Revisionismo judicial en varios fallos por violaciones de derechos humanos
¿Está despuntando entre los magistrados un revisionismo hacia la impunidad? ¿O por el contrario la lógica judicial penal resulta incapaz de abarcar lo más perverso del terrorismo de Estado? Entre estos dos extremos basculan las opiniones tras los recientes fallos de tribunales de apelaciones que revocaron decisiones de jueces de primera instancia en procesamiento de militares.
Brecha. 24 8 12. Por Samuel Blixen
El caso que con mayor fuerza gráfica un territorio de ambigüedad -en la imposibilidad de determinar con precisión todos los detalles de episodios amparados por una impenetrable y generalizada complicidad del silencio-corresponde a la muerte, en el penal de Libertad, en 1981, del militante tupamaro Horacio Ramos, cuyo cuerpo fue encontrado en un calabozo de castigo en el módulo llamado La Isla, sugiriendo una autoeliminación por ahorcamiento con una bufanda, cuando ya se le había otorgado la libertad al prisionero.
Ramos había sido reiteradamente sancionado con un estricto aislamiento, que suspendía visitas con familiares y todo contacto con otros reclusos, en ese módulo separado del cuerpo principal de la cárcel y que contaba con una guardia especialmente designada para la custodia de los reclusos que eran encerrados -por plazos mínimos de 15 días- en las celdas de castigo, y sometidos a un permanente hostigamiento. En el momento del episodio en La Isla sólo se encontraban Ramos y sus carceleros.
El hoy coronel retirado Walter Gulla, que en 1981 era director del penal de Libertad, fue procesado por homicidio especialmente agravado por el juez penal Rubén Saravia en julio de 2011; también fue procesado por el mismo caso y por el delito de encubrimiento el oficial de la Fuerza Aérea Enrique Rivero, involucrado también en la desaparición y asesinato de Ubagesner Chaves Sosa.
En su fundamento del procesamiento el magistrado afirmó que "está probado que Ramos no se suicidó como se planteó inicialmente", sino que "fue víctima de homicidio por parte de quienes ejecutaban las directivas impartidas" por Gulla. El juez Saravia consignó que el coronel sabía que en el penal se torturaba a los detenidos, pero "no impidió que continuaran con dicha política de persecución sistemática", sino que "por el contrario se comprometió a encubrir los referidos excesos de sus subordinados".
Para el juez, se recolectaron elementos probatorios suficientes que demuestran que la muerte de Ramos "se produjo por ser víctima de un instrumento o mecanismo de terror para obtener información sobre determinados hechos realizados por quienes integraban los movimientos de izquierda política, o como política de persecución a su respecto".
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Cuarto Turno, integrado por los ministros Ángel Cal, Myriam Méndez y Jorge Catenaccio, dejó de lado el "mecanismo de terror" y se centró en el valor de la prueba sobre el homicidio. Después de realizar una reconstrucción en el penal, el tribunal concluyó que "era absolutamente posible que Ramos se hubiera colgado con su faja de la ventana en que apareció pendiente su cuerpo", a la vez que descartó una autopsia psicológica que "carece del suficiente valor conviccional para afirmar que no existió una conducta suicida".
La ex fiscal Mirtha Guianze, actual miembro del Instituto de Derechos Humanos, cuestionó los criterios del tribunal, y en especial la reconstrucción, que "se hizo con La Isla demolida y sin existir las condiciones, porque ya no existía la reja ni la cama. Yo había objetado esa reconstrucción que hicieron ellos, y la relación de la prueba que hace el tribunal a mi entender no se ajusta al expediente".
Más allá del relativo valor de la reconstrucción, que para el tribunal fuera "absolutamente posible" el suicidio implica dejar de lado el contexto de represión y hostigamiento; si el coronel Gulla no ordenó matar a Ramos o encubrió el homicidio permitiendo que se simulara un suicidio, sí está claro que era responsable del mecanismo de terror que posibilitó la muerte.
Por otra parte, en el juego de "posibilidades", el tribunal no considera como relevante el hecho de que Ramos ya tenía la libertad firmada, lo que pone en cuestión una actitud suicida. Como consecuencia del fallo del tribunal el coronel Gulla fue liberado el pasado viernes 17, y ello dio pie para que el presidente del Centro Militar, Guillermo Cedrez, arremetiera contra Guianze: "Se hizo un acto de estricta justicia, porque Gulla estaba mal procesado y mal acusado por la ex fiscal Guianze, a quien se le ha permitido hacer de todo y no se le han puesto normas".
En un caso aun más perverso -la muerte del militante tupamaro Luis Luzardo en el Hospital Militar tras una agonía de meses en que, parapléjico, su cuerpo se cubrió de escaras por falta de atención y de higiene-, el mismo Tribunal de Apelaciones eximió de responsabilidad al general Gregorio Álvarez. Luzardo había sido herido de bala cuando su detención en 1972 y fue asistido en el hospital.
En enero de 1973 el trato que se le dispensaba en la sala 8 -exclusiva para detenidos- cambió radicalmente cuando, a raíz de confesiones de otros prisioneros, a Luzardo se le atribuyó (erróneamente) participación en la ejecución del coronel Artigas Álvarez, hermano de Gregorio, por entonces jefe del Estado Mayor Conjunto.
El testimonio de numerosos detenidos en la sala 8 confirman que desde entonces a Luzardo casi no se lo asistía, prácticamente no se lo alimentaba y se estableció una prohibición expresa de que sus compañeros pudieran auxiliarlo. Los mismos testimonios confirman que el general Gregorio Álvarez visitó la sala 8 y, en compañía de personal militar, permaneció largo rato junto a la cama de Luzardo.
Después de ubicarse documentos de autopsia del hospital, que fraguaron las causas de la muerte de Luzardo, el juez penal Juan Carlos Fernández Lecchini dispuso el procesamiento del general Álvarez, que ya cumplía prisión por otros asesinatos.
El Tribunal de Apelaciones de Cuarto Turno dispuso, en un fallo dado recientemente a conocer, "que no surgen elementos de convicción suficientes que permitan atribuir a Álvarez en grado o calidad alguno el homicidio de Luzardo", porque "la prueba relevada a la luz de las reglas de la sana critica no reúne los elementos de convicción suficientes que habiliten el procesamiento dispuesto".
Lo más insólito es la afirmación de que "los médicos que estuvieron en contacto con Luzardo no refieren ni recuerdan que se hubiera omitido la asistencia al señor Luzardo y ninguno de ellos menciona que hubiera existido una orden de algún mando militar de que no se prestara asistencia al paciente".
Si no hubo omisión de asistencia, ¿cómo se explica que el cuerpo de Luzardo exhibiera llagas infectadas, y que, según una autopsia histórica, el probable deceso fuera por inanición, es decir, por hambre? ¿Y cómo se explica el deterioro del detenido en un grado extremo si no hubiera una orden de no asistirlo, prohibiéndole incluso a otros detenidos allí internados el aseo de Luzardo?
SEÑALES POLÍTICAS.
Algunos militantes de derechos humanos, con vasta experiencia en la recolección de elementos para sustentar denuncias ante la justicia, consideran que en estos últimos fallos (como en la suspensión de las actuaciones que derivarían en el procesamiento del general Pedro Barneix por el homicidio de Aldo Perrini) juegan un papel preponderante las señales que surgen desde el ámbito político. En el caso del homicidio de Roberto Gomensoro, decapitado en Paso de los Toros y cuyo cuerpo apareció en la represa, y por el que la jueza Lilián Elhorriburu, procesó en 2010 a los militares Juan Carlos Gómez y José Gavazzo, un tribunal de apelaciones confirmó que la acusación no deja lugar a dudas.
"La firmeza de su imputación, ligado a los detalles vivenciales, como el tejido con el que se envolvió el cuerpo, la presencia de Me-neses, sargento encargado del Campo 3, su alcoholismo y las bravuconadas con las que amenazaba a los policías (hacerle lo mismo que a Gomensoro); la presencia de Gavazzo en Paso de los Toros, visto en los prostíbulos, con una amante, el golpe de bayoneta que desgarra los genitales de Gomensoro y fallece desangrado, corroborado por Abel Rodríguez (otro testigo), dan la fuerza impactante a la cadena de indicios que, aislados, menguan y nada imponen ", dice el documento.
A pesar de las razones con que el tribunal confirmó la resolución de la jueza de Paso de los Toros, coincidiendo desde distintos ángulos, se ha pretendido cuestionar el procesamiento. Sorpresivamente, el ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, abogó por la inocencia del militar procesado Juan Carlos Gómez, en una carta que envió a la jueza Elhorriburu.
Fernández Huidobro sostuvo que una investigación que realizó junto con otros "viejos militantes" prueba que Gomensoro fue muerto en el cuartel del Batallón de Artillería 1 de La Paloma, en Montevideo, y que la decisión errónea de la jueza -supuestamente a partir del testimonio de un solo testigo, dice el ministro- habilita "que esté pagando con cárcel un oficial que nada tuvo que ver en este caso y se esté encubriendo a los verdaderos culpables. Cortando, además, la línea de investigación ".
La magistrada criticó a Fernández Huidobro por haberle enviado una carta dos años después del procesamiento y se preguntó por qué el ministro, si tenía información relevante sobre el caso, no se presentó a tiempo en el juzgado para declarar. "Ahora resulta que se acordó que sabía algo, dos años después de haber procesado a una persona que él dice que es inocente", declaró la jueza a El Observador, advirtiendo, además, que cuenta con decenas de testigos que avalan la culpabilidad de Juan Carlos Gómez.
La intempestiva movida del ministro, que supuestamente logró determinar la inocencia del procesado pero no la identidad del culpable, quedó de hecho cuestionada por dirigentes del pit-cnt, quienes a comienzos de la semana se entrevistaron con los miembros de la Institución de Derechos Humanos para expresar la preocupación sobre el estado de las causas judiciales referidas a delitos cometidos durante la dictadura.
La Comisión de Derechos Humanos de la central sindical está realizando un seguimiento de todos los casos, y está elaborando un informe que será dado a conocer en las próximas semanas. Los dirigentes sindicales manifestaron su preocupación por que los organismos estatales, y en especial el Ministerio de Defensa Nacional, no entregan la información requerida por los juzgados.
En la reunión se planteó la necesidad de abrir los archivos militares y de ubicar otros de cuya existencia se tienen indicios firmes. A la vez, se planteó la preocupación por la demora en la reglamentación de la ley aprobada en 2008 por la cual se crea el archivo del Museo de la Memoria.
Todos esos elementos configuran, a juicio de militantes de derechos humanos, señales políticas que debilitan la postura de los organismos que imparten justicia.
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