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miércoles, 27 de noviembre de 2019

Evidencias abrumadoras


Evidencias abrumadoras contra Manini Ríos. 
Solicitaron su desafuero


Todos los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar aquellos hechos de apariencia delictiva acerca de los cuales toman conocimiento en el cumplimiento de sus actividades. Es una disposición legal. Su incumplimiento es, no sólo una falta administrativa, sino un delito penado por la ley. Denunciar supone realizar una acción formal, por escrito, generalmente, ante el órgano jurisdiccional competente, dando cuenta de lo ocurrido. El general retirado Guido Manini Ríos, mientras era comandante en jefe del Ejército, incumplió sus obligaciones legales al tomar conocimiento del testimonio brindado por José Nino Gavazzo y Jorge “Pajarito” Silveira en el Tribunal de Honor que juzgó la conducta de ambos.




Lobo con piel de cordero. Ocultó información decisiva a la justicia.

Una vez que el Parlamento conceda su desafuero, si la coalición gobernante partir del 2 de marzo de 2020 que Guido Manini Ríos integra no lo impide, será la justicia la que determinará la sanción que le corresponda por no haber dado cumplimiento a las disposiciones legales de informar, como comandante en jefe, acerca de las declaraciones de los imputados en el Tribunal de Honor como correspondía. Su omisión de denunciar ha quedado demostrada. En el expediente no consta que haya informado a sus superiores como estaba obligado y mucho menos al Poder Judicial. 

Hasta el momento, Guido Manini Ríos tampoco ha presentado la constancia de haber realizado la denuncia ante el órgano competente.

Tres generales ya testificaron en su contra

Siguiendo el ritual delictivo de los terroristas estatales desde el retorno a la institucionalidad democrática, Guido Manini Ríos niega su responsabilidad en los hechos que se le imputan. Acusa al poder judicial de perseguirlo siguiendo directivas del poder político. Se presenta ante la opinión pública y los medios de comunicación victimizándose. Como todos los involucrados en los crímenes de Lesa Humanidad ya ha recurrió a todas las artimañas legales disponibles para enlentecer y evadir la justicia.

Los generales Alfredo Erramún, Gustavo Fajardo y José González, señalaron que informaron a Manini Ríos, como correspondía, al presentar testimonio ante la justicia, indagados por su participación en el tribunal de honor que juzgó la conducta de José Nino Gavazzo y de Jorge “Pajarito” Silveira. Declararon que ellos lo alertaron en dos oportunidades acerca del tenor de las declaraciones a las cuales accedieron.

El comandante en jefe, así consta en el expediente administrativo, desechó lo asesorado por sus generales. Consciente de las implicancias jurídicas y políticas que la presentación de la denuncia podía tener, optó por no realizarla y encubrir a los involucrados: José Nino Gavazzo y Jorge “Pajarito” Silveira.

Más que una simple omisión: encubrimiento

Los integrantes del Tribunal de Honor del Ejército le informaron a su comandante, el general Guido Manini Ríos, que Gavazzo había confesado haber tirado el cuerpo de Roberto Gomensoro al río Negro.

La omisión de Guido Manini Ríos de denunciar ante la justicia la confesión voluntaria que brindara José Nino Gavazzo ante el Tribunal de Honor, acerca de la desaparición de Roberto Gomensoro en 1973, hubiera permitido que continuara como inocente de dicho crimen. La causa judicial que lo involucraba había sido archivada. José Nino Gavazzo había sido exculpado en ella por falta de pruebas, ante su negativa en los estrados judiciales.

Además, el testimonio de Jorge Pajarito Silveira en el mismo tribunal, incrimina a Gavazzo y aporta información valiosa sobre la desaparición de Eduardo Pérez, conocido como el “el gordo Marcos”, cuyo destino es incierto hasta el día de hoy, habiendo permanecido detenido en el Batallón de Artillería N° 1 en 1974 e internado en el Hospital Central de las FFAA en mayo de dicho año.

La labor periodística de Leonardo Haberkorn lo puso al descubierto. Gracias a ello, el Dr. Ricardo Perciballe estuvo en condiciones de solicitar la reapertura de ambas causas.

Juzgar a los responsables y a sus cómplices


El general retirado Guido Manini Ríos es el primer general en actividad a quién se descubrió, investigación periodística de Leonardo Haberkorn mediante, colaborando activamente con los criminales del proceso para garantizar su impunidad, obstaculizando la labor judicial. Su condena por estos delitos es fundamental para desalentar conductas similares.

En Uruguay, hasta el momento, solo un pequeño número de responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos, durante el terrorismo de Estado, ha sido juzgado y condenado. El desafuero solicitado del senador Guido Manini Ríos debe ser concedido. Como colectivo de ex presas y de ex presos políticos haremos las gestiones pertinentes y nos movilizaremos para que todas las bancadas parlamentarias demuestren su compromiso con la Verdad y la Justicia votando el desafuero solicitado por la justicia. Su falta es grave, penal y éticamente.

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Opinando N° 27 – Año 8 – Miércoles 27 de noviembre de 2019

lunes, 25 de noviembre de 2019

Arremeten contra las reparaciones


El vocero del terrorismo de Estado 
arremete contra las leyes reparatorias


Mentiras, falsedades, insinuaciones, hostilidad, un viejo encono, desprecio implícito, absoluto, por las normas de Derechos Humanos y las víctimas. El pasado sábado 16 de noviembre, la Directora de El País, en un pretendido artículo de opinión, con fines proselitistas, embiste, previendo un eventual y posible triunfo de la coalición que lidera Luis Lacalle Pou y cuenta con el respaldo del general retirado Guido Manini Ríos, contra las leyes reparatorias que fueron aprobadas en los últimos 15 años.





No hay pagos a víctimas cuestionados por la AIN

El derecho a la libertad de expresión es una conquista de la sociedad uruguaya que contribuimos a forjar y que defendemos. Otra cosa distinta es mentir. Con la mala intención propia de quién odia desde hace mucho tiempo, se señala que la Auditoría Interna de la Nación (AIN) cuestionó pagos a las víctimas, lo cual no es cierto. Es una gran mentira para destilar veneno.

El informe de la AIN cuestiona el Decreto 297/2010 del Poder Ejecutivo en base a una lectura incompleta, de escasa comprensión lectora, del artículo 10 de la Ley 18 596 que otorgó la atención gratuita y vitalicia a los hijos y nietos de todos los beneficiarios de la Ley 18 033, de acuerdo a lo previsto por el Decreto 268/2008. El mismo es parte integrante de la ley, tal como se señala expresamente.

La atención en salud se brinda pura y exclusivamente en ASSE y se canaliza a través de la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE). Las prestaciones a que alude el informe de la AIN y que la periodista militante presenta como pagos, son prestaciones en salud. Se refiere a los proveedores de ASSE y del Ministerio de Salud Pública (MSP).

Atención psiquiátrica, principal renglón cuestionado: COSAMEDDHH

La OAVTE no realiza pagos de ningún tipo a las víctimas beneficiarias. El principal rubro, además de los proveedores odontológicos y oftalmológicos, es el pago al servicio tercerizado, psiquiátrico y psicológico, a la Cooperativa de Salud Mental y Derechos Humanos (Cosameddhh). Brinda tratamiento y acompañamiento a centenares de ex presos políticos que, debido a las brutales experiencias traumáticas vividas durante los interrogatorios en los cuarteles y centros clandestinos de detención, arrastran secuelas de por vida.

La tortura supone una enorme agresión, produce un dolor intenso, un enorme sufrimiento y deja secuelas a corto, mediano y largo plazo. Como lo demuestran los estudios internacionales, se trasmite, incluso, genéticamente, deja secuelas intergeneracionales. Los centenares de pacientes de Cosameddhh, son un testimonio viviente de ello.

Otra mentira: no hay subsidios a exiliados

La articulista, con absoluta premeditación y alevosía, señala que se ha otorgado un subsidio económico a una joven exiliada que usufructuaba una beca, gracias a los buenos oficios de los “contactos compañeros”.

Las dos leyes aprobadas, la Ley 18 033 y la Ley 18 596, no otorgan subsidios de ninguna clase y/o naturaleza a quienes se exiliaron o no fueron formalmente procesados por la Justicia militar. El sometimiento a tribunales militares para civiles, una aberración política y jurídica, se implementó al aprobar el Estado de Guerra Interno, para mantener prisioneros, con una apariencia de legalidad, a miles de ciudadanos.

Los amparos a las leyes, además, han sido concedidos por Comisiones Especiales creadas por ambas leyes, con amplia representación, que han actuado con total transparencia y cristalinidad, respetando las normas legales, las garantías del debido proceso y rendido cuentas todas las veces que les ha sido solicitado. Nuestro colectivo, para colaborar con la implementación de ambas leyes, ha integrado ambas comisiones y puesto de manifiesto, en reiteradas ocasiones, que un enfoque más orientado a las víctimas como lo señaló la Institución Nacional de DDHH (INDDHH), habría sido aconsejable y necesario.


Víctimas del terrorismo de Estado: tortura y prisión prolongada



Nuestra  detractora entrevistando  al genocida general Rafael  Videla

Las leyes aprobadas en los últimos 15 años, muy especialmente en el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, a impulso obviamente de Crysol y otros colectivos, han sido logros inmensos, que, obviamente, el vocero del terrorismo de Estado no valora, no aprecia y desearía, seguramente, que no hubiesen sido promulgadas. Ambas leyes, con carencias e insuficiencias notorias, que deberían ser superadas a la mayor brevedad, tal como lo han reclamado los Relatores Especiales de la ONU y la propia INDDHH, es un gran debe de la actual administración que finaliza.

Las leyes aprobadas no otorgan beneficios indebidos o prebendas inusitadas a ciudadanos amigos del gobierno como muchos piensan y señalan. Tampoco son recompensas por haber luchado y militado.

Los Estados deben respetar y garantizar los derechos de los ciudadanos. Cuando no lo hacen, cuando se producen graves violaciones, como ocurrió en Uruguay, deben sancionar y castigar a los responsables y deben resarcir, de manera integral, a las víctimas. Ambas leyes, son la implementación, en la realidad uruguaya, de las normas internacionales de DDHH que Uruguay ha ratificado. La Ley 18 033 aprobada casi con unanimidad parlamentaria, en ambas cámaras, resarce, aunque obligándolos a renunciar a otros derechos, jubilatorios y pensiones, siempre y cuando no ganen más de 15 BPC, a ciudadanos que fueron formalmente procesados por tribunales militares, sin garantías de ningún tipo, luego de días, semanas y hasta meses de incomunicación y torturas.

“Achicando el Estado agrandamos la Nación”

El terrorismo de Estado, en el marco del Plan Cóndor y de las dictaduras regionales, fue un proyecto de país al servicio de grupos minoritarios, en connivencia con los EEUU. En la Argentina se promovía el achique del Estado y las privatizaciones.

La detención masiva de ciudadanos, asociada a la tortura salvaje, a los abusos sexuales, a los asesinatos y desapariciones, junto con la prisión prolongada, fue la metodología represiva de la dictadura que El País apoyó y respaldó.

Mientras la articulista de marras entrevistaba en respaldo, amistosa y sonrientemente, al general Rafael Videla, los beneficiarios de las leyes contra las cuales arremete eran violentados en Punta Carretas, Paso de los Toros, en Punta de Rieles, en el Penal de Libertad, en Cárcel Central, en el Fusna y en decenas de cuarteles, centros de reclusión inhumanos. Uruguay todo, era una gran cárcel. Absoluta inmoralidad. La de siempre!!!

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Opinando N° 25 – Año 8 – Jueves 21 de noviembre de 2019

sábado, 23 de noviembre de 2019

El pueblo decidirá


Haciendo gala de la incontinencia verbal y de la anorexia cívica que ha caracterizado sus últimos 47 años de existencia, el día de ayer, viernes 22 de noviembre, el Centro Militar ha difundido un comunicado público expresando su adhesión a la fórmula Luis Lacalle Pou y Beatriz Argimón en el acto eleccionario del domingo 24 de noviembre, gratificándose ante un eventual triunfo de la misma.


El derecho a elegir a sus gobernantes en democracia y en libertad  el último domingo de noviembre cada 5 años,  es una conquista histórica del pueblo uruguayo todo, en primer lugar  de sus trabajadores, de los miles y miles de ciudadanas y ciudadanos que por más de una década resistieron el golpe cívico militar y la más oscura y abyecta dictadura. Es una conquista histórica que tuvo en el NO de noviembre de 1980, rechazando la propuesta de Constitución del gobierno del general Gregorio Álvarez, su más alta y digna expresión.

En este país, la democracia y la libertad, los más sagrados derechos populares no le deben nada a las cúpulas militares y, mucho menos, al Centro Militar.

Como supo decir Alberto Candeau en aquella histórica jornada al pie del Obelisco, en 1983: “este es un pueblo que conoce sus derechos, sus deberes y sus responsabilidades. Porque es un pueblo con madurez y cultura cívica. Porque es capaz de dar al mundo ejemplos únicos y magníficos de altivez, coraje e Independencia, como el de aquel ya histórico 30 de noviembre de 1980 cuando dijo NO a la imposición de los detentadores del poder. 

Prometeo fue grande porque supo decir que no a los dioses. 

Y el pueblo uruguayo es grande porque supo decir que no a los dioses con pie de barro. A quienes, asentados en la fuerza, pretendieron legitimar la usurpación de nuestros derechos sagrados en un proyecto de Constitución que desconocía toda la tradición democrática y republicana de la patria.”

La desaparición forzada de ciudadanos por parte de funcionarios del Estado es una práctica  represiva cruel e inhumana que merece la mayor de las condenas en todos los planos. Una práctica auténticamente condenable y repugnante.

La investigación, el esclarecimiento y la sanción de las graves violaciones a los DDHH es el principal camino a recorrer para que ellas no vuelvan a ocurrir. Es un legítimo  derecho de los familiares y es una necesidad estatal irrenunciable.  Es un camino imprescindible para afirmar las normas de derechos humanos, las disposiciones legales, el Estado de Derecho y afirmar la institucionalidad democrática.

Cualquiera sea el resultado de la contienda electoral del día de mañana, en el marco de la institucionalidad democrática que prevee la alternancia de los partidos gobernantes si es la voluntad de los electores, seguiremos unidos y movilizados, junto a los trabajadores y el pueblo todo, batallando por afirmar la democracia y las normas de Derechos Humanos y el juzgamiento y prisión de los responsables de los Crímenes de Lesa Humanidad: imprescriptibles e inamnistiables.

Llamamos a todas las fuerzas democráticas y patrióticas a repudiar estas declaraciones de visiones trasnochadas y nostálgicas, ajenas al gran sentimiento nacional.

Verdad, Justicia, Memoria

Nunca Más, terrorismo de Estado
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martes, 19 de noviembre de 2019

Un poder Judicial omiso


Detenidos desaparecidos: un Poder Judicial omiso

Aunque el general retirado Guido Manini Ríos lo acusa de no brindar garantías y de ser parcial, el Poder Judicial ha sido cuestionado, incluso, en los órganos jurisdiccionales continentales por su escaso compromiso con las causas del pasado reciente.


Recién ahora citarán a declarar al presunto interrogador: general retirado Juan Alberto Lezama

Las disposiciones constitucionales son claras. El Poder Judicial es el órgano del Estado con las máximas facultades legales para investigar, esclarecer y sancionar todos los hechos con apariencia delictiva. La Ley de Caducidad, promovida por el Dr. Julio María Sanguinetti en su primer gobierno, fue un obstáculo casi insalvable, desde diciembre de 1986 hasta octubre de 2011. Desde ese momento, no existen más barreras legales: se restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado. La Sentencia de la Corte Interamericana de DDHH en el caso Gelman vs Uruguay es un mandato que la Suprema Corte de Justicia no puede seguir desconociendo.

Una práctica represiva bestial

La desaparición forzada de ciudadanos por parte de funcionarios del Estado es una práctica represiva cruel e inhumana que merece la mayor de las condenas en todos los planos. Una práctica auténticamente condenable y repugnante.

Durante el período conocido como Terrorismo de Estado, casi doscientos uruguayos fueron secuestrados y desaparecidos en el marco del Plan Cóndor dentro y fuera de las fronteras nacionales por parte de los servicios represivos.

Dos de ellos (Héctor Castagneto Da Rosa y Abel Ayala) fueron desaparecidos por parte del Escuadrón de la Muerte cuando gobernaba Jorge Pacheco Areco, en el marco de la vigencia permanente de las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) para gobernar desconociendo al Parlamento, clausurando órganos de prensa, ilegalizando partidos políticos y reprimiendo a los trabajadores, al movimiento estudiantil y a la oposición.

Roberto Gomensoro Josman fue asesinado y desaparecido en marzo de 1973, durante el gobierno de Juan María Bordaberry. El resto, desapareció luego de la disolución de las Cámaras en junio de 1973, en operativos represivos que incluso se llevaron adelante fuera del país, en el marco de la denominada Operación Cóndor.

Hasta el momento sólo se ha podido esclarecer un pequeño número de casos. El Poder Judicial, el órgano estatal con las mayores facultades constitucionales al respecto, por diferentes causas, vigencia de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado (1986 a 2011) entre otras, aunque no la única, no estuvo en condiciones de actuar con la eficacia y la eficiencia que la gravedad de lo ocurrido ameritaba.

La Suprema Corte de Justicia no las considera hasta el momento como Crímenes de Lesa Humanidad y ha autorizado, incluso, las prisiones domiciliarias para los escasos condenados por estos gravísimos delitos.

Como ha señalado públicamente Felipe Michelini: “Los crímenes cometidos en dictadura son crímenes de lesa humanidad, categoría que Uruguay aceptó en 1945 al firmar el Estatuto de Londres. Si usted es nazi y tiene 95 años, lo ponemos en un avión y lo mandamos a Alemania, y aunque fuera portero de un campo de concentración a usted lo condenan. Como es un oficial uruguayo, con plata de los uruguayos, le decimos que su delito no existe”.

Sin investigación criminalística no se avanza

La investigación supone tomar declaraciones a los presuntos involucrados, interrogarlos acerca de lo sucedido, contrastar en las dependencias judiciales las distintas versiones de los participantes. Algo básico. Algo que hasta el momento no se ha hecho, por ejemplo, con el general retirado Juan Alberto Lezama en relación a Eduardo Bleier o al escribano Miranda. Tampoco se ha tomado declaración a otros connotados funcionarios militares que revistaban en la OCOA en el caso de la Operación Morgan. Muchos de ellos fueron felicitados por el general Esteban Cristi, jefe de la Región Militar N° 1, por su participación en los sucesos represivos.

Lo mismo ocurrió con los militares, José Nino Gavazzo y Jorge “Pajarito” Silveira, que el general Guido Manini Ríos encubrió al no informar al Poder Judicial acerca de lo declarado en el Tribunal de Honor que juzgaba su conducta. Eduardo Pérez permanece desaparecido hasta el día de hoy, a pesar de haberse constatado su prisión y tortura en el cuartel La Paloma y su internación en el Hospital Militar en 1974.

Dotar a la INDDHH de facultades reales para llevar a cabo investigaciones a fondo, con metodología criminalística, interrogando a los potenciales involucrados, allanando domicilios, solicitando compulsivamente información y archivos, herramientas imprescindibles para avanzar, ha sido un logro del último año parlamentario.

Al crear la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo ya habían emitido un mensaje claro y contundente sobre su compromiso con la Verdad de lo ocurrido y con la Justicia como herramienta fundamental para construir una sociedad sólida y democrática.

INDDHH: el Estado debe continuar la búsqueda

La investigación, el esclarecimiento y la sanción de las graves violaciones a los DDHH es el principal camino a recorrer para que ellas no vuelvan a ocurrir. Es un legítimo derecho de los familiares y es una necesidad estatal irrenunciable. Es un camino imprescindible para afirmar las normas de derechos humanos, las disposiciones legales, el Estado de Derecho y afirmar la institucionalidad democrática. Comprometerse con la búsqueda de los detenidos desaparecidos es una señal de un Estado ético y responsable, que se hace cargo.

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Opinando N° 24 – Año 8 – Martes 19 de noviembre de 2019

viernes, 15 de noviembre de 2019

Lezama, el discreto

La justicia cita al presunto interrogador de Bleier

Por Samuel Blixen – Brecha 15 11 2019

El general retirado Juan Alberto Lezama, oficial de inteligencia especializado en interrogatorios a prisioneros durante la dictadura, sabe los pormenores de las torturas y el destino de militantes del Partido Comunista y del Pvp desaparecidos en 1975 y 1976, tras el despliegue de la Operación Morgan, coordinada por el Ocoa, del que él fue jefe de la División Informaciones en ese período.


Velatorio de Eduardo Bleier en la Universidad de la República 
Foto: Héctor Piastri

Una orden de la jueza penal de 27° turno, Silvia Urioste, permitió el miércoles 8 la captura de documentación vinculada a la guerra antisubversiva de la dictadura, en un apartamento de Pocitos, domicilio del general retirado Juan Alberto Lezama. El allanamiento fue una indicación del fiscal especial para delitos de lesa humanidad, Ricardo Perciballe, quien reabrió la causa judicial por la desaparición del militante comunista Eduardo Bleier, a raíz de la reciente ubicación de los restos en predios del Batallón 13 de Infantería.

Lezama, de 79 años, uno de los principales represores del temible y casi clandestino Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (Ocoa), mantuvo hasta ahora un discreto bajo perfil sobre su decisiva responsabilidad en la captura e interrogatorio a prisioneros y en la sistematización de la información obtenida bajo torturas, tareas que desarrolló desde 1972 hasta 1978, cuando fue nombrado agregado a la misión militar de Uruguay en Estados Unidos.

Un repaso de sus principales misiones indica que, cuando era mayor del Ocoa, Lezama fue el autor de una “apreciación de situación” del Partido Comunista que puso a punto el lanzamiento de la Operación Morgan en octubre de 1975. Seis meses después, a mediados de 1976, la represión había desbaratado la estructura financiera del Pc y desmantelado su aparato armado. El saldo fue de unos 600 detenidos, ocho desaparecidos y la captura de prácticamente toda la cúpula dirigente del partido en la clandestinidad.

Como señalaba el coronel Julio César González Arrondo, jefe del Ocoa, buena parte del mérito de esos éxitos represivos deben adjudicarse a los métodos impulsados por Lezama: “Como lo viene haciendo diariamente, mantiene, dirigiendo y actuando directamente, el registro de los hechos y personas detenidas, a los efectos de determinar responsabilidades en las acciones antinacionales. Trabaja intensamente en el procesamiento de los informes obtenidos con base en las investigaciones que dirige y efectúa”. La anotación revela que Lezama participó en los interrogatorios y después analizó la información obtenida mediante tortura, para impulsar nuevos interrogatorios.

Esos juicios del jefe del Ocoa están fechados precisamente en la segunda quincena de octubre de 1975, cuando se desencadenó la Operación Morgan. Lezama participó en la captura de Eduardo Bleier, ocurrida el 29 de octubre de 1975, como revela la anotación según la cual “comanda operativos orientados a la captura de elementos que se desempeñan en actividades antinacionales. La captura de personas requeridas y el material incautado demuestran la efectividad de las acciones desarrolladas”. En el marco específico de la reapertura de la causa y del allanamiento de Pocitos, se infiere que, al dirigir los interrogatorios de los detenidos, tanto en la casa de Punta Gorda como en el centro de detención 300 Carlos, el entonces mayor Lezama interrogó al desaparecido Eduardo Bleier. “Trabaja intensamente, interrogando, confeccionando actas.”

Más aun: el trabajo de análisis de los interrogatorios y el “registro pormenorizado de los detenidos” implica que Lezama tuvo conocimiento directo y acabado de la suerte de los ocho militantes comunistas desaparecidos en esa etapa, así como la de Elena Quinteros, militante del Pvp, también víctima de la Operación Morgan. Su trabajo consistía en interrogar, analizar la información, calificar al detenido, vincular su testimonio con el de otros detenidos y confeccionar listas de peligrosidad; tenía, por tanto, un conocimiento puntual y directo de cada prisionero y, a la vez, una visión de conjunto.

Las anotaciones de concepto de sus superiores detallan su responsabilidad en el desarrollo de la Operación Morgan en 1976, pero, en tanto jefe de la División Informaciones del Ocoa, es lícito suponer que el mismo trabajo, con la misma orientación, se prolongó durante el primer semestre de 1977, cuando la represión instaló su base de operaciones en La Tablada.

“En marzo de 1977 presenta el estudio exhaustivo de las actividades subversivas detectadas, agregando conclusiones y sugerencias que se orientan a contrarrestar las influencias negativas que aquellas pueden tener en el ámbito nacional e internacional”, según su jefe González Arrondo. Durante todo el período de despliegue de la Operación Morgan, Lezama interactuó con el mayor Ernesto Ramas, jefe de la División Operaciones, con el teniente Armando Méndez, con el teniente Jorge Silveira y con el mayor José Nino Gavazzo, jefe del Departamento III del Sid, designado en comisión en el Ocoa.

“TENÍA UNA MANÍA POR ANOTAR TODO”

Esa caracterización de la prensa, a raíz del allanamiento y la ubicación de documentación en el apartamento de Pocitos, reduce notoriamente el rol intelectual y operativo del artillero Lezama en la lucha antisubversiva. Su compromiso con la represión revela que integró el Ocoa desde su misma creación en setiembre de 1971: su “dedicación y preocupación en dotar al Ocoa de elementos esenciales para su buen funcionamiento” lo llevó a gestionar, en la Oficina de Claves, en la Ute, en el Servicio Geográfico Militar y en la Intendencia de Montevideo, materiales, teléfonos, cartas y planos de Montevideo para hacer operativo el nuevo organismo.

En marzo de 1972 hizo su primer estudio sobre la guerra antisubversiva –que reiterará periódicamente– y un mes después, al declararse el estado de guerra interno, pasó del Ocoa al Servicio de Información de Defensa (Sid). Su director, el coronel Ramón Trabal, destacó “el trabajo de procesamiento de profusa y muy diversa información”, que permitió que “en pocos días cambiara el panorama existente de un enemigo desconocido a otro perfectamente ubicado”. Lezama “participó en operaciones de búsqueda de información, o confirmación de datos ya obtenidos, actuando en varias oportunidades a cargo de procedimientos”, incluso en un enfrentamiento armado en el que “se comportó bajo fuego con aplomada decisión, firme determinación y valor personal”.

UN INTELECTUAL DE LA REPRESIÓN

A su regreso de un curso de inteligencia en Estados Unidos, durante 1974, destinado en el Estado Mayor de la División de Ejército 1, Lezama se encargó de la sistematización de la información sobre los prisioneros y su calificación, hasta que, en abril de 1975, fue destinado nuevamente al Ocoa. Un mes después, un operativo en el que también participaron el Sid y la Dirección Nacional de Información e Inteligencia de la Policía, desarticulaba la estructura clandestina del Mln Tupamaros, que se venía reorganizando desde principios del año. La Operación Conejo arrojó un saldo de 5 muertos y 25 detenidos.

Siendo Lezama responsable de los detenidos de Ocoa en la División de Ejército 1, tras la Operación Conejo se produjeron cambios sustanciales en la mecánica del tratamiento de los prisioneros. La Operación Morgan incorporó, en octubre de 1975, el criterio de una total compartimentación de los detenidos que permanecían en los centros clandestinos, al punto que se les designó un número correlativo y progresivo de las detenciones, que eliminó la identidad por el apellido. Las listas numéricas de los prisioneros de la Operación Morgan exhiben saltos que corresponden a los números adjudicados a quienes después desaparecieron.

Después de una dilatada vinculación directa con la represión, la carrera de Lezama cobró otro vuelo como agregado militar en Estados Unidos, tanto en la misión diplomática como integrando las delegaciones ante la Oea y la Junta Interamericana de Defensa.

Su carrera culminó con su ascenso a general, pero sin mando efectivo de tropa y en destinos considerados “secundarios”, quizás por el traspié que sufrió en 1988 cuando, siendo coronel, en plena campaña por el plebiscito para derogar la ley de caducidad, organizó una cena en el Centro Militar, sin solicitar permiso a sus superiores, para agasajar a José Gavazzo, Manuel Cordero y Jorge Silveira, que en esos momentos eran “denostados en la prensa”. 

En respuesta a un interrogatorio por escrito, Lezama explicó que el motivo del agasajo era que “quienes habían compartido horas de lucha antisubversiva pudieran demostrarle (a los agasajados) que actualmente se conserva la misma camaradería de entonces”. Aunque no fue sometido a un tribunal de honor, Lezama se negó a identificar a los oficiales que concurrieron a la cena. Utilizó un argumento original: “El suscrito no recuerda la totalidad de la concurrencia”. El oficial retirado de Artillería no se encontraba en su domicilio al momento del allanamiento y se presume que permanece en Islas Canarias, donde tiene un segundo domicilio. Se espera que la jueza penal lo cite a declarar en el expediente de Eduardo Bleier, lo que depende de la agenda del juzgado; pero para el caso de que el general no se presente, sería automáticamente librada una orden internacional de captura, según sugirió el fiscal.

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jueves, 7 de noviembre de 2019

Un informe lapidario



Un informe sin rigor jurídico y perjudicial
Acerca de las irregularidades en las prestaciones en salud a víctimas de la dictadura l



Un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN), evaluando el otorgamiento de las prestaciones de salud a las víctimas de la actuación ilegítima y del terrorismo del Estado, ha resultado sumamente perjudicial. Llega a la conclusión de que reciben prestaciones en salud personas que no reúnen las condiciones previstas por la Ley 18 596.

Aunque cuestiona el Decreto 297/2010 del Consejo de Ministros de la época, la presentación del informe, su redacción, es lapidario con la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE). Confunde a la opinión pública.

Según el informe, un resumen del cual publicó el semanario Búsqueda el pasado jueves 16 de mayo, dicha oficina está actuando fuera de la ley vigente. Ni corto ni perezoso, el diputado Daniel Lema inmediatamente se apresuró a presentar un pedido de informes. Se han adoptado decisiones administrativas perjudiciales para la mayoría de los usuarios de los servicios.

La principal conclusión a la que arriba el informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN), sin mayores precisiones en su redacción, es equivocada. Carece de rigor jurídico pues ignora el Decreto 268/2008 que forma parte del Artículo 10 de la Ley 18 596.

El Decreto 268/2008 es parte de la Ley 18 596

El beneficio de la atención gratuita y vitalicia en ASSE para los hijos y los nietos de las víctimas del terrorismo de Estado, está establecido por el Decreto 268/2008 con la firma del Presidente de la República Dr. Tabaré Vázquez, del actual Ministro de Economía y Finanzas Danilo Astori y de todos los ministros de la época.

El  Artículo  10  de  la  Ley  18596  es  clarísimo.  Establece    que  el  Decreto

268/2008 es parte integrante de la ley. Su texto no da lugar a interpretaciones o dudas. En la parte medular concede la asistencia en salud gratuita a todos los beneficiarios de la Ley 18 033, sus hijos y sus nietos. Podrá discutirse el alcance del Decreto 268/2008 pero no puede ignorarse. El ámbito subjetivo de beneficiarios está definido por la propia ley 18 596.

El Decreto 297/2010 restringió la opción en salud: solo ASSE

El ámbito subjetivo de beneficiarios que se cuestiona por parte de la AIN está determinado por la ley. Cuestionar el Decreto 297/2010 sin una lectura atenta y exhaustiva del Decreto 268/2008 es un grave error.

Como organización no defendemos el Decreto 297/2010. El mismo, en su momento, fue impugnado ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Tenía como propósito reglamentar la libre opción del derecho de asistencia y lo hizo negativamente. Los beneficiarios del artículo 10 de la Ley 18 596, hasta el día de hoy, no podemos elegir el prestador de salud.

Terrorismo de Estado: una gran tragedia

Salvo para los sectores que reclamaron y dieron el visto bueno a la disolución del Parlamento para beneficiarse económicamente con el terrorismo de Estado (Asociación Rural, Cámara de Comercio, Asociación de Bancos), la dictadura cívico militar fue un enorme desastre en todos los planos para la sociedad uruguaya. Se regresó a la institucionalidad democrática con el 40% de los hogares por debajo de la línea de la pobreza, con una pérdida de más del 50% del poder adquisitivo de los salarios y de las jubilaciones. Incluso con la pérdida del Aguinaldo, nunca recuperado para los sectores civiles, ya que los militares lo conservan hasta el día de hoy.

Para miles de uruguayos que enfrentamos el proceso iniciado el 13 de junio de 1968, el terrorismo de Estado fue durísimo. Más de 200 detenidos desaparecidos, más de 200 asesinados, más de 7.500 condenados formalmente por tribunales militares, con un promedio de 6,5 años de reclusión.

La detención masiva de ciudadanos, en Uruguay siempre asociada a la tortura, fue la metodología deliberadamente seleccionada por la dictadura cívico militar para destruir a la oposición. La tortura supone una enorme agresión para quienes la experimentan y sufren. Es un acontecimiento, además de doloroso, traumático, pautado por su intensidad, por la incapacidad de quienes la experimentan, de responder adecuadamente a la agresión, por el trastorno y los efectos duraderos que provoca en la organización psíquica de los torturados. Produce secuelas que experimenta de por vida la víctima y que inevitablemente repercuten en la salud física y mental de las generaciones descendientes posteriores. (*)

Estudios científicos ya han demostrado que las víctimas del terrorismo de Estado tienen una mayor tasa de morbimortalidad y una menor expectativa de vida que el resto de la población. Es la realidad.

Los Estados tienen que reparar

Los Estados tienen la obligación de respetar los Derechos Humanos de todas las personas. Cuando los violentan, deben investigar, esclarecer, sancionar a los responsables y también tienen que reparar el daño ocasionado a las víctimas de una manera integral. La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, es el estándar de calidad al respecto, el camino a recorrer.

Otorgar la atención en salud para los beneficiarios de la ley 18 033, sus hijos y sus nietos, como lo hizo en su momento el Decreto 268/2008 del Consejo de Ministros y transformó en ley el Artículo 10 de la 18 596 no fue una dádiva gubernamental. Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública (MSP) adoptar las disposiciones que permitan la efectiva implementación de la ley y del Ministerio de Economía y Finanzas proveer los recursos financieros para que los servicios se puedan brindar efectivamente.

La Ley 18 596, aprobada a 24 años del retorno a la institucionalidad democrática, fue una demostración del compromiso con las normas de DDHH, de su voluntad de reparar también en esa área, sobre la base de la movilización desplegada por nuestro colectivo. Por eso tuvo tanto respaldo multicolor en su tratamiento parlamentario, muy especialmente en la Cámara de Representantes.

Estamos orgullosos de haber contribuido al restablecimiento de la institucionalidad democrática enfrentando al terrorismo de Estado y de continuar con las banderas de lucha bien en alto para afirmar y profundizar la democracia. Los logros alcanzados no pueden ni deben perderse.

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Opinando N° 23 – Año 8 – Jueves 7 de noviembre de 2019

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(*)    Secuelas de la tortura en el individuo, la familia y la sociedad. Ps. Ana Deutsch. Atención integral a víctimas de tortura en procesos de litigio. Aportes psicosociales. Instituto Interamericano de DDHH (IIDH). 2007. www.iidh.ed.cr

martes, 5 de noviembre de 2019

Jamás renunciaremos!


Jamás renunciaremos: una causa histórica!

El general retirado Guido Manini Ríos es el primer comandante en jefe del Ejército de las últimas décadas descubierto colaborando activamente con criminales del terrorismo estatal. No cumplió con su obligación de informar a la justicia acerca de las declaraciones de José Nino Gavazzo en el tribunal militar que juzgaba su conducta. Tuvo una oportunidad de colaborar con la justicia y ocultó la información. Un caso similar fue, salvando las distancias, lo realizado por el general Hugo Medina, durante el primer gobierno de Julio María Sanguinetti, en 1986, que ocultó las citaciones a la justicia que llegaban a su despacho para que fuera a declarar el mismo Gavazzo y otros secuaces.


Con su visión coincidente con la de los círculos más reaccionarios, el general retirado Guido Manini ha cuestionado públicamente, incluso, a quiénes reclaman que la justicia cumpla con sus cometidos constitucionales de investigar y esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos.

Una práctica represiva bestial

La desaparición forzada de ciudadanos por parte de funcionarios del Estado es una práctica represiva cruel e inhumana que merece la mayor de las condenas en todos los planos. Una práctica auténticamente condenable y repugnante.

Durante el período conocido como Terrorismo de Estado, casi doscientos uruguayos fueron secuestrados y desaparecidos en el marco del Plan Cóndor dentro y fuera de las fronteras nacionales por parte de los servicios represivos. Dos de ellos (Héctor Castagneto Da Rosa y Abel Ayala) fueron desaparecidos

por parte del Escuadrón de la Muerte cuando gobernaba Jorge Pacheco Areco, en el marco de la vigencia permanente de las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) para reprimir al movimiento sindical y estudiantil.

Roberto Gomensoro Josman fue asesinado y desaparecido en marzo de 1973, durante el gobierno de Juan María Bordaberry. El resto, desapareció luego de la disolución de las Cámaras en junio de 1973, en operativos represivos que incluso se llevaron adelante fuera del país, en el marco de la denominada Operación Cóndor.

Hasta el momento sólo se ha podido esclarecer un pequeño número de casos. El Poder Judicial, el órgano estatal con las mayores facultades constitucionales al respecto, por diferentes causas, vigencia de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado (1989 a 2011) entre otras, aunque no la única, no estuvo en condiciones de actuar con la eficacia y la eficiencia que la gravedad de lo ocurrido ameritaba.

La Suprema Corte de Justicia, incluso, no las considera hasta el momento como Crímenes de Lesa Humanidad y ha autorizado las prisiones domiciliarias para los escasos condenados.

La investigación criminalística es decisiva

Dotar a la INDDHH de facultades reales para llevar a cabo investigaciones a fondo, con metodología criminalística, interrogando a los potenciales involucrados, allanando domicilios, solicitando compulsivamente información y archivos, herramientas imprescindibles para avanzar, ha sido un logro del último año parlamentario.

Al crear la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo ya habían emitido un mensaje claro y contundente sobre su compromiso con la Verdad de lo ocurrido y con la Justicia como herramienta fundamental para construir una sociedad sólida y democrática.

INDDHH: el Estado debe continuar la búsqueda

La investigación, el esclarecimiento y la sanción de las graves violaciones a los DDHH es el principal camino a recorrer para que ellas no vuelvan a ocurrir. Es un derecho de los familiares y es una necesidad estatal. Es un camino imprescindible de afirmar las normas de derechos humanos, las disposiciones legales, el Estado de Derecho y afirmar la institucionalidad democrática. Comprometerse con la búsqueda de los detenidos desaparecidos es una señal de un Estado ético. Aunque hayan ocurrido hace más de cuatro décadas.

La INDDHH ha sido un auténtico logro de la sociedad uruguaya de los últimos años para afirmar una convivencia más digna y más humana. Ha jugado un papel importante en lo referido a la temática en general. Si bien ha sido

duramente atacada y cuestionada en forma constante por los sectores reaccionarios y los medios de comunicación como El País, ha logrado un importante reconocimiento a nivel de toda la sociedad, en especial entre los sectores más vulnerables y desprotegidos de ella.

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo ha recibido por parte del Parlamento nuevas atribuciones para que pueda investigar hechos de enorme trascendencia histórica y vital para la afirmación democrática. Fue una iniciativa valiosa y muy trascendente.

Tendrá todo el apoyo del colectivo de ex presas y de ex presos políticos como lo ha tenido históricamente el poder judicial y en los últimos años, el Fiscal Especializado en crímenes de Lesa Humanidad Dr. Ricardo Perciballe.

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Opinando N° 22 – Año 8 – Martes 6 de noviembre de 2019