad no incluyó el caso de la muerte por torturas, en setiembre de 1973, del estudiante de Agronomía Hugo Leonardo de los Santos Mendoza, ante la clausura de las actuaciones presumariales dispuesta oportunamente a pedido de la fiscal Dora Domenech "con relación a los mandos militares y policiales". La indagatoria en este caso se circunscribirá únicamente sobre los mandos civiles.
En tanto, la Corte deberá pronunciarse próximamente en otra excepción de inconstitucionalidad promovida por la fiscal Tellechea en la causa caratulada "GARCÍA HERNANDEZ, Amaral y otros" Ficha 173-318/2006, por la cual se indaga el fusilamiento en la localidad de Soca de cinco militantes del MLN-T, trasladados en forma clandestina desde la República Argentina hacia Uruguay, en diciembre de 1974. La acción fue presentada el mismo 14 de diciembre de 2009, pero diversos trámites administrativos dilataron su resolución.
Fallo "habilita a investigar a todos, no sólo a los mandos"
La abogada Maria del Pilar Elhordoy, querellante en la causa "Organización de Derechos Humanos", consideró "sumamente relevante" la decisión adoptada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) porque "por segunda vez se manifiesta que este engrendo jurídico llamado Ley de Caducidad viola las normas del derecho interno y del derecho internacional de los derechos humanos".
"La Corte vuelve a dar un mensaje muy claro: en cualquier investigación sobre violaciones a los derechos humanos debe ser quitado este obstáculo para que el representante del Ministerio Público, quien nos representa a la ciudadanía, pueda ejercer efectivamente su función que es investigar y acusar en caso de que corresponda", expresó Elhordoy a LA REPUBLICA.
En este sentido, el fallo tienen "relevancia jurídica, pero también relevancia ética y moral", porque "el órgano supremo del Poder Judicial dice que este engendro jurídico es inconstitucional, más allá de lo que digan otros poderes", señaló la abogada.
La sentencia "habilita investigar a todos los responsables de estos crímenes, no solamente los mandos, y atribuir las correspondientes responsabilidades penales, en caso de que correspondan, de forma de llegar a los autores materiales y sobre todo a la verdad, que es el objetivo principal", dijo Elhordoy.
En tanto, la hija de Bonifacio Olveira manifestó su "emoción" por la decisión de la Corte y la posibilidad de investigar las circunstancias de su muerte. "Es una alegría enorme; poder llegar a la verdad sobre lo sucedido con mi padre y con muchos otros significa cerrar un círculo, cerrar una herida", afirmó Maria del Rosario Olveira.
"PEDRO" DEFENDIO LA LEY
El líder de Vamos Uruguay Pedro Bordaberry, justificó la vigencia de la Ley de Caducidad, sostuvo que este debate ya fue laudado por la ciudadanía y respaldó la carta pública de los ex presidentes Jorge Batlle y Julio María Sanguinetti.
En relación a la Ley interpretativa de la Ley de Caducidad que presentó el FA en el Parlamento, Bordaberry dijo que "mientras ellos hablan de eso, distraen, y a la gente le siguen robando, la siguen rapiñando, y matando también".
Los ex presidentes Jorge Batlle y Julio María Sanguinetti acusaron al Frente Amplio y al propio gobierno de generar "inestabilidad institucional", con el tema Ley de Caducidad.
Bordaberry expresó que la expresión de los ex mandatarios "es la línea del partido respecto a los plebiscitos, el respeto a lo que decide la gente".
En esa misma línea, el representante nacional remarcó que su partido entiende que este tema "ya se debatió", y que "se votó dos veces, ya", pero que "mientras hay una cantidad de problemas en el Uruguay, que el Frente Amplio no encara", como "la inseguridad", "en todo el país hoy, los problemas son cada día más grandes".
Sanguinetti-Batlle
Por otro lado, los autores de la carta publicada bajo el título "Una alerta a la conciencia ciudadana" justificaron la publicación de la misiva.
"Con el Dr. Batlle hemos estimado un deber cívico, como ex presidentes, hacer un llamado a la conciencia cívica" apuntó Sanguinetti.
"Es muy grave que se estén buscando métodos oblicuos, torcidos, transversales ¬continuó- para hacer de otro modo, lo que de un modo directo, la Constitución y el pueblo, resolvieron que no corresponde más" expedirse sobre el tema.
Por su lado, Jorge Batlle, argumentó que "desoír la Constitución es gravísimo, y sobre todo cuando el Presidente de la República, el señor Mujica, y el señor vicepresidente de la República, el senador Astori, después de la anulación ocurrida en la última elección, no lograda, dijeron que el asunto estaba concluido".
También dijo Batlle que no le gustaría "pensar que es cierta esa afirmación de que el Presidente repite cada tanto ¬como te digo una cosa te digo la otra¬, porque eso querría decir que es muy difícil saber, cuando opina el Presidente cuál es ciertamente su opinión sobre el tema".
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Sin confusión
Suprema Corte declaró inconstitucional e inaplicable la Ley de Caducidad para 20 casos.
La Diaria. 2 11 10. Por Lourdes Rodríguez.
Es la segunda vez que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emite un fallo a favor de la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad. El año pasado lo hizo para el caso de Nibia Sabalsagaray, con argumentos que los magistrados también evocaron para este pronunciamiento. “La SCJ está dejando en claro que tiene una línea de pensamiento que continuará sosteniendo”, dijo a la diaria la abogada querellante Pilar Elhordoy. Por eso, la expectativa es que falle en el mismo sentido para el expediente “Fusilados de Soca”, que abarca otros seis casos.
El fallo de la SCJ declaró “inconstitucionales e inaplicables” los artículos 1, 3 y 4 de la Ley de Caducidad para 20 casos de personas víctimas del terrorismo de Estado (ver recuadro). Éstos se encuentran en el expediente “Organización de los derechos humanos”, que es un anexo de la causa del dictador Juan María Bordaberry, a cargo de la jueza Mariana Mota y la fiscal Ana María Tellechea, quien interpuso el recurso ante la SCJ.
La decisión del máximo órgano del Poder Judicial fue por mayoría. Uno de los cinco ministros, Daniel Gutiérrez Proto, se declaró “discorde parcialmente” por razones formales vinculadas a la presentación del escrito, aunque no discrepa en el fondo del asunto, es decir, en la inconstitucionalidad. Los 20 casos fueron excluidos de la Ley de Caducidad por el Poder Ejecutivo. No obstante, explicó Elhordoy, eso no permite citar como indagados a los mandos medios o inferiores sino sólo a los superiores. El fallo habilita a “buscar a todos los responsables” y, por ende, a citarlos a declarar en calidad de indagados.
“Lo que hace es remover el obstáculo [en referencia a la Ley de Caducidad] y buscar a los autores materiales. Son los que pueden decir a ciencia cierta cómo fueron los últimos momentos de las personas asesinadas. Más allá del enjuiciamiento, es lo que quieren saber los denunciantes: qué les pasó a sus familiares, cómo fueron asesinados a manos de los agentes del Estado”, ilustró la abogada. A partir de ahora, la fiscal deberá analizar caso a caso para luego solicitar los interrogatorios que entienda conveniente.
Sobre la voluntad popular
La SCJ decidió “mantener su anterior criterio” para argumentar el fallo. El primer pronunciamiento del Poder Judicial se produjo en octubre de 2009 luego de que el Ejecutivo y El Legislativo declararan inconstitucional la Ley de Caducidad y a cinco días del plebiscito por su nulidad. “Por sentencia Nº 365/2009 [la de Sabalsagaray], la corte hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad formulado contra las disposiciones normativas impugnadas en autos, en términos que por su exacta adecuación al caso se tendrán por reproducidos y como parte integrante de esta decisión”, reza el documento.
Los principales argumentos fueron que la norma en cuestión viola el principio de separación de poderes del Estado y que “transgrede el derecho de las víctimas y de sus familiares de acceder al sistema judicial para que se identifique y castigue a los presuntos culpables de los hechos acaecidos durante la dictadura militar”. “Se aparta claramente de nuestro ordenamiento institucional”, resumía el fallo.
También rebatía el argumento de que la ciudadanía respaldó la caducidad en el referéndum de 1989. Los magistrados coincidieron en que “no se puede desconocer” el resultado, pero consideraron que éste “no proyecta consecuencia relevante alguna con relación al análisis de constitucionalidad que se debe realizar”.
“El límite de la decisión de la mayoría reside, esencialmente, en dos cosas: la tutela de los derechos fundamentales y la sujeción de los poderes públicos a la ley”, indicaba. Además, la SCJ hacía suyas las observaciones realizadas al Estado uruguayo por la vigencia de la ley por parte de la Comision Interamericana de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
En tanto, se aguarda que a la brevedad se produzca el pronunciamiento de la SCJ de la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para la causa “Fusilados de Soca”, que investiga el secuestro en Argentina y posterior homicidio en nuestro país en diciembre de 1974 -en esa localidad de Canelones y tras permanecer 40 días desaparecidos- de los militantes tupamaros Héctor Daniel Brum, María de los Ángeles Corbo, Graciela Estefanell, Floreal García y Mirtha Hernández.
En la solicitud, Tellechea también pide pronunciamiento por la desaparición durante “más de diez años” de Amaral García Hernández, hijo de Floreal y Mirtha, cuya identidad fue restituida en 1985. Si la SCJ vuelve a fallar en el mismo sentido, sería la primera declaración de inconstitucionalidad por sustitución de identidad. Este expediente también forma parte de la causa “madre” Bordaberry, ya procesado por delitos de lesa humanidad.
Los 20
El fallo de la SCJ alcanza los casos de Ivo Fernández, Eduardo Mondello, Hugo Pereyra, Walter Arteche, Gerardo Alter, Iván Morales, Amelia Lavagna, Carlos Curuchaga, Carlos Argenta, Julián López, Nicanor Lerena, Pedro Lerena, Bonifacio Olveira, Humberto Pascaretta, Silvia Saldaña, Gilberto Coghlan, Aldo Perrini, Felipe Fernández y Nuble Yic.
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La Diaria. 2 11 10. Por Lourdes Rodríguez.
Es la segunda vez que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emite un fallo a favor de la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad. El año pasado lo hizo para el caso de Nibia Sabalsagaray, con argumentos que los magistrados también evocaron para este pronunciamiento. “La SCJ está dejando en claro que tiene una línea de pensamiento que continuará sosteniendo”, dijo a la diaria la abogada querellante Pilar Elhordoy. Por eso, la expectativa es que falle en el mismo sentido para el expediente “Fusilados de Soca”, que abarca otros seis casos.
El fallo de la SCJ declaró “inconstitucionales e inaplicables” los artículos 1, 3 y 4 de la Ley de Caducidad para 20 casos de personas víctimas del terrorismo de Estado (ver recuadro). Éstos se encuentran en el expediente “Organización de los derechos humanos”, que es un anexo de la causa del dictador Juan María Bordaberry, a cargo de la jueza Mariana Mota y la fiscal Ana María Tellechea, quien interpuso el recurso ante la SCJ.
La decisión del máximo órgano del Poder Judicial fue por mayoría. Uno de los cinco ministros, Daniel Gutiérrez Proto, se declaró “discorde parcialmente” por razones formales vinculadas a la presentación del escrito, aunque no discrepa en el fondo del asunto, es decir, en la inconstitucionalidad. Los 20 casos fueron excluidos de la Ley de Caducidad por el Poder Ejecutivo. No obstante, explicó Elhordoy, eso no permite citar como indagados a los mandos medios o inferiores sino sólo a los superiores. El fallo habilita a “buscar a todos los responsables” y, por ende, a citarlos a declarar en calidad de indagados.
“Lo que hace es remover el obstáculo [en referencia a la Ley de Caducidad] y buscar a los autores materiales. Son los que pueden decir a ciencia cierta cómo fueron los últimos momentos de las personas asesinadas. Más allá del enjuiciamiento, es lo que quieren saber los denunciantes: qué les pasó a sus familiares, cómo fueron asesinados a manos de los agentes del Estado”, ilustró la abogada. A partir de ahora, la fiscal deberá analizar caso a caso para luego solicitar los interrogatorios que entienda conveniente.
Sobre la voluntad popular
La SCJ decidió “mantener su anterior criterio” para argumentar el fallo. El primer pronunciamiento del Poder Judicial se produjo en octubre de 2009 luego de que el Ejecutivo y El Legislativo declararan inconstitucional la Ley de Caducidad y a cinco días del plebiscito por su nulidad. “Por sentencia Nº 365/2009 [la de Sabalsagaray], la corte hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad formulado contra las disposiciones normativas impugnadas en autos, en términos que por su exacta adecuación al caso se tendrán por reproducidos y como parte integrante de esta decisión”, reza el documento.
Los principales argumentos fueron que la norma en cuestión viola el principio de separación de poderes del Estado y que “transgrede el derecho de las víctimas y de sus familiares de acceder al sistema judicial para que se identifique y castigue a los presuntos culpables de los hechos acaecidos durante la dictadura militar”. “Se aparta claramente de nuestro ordenamiento institucional”, resumía el fallo.
También rebatía el argumento de que la ciudadanía respaldó la caducidad en el referéndum de 1989. Los magistrados coincidieron en que “no se puede desconocer” el resultado, pero consideraron que éste “no proyecta consecuencia relevante alguna con relación al análisis de constitucionalidad que se debe realizar”.
“El límite de la decisión de la mayoría reside, esencialmente, en dos cosas: la tutela de los derechos fundamentales y la sujeción de los poderes públicos a la ley”, indicaba. Además, la SCJ hacía suyas las observaciones realizadas al Estado uruguayo por la vigencia de la ley por parte de la Comision Interamericana de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
En tanto, se aguarda que a la brevedad se produzca el pronunciamiento de la SCJ de la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para la causa “Fusilados de Soca”, que investiga el secuestro en Argentina y posterior homicidio en nuestro país en diciembre de 1974 -en esa localidad de Canelones y tras permanecer 40 días desaparecidos- de los militantes tupamaros Héctor Daniel Brum, María de los Ángeles Corbo, Graciela Estefanell, Floreal García y Mirtha Hernández.
En la solicitud, Tellechea también pide pronunciamiento por la desaparición durante “más de diez años” de Amaral García Hernández, hijo de Floreal y Mirtha, cuya identidad fue restituida en 1985. Si la SCJ vuelve a fallar en el mismo sentido, sería la primera declaración de inconstitucionalidad por sustitución de identidad. Este expediente también forma parte de la causa “madre” Bordaberry, ya procesado por delitos de lesa humanidad.
Los 20
El fallo de la SCJ alcanza los casos de Ivo Fernández, Eduardo Mondello, Hugo Pereyra, Walter Arteche, Gerardo Alter, Iván Morales, Amelia Lavagna, Carlos Curuchaga, Carlos Argenta, Julián López, Nicanor Lerena, Pedro Lerena, Bonifacio Olveira, Humberto Pascaretta, Silvia Saldaña, Gilberto Coghlan, Aldo Perrini, Felipe Fernández y Nuble Yic.
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lunes, 1 de noviembre de 2010
El senador Eleuterio Fernández Huidobro expresó su rechazo a la propuesta aprobada en diputados

“El proyecto para eliminar la Caducidad ya está muerto”
Ültimas Noticias. 1 11 10.
El senador Eleuterio Fernández Huidobro manifestó su rechazo al proyecto de ley interpretativo para anular los efectos de la Caducidad que promueve el Frente Amplio. Dijo a Ultimas Noticias que "está muerto" y que su contenido es "inconstitucional".
-¿Por qué no está de acuerdo con el proyecto que impulsa el FA?
-Porque el medio elegido no consigue el fin buscado. No se trata sólo de no tener los votos ahora sino que si los tuviera, tampoco se podría mantener. Hay que ser realistas. Es una propuesta que contiene tantas inconstitucionalidades juntas, que si lograra los votos para su aprobación, la Suprema Corte de Justicia la declararía inconstitucional de inmediato.
-¿Ya está decidido a no votarla?
-Estas son decisiones que no las toma uno solo. Se trata de tomarnos el tiempo necesario para debatir y ver los caminos a seguir porque estas son cosas que no se resuelven a los ponchazos. Yo no estoy de acuerdo con este proyecto. Mi posición es la que salió el viernes pasado de la reunión del Ejecutivo de la Corriente de Acción y Pensamiento (CAP-L). Ahí sacamos un comunicado donde dejamos claro que "es condición ineludible de todo acuerdo y consenso en torno a un proyecto de ley, someterlo inmediatamente a consulta popular". Como hay tiempo para resolver, decidimos esperar hasta el 14 y convocar a la Convención Nacional, para tomar una resolución entre todos.
-¿Cuál es la postura que usted va a sostener cuando llegue el momento de debatir el tema?
-A mí me parece que está claro que esta propuesta no sirve. Nosotros la acompañamos por disciplina en Diputados pero en el Senado quedó claro que no puede salir nada sobre este tema sin consultar a la gente. Eso para nosotros es ineludible y para otros compañeros también. Las posturas son muy definidas. Yo creo que el proyecto de ley ya está muerto.
-¿Está dispuesto a contemplar otras propuestas?
-Hay varias ideas en la vuelta. Está el planteo de derogar la ley de Caducidad y después consultar a la gente y también el del Partido Independiente, que sugirió (el senador Jorge) Saravia. Son algunas de tantas iniciativas. Nosotros estamos dispuestos a estudiarlas todas, siempre que incluyan la consulta a la gente. Hay que hacer un referéndum. Aquí la ciudadanía se pronunció dos veces. Entonces no puede pensarse en hacer ningún cambio sin pasar por una consulta popular.
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Para alumbrar un Uruguay sin Caducidad y profundizar la democracia

Nuestra organización fue una de las promotoras de la convocatoria al plebiscito de reforma constitucional que se llevó a cabo en octubre del año pasado para anular la ley de caducidad.
En la actualidad, Crysol, aboga por lograr que el Parlamento deje sin efecto dicha norma. La Suprema Corte de Justicia, en su pronunciamiento unánime del 19 de octubre de 2009, para el caso Nibia Sabalzagaray, ya la definió como inconstitucional, violatoria de las disposiciones contenidas en la Carta Magna.
El actual Comandante en Jefe del Ejército, general Jorge Rosales, ha señalado públicamente que quienes mantenemos esta posición no respetamos los pronunciamientos populares, dando a entender que agraviamos al ciudadano pues pretendemos desconocer la voluntad popular.
El comandante del Ejército está profundamente equivocado, nos agravia gratuitamente.
La única consulta al conjunto del cuerpo electoral que reconocemos al respecto fue la que se llevó a cabo en abril de 1989, hace más de 20 años, en los prolegómenos de la transición democrática tutelada.
En esa oportunidad, la ciudadanía en su conjunto, de acuerdo a las disposiciones vigentes, se pronunció a favor de mantener vigente la ley de Caducidad, aunque es pública y notoria, según el libro del ex militante del Partido Colorado, José Luis Guntín, la manipulación de los medios de comunicación que, desde el gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti, se realizó para impedir que la ciudadanía se expresara libremente.
Recordamos, además, que dicho plebiscito se llevó a cabo, en el contexto de fuerzas armadas amenazando con su retorno si la misma se derogaba, que negaban enfáticamente haber realizado los crímenes aberrantes que hoy son de público conocimiento, que la justicia ha constatado y, en algunos pocos casos, juzgado y condenado.
Debido a una interpretación controversial de la Corte Electoral, en octubre del año pasado no se realizó una auténtica consulta al cuerpo electoral, verdadero soberano, como era nuestra intención cuando juntamos las firmas para convocar el plebiscito destinado a reformar la constitución y anular la Ley de Impunidad.
Violentando las disposiciones del Artículo 331 de la Constitución, no hubo en dicha instancia una papeleta que identificara a quienes se oponían a la iniciativa de reforma. La iniciativa logró un clarísimo pronunciamiento popular: 1.105.000 uruguayos manifestaron su disposición a anular la Ley de impunidad. La iniciativa como tal fracasó ya que no logró más del 50% de los votos emitidos para que la misma se aprobara.
El cuerpo electoral en su conjunto, se vio impedido de expresar su opinión, ya que la Corte no habilitó la existencia de una papeleta para el NO. Tampoco hubo un pronunciamiento expreso del conjunto del cuerpo electoral para mantener la ley de Caducidad aunque el comandante en jefe del ejército que revistó a las órdenes de Vadora, Gregorio Alvarez y Luis Queirolo, entre otros, de a entender lo contrario,
Respetar un pronunciamiento del cuerpo electoral que no existió explícitamente en octubre del año pasado, es el pretexto invocado por quienes, por razones que no explicitan, aunque imaginamos, desean mantener a toda costa vigente la impunidad para los criminales del Terrorismo de Estado.
La ley de Caducidad violenta las disposiciones constitucionales, invalida el principio de la separación de poderes, somete al Poder Judicial a los designios del Poder Ejecutivo, es contradictoria con los compromisos asumidos libremente por el Estado uruguayo ante los organismos internacionales, avasalla el derecho de quienes sufrieron atroces violaciones a sus derechos humanos a la justicia y, sobre todas las cosas, amnistía delitos que por su propia naturaleza son gravísimos, imprescriptibles e inamnistiables, para la sociedad internacional y para el país.
El Estado uruguayo en primer término y sus fuerzas armadas tienen una deuda histórica con la sociedad uruguaya: asumir su responsabilidad institucional por las graves y atroces violaciones a los derechos humanos cometidas dentro y fuera de las fronteras nacionales al amparo del Plan Cóndor y pedir disculpas a las víctimas, al conjunto de la sociedad, como lo establecen las normas de Derechos Humanos que empecinadamente siguen desconociendo e ignorando hasta el día de hoy.
Mientras la Ley de Caducidad siga vigente todos los integrantes de las fuerzas armadas seguirán siendo, a los ojos de la inmensa mayoría de los ciudadanos, los sospechosos de siempre, rechazados y repudiados con la misma intensidad puesta de manifiesto el 30 de noviembre de 1980 cuando el pueblo uruguayo les dijo NO a los militares y a los civiles cómplices de ellos como el hoy condenado Juan Carlos Blanco.
Por reclamar justicia, por reclamar que todos seamos iguales ante la ley, nos acusan de querer venganza, como si reclamáramos el derecho de hacer justicia con mano propia.
Pero jamás renunciaremos a nuestro legítimo derecho a la justicia, a que los criminales sean juzgados como lo disponen las normas legales vigentes, con todas las garantías del debido proceso. Como debe ser.
Por eso abogamos y seguiremos abogando, transitando todos los caminos que haya que recorrer, por lograr la anulación de los efectos de la ley de caducidad.
En nombre de los miles de luchadores, vivos y fallecidos, que nuestra organización tiene el honor de representar pues son quienes han escrito las mejores páginas en la lucha por la libertad en el Uruguay, exhortamos a todos los Senadores de la República a avanzar en el proyecto de ley que ya aprobó la Cámara de Diputados.
Los exhortamos a terminar con la Ley de Caducidad: vergüenza nacional.
Para que haya Verdad. Para que haya justicia. Para avanzar en la transición democrática. Para afirmar los principios y las normas de DDHH. Para que nunca más haya terrorismo de Estado en nuestro país.
Montevideo, 1º de noviembre de 2010
Crysol
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