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jueves, 15 de julio de 2021

La Diaria - 15 07 2021

 Senado votó venia con debate y reeligió al coronel retirado

 Aranco Gil como uno de los miembros militares de la SCJ

 Escribe Pablo Manuel Méndez

La corte judicial integrada con militares actuó cuatro veces en diez años; Aranco Gil dijo que los militares encarcelados por violaciones a los derechos humanos fueron “mal procesados” y por ese motivo el FA le quitó el respaldo.

(archivo, agosto de 2020) Foto: Santiago Mazzarovich / adhocFOTOS

Con los votos del oficialismo, el Senado aprobó la venia de designación del coronel retirado Eduardo Aranco Gil como miembro militar de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), cargo que ocupa desde 2009. Durante la fundamentación del voto, el senador blanco Gustavo Penadés destacó que se trata de una renovación como conjuez militar de la SCJ y señaló que la posición del presidente Luis Lacalle Pou sobre este tema fue “no innovar”.

“Aranco Gil ya ha sido propuesto en reiteradas oportunidades por el Poder Ejecutivo”, sostuvo Penadés, y recordó que el gobierno reitera la venia que se viene concediendo desde el primer gobierno de Vázquez. 

Por su parte, el senador Mario Bergara, del Frente Amplio (FA), integrante de la Comisión de Defensa del Senado, planteó que las declaraciones de Aranco publicadas a principios de julio por el semanario Búsqueda fueron decisivas para que el FA quitara el respaldo al militar. 

“Aranco es miembro militar de la SCJ desde hace dos períodos [...]; como ambas designaciones fueron iniciativa de los gobiernos del FA, deja a las claras que no primó ningún prejuicio referido a la persona”, señaló Bergara. 

El senador dijo que el FA hubiese mantenido la lógica con la que actuó al designarlo, pero cambió de posición ante las declaraciones públicas de Aranco, a las que calificó como “denigrantes de las garantías que da el sistema judicial”, particularmente en casos de derechos humanos.

“Estas declaraciones que trasuntan su visión en esta materia nos lleva a que entendamos que no sería deseable que el coronel retirado sea miembro militar de la SCJ”, concluyó Bergara.

El miembro militar de la SCJ dijo a Búsqueda que no hay seguridad jurídica para los militares que son juzgados por delitos cometidos en la dictadura. Sostuvo que sus procesamientos responden a un “tema político” y que jurídicamente están “mal procesados” porque el tiempo de prescripción de los delitos debe computarse durante la vigencia de la ley de caducidad: “No hay marco legal para no contabilizarlo, porque en el caso de la ley de caducidad habilitaba a presentarse; por lo tanto, si no se presentó denuncia, la acción penal prescribió por una inacción del denunciante, de la víctima o del ministerio público”.

Además, Aranco sostuvo que quienes defienden el reconocimiento de los delitos de lesa humanidad durante la dictadura “están admitiendo una norma supranacional que va contra la Constitución, que dice que la soberanía radica en la Nación”.

En esa línea, Aranco se expresó durante una conferencia realizada el 15 de junio en el Instituto Militar de Estudios Superiores, en la que aseguró que “quienes atentaron contra la seguridad del Estado y cometieron todo tipo de delitos (...) fueron amnistiados a los pocos días de restaurada la democracia, quedando muchos crímenes impunes y otros tantos sin investigar”.

La carrera del militar

Aranco Gil, de 66 años, es abogado egresado de la Universidad de la República en 2012, según consta en su currículum enviado al Parlamento. Ingresó a las Fuerzas Armadas en 1974 y realizó este recorrido: fue segundo jefe del Regimiento de Caballería 9 entre 1989 y 1990, así como jefe del Regimiento de Caballería Mecanizado 10, en Artigas, entre 1992 y 1994; del Departamento de Planificación del Estado Mayor del Ejército entre 1996 y 1999; del Regimiento de Blandengues de Artigas entre 1999 y 2001, y agregado militar en la embajada de Paraguay entre 2004 y 2006. En 2007 pasó a retiro. 

Según informó el semanario Brecha, en junio de 2019 Aranco Gil trabajó en la defensa del integrante del Escuadrón de la Muerte Nelson Bardesio. También integró el Tribunal Militar Supremo que absolvió de responsabilidad a José Nino Gavazzo y fue escolta presidencial en los gobiernos de Julio María Sanguinetti (1995-2000) y Jorge Batlle (2000-2005). Es hijo del excomandante en jefe del Ejército Pedro Aranco. 

La primera venia de designación a la SCJ fue pedida por el expresidente Tabaré Vázquez en octubre de 2009 y reiterada por Vázquez en octubre de 2015. El otro miembro militar de la SCJ es el Cnel. Av. (r) Fredy Prieto González, quien fue designado por el mismo presidente en mayo de 2019. 

El rol de los militares en la SCJ

La integración de la SCJ con cinco civiles y dos oficiales superiores designados por el presidente de la República y venia del Senado fue establecida en el artículo 508 del Código de Procedimiento Militar (Decreto-ley 10.326) de 1943, promulgado durante la dictadura de Alfredo Baldomir y modificado en la Ley 14.099 de diciembre de 1972, que extendió de cuatro a cinco años su período en el cargo, con posibilidad de ser reelectos. Cada ministro recibe, además de su sueldo militar, una compensación presupuestal equivalente a los miembros del Supremo Tribunal Militar. 

Los ministros militares integran la SCJ para resolver casos vinculados a delitos militares, establecidos en el Código Penal Militar, que sólo pueden ser cometidos por integrantes de las Fuerzas Armadas o civiles en situación de estado de guerra, tal como establece el artículo 253 de la Constitución; o también para decidir sobre contiendas de competencia entre la Justicia ordinaria y militar. Fuentes del Poder Judicial señalaron a la diaria que “prácticamente no tienen actividad” como ministros en la Corte. ”La única actividad adicional que realizan es meramente protocolar”, indicaron, en referencia a los actos de apertura y cierre de los tribunales. 

Según información a la que accedió la diaria, en los últimos diez años la SCJ, integrada por siete miembros –los cinco ministros habituales y los dos militares–, sólo se pronunció cuatro veces, dos para dilucidar contiendas de competencia entre jurisdicción ordinaria y militar, ambas a mediados de 2012, y dos por casos de Casación penal, en julio de 2020 y en mayo de este año. 

Entre los casos para definir competencia, la SCJ integrada actuó ante la denuncia de la Federación Médica del Interior contra el médico militar Nelson Fornos por su participación en torturas contra detenidos políticos en el Grupo de Artillería 2, definiendo la competencia de la Justicia ordinaria. 

Entre las sentencias por casación, se encuentra el caso de una condena por un delito de insubordinación, en julio de 2020, en la que la SCJ desestimó el recurso presentado, y otro pronunciamiento en mayo de 2021, que aún se mantiene en reserva por no haber sido notificado a las partes. En tres de los cuatro casos, la sentencia se resolvió por unanimidad de los siete miembros, y en el restante, con una discordia de un ministro civil. 

La pertinencia de la existencia de la integración de la SCJ con miembros militares no estuvo arriba de la mesa cuando se discutió la venia de Aranco Gil en la Comisión de Defensa del Senado. Varias fuentes políticas vinculadas al tema coincidieron en que esto no está bajo análisis.

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martes, 13 de julio de 2021

Abel Ayala

 50 años y un destino aún desconocido e impune


Con total desparpajo y sin ningún signo de remordimiento, el fallecido coronel en situación de reforma José Nino Gavazzo reconoció, en 2018, ante el tribunal de honor que juzgó su conducta, haber arrojado el cuerpo de Roberto Gomensoro Josman a las aguas de la represa de Palmar para hacerlo desaparecer. Ante la justicia negó haberlo conocido.

Ante sus pares, sintiéndose protegido, reconoció haberlo hecho solo, siguiendo las órdenes de las jerarquías militares de la época. Los trágicos hechos ocurrieron en marzo de 1973, meses antes de que fueran disueltas las cámaras en el mes de junio y comenzara la huelga general.

Roberto Gomensoro fue el primer detenido desaparecido a manos de las Fuerzas Armadas.

El primer detenido desaparecido

El próximo sábado 17 de julio se cumplen 50 años de la desaparición de Abel Ayala. Es el primer detenido desaparecido en el período conocido oficialmente de la actuación ilegítima del Estado, mientras gobernaba Jorge Pacheco Areco, electo por el Parido Colorado. Era oriundo de Rivera, tenía 27 años, era funcionario policial (Sanidad Policial) y estudiante avanzado de medicina.

Su secuestro y desaparición se atribuye a los denominados “escuadrones de la muerte”, comandos paraestatales, policiales y militares, que habían comenzado a operar de manera pública, con vínculos estrechos con el Ministerio del Interior y las agencias de inteligencia dependientes o vinculadas a EEUU.

Desaparición forzada: metodología criminal

La desaparición forzada de personas es un crimen horripilante, especialmente cuando ella es desarrollada por aquellos que tienen potestades coercitivas con el solo propósito de asegurar libertades y proteger derechos de los ciudadanos. Las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía Especializada en crímenes de Lesa Humanidad han permitido avanzar sustancialmente en el esclarecimiento de la actuación de los comandos paraestatales que desde las sombras fueron parte insoslayable de la política represiva y autoritaria del presidente de la época Jorge Pacheco Areco.

El exfotógrafo policial Nelson Bardesio, el exagente de la Dirección Nacional de Inteligencia e Información Pedro Freitas y el exfuncionario de la dictadura Miguel Sofía han sido procesados por participar en dichas actividades represivas.

Pacheco Areco incendió la pradera

La derecha uruguaya ha señalado una y otra vez que el surgimiento del MLN en el año 1963 tiene la responsabilidad de la violencia ocurrida, al haber creado una organización armada para repetir los logros de la revolución cubana. Lo cierto es que el MLN tuvo muy poca influencia en la vida política del país, escasa presencia periodística hasta muy entrado el año 1969, cuando las calles uruguayas ya habían visto correr sangre estudiantil y miles de trabajadores, públicos y privados habían sido reprimidos y militarizados bárbaramente. Ya en esa época, las Fuerzas Armadas habían comenzado a desempeñar un importante papel en la represión a los trabajadores.

El 13 de junio de 1968 Jorge Pacheco Areco instauró las Medidas Prontas de Seguridad (Estado de Sitio). Aunque es un mecanismo institucional de carácter transitorio, para situaciones de emergencia, las mantuvo de manera casi permanente durante su mandato. En base a dicho procedimiento comenzó a gobernar por decreto eludiendo de esa manera la participación y el control parlamentario.  

Durante su gobierno adoptó drásticas medidas en múltiples planos para promover un ajuste económico contra los trabajadores y los sectores populares. Eliminó los Consejos de salarios, suspendió las garantías individuales, suprimió la libertad de prensa y comenzó a transitar el camino inexorable, de la mano experta de EEUU, que condujo hacia la dictadura  y el terrorismo de Estado.

Junto a la represión oficial y pública, de las fuerzas policiales y militares, a la intervención de la enseñanza secundaria y ante el estallido social, en un mundo fuertemente convulsionado, los comandos paraestatales o “comandos caza tupamaros” junto con las bandas fascistas como la Juventud Uruguaya de Pie (JUP), se instalaron en el escenario político uruguayo.

A cincuenta años, la desaparición forzada de Abel Ayala, atribuida a uno de dichos comandos, sigue impune y la verdad de lo sucedido ausente. El esclarecimiento de lo ocurrido sigue siendo una deuda pendiente del Estado con su familia y la sociedad en su conjunto.

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Opinando N° 6 – Año 10 – Martes 13 de julio de 2021

jueves, 1 de julio de 2021

Qué ficha!

 “No hay seguridad jurídica” para los militares enjuiciados por violaciones a los derechos humanos en la dictadura

El coronel (r) Aranco Gil, integrante militar de la Suprema Corte de Justicia, opina que todos han sido procesados injustamente y propone una nueva “solución jurídica” para saldar los juicios sobre “personas que desde 1985 están integradas a la sociedad, que viven en paz, (y) no se perfilan como peligrosos”

Búsqueda Nº 2129 - 1 al 7 de Julio de 2021

Entrevista de Sergio Israel y Juan Pablo Mosteiro


Eduardo Aranco Gil. Foto: Nicolás Garrido / Búsqueda

La persecución de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura (1973-1985) ha estado en la agenda pública desde el acuerdo del Club Naval que posibilitó la salida democrática en 1984. El tema divide no solo a los políticos y a la ciudadanía —que en dos oportunidades (1989 y 2009) se expresó por no derogar la ley de caducidad votada en 1986—, sino también a los jueces. En el ámbito militar, en general, no aceptan la interpretación amplia que afecta a sus camaradas, muchos de los cuales entonces eran oficiales subalternos. Es el caso del coronel retirado y abogado Eduardo Aranco Gil, que integra la Suprema Corte de Justicia (SCJ) desde hace más de una década como miembro militar, para quien “la transición” no ha terminado porque 32 años después están siendo juzgados hechos ocurridos hace más de 40 años y en otros hace casi medio siglo.

Durante una conferencia que dio el martes 15 en el Instituto Militar de Estudios Superiores (IMES), Aranco Gil sostuvo que “quienes atentaron contra la seguridad del Estado, y cometieron todo tipo de delitos… fueron amnistiados a los pocos días de restaurada la democracia, quedando muchos crímenes impunes y otros tantos sin investigar”.

 

Hijo de quien fuera comandante en jefe del Ejército en 1984, el teniente general Pedro Aranco Garagorry, este magistrado militar es un convencido de que Uruguay adolece de seguridad jurídica en el tratamiento de estos casos y propone una solución basada en la idea de que “no se trata de lo moralmente justo, sino de lo jurídicamente correcto”.

 

Aranco Gil, de 66 años, egresó de la Escuela Militar en 1974, fue jefe de regimiento de Caballería Nº1, escolta presidencial, durante los gobiernos de Julio Sanguinetti (1990-1995) y Jorge Batlle (2000-2005), agregado militar en Paraguay y se retiró como primer subjefe del Estado Mayor con los comandantes Carlos Díaz y Jorge Rosales. También presidió un tribunal militar que libró de responsabilidad al entonces teniente coronel retirado José Nino Gavazzo, que había sido procesado por la justicia civil por delitos comunes.

 

Doctorado en Derecho por la Universidad de la República, desde 2010 integra la Corte Suprema, junto al también coronel retirado Fredy Prieto, de la Fuerza Aérea, por decisión del Poder Ejecutivo y con venia del Senado. Ambos son convocados para participar en casos de delitos y contiendas de competencia militar. Aranco Gil mantiene una estrecha relación con el senador Guido Manini Ríos.

 

Sigue un resumen de la entrevista con Búsqueda.

 

—¿Cuál es su solución jurídica sobre los juicios a militares y civiles por los crímenes de la dictadura?

 

—El tema es político y por tanto la solución es política y debe instrumentarse por ley, interpretando de forma clara y definitiva las normas relativas a la prescripción para terminar con la inseguridad jurídica. Se trata de una ley que diga que durante el período en que se aplicó la ley de caducidad debe regir el plazo de prescripción de esos delitos. Actualmente se sostiene que durante la vigencia de la ley de caducidad no corre el plazo de prescripción porque esa ley fue un obstáculo para la presentación de denuncias y entonces se aplica el principio de que al impedido por justa causa y así se suspende desde el 22 de diciembre de 1986 a noviembre de 2011. Entiendo que eso está mal porque en el período que estuvo vigente la ley de caducidad se podían presentar denuncias y de hecho se presentaron. La misma ley contempla la presentación de denuncias y la ley dispone que el juez interviniente deberá dar cuenta al Poder Ejecutivo para que este determine si está o no comprendido dentro del artículo 1° de la ley.

 

Primera hipótesis: si no se presentó denuncia no hay una causa de fuerza mayor, porque la ley habilitaba a presentar denuncias.

 

—Al menos lo desestimulaba...

 

—Sí, pero no es por una causa de fuerza mayor, que es un impedimento insalvable.

 

—¿Ese vendría a ser para usted solo el período de la dictadura?

 

—Sí. Sobre ese período de la dictadura hay jurisprudencia unánime que no se contabiliza ese plazo. Y estoy en desacuerdo porque considero que no hay marco legal para no contabilizarlo, porque en el caso de la ley de caducidad habilitaba a presentarse; por lo tanto, si no se presentó denuncia, la acción penal prescribió por una inacción del denunciante, de la víctima o del ministerio público.

 

Otra hipótesis: se presentó la denuncia y el Poder Ejecutivo consideró que estaba comprendido dentro del artículo 1° de la ley. Tampoco es un obstáculo insalvable, porque el denunciante podría presentar una acción de inconstitucionalidad para remover ese obstáculo.

 

—¿Y eso ocurrió?

 

—Acá abro dos hipótesis. Si el denunciante no presentó la acción de inconstitucionalidad, no hubo una causa de fuerza mayor sino una inacción del denunciante que no removió el obstáculo. La otra es que sí se presentó la acción de inconstitucionalidad. La Suprema Corte de Justicia, hasta 2009, falló que la ley era constitucional. Por lo tanto, para mí ese argumento no es válido.

 

—¿Propone restituir la ley de caducidad, como planteó Cabildo Abierto?

 

—No, porque al restituir la ley de caducidad, con la integración actual, la Suprema Corte de Justicia la declarará inconstitucional. Tiene que ser una ley interpretativa de las normas de prescripción que actualmente rigen en el Código Penal. Por ejemplo, dejar bien claro que por delitos que ocurrieron hace 40 años, personas que desde 1985 están integradas a la sociedad, que viven en paz, no se perfilan como peligrosos.

 

—Pero en ese punto también están divididos.

 

—Claro, pero la ley que restituyó la caducidad también se votó solo con la mayoría del Frente Amplio y la ley de caducidad, con votos blancos y colorados. No creo que una ley interpretativa de este tipo sea declarada inconstitucional y entonces los jueces aplicarían la ley.

 

Por otro lado, la actual mayoría de la Corte considera que los delitos de lesa humanidad ingresan al ordenamiento jurídico en 2006 con la Ley 18.026 y hay un principio de irretroactividad de la ley penal. Además, se recurre a tribunales internacionales para decir que se trata de delitos de lesa humanidad y que no prescriben, pero esos convenios y tratados, como el estatuto de Roma, prescriben el derecho de no retroactividad.

 

—Bastantes magistrados consideran que durante la dictadura ya regían los delitos de lesa humanidad porque estaban vigentes en los artículos 72 y 332 de la Constitución, por lo menos desde 1968 e incluso desde los juicios de Nuremberg, de 1945, respaldados por Uruguay.

 

—Una norma de imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad dice que tienen que ser con arreglo a los principios constitucionales. La única manera es que una reforma constitucional deje sin efecto la no retroactividad de la ley penal en estos casos. Pero además, hablan de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y esta no tiene competencia en materia penal, sino en el amparo y reparación de las víctimas. El fallo del caso Gelman versus Uruguay de la Corte Interamericana se funda en la Convención Americana de Derechos Humanos y esta dice que las partes se comprometen a cumplir con los fallos, pero no con la jurisprudencia expresados en los considerandos. Los que dicen que los delitos ya estaban reconocidos están admitiendo una norma supranacional que va contra la Constitución, que dice que la soberanía radica en la Nación.

 

—¿Qué pasaría con los juicios que están en marcha?

 

—Se deberá aplicar la norma más favorable a los encausados. Una norma para que se termine con la inseguridad jurídica y las diferentes interpretaciones y especulaciones para ver cuál es la integración de un Tribunal de Apelaciones. Eso va en contra de la noción de justicia.

 

—¿Por qué dice que no hay seguridad jurídica?

 

—No hay seguridad jurídica porque, como dice el profesor Galain Palermo, en Uruguay se está haciendo una interpretación analógica y extensiva de la ley penal, algo que va en contra de los principios jurídicos, según un artículo publicado por la revista de la Universidad Católica. La interpretación de la norma penal tiene que ser estricta, pero se hace extensiva y por analogía.

 

—¿No es un tema de interpretación jurídica si un juez militar que avaló con su firma la tortura es coautor de un delito?

 

—Sí, pero hay un tema básico que es el transcurso del tiempo, que lleva a dificultades para la valoración de las pruebas. Hay hechos que ocurrieron reprobables, pero no se trata de lo que es moralmente justo sino de lo que es jurídicamente correcto en un Estado de Derecho, de respetar garantías y principios que son esenciales para la convivencia. Y hay decisiones groseramente inconstitucionales. Los argumentos se dieron de forma escalonada. Se ha llegado a procesar por privación de libertad en pleno Estado de Guerra votado por un Parlamento democrático y una jueza sostiene que esto, que está en las normas, redactadas por Irureta Goyena, son de “dudosa constitucionalidad” y se trataba de “un parlamento debilitado”. ¡No existen desde el punto de vista jurídico parlamentos debilitados o fortificados!

 

—La Corte Interamericana sostiene que incluso los plebiscitos no son impedimento para los juicios, porque van en contra de principios superiores.

 

—Pero eso se refiere en los considerandos y no en el fallo de la Corte. El Uruguay no se obliga a cumplir lo que dice el considerando, sino lo que dice estrictamente el fallo.

 

—¿Los delitos donde no se interpreta lesa humanidad están también en el límite de la prescripción?

 

—Ahí el argumento es que el impedido por justa causa no le corre plazo. Los delitos cometidos antes de 1985 tienen como máximo plazo de prescripción los 20 años, o sea que prescribieron en 2005. Pero lo extienden en base al criterio de peligrosidad y ahí vamos hasta el 2011. En julio de 2011, pocos meses antes de que sucumbiera la prescripción, en noviembre, una resolución del gobierno de Mujica dice que en todas las denuncias presentadas hasta ahora se sigue el trámite judicial. En octubre de 2011 se vota la ley interpretativa 18.831 donde se dice que son delitos de lesa humanidad. Y en 2013 la Corte dice que es inconstitucional. Entonces había que buscar un nuevo argumento para seguir, que el impedido por justa causa no le corre plazo.

 

—Usted dice que del otro lado quedaron muchos crímenes impunes…

 

—Se votó una amnistía, Ley 15.737, que amparó a todos los que atentaron contra la seguridad del Estado. Hubo crímenes impunes, sin investigar. Y en 2004 se sostiene que la ley ya había sido aplicada, que no correspondía revisar, pero en los considerandos dice que igual es constitucional. Y en 2009 cambia la jurisprudencia... Por eso el tema es político y la solución tiene que ser política.

 

—Los militares tampoco querían una amnistía.

 

—No conozco la época. Nací en 1955 y entonces era oficial subalterno y eso se manejaba a nivel de los mandos del Ejército. Pero el hecho es que se votó una ley de caducidad, fue constitucional, según la Suprema Corte.

 

—También la ley de caducidad se votó en condiciones muy particulares. Quizás eso explique que los blancos y los colorados no estén entusiasmados en rediscutir este tema.

 

—Pero ¿cuál era la situación particular en 2009 cuando la población respaldó la ley? Entiendo que en 1986... Pero en 2009 pasó una generación y no había un clima especial. El Frente Amplio, que promovía la anulación de la ley, estaba en el gobierno. De ahí lo de la inseguridad jurídica y la diferente situación de los detenidos. Algunos están privados de libertad porque debido al tiempo transcurrido y a la dificultad de no tener medios probatorios no pueden demostrar su no participación en los hechos que se les imputan. Otros fueron condenados en base a indicios, identificaciones por el color de los ojos...

 

—Si estaban encapuchados...

 

—Bueno, pero 30 años después...

 

—En el caso de Gavazzo hay 107 personas que declaran...

 

—Digo que es muy difícil demostrar hoy la inocencia pasados 30 años. Algunos actuaron en un régimen democrático y en cumplimiento de la ley. Lo cual no quiere decir que el Estado de Guerra habilite a la comisión de delitos. Hay hechos que son totalmente reprobables, pero estamos en un estado de Derecho, hay que juzgar en base a derecho, no en base a lo moral.

 

—¿Y dónde aplica la responsabilidad de la jerarquía militar?

 

—Pero está siendo aplicada con una finalidad punitiva la norma referente al dolo, que exige conciencia y voluntad. El teniente general Gregorio Álvarez y el coronel José Chalanza fueron procesados por el juez Luis Charles porque debían saber lo que hacían sus subalternos. Eso está previsto penalmente en la Ley 18.026, a partir de 2006. Pero no antes.

 

—¿Quiere decir que esos militares retirados fueron mal procesados?

 

—En esos casos, sí. A ver, entiendo que están todos mal procesados por la prescripción. Pero si vamos a las garantías del debido proceso... La ministra de la Suprema Corte Bernadette Minvielle en declaraciones a Búsqueda manifestó que el hecho de que los abogados defensores hayan interpuesto excepción de inconstitucionalidad y prescripción eran dilatorias y que algún juez debió haberles “parado el carro”. ¡Se trata de un integrante de la Suprema Corte que después está juzgando estos casos! Hay una presunción de culpabilidad.

 

—O hace una interpretación...

 

—¡Pero dice que hay que poner freno a las garantías procesales!

 

—También están los reiterados recursos presentados por la defensa de los imputados, que se comenzaron a tramitar desde 10 años atrás...

 

—Pero la demora de la justicia no es responsabilidad del justiciable y además esos recursos son herramientas jurídicas. ¿Será que demoraron 10 años porque no resolvían los recursos o será que porque había jueces que estaban de acuerdo y otros no? Esto iba cambiando también por la inseguridad jurídica que vivían. Reconozco el criterio de autonomía técnica de los jueces, pero no se está transmitiendo seguridad jurídica.

El Ejército está haciendo un análisis histórico

 “objetivo” frente al relato tupamaro

Recuadro de la entrevista a Eduardo Aranco Gil

 

—Escribió en Facebook que desde hace varios lustros se está “falseando la historia”. ¿A qué se refiere?

 

—A que se ha tratado de imponer un relato de que la subversión surgió para luchar contra la dictadura o contra un gobierno autoritario que abusó de la adopción de medidas prontas de seguridad. Uruguay venía viviendo la alternancia de partidos en el gobierno, no pueden decir que los tupamaros surgieron para luchar contra una dictadura o un gobierno autoritario.

 

—El de Jorge Pacheco lo fue cuando...

 

—Pero los tupamaros surgieron antes que el gobierno de Pacheco Areco. Lo que ellos dicen es un discurso que no se sostiene. Dicen que cuando se da el golpe de Estado la subversión estaba derrotada, cuando el aparato armado del Partido Comunista es desbaratado en diciembre de 1975 y en 1976 todavía hay planes de reorganización desde el exterior. Eso es falsear la historia.

 

A los terroristas revolucionarios, que atentaron contra la seguridad del Estado, los llamamos víctimas de la actividad ilegítima del Estado, y a quienes lucharon contra esos terroristas los calificamos de terroristas de Estado. Y cada vez que alguien es procesado con prisión aun cuando todavía no hay sentencia, aun cuando es primario, se da la noticia y se dice: “Fue enviado a prisión el represor fulano de tal”. Hay un relato que es el principio de culpabilidad que se ha tratado de imponer.

 

—¿Qué aplicaría a José Gavazzo?

 

—Yo ahí prefiero respetar el dolor en el que en este momento está la familia.

 

—Usted presidió el tribunal de honor que juzgó a Gavazzo por…

 

—Fue un tribunal de honor por cuestiones anteriores a 1985, por otro hecho totalmente diferente.

 

—Fue otro caso, pero...

 

—Totalmente diferente.

 

—¿Pero cuál fue el centro de eso?

 

—Yo preferiría no hacer referencia a...

 

—Me refiero al caso puntual.

 

—Pero no quiero hacer referencia ni al caso puntual. Estamos hablando de una persona recientemente fallecida, quiero respetar el dolor de la familia. Yo tengo un excelente trato con la hija, doctora Gavazzo, y con los otros hijos. Lo que les decía es que se conmemoran falsos relatos y hasta hechos delictivos como los delitos acaecidos en la ciudad de Pando en 1969.

 

—Ellos conmemoran la toma de Pando, donde también hubo muertos...

 

—Pero eso va imponiendo ese falso relato de la historia y es necesario recuperar la verdad histórica en su totalidad y sin manipulaciones.

 

—Y el Ejército está avanzando en eso?

 

—El Ejército está haciendo un análisis histórico objetivo para que surjan las enseñanzas sobre ese período del país. La responsabilidad por los hechos del pasado ya la reconoció el Estado. La Comisión para la Paz lo hizo. Lo que hace el Ejército es un análisis histórico e historia hemos estudiado siempre en la carrera militar.

 

—Pero este tema solía pasarse por el costado hasta ahora.

 

—Y bueno, lo que se está buscando ahora es que las nuevas generaciones, que muchas veces no saben esto, tengan una visión objetiva.

 

—Parece difícil para usted...

 

—Claro. A ver, yo sé que en lo personal no puedo ser objetivo, y por eso evité dentro de lo posible subjetividades y traté de dar argumentos jurídicos. Respeto la discrepancia, pero son argumentos de los cuales estoy convencido y algunos me parecen evidentes.

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viernes, 25 de junio de 2021

48 años del Golpe

 La dictadura y el “clavo” de la Caja Militar



Un legado funesto para la sociedad


El próximo domingo 27 de junio se cumplen 48 años de la disolución de las Cámaras y del inicio de la huelga general desarrollada por la clase obrera, la FEUU y los sectores populares repudiando el golpe de Estado.

La dictadura cívico militar, llevada adelante por el presidente electo Juan María Bordaberry y las Fuerzas Armadas, fue un acontecimiento de gran trascendencia en todos los planos.  Aún sigue teniendo una enorme incidencia en la realidad nacional, en el plano judicial y político pero también en el económico. El crónico déficit del Servicio de Pensiones y Retiros Militares está relacionado con ella.

Hipertrofia de las Fuerzas Armadas

En el año 1968, el presidente Jorge Pacheco Areco sacó a las Fuerzas Armadas de los cuarteles y las transformó en actores políticos militarizando y reprimiendo a los trabajadores públicos y privados de diferentes gremios. La activa participación protagónica de las Fuerzas Armadas desde abril de 1972 y, muy especialmente, desde el 9 de febrero de 1973, luego de los acuerdos de Boiso Lanza, demandó un crecimiento inusitado del número de sus integrantes y de los recursos presupuestales asignados a ellas.

Las cifras son elocuentes. En 1970 el número de funcionarios militares ascendía a 17.000, en 1975 eran 25.000, en 1978 eran 28.000 y llegaron a ser 30.000 en 1983 cuando la dictadura comenzaba su fase de repliegue ordenado. Los efectivos militares por decisión de los Altos Mandos se incrementaron en un 75% durante el proceso.  

Dictadura y gastos militares

En 1970 los gastos militares ascendieron a 1,9% del PBI, fueron de 2,4% en 1973 y llegaron a ser del orden del 4% en 1982. Los gastos militares en armamento durante dicho período no se incrementaron de manera sustantiva, en igual proporción al aumento presupuestal. Es razonable suponer que el aumento del gasto estuvo destinado a la nueva función que las Fuerzas Armadas comenzaron a desarrollar desde setiembre de 1971 y, especialmente, desde abril de 1972.

Además con el propósito de favorecer la captación de nuevos miembros y de satisfacer a los integrantes, oficiales y tropas, se aprobó en 1974 una Ley Orgánica, vigente hasta el año 2018, con un régimen previsional sumamente generoso, defendido con uñas y dientes por el general ® Guido Manini Ríos y alabado por el actual Comandante en Jefe del Ejército Gerardo Fregossi el pasado 18 de mayo.

Caja Militar: un legado del terrorismo de Estado

La derrota política de los militares y de su proyecto de Constitución  en el histórico Plebiscito de 1980 marcó un jalón decisivo: culminaría con el retorno a la institucionalidad democrática en el año 1985. Las FFAA, si bien continuaron jugando un papel tutelar durante el primer gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti y en los sucesivos, comenzaron a cumplir  las funciones tradicionales. Por este motivo,  el número de sus integrantes comenzó a reducirse de manera gradual aunque continuaron manteniendo sus privilegios en general y en lo referido al régimen jubilatorio y pensionario.

La aprobación de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado, aprobada en diciembre de 1986, refrendada por la ciudadanía en abril de 1989, impidió que los criminales estatales fueran juzgados, que las Fuerzas Armadas fueran depuradas, pudieran mantener su poderío e influencia institucional y,  sus privilegios.

La reducción del número de integrantes para adecuarlos a las funciones constitucionales, unido a la ley jubilatoria generosa y privilegiada, es lo que ha llevado a que el sistema de pensiones y retiros de las FFAA sea ampliamente deficitario desde hace más de una década y haya costado, solamente el año pasado, la friolera cifra de 500 millones de dólares.

El inexorable camino de la justicia

Casi 200 detenidos desaparecidos. 200 asesinados. Miles de presos políticos y exiliados. La dictadura cívico militar dejó un saldo trágico para la nación entera en materia de violaciones a los Derechos Humanos pero también en otras esferas de la vida. Los trabajadores perdieron el 50% del poder adquisitivo de sus salarios. Una enorme masa de dinero fue destinada a  las arcas de los grupos económicos  poderosos, los “malla de oro” de la época, que apoyaron el proceso. Al retornar a la democracia el 40% de los hogares de Uruguay estaba por debajo de la línea de la pobreza.

La investigación, el esclarecimiento y la sanción de las graves violaciones a los derechos humanos es el camino para impedir que ellos vuelvan a reiterarse, para cerrar la puerta a nuevos procesos similares. Como colectivo seguiremos reclamando el accionar del Poder Judicial sin restricciones de ningún tipo. El castigo de los crímenes es indispensable para afirmar el Estado de Derecho y la plena vigencia de las libertades y derechos. Es lo que corresponde para impedir que el pasado pueda reiterarse.

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Opinando N° 5 – Año 10 – Viernes 25  de junio de 2021

Comando Barneix

 Identifican a presunto autor de amenazas y realizan allanamientos. La Justicia se encuentra analizando el material incautado en los allanamientos

El Observador - 25 de junio de 2021

La policía identificó al presunto autor de los mensajes enviados en enero de 2017 en nombre del autodenominado comando Barneix, con amenazas de muerte a jerarcas y otras personas públicas vinculadas a la defensa de los derechos humanos. Según dijeron a El Observador fuentes de la investigación en las últimas semanas se realizaron una serie de allanamientos vinculados a la causa.

La Justicia se encuentra analizando el material incautado en los allanamientos. Según se supo el presunto autor de los mensajes tiene alrededor de 30 años y utilizaba varias identidades. 

El autodenominado Comando Barneix toma el nombre de Pedro Barneix, procesado con prisión por Beatriz Larrieu en 2015 por su responsabilidad en el asesinato de Aldo Perrini en 1974 durante la dictadura uruguaya (1973-1985). El militar se suicidó en su casa al enterarse de su procesamiento antes de que la policía lo detuviera.

"El suicidio del general Barneix no quedará impune, no se aceptará ningún suicidio más por injustos procesamientos. Por cada suicidio, de ahora en más, mataremos a tres elegidos al azar de la siguiente lista", sostuvo el correo que circuló en 2017. 

Entre los 13 destinatarios estuvieron el exministro de Defensa Jorge Menéndez, el fiscal de Corte Jorge Díaz, el exjuez Federico Álvarez Petraglia, la exfiscal Mirtha Guianze y abogados promotores de causas de derechos humanos como Óscar López Goldaracena y Pablo Chargoñia.

En febrero pasado la jueza penal de 26º turno, Ana De Salterain, a cargo del caso, había convocado a una audiencia en la que se analizarán los próximos pasos a dar. Según informó entonces La Diaria se había convocado para el 22 de ese mes al inspector de la Policía que analizó una eventual conexión entre el Comando de Restauración Nacional y el Comando Barneix, aunque en principio ese vínculo había quedado descartado.

También se investigaba si los mensajes enviados en 2017 tenían relación con otros que se hicieron públicos el 21 de noviembre de 2019, en el que se llamaba a votar al presidente Luis Lacalle Pou “con el apoyo del general Guido Manini Ríos”. Ese caso está a estudio de la fiscalía de Flagrancia de 6º turno.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos llamó al Estado uruguayo a “desarrollar investigaciones prontas, exhaustivas y diligentes de los hechos, estableciendo las responsabilidades materiales e intelectuales y sancionando a los responsables”.

A través de un tuit del 3 de febrero señaló que “los actos de intimidación a las personas actuantes en la defensa de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos de la dictadura, así como a las que imparten la Justicia en tales causas, pueden aumentar el riesgo de que queden en la impunidad”.

También Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos señaló por ese momento su preocupación por un eventual archivo de la causa y por la falta de avance en la investigación. “Es imperioso que se realice la investigación pertinente frente a tan graves hechos que no respetan la integridad y la vida de personas y erosionan el Poder Judicial. Estas amenazas atentan contra la democracia, que tanto sacrificio costó a nuestro pueblo recuperar”, señalaba el comunicado.

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jueves, 24 de junio de 2021

Defienden a los enjuiciados

 Cabildo Abierto hace flamear casi en solitario la bandera de la defensa de enjuiciados por derechos humanos en la dictadura


En los últimos meses hubo 16 exmilitares y policías procesados vinculados a cinco causas penales; el tema preocupa a parte del oficialismo

Por Sergio Israel y Pablo Mosteiro

Búsqueda 24 06 2021

La posibilidad de que tres excomandantes del Ejército y la Armada sean procesados por delitos cometidos durante la última dictadura (1973-85) y el aumento del número de oficiales llevados finalmente ante la Justicia encendió algunas alarmas dentro de la coalición de gobierno y es motivo de preocupación entre militares.

Mientras en tres juzgados penales existen pedidos de procesamiento o investigaciones que involucran a los excomandantes del Ejército Raúl Mermot (1996-98) y Juan Rebollo (1992-93) y al exjefe de la Armada Tabaré Daners (2004-06), en el último año fueron procesados 16 militares o policías en cinco causas, aunque cuatro de ellos ya estaban presos o procesados. La cifra resulta elevada si se tiene en cuenta que entre 2002 y 2017 hubo 42 procesamientos en un total de 22 expedientes.

Mermot, comandante de la fuerza de tierra con el presidente Julio Sanguinetti, era jefe del Regimiento de Caballería N° 10 de Bella Unión cuando se produjo la muerte de los comunistas detenidos Dante Porta y Saúl Facio.

Rebollo, que sirvió con Luis Lacalle Herrera, estaba al mando de un operativo en el que resultaron muertos tres tupamaras, un capitán del Ejército y un policía, en abril de 1974.

Daners, que estuvo al frente de la Armada con Jorge Batlle y Tabaré Vázquez, actuaba como juez sumariante en Fusileros Navales en noviembre de 1977, en el momento en que fue detenido, torturado y desaparecido el dirigente montonero argentino Oscar de Gregorio y decenas de integrantes de los Grupos de Acción Unificadora, algunos de ellos desaparecidos.

Entre los oficiales procesados en las últimas semanas también está el general Mario Aguerrondo, que fue jefe de Inteligencia Militar durante el gobierno de Lacalle Herrera, aunque en su caso quedó en prisión domiciliaria por razones de salud. También, entre una docena más, existe un pedido de procesamiento para el mayor Armando Méndez, director de Aduanas en el gobierno de Lacalle Herrera.

Aguerrondo fue segundo jefe y luego jefe del Batallón de Infantería 13, donde fueron enterrados varios desaparecidos que habían sido torturados en el vecino galpón del Servicio de Material y Armamento conocido como 300 Carlos, en Gruta de Lourdes, mientras que Méndez está relacionado con las muertes del argentino Gerardo Alter y del tupamaro Walter Arteche, ocurridas mientras era interrogado en agosto de 1973, en el Batallón Florida.

Otro expediente que venía desde hacía años es el del coronel Eduardo Ferro, quien estaba prófugo y habría optado por entregarse en España, para poder seguir cobrando su pensión militar.

Para explicar el aumento de los procesamientos, operadores judiciales como el abogado del Observatorio Luz Ibarburu, Pablo Chargoñia, manejan dos tipos de causas: la actuación de la fiscalía especializada que encabeza Ricardo Perciballe y el vencimiento de los plazos de los reiterados recursos presentados por la defensa de los imputados, que se comenzaron a tramitar desde 10 años atrás.

“Complicado y sin eco”

A mediados del año pasado, durante una media hora previa en el Senado, Guido Manini Ríos planteó la necesidad de rediscutir la ley de caducidad y presentó un proyecto en la Comisión de Constitución y Códigos.

“No es que Cabildo haya renunciado a su proyecto” para reinstalar la ley de caducidad, sino que “no hemos tenido ningún eco” en el arco político “para avanzar en esta idea”, declaró a Búsqueda el senador y presidente de Cabildo Abierto, Guillermo Domenech.

Los sondeos realizados por Cabildo entre dirigentes del Partido Nacional y el Partido Colorado indican que no hay acuerdo. “No conseguimos que nos apoyaran y estamos viendo de encontrarle otra solución al tema. Pero todo eso sigue ahora en conversaciones para arriba y para abajo con los socios de la coalición para encontrarle algún paliativo al tema, que es complicado”, explicó.

El senador cabildante indicó que “hubiera deseado incluso que el Frente Amplio acompañara, siguiendo la iniciativa de Tabaré Vázquez cuando planteó la idea del Nunca Más”. Pero añadió en seguida: “La verdad es que no hemos tenido ningún eco en el sistema político”.

El 19 de junio, fecha del natalicio de Artigas, había sido elegido por Vázquez en 2007 como el Día del Nunca Más. La idea, que incluso dio lugar a un decreto, fue perdiendo vigor a través de los años hasta que dejó de aplicarse.

Para Domenech, “hay que reconocer además que es un tema que a algunos sectores les rinde políticamente y entonces lo quieren mantener vivo”.

Otro dirigente cabildante consultado señaló que “hoy es una utopía absoluta pretender una amnistía”, porque en este escenario político resulta “muy difícil” que se pongan de acuerdo los principales actores. “Habrá que buscar otras acciones prácticas dentro del Estado de derecho”, concluyó.

A su vez, el senador herrerista Gustavo Penadés dijo a Búsqueda que están “muy preocupados” porque “en algunos casos, respetando el fallo, existe una fragilidad argumental muy importante”. Sin embargo, advirtió que “por ahora no hay ningún paso dado” y opinó que “no es recomendado desandar la legislación vigente”, porque son temas de “una fragilidad enorme y de alta sensibilidad de ambos lados”. 

Tres bibliotecas sobre prescripción

Desde el acuerdo del Club Naval, que habilitó la salida democrática de 1984, la persecución de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura ha estado en la agenda pública. El tema divide no solo a la ciudadanía —que en dos oportunidades (1989 y 2009) se manifestó por no derogar la ley de caducidad votada bajo fuerte presión en 1986—, sino también a los magistrados.

Entre abogados, jueces y fiscales existen al menos tres posiciones: unos consideran que ya están vencidos todos los plazos y que los eventuales delitos cometidos unas cuatro décadas atrás prescribieron, alegando razones de seguridad jurídica; otros se afilian al principio de que al impedido por justa causa no le corren los plazos, por lo que todavía no prescribieron porque no deben contarse los años en que estuvo vigente la ley de caducidad; mientras que una tercera biblioteca sostiene que son delitos de lesa humanidad y no prescriben.

Los cinco ministros que integran hoy la Suprema Corte de Justicia (SCJ) están divididos al respecto. Tabaré Sosa, Elena Martínez y Luis Tosi opinan que los eventuales delitos cometidos durante la dictadura no se pueden considerar de lesa humanidad porque Uruguay incorporó esa norma recién en 2006. Hasta ahora, la Corte opinó que tanto la dictadura como la propia ley de caducidad impidieron o desalentaron las denuncias y las investigaciones penales, de modo que se corrió la prescripción, pero no van más allá.

Bernadette Minvielle y John Pérez, el último ministro en asumir en la Corte, opinan, con diferentes argumentos jurídicos, igual que unos cuantos jueces de primera y segunda instancia, que los delitos de lesa humanidad rigen desde antes.

La discusión, que en el mundo comenzó con el jurista holandés Hugo Crocio en el siglo XVII, refiere a si son los Estados quienes deben fijar ciertas normas, como los delitos de lesa humanidad o, por el contrario, estos existen porque ofenden a todos y no dependen de una ley particular de un país, porque un Estado que practica la tortura no tendrá interés en perseguir el delito. Es lo que en Derecho se denomina ius cogens (normas de obligado cumplimiento) y que según sus defensores están sustentadas desde 1968 en los artículos 72 y 332 de la Constitución como principios generales.

También los tribunales de apelaciones en materia penal están divididos sobre el tema. Hasta ahora, el Tribunal de Apelaciones Penal de 1er turno, integrado por los ministros Graciela Gatti, Alberto Reyes y Sergio Torres, se ha afiliado a la postura de aceptar los delitos de lesa humanidad, mientras que Ángel Cal, Luis Charles y Graciela Merialdo, que integran el Tribunal de 4° turno, fallaron en sentido contrario.

Como Tosi deberá jubilarse a fines de este año, existe la posibilidad de que se modifique la mayoría de la Corte. Esta mayoría resulta importante para el caso de casación que tiene a estudio la Corte en relación con la muerte en el cuartel de Fray Bentos, en 1984, del médico de San Javier Vladimir Roslik. En este expediente, se agrega además de la prescripción, el aditivo de que al haber actuado la justicia militar podría considerarse cosa juzgada.

El miércoles 16, en una sentencia interlocutoria contestando una demanda del exintegrante del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas coronel Adí Bique, la jueza Ana de Salterain adhiere a que los delitos de lesa humanidad ya fueron definidos en 1945 por el tribunal de Nuremberg que juzgó a los principales criminales nazis y que fue incorporado al menos en 1968 a las normas uruguayas. 

En la misma línea argumental que el fiscal especializado Perciballe, se expresó en un dictamen del viernes 11 la jueza penal de 27º turno, Silvia Urioste, que interviene en el caso de los indagados Raúl Urioste y Faustino Álvez.

Esta magistrada, que no frenó sus actuaciones por la pandemia, citó en el dictamen al exministro de la Corte Felipe Hounie para sostener que “los crímenes de lesa humanidad, al ser parte de las normas ius cogens, son inherentes a la personalidad humana” y por ello “no es el precepto expresado en el estatuto, tratado o convenio el que la hace vigente, sino que solo la actualiza mediante una verbalización determinada, ya que, en sí, preexisten a tal actuación”.

En una opinión discorde sobre la opinión mayoritaria de la Corte en un recurso presentado por la defensa del coronel Wellington Sarli, la ministra Minvielle argumentó que el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman contra Uruguay no deja lugar a dudas y sostuvo que la mayoría de la SCJ tiene “una posición sesgada, limitada, hemipléjica, toda vez que toma en consideración solamente el orden interno”.

“Falseando la historia”

Los militares, en general, no aceptan la interpretación amplia que afecta a muchos de sus camaradas que a menudo eran entonces oficiales subalternos. Durante una conferencia que ofreció el martes 15 en el Instituto Militar de Estudios Superiores, el coronel retirado y abogado Eduardo Aranco Gil, que integra la Suprema Corte desde 2009 como miembro integrante militar, sostuvo que a pesar de la afirmación del entonces presidente Sanguinetti, quien en 1989 dijo que cuando se cerraron las urnas terminó la transición en el Uruguay, en realidad “la transición aún no ha terminado porque 32 años después están siendo juzgados hechos ocurridos en la década del 70, hace más de 40 años, en algunos casos hace casi 50 años”. 

Además, recordó que “quienes atentaron contra la seguridad del Estado, y cometieron todo tipo de delitos, tales como hurtos, homicidios, secuestros, torturas, fueron amnistiados a los pocos días de restaurada la democracia, quedando muchos crímenes impunes y otros tantos sin investigar”.

Luego de exponer su mirada acerca del proceso legal y político, Aranco Gil dijo que está elaborando una nueva solución jurídica. Esta semana posteó en su página de Facebook que “desde hace varios lustros se está falseando la historia afectando la memoria colectiva nutriéndola de resentimiento y venganza contra policías, militares y civiles, que, habiendo actuado como agentes del Estado, están siendo juzgados por hechos acaecidos hace más de cincuenta años”.

En línea con el reclamo del coronel Aranco se expresó el senador Domenech: “No tengo ninguna duda que los delitos de lesa humanidad no son de tipificación retroactiva. Eso lo dice claramente el Tratado de Roma. Pero lamentablemente nuestros jueces han hecho caso omiso a esa disposición e incluso el tema ha desbordado de su cauce natural, porque se está procesando a personas por acciones llevadas a cabo durante el período de guerra interna declarado por el Parlamento democrático”, afirmó en una interpretación que supone que los legisladores que votaron el estado de guerra y luego la ley de seguridad del Estado dieron libertad para cometer delitos.

“Hay unos cuantos (militares retirados) que han sido procesados por acciones llevadas a cabo durante el estado de guerra interno declarado por el Parlamento democrático, antes del 27 de junio de 1973, así que es absolutamente ilegal lo que se está haciendo. Pero esas causas seguirán sus cursos y veremos qué resuelven los tribunales de apelación y la Suprema Corte”, añadió.

A nivel político, Domenech sostuvo que cualquier planteo sobre el tema “requeriría un acuerdo con el Frente Amplio, porque es el que representa los sectores políticos que están más comprometidos con quienes están en una actitud de no finalizar el tema”.

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17° Asado de fin de año Crysol (2015)

Julio Abreu sobreviviente del vuelo cero

Reconocimiento a expresidenta Silvia "turca" Yapor

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Celebración del Día del Liberad@ 2013

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Festejo de los 11 años de Crysol

Homenaje a L@s Fusilad@s de Soca - 2010

Asado de fin de año 2 (clip largo) de Crysol 2010

Asado Fin de Año 1 (clip corto)

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30 años del NO a la Dictadura

Basta de Impunidad. Concentración en la Plaza Libertad el 24 11 10

Crysol en la concentración del Pit - Cnt el martes 16 de noviembre de 2010 en el Palacio Legislativo

Concentración en el Ministerio de Economía y Finanzas el 9 8 10

Marcha de Crysol el 21 de agosto de 2008


Día del Liberad@ 2010


Sigue siendo injusta


Festejo del 10º aniversario de Crysol



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Día del Liberad@

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Club Bohemios. 14 de marzo 2010

Ministro de Educación y Cultura, Dr. Ricardo Ehrlich

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Visita a nuestra sede social

Conferencia de Prensa en Crysol

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Anunciando celebración del Día del Liberad@

Salsipuedes

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Abril de 2010

Vocal

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Vicepresidente

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Baldemar Taroco

Tesorero

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Carlos "Tito" Lopéz

Secretario

Secretario
Enrique Chalar

Presidente

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Gastón Grisoni