Otra gran mentira: la heredabilidad de las pensiones
Las
personas obsecuentes, política y emocionalmente, a la dictadura civil militar,
desde hace años, propalan la teoría de que las
pensiones reparatorias que perciben las y los ex presos
políticos son hereditarias. Afirman, muy sueltas de cuerpo, que se transmiten
a cónyuges, a hijos y luego a nietos.
La Sra. Mercedes Vigil, sobre la base de esta falsedad, promueve, incluso, una Reforma Constitucional para poner fin a esa supuesta heredabilidad que existe solamente en su imaginación de novelista. No es la única que repite esta falsedad, por simple ignorancia o por mala intencionalidad.
La PER no es hereditaria
El beneficio de la Pensión Especial Reparatoria (PER) para las y los ex presos políticos de la dictadura y del terrorismo de Estado fue establecido en el Artículo 11 de la Ley 18 033 del 13 de octubre de 2006. Fue aprobada durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, con los votos de todos los partidos.
En grandes líneas y de manera simplificada, la PER es un resarcimiento de carácter económico y vitalicio que el Estado uruguayo, cumpliendo con normativas internacionales y nacionales, otorga a todas las personas que fueron ilegítimamente detenidas, sometidas a tormentos, torturas, vejámenes y abusos sexuales y que, además, fueron privadas de su libertad durante períodos prolongados en base a procesos y juicios inadmisibles bajo todo punto de vista. No es una recompensa por haber militado o luchado. Es un resarcimiento de carácter vitalicio.
El decreto 106/2007
Todo beneficiario de la PER está plenamente identificado con nombre, apellido y número de cédula de identidad. Tiene un expediente aprobado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y otro en el Banco de Previsión Social (BPS) quien oficia de agente pagador con cargo a Rentas Generales como lo estipula la misma ley.
El beneficio de la PER en cuanto a su transferibilidad cuando fallece el titular de la misma está regulado desde abril de 2007 por medio del Decreto 106/2007.
Dicho decreto, firmado por el mismo Dr. Tabaré Vázquez hace ya 19 años, equipara la PER con una jubilación común de las que otorga el BPS a los efectos de su transferencia cuando fallece el titular de la misma. Por lo mismo, genera una Pensión de Sobrevivencia en el marco del sistema previsional uruguayo.
La PER, al igual que una jubilación, se transmite a los cónyuges, a los hijos menores y/o discapacitados en un 66%.
Una restricción insólita
Quienes propalan la teoría de que la PER se transmite de manera hereditaria, además de mentir, ocultan un elemento clave en cuanto a la discriminación que sufren los familiares de las y de los ex presos políticos cuando estos fallecen. Los beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia que genera la PER, para poder percibirla, deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones.
En el caso de que en una pareja ambos perciban la PER por haber sido presos políticos, cuando uno de los integrantes fallece, el sobreviviente no tiene ningún derecho.
La PER, equiparada, de manera errónea a una jubilación por el Decreto 106/2007, es la única en el sistema previsional uruguayo, que obliga a renunciar a derechos propios para poder percibirla. Esto ya ha sido cuestionado por los diferentes mecanismos de DDHH, tanto a nivel nacional como internacional.
Quieren tapar el bosque
El gasto anual del Estado por pagar las merecidas PER a las y a los luchadores sociales y políticos que sufrieron torturas y vejámenes, además de prisión prolongada, equivale a menos del 8% del déficit anual de la Caja Militar que asume Rentas Generales. Ese gasto anual, además, equivale a la mitad del gasto estatal para financiar los aguinaldos que solo los militares perciben desde la aprobación del Acta Institucional Nº 9 durante la dictadura civil militar, cuando el dictador de turno era el Dr. Aparicio Méndez del Partido Nacional.
Los centros militares que nuclean a los terroristas de Estado y sectores afines, han propalado la teoría de que las y los ex presos políticos son privilegiados por percibir la PER. La realidad es muy diferente.
Hasta el momento, los únicos privilegiados en el sistema previsional uruguayo siguen siendo los militares, muy especialmente la oficialidad. Son los únicos que tienen aguinaldo. Una herencia del pasado reciente que esta democracia no ha podido superar. El reclamo de ONAJPU de restituir el aguinaldo a las y a los jubilados tiene plena vigencia.
Opinando N° 10 – Año 15 – Viernes 14 de
agosto de 2026
