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miércoles, 1 de junio de 2022

Reconocer y homenajear a las víctimas

 

Cuando los Estados violentan las normas de DDHH, como ocurrió en nuestro país durante el terrorismo estatal, deben proceder, entre otras acciones, a reparar a las víctimas de una manera integral. Asegurar el acceso a la justicia para que los hechos sean esclarecidos, identificados y sancionados los responsables, es la obligación básica y primaria.


Sara Youtchak. Una de las primeras detenidas en la Operación Morgan estuvo en Juan Paullier 1190

Los Estados y sus funcionarios tienen la obligación de respetar y garantizar los derechos y las libertades de toda la ciudadanía. En caso contrario, cuando ocurren violaciones, ya sea por acción directa de sus funcionarios o por omisión en el cumplimiento de sus responsabilidades básicas, tienen la obligación de reparar el daño ocasionado. La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, aprobada por la Asamblea General en diciembre de 2005, es el documento internacional que sintetiza las diferentes normas reparatorias aprobadas en diferentes épocas. Es el documento internacional más completo, el estándar de calidad, para exigir responsabilidades y evaluar los avances logrados.

Ley de Sitios de Memoria

Desde el retorno a la democracia en 1985, el Estado uruguayo aprobó numerosas leyes reparatorias para resarcir los daños ocasionados por sus funcionarios en el período predictatorial, dictatorial y durante el terrorismo desembozado, cuando las Fuerzas Armadas actuaban a cara descubierta en el ejercicio del gobierno.

La aprobación de la Ley 19.641, Ley de Sitios de Memoria,  en el año 2018, fue un jalón muy valioso y muy importante en el proceso de implementar la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas. El proyecto base, que luego se convertiría en norma legal, tuvo como protagonistas a un conjunto de organizaciones sociales comprometidas con las causas de DDHH del pasado reciente. Entre ellas, obviamente, estuvo Crysol.

Como señala la norma en su artículo Nº 3: La declaración y creación de Sitio de Memoria Histórica consagra el recordatorio y reconocimiento de aquellos lugares donde las personas víctimas de terrorismo o accionar ilegítimo del Estado sufrieron violaciones a sus derechos humanos por motivos políticos, ideológicos o gremiales y que son utilizados como espacios abiertos al público para la recuperación, construcción y transmisión de memorias, así como forma de homenaje y de reparación a las víctimas y a las comunidades.

Juan Paullier 1190: un centro de torturas

El Ministerio de Defensa Nacional ha puesto a disposición del público en general la posibilidad de visitar un local que fuera usado por el Movimiento de Liberación Nacional (MLN)  para retener a ciudadanos por algunos meses. Al hacerlo, ha omitido informar a la ciudadanía que luego  de que la finca pasara a manos de las Fuerzas Armadas fue un centro represivo clandestino. Durante el despliegue de la Operación Morgan contra el Partido Comunista (PCU) a fines de 1975 y principios de 1976, el local fue empleado por el SID y la OCOA como centro de torturas y de cautiverio de decenas de ciudadanos que fueron detenidos y permanecieron secuestrados hasta que fueron “blanqueados” sometiéndolos a tribunales militares.

De acuerdo a las normas vigentes, el local sito en Juan Paullier 1190 que está en manos del Ministerio de Defensa Nacional y que fue un centro represivo de primer nivel durante el despliegue de la Operación Morgan contra el PCU,   debería ser señalizado como Sitio de Memoria en homenaje a las víctimas del terrorismo de Estado. Así lo posibilita la normativa legal. Defenderemos las conquistas logradas frente a los empujes de los nostálgicos del proceso cívico militar y daremos, al respecto, las batallas que sean necesarias.

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Opinando N° 7 – Año 11 –  Miércoles 1º de junio de 2022