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sábado, 13 de abril de 2019

Vía libre a las chicanas

Tribunal habilita que militares tranquen investigación por crímenes de la dictadura.

Por Mauricio Pérez – Brecha 12 4 19


A contrapelo de la celeridad necesaria en los procesos judiciales, especialmente cuando se trata de los delitos de lesa humanidad, un tribunal de apelaciones habilitó que los militares utilicen todos sus artilugios para obstaculizar la investigación. El fallo se dictó en una causa que tuvo importantes revelaciones en los últimos días a raíz de la difusión de las actas de los tribunales de honor: la desaparición de Eduardo Pérez Silveira.

El lento devenir de las investigaciones penales por los crímenes del terrorismo de Estado es una de las principales críticas de las organizaciones de derechos humanos a la actuación del Poder Judicial. En agosto de 2017, al anunciar su retiro del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia de Presidencia, Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos afirmó que “la justicia fue lenta y complaciente para enfrentar las conocidas ‘chicanas’ de los abogados de los acusados”.

Los cuestionamientos por estas dilaciones llegaron también desde la propia interna judicial. El fiscal de Corte, Jorge Díaz, habló de recursos “en cascada” para dar largas a las resoluciones judiciales (La Diaria, 23-IX-17). En tanto, un tribunal de apelaciones en lo penal (Tap) exhortó a los jueces a adoptar las medidas necesarias para que estos recursos no se conviertan en un obstáculo para la investigación. Esta sentencia tiene la firma de la hoy ministra de la Suprema Corte de Justicia (Scj), Bernadette Minvielle (Caras y Caretas, 30-IX-16).

En este contexto, al comenzar su trabajo, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad se autoimpuso varios objetivos. Uno de ellos fue bloquear estas “chicanas” y acelerar la tramitación de las causas. Para eso planteó que cuando un militar presente una acción de inconstitucionalidad el proceso penal se suspenda sólo para él y la causa siga adelante contra los restantes indagados.

Esa estrategia, que fue aceptada por varios jueces, tuvo un freno: el Tap de segundo turno estableció que la acción de inconstitucionalidad implica la suspensión del proceso para todos los indagados. Dicho de otra manera, habilitó que los militares utilicen estos recursos para trancar la indagatoria penal por crímenes de la dictadura. La resolución se dictó en una causa, la que investiga la desaparición del militante tupamaro Eduardo Pérez Silveira (alias el Gordo Marcos), que en los últimos días cobró relevancia pública, a partir de la difusión de las actas de los tribunales de honor. 

Allí, Jorge “Pajarito” Silveira responsabilizó a José Nino Gavazzo del homicidio de Pérez Silveira: “Cosas de Gavazzo. Estaba solo. El comentario era que lo había gaseado para interrogarlo”.

DE NO ACABAR.

El fallo, firmado por los ministros José Balcaldi, Daniel Tapie y Carlos García, parece un trámite, pero tiene un impacto significativo. Gavazzo, Silveira y Ernesto Ramas, indagados por la desaparición del militante tupamaro, se presentaron ante la sede y siguieron la estrategia utilizada en varias causas: cuestionaron la constitucionalidad de la ley que creó la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad.

La jueza Silvia Urioste dispuso entonces la suspensión del procedimiento contra ellos y elevó los antecedentes a la Scj. Pero ordenó que el expediente siguiera adelante contra los restantes militares investigados. Tenía la opinión favorable de la Fiscalía y seguía el criterio utilizado por otros jueces en causas que investigan crímenes de la dictadura, pero también en otras, como la de Ancap (véase recuadro).

Pero la defensa de los militares no estuvo de acuerdo y reclamó la suspensión inmediata del proceso penal. Tras varios recursos presentados ante Urioste, todos sin éxito, el caso llegó al Tap y allí tuvieron el fallo que esperaban. El tribunal consideró que dar luz verde para que el trámite continúe contra otros militares supondría “un incumplimiento a la ley que regula el proceso de inconstitucionalidad”.

En la interpretación de este Tap, para la norma resulta indiferente que la investigación comprenda a varias personas, y a texto expreso ordena la suspensión del proceso penal, ya que este “no puede fraccionarse”. Esta posición, alega, no admite objeciones: “No puede ser justificación para apartarse del debido proceso y de los principios generales que lo rigen el interés de una de las partes involucradas, por más justificado que el criterio pueda parecer ante posibles demoras en la definición de los juicios”. De esta forma, se establece que el expediente quede paralizado hasta que la Scj dicte una resolución sobre la constitucionalidad. Pero no sólo eso. El fallo del tribunal habilita también que, una vez que este asunto quede resuelto, otro militar indagado presente el mismo recurso y el proceso vuelva a detenerse. Y después otro. Y otro. Y otro. En cascada.

Ante esto, Perciballe presentó un recurso a la Scj para que revea esta posición. De prosperar el criterio del tribunal, “las investigaciones sobre las graves violaciones a los derechos humanos infligidas en el pasado reciente se verán irremediablemente frustradas”, alertó el fiscal, de acuerdo con el dictamen al que accedió Brecha.

LENTO TRAJINAR

Para fundamentar su posición, Perciballe hizo una cronología de la causa. La denuncia por la desaparición de Pérez Silveira se presentó en 1985, pero sufrió “los avatares jurídicos y políticos” de la ley de caducidad. Fue archivada en 1988 y reabierta en 2011, tras el decreto del Poder Ejecutivo que excluyó todos los casos del amparo de la norma.

La investigación tuvo un trámite normal hasta que en 2016 se dispuso la citación de Gavazzo, sindicado como responsable de la muerte. Su defensa presentó sucesivos recursos de prescripción, inconstitucionalidad y nulidad, cuya tramitación se extendió por más de dos años. Cuando la causa volvió a moverse, Gavazzo, Ramas y Silveira presentaron una nueva inconstitucionalidad.

En 33 años, pese a la gravedad del delito denunciado, ni un solo indagado declaró en la causa. Y, si se admitiera la postura del tribunal, “seguramente tampoco lo hagan en el futuro, puesto que, en la medida en que se interpongan excepciones perladas, el presumario se prolongará sine die (en forma indefinida)”, afirmó el fiscal.

Según Perciballe, habilitar que la investigación se paralice implicaría “un grave perjuicio para las víctimas, que esperan una respuesta en tiempo y forma de la justicia”. Pero también para aquellos militares que, siendo investigados, se saben inocentes y tienen el derecho de que su situación se dilucide cuanto antes. Estos últimos, argumentó, serían rehenes de una estrategia procesal defensiva de la que no son parte: “¿Por qué deben soportar que la resolución de su caso se eternice por la voluntad de otros?”.

En este sentido, señaló que la interpretación que hace el Tap no contempla la realidad de estas causas, al tiempo que “viabiliza un fuerte acicate para las defensas que deseen dilatar las investigaciones”. “Las causas más complejas (que por cierto no son pocas) poseen un número importante de denunciados, por lo que, de plantearse excepciones individuales, estas (causas) se verán impedidas de avanzar. Circunstancia no hipotética, sino real, puesto que ha sido la estrategia utilizada hasta el presente”, concluyó. Revertir la decisión está en manos de la Scj.

Los dichos de Berrutti

Anécdotas de un marino

Las declaraciones públicas del contralmirante (r) Héctor Berrutti serán investigadas por el fiscal especializado Ricardo Perciballe. Berrutti aseguró que, en su tiempo en Fusna, todos los días le “entregaban gente que había que matarlos y eliminarlos con alambres de púa”. “Yo actué de acuerdo a mi propia conciencia. ¿Yo qué hice? Las metía en el cajón”, agregó. Las declaraciones fueron hechas a radio Del Sol, luego de participar en el lanzamiento de la candidatura presidencial del general Guido Manini Ríos, por el partido Cabildo Abierto.

Sus dichos llegaron a la órbita penal. El comandante en jefe de la Armada, Carlos Abilleira, se reunió con el fiscal de Corte, Jorge Díaz, y denunció la situación. Díaz consideró que se trataba de hechos con apariencia delictiva y envió una copia a la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad. Por ahora, la Fiscalía se encuentra abocada a recopilar información para dilucidar el nivel de veracidad de sus dichos. Una vez que esta etapa termine, y si la investigación lo amerita, se adoptarán nuevas diligencias. Una posibilidad es que el oficial sea citado a declarar, admitieron fuentes de Fiscalía a Brecha.

En el sistema político, mientras tanto

En el Parlamento la oposición blanca se resiste a votar las venias de destitución de cuatro generales solicitadas por la Presidencia, Claudio Romano, Carlos Sequeiro, Alejandro Salaberry y Gustavo Fajardo, que participaron en distintas instancias del tribunal. Una interpretación del artículo 168 de la Constitución impulsó a los senadores Luis Lacalle Pou y Javier García a rechazar el pedido presidencial, en el entendido de que no se necesitan venias parlamentarias para destituir a los generales, que sí fueron ascendidos mediante venia. Esa interpretación vino a demorar la definición en el seno de la Comisión de Defensa.

En una primera instancia, los blancos habían sostenido que para resolver sobre la destitución primero debían leer las actas del tribunal. Una vez que estas llegaron diligentemente a la comisión, surgió el argumento sustitutivo que permite extender la indefinición. Hasta ahora, extrañamente no ha cobrado notoriedad ninguna opinión de catedráticos sobre el tema, que permitieran, como ocurre invariablemente, tener conocimiento de las dos bibliotecas.

En términos políticos, al analizar las posibles razones de esa postura, que implicaría una negativa a refrendar el pedido presidencial, se especula con que los blancos no quieren aparecer ante la “familia militar” como corresponsables del despido; y ello no sólo por razones de cálculo electoral, sino porque no va con las inclinaciones de los dirigentes del partido, sugeridas por el senador García cuando habló en el acto recordatorio de la muerte de Wilson Ferreira Aldunate; García debe haber hecho malabares para encontrar un texto en el que Wilson hablara amablemente de los militares.

Por otro lado, las actas generaron debate en el otro extremo del espectro político-parlamentario: la bancada del Frente Amplio debatió, sin llegar a una conclusión, si va a impulsar en la Comisión de Defensa de Diputados (donde se analiza el proyecto de reforma de la ley orgánica militar, que sustituirá la vigente de 1974) la eliminación de los tribunales de honor militar. La propuesta, inicialmente lanzada por el Pvp, fue apoyada por Casa Grande, liderada por la senadora Constanza Moreira.

Cualquiera sea la suerte de este instrumento, en todos los casos en que se ha podido conocer el detalle de las actuaciones, la primera impresión que surge es que esos tribunales no miden el grado de lesión al honor de la institución, sino el producido contra la cadena de mando, contra la autoridad superior, sea cual sea. En este último caso, es evidente que 28 asesinatos no afectan el honor; y en cambio sí se afecta cuando el superior no es enterado de los detalles de una desaparición, que provoca un castigo penal contra otro oficial.

Pero hay otros ejemplos: cuando el coronel (r) Gilberto Vázquez, procesado, se escapa del Hospital Militar, donde estaba internado, nuevamente ocurre que 28 asesinatos (porque es la misma causa penal) no sensibilizan el honor de los miembros del tribunal, pero sí lo hace el que la fuga haya dejado en evidencia a un superior, el general responsable del servicio de sanidad de las Fuerzas Armadas, lo que ameritó el pase a reforma, es decir, la pérdida de la condición militar; y cuando el mayor Ernesto Ramas pretendió extorsionar a un narcotraficante, el tribunal lo sancionó porque había ofendido la buena fe de su superior, el jefe del centro clandestino de detención La Tablada, al encerrar allí al narco como si fuera un prisionero político, mientras aguardaba la transferencia de dinero desde el exterior.

En la búsqueda de esas infracciones al honor militar tan particulares, los tribunales a veces consignan verdades que en otros ámbitos, como por ejemplo la justicia, son categóricamente negadas. Para poner ejemplos detectados en las actas que promovieron la crisis de los últimos días: en la página 123 de las actas divulgadas se consigna que José Gavazzo siempre actuó “dando cumplimiento a órdenes superiores; algunas misiones fueron designadas por el comandante en jefe de la época”; en la 125 se consigna que “el coronel Alfredo Lamy fue quien daba las órdenes para mover tierra en la cañada, más precisamente al lado del arroyo Meirelles” en los predios del Batallón 14 de Infantería, y en la 242 los generales le preguntan a Pajarito Silveira si detuvo gente y responde: “Privé la libertad porque eran todas operaciones ordenadas por el superior. Entonces, el superior me ordenaba, me daba la orden, iba, los detenía y los llevaba a la sala de interrogatorios”.

Generalmente, los oficiales interrogados en los tribunales de honor evitan decir mentiras, y cuando lo hacen, los generales hacen la vista gorda. Así, Silveira explicó que “cuando se desnudaba a una mujer era porque se necesitaba la ropa. A la hora se la vestía”. Esta confesión, quizás, integra la lista de cinco nuevos delitos, hallados en las actas, que denunció el ministro de Defensa ante la Fiscalía. Hay que recordar que Pajarito Silveira es uno de los militares denunciados por violaciones sistemáticas de prisioneras políticas.

S B

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(*) La difusión de la presente nota periodística es meramente de carácter informativo y no supone ningún grado de aceptación y/o compromiso con los conceptos, juicios o comentarios que en la misma se formulan.

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