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jueves, 19 de julio de 2012

Esos viejitos que nada dicen y todo reivindican

Fallo histórico en Argentina.




La semana pasada la justicia argentina condenó a penas de prisión que van desde 15 hasta 50 años a militares y civiles implicados en el "plan sistemático" de apropiación de hijos de militantes desaparecidos. El fiscal del caso desestimó el argumento de la "ancianidad" de los condenados, evocado por la defensa. "Han envejecido impunes, guardando para ellos la información que hubiera ayudado a los familiares de las víctimas a conocer la verdad", dijo. El fallo puede sentar jurisprudencia a nivel nacional e internacional.

Desde Buenos Aires. Por Fabián Kovacic. Brecha 13 7 12

"No me significa mucho que vayan presos, porque lo que yo quisiera es que dijeran la verdad", aseguró María Isabel Mariano, abuela de Clara Anahí, la nieta que llegó a conocer y le fue arrebatada con pocos meses de vida tras el asesinato de su hijo y nuera en 1977. Mariano representaba así una de las vertientes de pensamiento entre los familiares, que priorizan el saber a la justicia. "Dónde están" es de todas maneras un reclamo central de todas las Madres, Abuelas y familiares en general acerca de los casi cuatrocientos nietos que restan recuperar y rescatar del empecinado silencio que mantienen todos los militares y civiles colaboradores de la dictadura, incluidos los condenados el jueves 5.

Sin embargo, las condenas a los militares y civiles Jorge Videla, Antonio Vañek, Jorge Acosta, Santiago Riveros, Reynaldo Bignone, Víctor Gallo, Juan Antonio Azic, Jorge Magnacco y Susana Colombo permitieron demostrar, a lo largo de 16 meses de juicio, la existencia de una práctica sistemática y generalizada de sustracción, retención y ocultamiento de menores de edad".

El dato es significativo porque a partir de ahora se constituye en antecedente jurídico para el resto de los juicios por delitos de lesa humanidad iniciados. En su alegato el fiscal Martín Niklison sostuvo que se estaban juzgando delitos "de una gravedad extraordinaria". "Algún desprevenido podría apiadarse de los acusados por su ancianidad, pero no son pobres ancianos sino que han envejecido impunes, guardando para ellos la información que ayudaría a las víctimas a encontrar la verdad. No merecen ninguna indulgencia, porque en el epílogo de sus vidas no se percibe en ellos un atisbo de intentar mitigar el dolor que causaron. Por el contrario reivindican sus crímenes", sostuvo el fiscal.

PLAN SISTEMÁTICO CONTRA CASOS AISLADOS.

Con las palabras pronunciadas por la jueza María del Carmen Roqueta, la justicia argentina logró establecer finalmente la existencia del "plan sistemático de apropiación de menores", figura reclamada por Abuelas de Plaza de Mayo y pendiente desde el juicio a las juntas celebrado en 1985. En esa ocasión los jueces habían absuelto a Jorge Videla por cinco casos de apropiación de bebés y consideraron los hechos como "unapráctica aislada, llevada adelante por elementos operativos de las fuerzas represivas " de la dictadura.

El dato es importante porque los jueces incluyeron en la sentencia una línea de investigación futura sobre el obispo católico Emilio Graselli, vicario castrense durante la dictadura, por las sospechas de haber cometido "delitos de acción pública " al recibir reclamos de los familiares de personas desaparecidas y ocultarles información sobre su paradero, pese a la familiaridad que el religioso tenía con los jerarcas de la Junta. En el mismo sentido los magistrados ordenaron la rectificación de partidas de nacimiento en relación con los casos de menores secuestrados que recuperaron su identidad biológica a partir de la búsqueda de Abuelas de Plaza de Mayo.

Quizá con intención de atenuar las penas, en los meses previos a la sentencia el ex dictador Videla otorgó entrevistas a diferentes medios nacionales y extranjeros en las que dejó entrever por primera vez las reales intenciones de la dictadura y sus personeros. "Todas las parturientas eran militantes activas de la maquinaria del terror y muchas de ellas usaron a sus hijos embrionarios como escudos humanos al momento de operar como combatientes ", dijo ante los jueces el ex dictador en su descargo final antes de conocer la sentencia. "Es mi deseo reivindicar al Ejército argentino, institución señera de la república, de quien tuve el honor de ser comandante, respecto de este agravio que se le infiere de forma tan intencional como gratuita", remató como reivindicación del terrorismo de Estado.

En una entrevista con el diario Página 12, la jueza Roqueta explicó algunos de los puntos cuestionados por las querellas, especialmente por Estela Carlotto, titular de Abuelas. "Todos los hechos que fueron analizados durante el juicio señalan un único fin: el aniquilamiento de parte de la población civil, por lo tanto las acciones de sustracción de menores se encaminan en el mismo sentido.

El responsable final fue Videla. En este tipo de juicio no hay pruebas sobre el momento de ocurrido el delito porque fueron ocultadas y eliminadas, por lo tanto se fueron reconstruyendo durante el juicio con los testimonios y el cruce de informaciones", dijo la magistrada El próximo 18 de setiembre se conocerán los fundamentos de la sentencia, que en varios de sus puntos mostró diferencias entre los tres magistrados integrantes del tribunal oral número 6.

La causa había comenzado en 1996, luego de una denuncia que Abuelas realizara contra Videla. El dictador fue detenido por estos delitos dos años después por orden del juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich, el mismo que intervino en el caso de Mariana Zaffaroni. Cuando el juez fue destituido a raíz del caso de los hijos presuntamente apropiados por la dueña del Grupo Clarín Ernestina Noble, la causa pasó a manos de su colega Norberto Oyarbide, quien además conserva la emblemática causa del Plan Cóndor.

Oyarbide envió a Videla al penal de Campo de Mayo recién en 2008, 12 años después de iniciada la causa. En paralelo, se instruyó a partir de 1997 la causa que se llamó "plan sistemático", a cargo del juez federal Adolfo Bagnasco, quien también había intervenido inicialmente -y antes que Oyarbide- en la causa Cóndor. De los 12 imputados que figuraban en el primer expediente, sólo seis llegaron a la sentencia del jueves 5 de julio. En el camino murieron Emilio Massera (ex comandante de la Armada e integrante de la Junta), Juan Bautista Sasiaiñ, Héctor Febrés y Cristino Nicolaides.

El robo de bebés fue el primer delito que comenzó a investigarse tras la sanción de las leyes de obediencia debida y punto final y la promulgación de los indultos. Por eso se convirtió en una causa emblemática de las Abuelas, que en soledad y en pleno menemato batallaron en los tribunales federales sabiendo que el perdón político a los genocidas establecido por esas leyes no incluía la sustracción de los chicos nacidos en cautiverio.

Como en 1989, cuando el derecho a la identidad fue incluido en la Convención por los Derechos del Niño a instancias de Abuelas de Plaza de Mayo, ahora la comprobación de una práctica sistemática en el robo de bebés puede generar una nueva instancia testigo para la jurisprudencia argentina e internacional.

Los casos uruguayos

Durante el juicio fueron ventilados los casos de hijos de ciudadanos uruguayos desaparecidos en Buenos Aires entre 1976 y 1978 en los centros clandestinos de detención Automotores Orletti, Pozo de Banfield y Pozo de Quilmes, todos ubicados dentro del circuito militar del Primer Cuerpo de Ejército.

Sus padres eran militantes del Partido por la Victoria del Pueblo y los Grupos de Acción Unificadora. Los cincuenta años de condena para Videla incluyen la suerte corrida por Paula Eva Logares Grinspon, Mariana Zaffaroni Islas, Anatole Boris Julien Grisonas, Victoria Eva Julien Grisonas, Carlos DElía Casco, María de las Mercedes Gallo Sanz, María Victoria Moyano y Macarena Gelman Iruretagoyena, hija de los argentinos Marcelo Gelman y María Claudia García, esta última traída en uno de los "vuelos" a Montevideo.

Videla fue absuelto en cambio en el caso de Simón Riquelo, el hijo de Sara Méndez y Mauricio Gatti, porque los jueces consideraron que se trató de un caso ya juzgado en la causa 13/84 del proceso a las juntas militares en 1985. Para los casos Julien Grisonas, Zaffaroni Islas y Gelman Iruretagoyena, los magistrados entendieron que Eduardo Ruffo ya estaba condenado en la causa Orletti y no puede ser condenado dos veces por el mismo delito.

No obstante, la sentencia tendrá efectos en el juicio "Orletti 2", por el cual permanece detenido Miguel Furci, el apropiador de Mariana Zaffaroni, y cuando llegue a juicio oral serán tenidos en cuenta los fundamentos y penas de este histórico fallo.

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