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jueves, 24 de julio de 2025

 

Respetar a la sociedad civil organizada

 

1. El artículo 39 de la Ley 18 446 es bien claro y explícito. No requiere interpretaciones de ningún tipo. Solamente las organizaciones de la sociedad civil pueden postular candidatos para integrar el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh).

2. Expresamos nuestro rechazo a que partidos políticos, o parlamentarios a título personal, presenten candidatos para integrar la Comisión Directiva de la INDDHH usurpando una potestad que el texto legal atribuye, exclusivamente, a las organizaciones de la sociedad civil.

3. Cuando los parlamentarios presentan candidatos  para integrar el Consejo Directivo de la Inddh reducen y limitan al máximo las posibilidades de las organizaciones de la sociedad civil organizada  para incidir en el proceso de designación de las autoridades. Desnaturalizan el sentido y la naturaleza de la propia institución.

4. La última elección de integrantes de la Comisión Directiva de la INDDHH mediante un reparto político partidario, que no contempló el mapa electoral del país ni tampoco realizó una rigurosa evaluación de los currículums de los candidatos, ha conducido a la misma a una grave crisis institucional en todos los planos.

5. Las normas de DDHH son una conquista de la sociedad para proteger a la ciudadanía de los potenciales abusos de poder de los funcionarios y de los organismos del Estado. Las instituciones que las promueven y vigilan su cumplimiento, como la INDDHH, deben otorgar un rol protagónico a las organizaciones de la sociedad civil auténticas que tanto trabajo desenvuelven, muchas veces, en condiciones hostiles.

6. A 40 años del retorno a la institucionalidad democrática, llamamos a todas y todos los parlamentarios a respetar al pie de la letra el texto del Artículo 39 de la Ley 18 446 para que el Consejo Directivo adquiera la autonomía política que corresponde al margen de las decisiones de los partidos que integran el sistema nacional.

 

Montevideo, 24 de julio  de 2025