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sábado, 31 de agosto de 2024

Solidaridad con Graciela Villar

 1. Durante la dictadura civil militar, Graciela Villar fue detenida en dos oportunidades. La segunda detención se produjo en 1977. Estuvo detenida en las instalaciones de los Fusileros Navales (FUSNA). Tenía 18 años. Luego de algunos días fue liberada. Es la denunciante en la primera causa penal por la cual la justicia uruguaya pretende juzgar a Fleming Gallo. Se lo acusa  por su activa y comprobada participación en secuestros, privaciones de libertad y torturas, de manera sistemática y continuada durante dicho período.

2. Un editorial del día de ayer, del matutino que fuera vocero de la dictadura y que dirige Martín Aguirre, con fines netamente electorales, somete al escarnio público, acusándola de colaborar con la dictadura, a Graciela Villar basándose en el testimonio, precisamente, de Fleming Gallo que reproduce un libro editado por Álvaro Alfonso con la colaboración de Héctor Amodio Pérez.

3. El libro en cuestión, una larga entrevista, reproduce supuestas actas de interrogatorio de la justicia militar a Graciela Villar, y de otras personas que testimoniaron en contra de Fleming Gallo, en las instalaciones del Fusna durante su detención, en clara violación de la normativa vigente.

4. Álvaro Alfonso cuenta con antecedentes penales. Es reincidente. Ya fue procesado por la justicia por el delito de difamación en dos instancias en el año 2009 por reproducir actas de un interrogatorio de la justicia militar en el centro clandestino de detención de La Tablada para acusar de colaborador a otro ex preso político.

5. Expresamos nuestra total solidaridad con Graciela Villar. Rechazamos la difusión pública de actas de interrogatorio de la justicia militar y repudiamos enérgicamente la doble inmoralidad de difundir apologéticamente el testimonio de un criminal como Fleming Gallo en un libro y la revictimización que se lleva a cabo de una luchadora y ex presa política por parte de El País.

 

Montevideo, 28 de agosto  de 2024

viernes, 9 de agosto de 2024

La INDDHH no es un cuartel

 1. Los integrantes de la Comisión Directiva de la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH) son elegidos por la Asamblea General para dirigir a la misma para el cumplimiento de sus objetivos. Sus integrantes no pueden tener ninguna clase de actividad política ni sindical durante su mandato y tampoco pueden estar sometidos a ninguna tutela.

2. El cuestionamiento público que las autoridades de Cabildo Abierto han realizado al Dr. Bernardo Legnani quien fuera propuesto por ellos, es inadmisible e inaceptable. Demuestra, una vez más, el poco apego que dicha colectividad política tiene hacia las normas propias de un Estado de derecho y muy especialmente hacia la normatividad de DDHH.

3. Reiteramos una vez más nuestro más firme rechazo a toda iniciativa destinada a aliviar las penas que deben cumplir quienes han sido juzgados, condenados, procesados y/o formalizados por ser responsables de graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura civil militar y el terrorismo de Estado. Dichas personas cuentan, además, con condiciones de reclusión que deberían tener todas y todos aquellos privados de su libertad en nuestro país.

4. La Resolución 365/2009 de la Suprema Corte de Justicia, (redactada por el Dr. Jorge Chediak) que declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley de Caducidad, a pesar de haber sido la misma ratificada por un referéndum, junto con la Sentencia Gelman vs Uruguay de la Corte Interamericana de DDHH, dió lugar a que el Parlamento legítimamente restableciera la pretensión punitiva del Estado (Ley 18 831) y diera inicio al proceso por el cual dichas personas se encuentran en la cárcel.

5. La INDDHH es una gran conquista de la sociedad uruguaya. Como colectivo organizado entendemos que debe existir una institución, independiente del poder político, que fomente las normas y la educación en ellas,  que, además, actúe en defensa de los ciudadanos ante la existencia de indicios de violaciones de las mismas. Apoyamos a la INDDHH y trabajamos con ella.

6. Consideramos que  debe ser una institución que controle al poder político, con un consejo directivo que no sea propuesto y elegido por el mismo poder político, sino que represente a la sociedad civil y sea elegido por ella, para actuar de una manera independiente y autónoma, pese a quien pese. Entendemos que la Ley 18 846 debe ser modificada en tal sentido y presentaremos un proyecto al respecto.

 

Montevideo, 5 de agosto  de 2024



 

martes, 7 de mayo de 2024

Solo los Estados violan las normas de DDHH: está en la tapa del libro

 


El desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad



Para afirmar la democracia y mejorar la calidad de vida de sus habitantes, Uruguay necesita, imperiosamente, fortalecer una cultura de Derechos Humanos, a nivel de las instituciones, de los funcionarios y agentes del Estado. Debe fortalecer los organismos de control, básicamente la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del pueblo (INDDHH). Debe extender los conocimientos a nivel educativo en todos los niveles de la educación y de la población en general. Debe hacerlo de una manera seria y convincente, sin falsear los conceptos por el mero hecho de que los mismos al principio puedan parecer incomprensibles cuando no se conocen los orígenes históricos de los mismos.

DDHH: una gran conquista

El surgimiento de las normas internacionales de Derechos Humanos luego de los horrores de la Segunda Guerra Mundial y de la derrota de la coalición nazi fascista por las fuerzas aliadas fue un inmenso logro para toda la humanidad. En 1948 se proclamó la Declaración Universal de los Derechos del hombre. Los representantes de más de un centenar de países adoptaron un conjunto de principios y valores destinados a proteger la dignidad de las personas ante los abusos potenciales de los gobernantes. Aprobaron una serie de derechos de las personas que los Estados, sus instituciones, sus funcionarios y agentes debían promover, garantizar y respetar con el propósito de propiciar la paz a nivel de las naciones y a nivel internacional.

La vida en sociedad demanda que los miembros de ella ajusten su conducta a un conjunto de normas que garanticen una convivencia pacífica. Desde la más remota antigüedad existen disposiciones destinadas a regular la vida social y cuya violación cuando son cometidas por individuos particulares o grupos de ellos acarrean sanciones de diferente naturaleza.

Solo los Estados violan las normas de Derechos Humanos

La proclamación de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre supuso el surgimiento de normas, valores y principios destinados a regular la conducta de los Estados para impedir que las personas fueran avasalladas por ellos.

La enumeración de derechos que Proclama la Declaración Universal pone de manifiesto que es un acuerdo de Estados para regular sus propias conductas con el propósito de garantizar la dignidad de las personas. Fácilmente se deduce, por lo mismo, que son los organismos de los Estados, sus funcionarios y agentes quienes violan las normas de DDHH tal como ellas surgieron en el siglo pasado.

Los particulares cometen delitos

En nuestro país, luego del restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado, en octubre de 2011, los involucrados directamente en las graves violaciones a los DDHH durante la dictadura, sus centros sociales, sus cómplices civiles a nivel político, económico y mediático, los partidarios de la impunidad, los nostálgicos de la dictadura, comenzaron a impulsar la tesis de que los grupos que desarrollaron acciones armadas para enfrentar al gobierno de Pacheco Areco y de Juan María Bordaberry habían llevado a cabo violaciones a los Derechos Humanos. En los últimos tiempos, el exministro de Defensa Nacional Dr. Javier García, el más asiduo portavoz  gubernamental al respecto,  se ha caracterizado por propagar, a los cuatros vientos, este punto de vista, a contramano de la doctrina mundialmente aceptada.

El propósito evidente de esta tesis es amplificar el carácter  de las acciones que se llevaron a cabo por dichos grupos, equipararlos con el accionar de los servicios represivos y, al mismo tiempo, quitarle gravedad al accionar delictivo de las Fuerzas Armadas y de la Policía.

Equiparar la acción de los particulares con la de los funcionarios y agentes del Estado es un grave error conceptual, desde el punto de vista de la normativa derivada de la Declaración Universal de los Derechos del hombre. Los funcionarios y agentes estatales tienen como cometido básico y esencial, a la hora de gobernar, de garantizar y asegurar el pleno goce de las libertades y derechos de los ciudadanos. En función de esa obligación es que cuentan con prerrogativas y facultades extraordinarias que los particulares, individual o colectivamente no poseen.

Esa obligación de garantizar el pleno ejercicio de las libertades y derechos de los ciudadanos es la que determina que los delitos cometidos por los Estados violentando las normas de DDHH tengan una mayor gravedad política, jurídica y ética.

Una cultura de DDHH

Promover a nivel de todos los funcionarios y agentes del Estado  una clara comprensión de la normativa demanda un esfuerzo permanente a nivel de educación y también de procedimientos acordes a los principios que se proclaman y a los compromisos asumidos al respecto. Debe comenzar por explicar lo más complicado y difícil, aquello que por ser esencial es invisible a los ojos: es obligación de los Estados garantizar y respetar los DDHH de todas las personas bajo su jurisdicción. En función de ello los delitos que cometen, al amparo de la estructura gubernamental, son de mayor gravedad que los cometidos por particulares, son violaciones de los DDHH. Es lo primero que hay que enseñar. Hay que difundir y explicar a todos los niveles sociales este concepto básico.

La convivencia pacífica y armoniosa demanda que todas y todos respetemos las normas legales vigentes y los derechos de todas las personas. Es obvio. Pero el Estado es el Estado.

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Opinando N° 3 – Año 13 –  Martes 7 de mayo de 2024

 

martes, 30 de abril de 2024

Yo, el supremo

 

Debería ser cesado en sus funciones



Director general de UTU, Ing. Juan Pereira

Desde hace unos días la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM) y la Comisión Memorias de Malvín Norte se encuentran  impedidas de cumplir con la resolución de colocar una placa, dentro del predio, que señale el lugar donde funcionó el tristemente recordado Instituto Álvarez Cortés.

La razón de este impedimento es la decisión del director general de la Universidad del Trabajo (UTU Ing. Juan Pereira de prohibir el acto previsto y la suspensión, ese día, de las clases de la escuela técnica que funciona en ese sitio.

El 13 de junio de 1968 Jorge Pacheco Areco, en ejercicio de la presidencia, decretó las Medidas Prontas de Seguridad, un instituto legal que otorga al Poder Ejecutivo amplias facultades para situaciones de excepción. Las mismas fueron empleadas con carácter cuasi permanente durante su mandato y de manera abusiva, eliminando incluso la libertad de prensa.

El Instituto Álvarez Cortés, dependiente del Consejo del Niño en dicho momento, fue un centro de reclusión para varones adolescentes que eran detenidos en las movilizaciones  y jornadas de protesta que se desplegaron en rechazo a sus políticas. Por dicho lugar pasaron unos 200 niños y adolescentes. Fueron encarcelados por el accionar ilegal del estado y la dictadura entre los años 1968 y 1976.

La placa que Pereira ha impedido colocar es un recordatorio de lo sucedido en aquellos años pero también homenajea a quienes fueron privados de su libertad por el uso autoritario y abusivo de las disposiciones legales.

Este jerarca defendió públicamente su decisión, al otro día, mediante la red social X: "Frente en alto por haber actuado de acuerdo con mis principios y el convencimiento de una decisión ecuánime".

Es un hecho muy grave y preocupante.  Si un jerarca se cree con la potestad de impedir el cumplimiento de una resolución basada en la ley (19.641), de hacerlo y defender su punto de vista egocéntrico e iluminado sin que nada ocurra, estamos ante un suceso grave. Es claramente un desacato desde el punto de vista institucional, desconociendo, incluso, lo dispuesto por las autoridades de la educación.

La INDDHH tiene entre sus responsabilidades la implementación de la Ley 19 641, no puede permanecer en silencio ante un hecho de esta naturaleza.

Desacato y “negacionismo”

El Ing. Juan Pereira ha demostrado públicamente que no está en condiciones de ejercer el cargo para el cual ha sido designado en el marco de un sistema democrático republicano. Es anacrónico. De haber sido designado para la actual función durante la dictadura y el terrorismo estatal, se hubiera sentido muy cómodo. Sus puntos de vista hubiesen empatizado con sus superiores. Pereira ha demostrado muy poco apego a los principios y procedimientos democráticos.

Crysol rechaza de manera pública y tajante la conducta del involucrado y exige a las autoridades correspondientes la destitución inmediata del Director General de UTU Ing. Juan Pereira. La placa debe  ser instalada dentro del predio a la mayor brevedad con el texto aprobado por la CNHSM.

La dictadura civil militar fue un periodo histórico que conmovió de una manera extraordinaria al país. Sus secuelas siguen vivas hasta hoy. Para asegurar el futuro democrático debe implementarse a cabalidad la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, juzgar y condenar a los responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos y resarcir a las víctimas de las mismas.

La conducta del Ing. Juan Pereira se inscribe claramente alineada con aquellos sectores sociales y políticos que promueven una cultura negacionista de las graves violaciones a los derechos humanos durante el gobierno de Jorge Pacheco, la dictadura y el terrorismo de Estado.

Hay algo que la educación no puede dejar de enseñar: el respeto y cumplimiento de la ley.

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Opinando N° 2 – Año 13 –  Martes 30 de abril de 2024

miércoles, 17 de abril de 2024

El “negacionismo” en acción en la UTU

 1.  Expresamos nuestro pleno rechazo a la decisión del Director General de Educación Técnico Profesional-UTU, Ing. Agrónomo Juan Pereyra, de impedir que se realice el acto de inauguración del Sitio de Memoria Ex Instituto Álvarez Cortés del Consejo del Niño en los jardines de la actual Escuela Técnica de Malvín Norte.

2. Conminamos públicamente a dicho jerarca a que revea la decisión adoptada y permita que la Ley 19 641 sea implementada tal como lo dispuso el Parlamento y la ceremonia pueda llevarse a cabo tal como estaba previsto por la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (CNHSM) de la INDDHH.

3. El ministro de Educación y Cultura, Dr. Pablo da Silveira debería intervenir enérgicamente para revertir esta inaudita e ilegal decisión.

4.  En el marco de las permanentes campañas represivas desplegadas contra la población desde el 13 de junio de 1968, momento en que  Jorge Pacheco Areco decretó las Medidas Prontas de Seguridad,  el Instituto Álvarez Cortés del Consejo del Niño, durante la actuación ilegítima y abusiva y el terrorismo de Estado, fue un centro de reclusión para adolescentes. Durante ambos períodos fueron recluidos alrededor de 200 adolescentes por motivos políticos, gremiales e ideológicos.  Lo fueron luego de ser detenidos y torturados, la mayoría de las veces en la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (DNII) de la Policía o en cuarteles del Ejército.

5) Convocamos a todas y todos a participar en esta ceremonia de homenaje a quiénes fueron privados de su libertad en defensa de las instituciones, de la democracia y la libertad, pero también en rechazo a las expresiones negacionistas del terrorismo de Estado que se intentan implementar desde el gobierno.

 

Crysol

Asociación de Ex presas y Ex presos políticos de Uruguay

Montevideo, miércoles 11 de abril de 2024

miércoles, 20 de marzo de 2024

Día de las ex presas y de los ex presos políticos

 


El pasado jueves 14 de marzo se cumplieron 39 años de la liberación de las últimas presas y presos políticos de la dictadura. Un día inolvidable.


Desde hace más de una década, cada 14 de marzo, nuestra organización conmemora esa jornada histórica concurriendo al Memorial de los Detenidos Desaparecidos en el Parque Vaz Ferreira, en el Cerro. Se lleva a cabo una sencilla ceremonia. Se entonan las estrofas del Himno Nacional. Se realiza un minuto de silencio en homenaje a ellos, presas y presos políticos. Se recuerda también a todas y todos los ex presos políticos que ya han fallecido. 

Desde hace muchos años hemos abandonado la vieja denominación de Día del Liberado. Más allá de las buenas intenciones, homenajear y recordar a los ex presos políticos, no nos parece correcta ni apropiada en los tiempos actuales.

 

Día del Liberado: invisibiliza a los muertos en prisión 

Durante la dictadura y el terrorismo de Estado, los centros de reclusión fueron concebidos como lugares de destrucción física, síquica y moral de las personas privadas de su libertad. Se encarcelaba, muchas veces por largos periodos, pero también se intentaba hacer sufrir y destruir a las personas. 

La vieja denominación Día del Liberado hace referencia a los prisioneros que recuperaron su libertad luego de cumplir la condena establecida por los tribunales militares o como resultado del fin de la dictadura. 

La propia denominación, con las mejores intenciones, lamentablemente, olvida a las decenas de luchadoras y luchadores que fueron prisioneros políticos y que fallecieron en los recintos carcelarios, en los centros de reclusión, mientras cumplían sus condenas. En el caso de Punta de Rieles fueron 9 las compañeras fallecidas, en Paso de los Toros una, en el caso del Penal de Libertad fueron 34 muertos.

 

Una denominación anticuada 

Cuando comenzó a emplearse la expresión Día del Liberado no se lo hizo en el sentido de emplear el masculino genérico con el propósito de incluir a todo el universo de personas privadas de su libertad. En esa época era común y habitual no apreciar y valorar a las mujeres como combatientes y como prisioneras políticas. Día del Liberado respondía a una visión masculina de la lucha que obviaba y desvalorizaba los aportes de las compañeras. 

Se pensaba en la prisión política como un fenómeno masculino, con los varones siendo los protagonistas centrales de la épica lucha. Hasta se usaba, exclusivamente, en las comunicaciones, una foto de la salida de los presos políticos del Penal de Libertad el 10 de marzo. Para celebrar la fecha, CRySOL incluyó también y viralizó la salida de las últimas prisioneras en una imagen magistral captada por Nancy Urrutia.

 

En la actualidad “Liberado” es un término neutro 

Hace 50 años, durante la dictadura, las personas rapadas que circulaban por la ciudad de tanto en tanto, eran reconocidas como ex presos políticos que recién habían recobrado la libertad. Se les llamaba “liberados”. Con el paso del tiempo, el término ha perdido significado para la inmensa mayoría de la ciudadanía. 

Luego de promover la aprobación de la Ley 18 596 en el año 2009, durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, Crysol, la organización que representa a todas y a todos los ex presos políticos, gestionó y obtuvo ante la Comisión Especial de la misma, que el día 14 de marzo fuera declarado y reconocido como Día de la y del ex preso político en homenaje a quienes fueron privados de su libertad por confrontar al gobierno autoritario de Jorge Pacheco Areco, a la dictadura y al terrorismo de Estado. 

A diferencia de lo ocurrido en otros países de la región, la prisión política masiva y prolongada, asociada a las torturas, sin descartar otras estrategias represivas, fue la metodología deliberadamente seleccionada por los dictadores de la época para reprimir y mantenerse en el poder. El Día de la y del ex preso político hace referencia, precisamente, a ese hecho. En la próxima legislatura promoveremos que haya un pronunciamiento parlamentario para consagrar el día en tal sentido. 

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Opinando N° 1 – Año 13 –  Miércoles 20 de marzo de 2024