Hace unas semanas, al
asumir como Jefe del Estado Mayor de la Defensa (Esmade), el Gral Alfredo Erramún
señaló que deberían ofrecerse garantías a los militares que tuvieran
información sobre los Detenidos Desaparecidos para que la proporcionaran. Al
mismo tiempo exaltó el “modelo sudafricano” de transición. En Sudáfrica, al
finalizar el oprobioso régimen, se amnistió a quienes suministraran información
y dieran muestras de arrepentimiento. Fue una salida para una problemática
específica, en un país particular y en condiciones históricas especiales.
Porqué
un trato preferencial para los terroristas estatales?
Al ser escuchada, la propuesta
para la temática de las graves violaciones a los DDHH del terrorismo del Gral
Alfredo Erramún, suena atractiva para los oídos de los medios de comunicación
como El País y la comunidad integrante de la dictadura cívico militar. Si se la
lleva a términos prácticos y cotidianos, es una opción no viable, no se puede
extender a todos los delitos. Si se aplicara genéricamente, la vida en sociedad
no existiría.
Para hacer posible la vida
en comunidad existen leyes que regulan la convivencia en todos los planos.
Quienes las transgreden y violentan son sancionados, para evitar que reincidan
se los aparta de la vida social, se los recluye en centros especiales.
Si se generalizara la
propuesta del Gral Alfredo Errasmún, se vaciarían las cárceles. Todos los
criminales, diciendo la verdad, ofreciendo información, tendrían garantías, dando
señales de arrepentimiento serían amnistiados, recobrarían su libertad y se
reintegrarían a la vida social tranquilamente. Una alternativa absolutamente descabellada:
el horror de la tolerancia cero y del vivir sin miedo.
Crímenes
de Lesa Humanidad
Las violaciones a los DDHH
que se cometieron en el país durante el período comprendido entre el 13 de
junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985 incluyen casi doscientos Detenidos
Desaparecidos, pero no se limitan solamente a ese tipo de atrocidades. Hubo,
además, asesinatos, secuestros, detenciones ilegales, torturas, etc: una larga
lista de acciones que se califican y tipifican como delitos.
Desde la Segunda Guerra
Mundial, para la comunidad internacional, excluida la Suprema Corte de Justicia
uruguaya, todos los delitos que se cometieron en nuestro país, en función de
tratados que se firmaron al respecto, constituyen Crímenes de Lesa Humanidad:
no prescriben con el paso del tiempo, no pueden ser amnistiados ni beneficiarse
de indultos o institutos similares.
Para desplegar un trabajo
enfocado y profesional en la persecución de los mismos, incluso, se aprobó una
ley específica creando una Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa
Humanidad. Desde su creación, al frente de la misma, se encuentra el Dr Ricardo
Perciballe.
Vale la pena recordar que,
a diferencia de lo ocurrido en otros países de la región, en el marco del Plan
Cóndor que promovió y apoyó el gobierno de EEUU, mientras Henry Kissinger era
el Secretario de Estado, en Uruguay la prisión masiva de ciudadanos, asociada a
la tortura y a condiciones prolongadas e inhumanas de reclusión, fue la
metodología deliberadamente seleccionada por las Fuerzas Armadas (FFAA) para
destruir a los opositores y gobernar mediante el terror. Se estima que más de
25.000 ciudadanos fueron privados de su libertad y sometidos a torturas.
Desde la aprobación de la Declaración del Estado de Guerra
Interno, por la Asamblea General del
Parlamento el 15 de abril de 1972, más de 7.500 ciudadanos fueron condenados por tribunales militares, luego de
haber sido torturados, sin defensa legal, sin garantías de ninguna naturaleza,
luego de semanas de estar secuestrados, incomunicados, sin contacto con el
mundo exterior.
Fortalecer
el Estado de Derecho y la democracia
Las declaraciones del Gral
Alfredo Erramún ponen de manifiesto un claro desconocimiento de las normas de
DDHH vigentes en el país. Las normas de Derechos Humanos son una conquista de
la humanidad, un logro de los pueblos. Se orientan a dignificar y humanizar la
vida en sociedad, en hacerla más placentera.
Las normas de DDHH tienen
el mismo valor y la misma jerarquía que el resto de las normas legales que
regulan la vida en sociedad, aunque aún haya estratos importantes de la
sociedad que las ignoran y las desconocen.
En Uruguay, a casi 34 años
del regreso a la democracia, solo un pequeño grupo de involucrados en las
graves violaciones a los DDHH durante el doloroso proceso cívico militar han
sido juzgados y condenados. Han disfrutado de todas las garantías legales
habidas y por haber. Han sido procesados por delitos comunes y en función de
ello, incluso, algunos de ellos, abusivamente, gozan de espléndidas prisiones
domiciliarias.
Hasta el momento solo se
ha logrado encontrar los restos de cuatro Detenidos Desaparecidos y se han
identificado los pertenecientes a quien fuera secuestrado y asesinado en marzo
de 1973, antes de la disolución de las Cámaras.
No hay antídotos para
evitar los dramas históricos que sufren los pueblos de América Latina. Los
mismos que impulsaron la secuela de golpes militares como medidas profilácticas
luego de la Revolución Cubana y promovieron el Plan Cóndor, son los mismos que
hoy acosan a Venezuela y nos agobian, como hacían durante el terrorismo, con
campañas mediáticas a través de El País, las cadenas televisivas y las redes en
su poder.
La investigación, el
esclarecimiento de las graves violaciones a los derechos humanos, la sanción
penal y administrativa, son medidas necesarias e indispensables para hacer
justicia y, fundamentalmente, para afirmar la democracia, la institucionalidad
democrática y el Estado de derecho.
La
Resolución 60/147 de la ONU
Verdad, Justicia, Memoria,
Reparación Integral y garantías de no repetición, son medidas ejemplares,
explicitadas en la Resolución 60/147 de la Asamblea General de las Naciones
Unidas para superar situaciones traumáticas como las vividas por Uruguay. Su
implementación es responsabilidad de todo el Estado, de sus tres órganos,
incluyendo al Presidente de la República que debe enviar a la brevedad posible
el proyecto de ley para superar las injusticias que sufren las y los ex presos
políticos.
El Gral Erramún dejó muy
claro que hay quienes saben. Ocultan la información. El Poder Judicial debe
cumplir con sus cometidos legales. La Suprema Corte de Justicia debería asumir
su liderazgo al respecto en base a las disposiciones y las normas legales
vigentes. Ese es el camino.
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Opinando N° 1 – Año 8 – Martes 26 de febrero de 2019