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jueves, 26 de diciembre de 2019

De Tabaré a Tabaré: un ciclo histórico de avances



Acto de inauguración del Espacio Memorial Penal de Libertad en mayo de 2018


A fines de febrero finalizará un período histórico en la vida del país. Comenzó en marzo de 2005 cuando asumió el Dr. Tabaré Vázquez. Finalizará cuando él mismo le entregue la banda presidencial a su sucesor electo, en marzo del próximo año. Desde la perspectiva de las y de los ex presos políticos han sido años que marcaron un viraje radical, de tono positivo,  en la vida del Uruguay. Ya nada será igual.
Los Derechos Humanos en la agenda pública
El gran aspecto a resaltar ha sido la introducción de la temática de los Derechos Humanos en la agenda política e institucional del país, en todos los planos, algo inconcebible e impensable. Las normas de DDHH son una conquista de la humanidad, un gran logro histórico que siempre ha despertado las más histéricas reacciones, de los esclavistas, de los racistas, de los dueños de la riqueza y, obviamente, de los genocidas.
Se ha traducido en políticas públicas, globales y particulares, en planes de estudio, en promoción de actividades, en leyes, decretos, fundamentalmente, dándole un lugar prominente en la estructura del Estado. La creación de la Secretaría de Derechos Humanos, trabajando a nivel de la Presidencia, dándole visibilidad a la temática y demostrando el compromiso con la doctrina, junto con la conformación de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) han sido dos ejemplos notables de ello.
Pasado reciente: terrorismo de Estado
En segundo lugar, en lo referido al pasado reciente, al terrorismo de Estado, en la lucha contra la impunidad, los avances logrados figurarán en los libros de historia. El ingreso a los cuarteles para buscar los restos de los detenidos desaparecidos, una nueva y distinta interpretación del Artículo 4 de la Ley de Caducidad que permitió los primeros procesamientos de criminales significativos, la aprobación de leyes en las cuales se reconoció oficialmente la actuación ilegítima y el terrorismo estatal, posteriormente, el restablecimiento pleno de la pretensión punitiva del Estado, el desarchivo de todas las causas que habían sido amparadas en la impunidad por los gobiernos de los partidos tradicionales, la creación del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia (GTVJ), el activo involucramiento en la causa del Plan Cóndor en Roma y la creación de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la designación del Dr. Ricardo Perciballe al frente de ella con todo el respaldo institucional, son medidas fundamentales que se promovieron y que deben evaluarse adecuadamente al definir estrategias futuras.
Las fallas, los errores, las incongruencias, las carencias,  todos los aspectos que a lo largo de estos años hemos venido señalando públicamente y en los encuentros privados con los jerarcas gubernamentales, siempre con ánimo propositivo, ofreciendo  propuestas,  sugerencias,  recomendaciones concretas, haciendo política en serio, no le quitan valor a todo lo avanzado en este plano tan trascendente. Uruguay está en un escalón mucho más alto y elevado.
La Memoria también construye futuro
La creación del Museo de la Memoria (MUME), una decisión municipal que se concretó gracias al apoyo económico sustancial del Poder Ejecutivo en un momento crítico, fue el inicio de la implementación de políticas públicas de Memoria y también de Memorialización, para construir  la conciencia histórica de lo ocurrido y elaborar un relato histórico científico y necesario para la democracia y la libertad.
El MUME es un gran logro: un Museo que desempeña la función que todos los museos llevan a cabo, destinado a una época que marcó trágicamente  la vida del país.
La aprobación de la Ley N° 19 640 para preservar los Sitios de Memoria, aquellos lugares específicos y emblemáticos de la saña represiva, aquellos recintos y edificios en los cuales los ciudadanos permanecieron secuestrados y desaparecidos o asesinados, fue una gran conquista que ya comenzó a dar sus frutos aunque no ha contado hasta el momento con el presupuesto indispensable..
Cuando el 9 de julio del año 2007 Crysol reclamó que el edificio ocupado en aquel momento por el Centro de Altos Estudios Nacionales (Calen) de las Fuerzas Armadas fuera transformado en un Sitio de Memoria, el Estado  comenzó a tomar conciencia de la necesidad de implementar políticas públicas de Memoria.
La experiencia acumulada a través de la Comisión Especial de la Ley 18 596, presidida por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), la colocación de placas de memoria en todo el territorio nacional, fue la base para llegar a la creación de la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria.
Leyes reparatorias: un antes y un después
Un aspecto nada menor lo fue la aprobación de medidas de resarcimiento para las víctimas del terrorismo de Estado,  a través de las leyes reparatorias 17 949, 18 033 y 18 596. Las tres fueron, sin ninguna duda, las leyes reparatorias más profundas y generosas de acuerdo a las normas de DDHH que Uruguay ratificó. En gobiernos anteriores, primer gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti y en el gobierno del Dr. Jorge Batlle, hubo esfuerzos reparatorios y es justo señalarlo.
Las leyes reparatorias del primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez han sido un inmenso logro, al cual supimos contribuir muy activamente, con nuestras propuestas y con nuestra movilización, como colectivo. La creación de la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE) para implementar las políticas de salud, Decreto 297/2010 fue otro gran acierto, demostrativo de una sensibilidad humanitaria y respetuosa de las normas de DDHH.
Gracias a estas leyes, durísimamente cuestionadas hasta el día de hoy por los genocidas y los medios de comunicación a su servicio, miles de luchadores sociales, gremiales y políticos, desde hace 13 años, han recuperado su categoría de ciudadanos independientes, con acceso a los servicios básicos y esenciales. Uruguay comenzó a ser un país más justo.
El respeto a la sociedad civil organizada
Los Estados deben apoyar y promover la participación ciudadana y de la sociedad civil organizada. Los funcionarios deben respetar a las organizaciones, no deben intentar sustituirlas o reemplazarlas. Los sectores económicos poderosos siempre se agrupan para defender sus intereses y sus proyectos, cuentan con recursos para ello, para hacerse oir. Los otros sectores sociales cuentan con mayores dificultades.
Una característica muy valiosa de estos 15  años, ha sido el respeto otorgado a las organizaciones sociales representativas de las víctimas del terrorismo de Estado y la interacción con ellas, por lo menos con nuestro colectivo. En general siempre se contó con interlocutores gubernamentales al mayor nivel para interactuar y expresar opiniones y puntos de vista de manera directa y frontal.
Es harto significativo que al aprobarse las leyes 18 033 y la 18 596, en las Comisiones Especiales creadas para implementarlas, se dio cabida a las organizaciones representativas de las víctimas.
En la Comisión Especial de la Ley 18 033 presidida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) participaron el Pit – Cnt y Crysol. En la Comisión Especial de la Ley 18 596 participaron Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y Crysol. Esta integración ayudó muchísimo a los beneficiarios de las leyes. También ayudó al propio gobierno que estuvo en mejores condiciones para cumplir con sus responsabilidades gracias al aporte constructivo de ellas. En el caso de nuestro colectivo, en base a una sabia y unitaria conducción interna, esta participación ha permitido un fortalecimiento institucional sumamente destacable.
La lucha continuará en mejores condiciones
El próximo gobierno está conformado por los partidos que promovieron activamente la impunidad para los responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos, de sectores políticos que han hecho la apología de esa etapa histórica y con protagonistas como el general Guido Manini Ríos que violó las leyes vigentes para encubrir al múltiple asesino José Nino Gavazzo.
Como colectivo organizado continuaremos la lucha, en mejores condiciones, gracias a los logros de estos 15 años.  Más de 100.000 uruguayas y uruguayos marcharon el pasado 20 de mayo por 18 de Julio bajo un aguacero torrencial. La lucha por Verdad y Justicia, ha calado bien hondo en el corazón del país y de su gente.
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Opinando N° 30 – Año 8 – Jueves 26 de diciembre de 2019

martes, 24 de diciembre de 2019

Víctimas y familiares directos

Víctimas y familiares directos del terrorismo de Estado
recibirán atención médica gratuita y vitalicia

Escribe: Camila Zignago en Atención – La Diaria – 23 12 19 | Foto: Pablo Vignali

El Parlamento aprobó proyecto de ley que aclara quiénes serán los amparados.
Inauguración del Memorial Penal de Libertad.
“La tortura es una agresión extraordinaria que sufren las personas por horas, días, semanas, meses y genera un gran sufrimiento con consecuencias a corto, mediano y largo plazo” y sus consecuencias “se suelen transmitir de manera intergeneracional, como señalan los expertos de las Naciones Unidas”, expresó en diálogo con la diaria Gastón Grisoni, presidente de Crysol, agrupación de ex presos políticos de Uruguay.
La asistencia integral de la salud de las víctimas del terrorismo de Estado, de sus hijos y sus nietos había sido definida en el decreto 297/010, que reglamentó lo que había dispuesto un año atrás la Ley 18.596, de reparación integral a las víctimas de la actuación ilegítima del Estado en el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973. Pero un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN), difundido en mayo por Búsqueda, sugirió “revisar y adecuar la normativa para determinar el universo de beneficiarios”, en el entendido de que la Ley 18.596 no explicitaba la inclusión de hijos y nietos. Crysol alegó que las apreciaciones de la AIN no tenían en cuenta al decreto 268/08 –incluido en la Ley 18.596–, que comprende la atención en los servicios médicos del Estado a todos los beneficiarios de la Ley 18.033 (presos, procesados, exiliados, clandestinos y despedidos en la huelga general de 1973) junto a sus hijos y nietos. La Ley 18.033 se había votado en 2006, cuando había mayores dificultades en la atención médica y aún no se había aprobado el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
A raíz del informe de la AIN, el 9 de diciembre el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley que declara por vía interpretativa dentro del SNIS a las personas comprendidas en el artículo 10 de la Ley 18.596 y en la Ley 18.033, así como “a los hijos y nietos de todas ellas, sean biológicos o adoptivos”, que fue aprobado el miércoles por las dos cámaras parlamentarias.
De esa forma, el Poder Legislativo cumplió con el pedido de la AIN de resolver la controversia incorporando a todos los involucrados de manera explícita, y así evitar “observaciones respecto a la legitimidad de la actuación de la Administración en la reparación a víctimas de la actuación ilegítima del Estado, garantizando el pleno goce de sus derechos reparatorios en materia sanitaria”, estableció la ley que acaba de votarse.
Asistencia integral
Las víctimas del terrorismo de Estado y sus familiares más directos tendrán el derecho a prestaciones médicas gratuitas y vitalicias que incluyen la asistencia odontológica, farmacológica, psiquiátrica y psicológica, para así garantizar una cobertura integral dentro del SNIS. Estas prestaciones se diferencian de las que brinda la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) debido a que “a través de una lista completa, a las prestaciones generales de cualquier ente público se les incorporan las coberturas específicas para esa población, que llamamos prestaciones complementarias”, explicó a la diaria Miguel Fernández, adjunto del Directorio de ASSE.
La atención sanitaria de las víctimas de terrorismo de Estado es importante porque, tal como sostuvo Grisoni, los ex presos políticos tienen menos expectativa de vida y una mayor tasa de mortalidad que el resto de la población.
Si lo requirieran, el Estado también ofrece “los apoyos científicos y técnicos para la rehabilitación física y psíquica necesaria para atender las secuelas que obstaculizan la capacidad educativa o de integración social de las víctimas”, determina la Ley 18.596. La nueva norma entrará en vigencia en cuanto se promulgue.
En palabras
En la Cámara de Senadores no hubo reparos en la votación de la ley. Sí los hubo en la cámara baja, donde fue aprobada por 50 de los 78 diputados presentes, y la oposición dio argumentos que ponían en duda que la reparación también fuera para los familiares directos de las víctimas, como lo hizo el diputado del Partido Colorado Conrado Rodríguez. “Se genera una inequidad con respecto al resto de los uruguayos. Por un tema de sangre adquieren derechos por encima del resto. Esto no resiste el análisis, no tiene ni pies ni cabeza”, afirmó Rodríguez a la diaria. Sostuvo, además, que “tampoco me parece adecuado que algunos diputados comprendidos en la ley se quedaran votando”. Al respecto, consideró: “Cuando el Frente Amplio habla de que va a defender los derechos conquistados, pareciera que son los de ellos mismos”.
Para el diputado frenteamplista Gerardo Núñez, que votó a favor del proyecto, los fundamentos de Rodríguez “no tienen en cuenta las secuelas del terrorismo de Estado sobre el cuerpo de las víctimas, de los que sufrieron cárcel, tortura, persecución, y los efectos que tienen para la familia, que también vive parte de esas dificultades”, dijo a la diaria.
Grisoni recordó que “los estados tienen la obligación de cumplir las normas, y cuando no las cumplen, cuando violan los derechos humanos tienen que investigar y castigar a los responsables para que eso no vuelva a ocurrir. Pero al mismo tiempo, tienen que reparar”. A su vez, consideró que estos últimos 15 años han sido “históricos en cuanto a avances”, porque el Estado “asume a través de estas leyes que fue responsable de lo que pasó: el Estado reconoce que hubo graves violaciones a los derechos humanos”.
Ley 18.033
Fue aprobada en octubre de 2006 para garantizar la reparación de los derechos jubilatorios y pensionarios de los ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985.
Decreto 268/008
Aprobado en 2008, dispuso que ASSE expidiera un carné de asistencia gratuito a las personas beneficiarias de la Ley 18.033 que no tuvieran otro tipo de cobertura por el régimen de la seguridad social, así como a sus hijos y a sus nietos.
Ley 18.596
Fue aprobada en octubre de 2009. Reconoce y repara a las víctimas de la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985. Su artículo 4 explicita que se consideran víctimas del terrorismo de Estado “todas aquellas personas que hayan sufrido la violación a su derecho a la vida, a su integridad psicofísica y a su libertad dentro y fuera del territorio nacional” por motivos políticos, ideológicos o gremiales durante la dictadura, y el artículo 5 incluye, además, a las personas que sufrieron esas agresiones entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973.
El artículo 10 establece que las víctimas definidas en los artículos 4 y 5 “que hubiesen permanecido detenidas por más de seis meses sin haber sido procesadas, o que hubiesen sido procesadas o hubiesen sufrido lesiones gravísimas a raíz o en ocasión del accionar de agentes del Estado o que siendo niños o niñas hayan sido secuestrados o hayan permanecido en cautiverio con sus padres” tendrán derecho a recibir en forma gratuita y vitalicia “prestaciones médicas que incluyan la asistencia psicológica, psiquiátrica, odontológica y farmacológica” en el marco del SNIS.
Decreto 297/010
Reglamentó, en 2010, el artículo 10 de la Ley 18.596 y dispuso que “tendrán derecho a recibir atención integral de salud gratuita y vitalicia” las personas a las que refiere el artículo 10 de la Ley 18.596, las personas beneficiarias de la Ley 18.033, y los hijos y nietos de todas ellas, sean biológicos o adoptivos.


jueves, 19 de diciembre de 2019

Sábado 21: homenaje a los Fusilados de Soca

Al cumplirse 45 años del asesinato de Floreal García, Mirtha Hernández, Héctor Brum, María de los Ángeles Corbo y Graciela Estefanel, los homenajeamos y seguimos reclamando Justicia para afirmar la democracia. Hoy, más que nunca!
Para facilitar la participación, a las 9.00 AM en punto, partirán dos buses GRATUITOS desde la sede social.
Hay lugares limitados. Hay que reservar con antelación,  como siempre, con Tito: 099 408 655.
Acompañanos!
Crysol
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La atención en salud de las víctimas


La atención en salud de las víctimas


El pasado lunes 9 de diciembre, el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley sobre cuestiones de salud referidas a las víctimas del Terrorismo de Estado. No es un nuevo proyecto. Clarifica, explícitamente, lo ya establecido por la Ley 18 596 en cuanto a los beneficios en salud para quienes fueran amparados por la Ley 18 033, en el marco de lo establecido por el Decreto 268/2008.
El proyecto de ley será debatido por la Cámara de Senadores en su sesión del miércoles 18 y debe ser votado antes del fin de la presente legislatura por Diputados.
Los antecedentes históricos
En el año 2006, en el mes de octubre, a 31 años del retorno a la vida democrática, con amplísimo respaldo de todas las bancadas parlamentarias, se aprobó la Ley 18 033 para el cómputo previsional de detenidos, exiliados, clandestinos y despedidos en la huelga general de 1973.
Ante las dificultades existentes para la atención médica, en el año 2008, antes de que se aprobara el Sistema Nacional Integrado de Salud, SNIS, mediante el Decreto 268/2008, el Poder Ejecutivo otorgó el beneficio de la atención en los servicios médicos del Estado a todos los beneficiarios de la Ley 18 033, a sus hijos y a sus nietos.
En setiembre del año 2009, el Parlamento aprobó la Ley 18 596, de reparación a las víctimas del accionar ilegítimo y del terrorismo de Estado. A nivel de Diputados, el proyecto tuvo amplio respaldo del sistema político, superando al logrado en la Cámara de Senadores.
La Ley 18 596 ampara e indemniza, básicamente,  a los familiares de los detenidos desaparecidos, asesinados, muertos en prisión, personas que sufrieron lesiones gravísimas a raíz de las torturas y a los niños nacidos en cautiverio.
Por medio del Artículo 9 otorga un reconocimiento documental a otros colectivos de víctimas: detenidos más de 6 meses, detenidos procesados, exiliados.
Asimismo otorga beneficios en salud en el Artículo 10 para las personas señaladas en los artículos 4 y 5 de la ley.  Además, para que no haya dudas, establece    que el Decreto 268/2008 es parte integrante de la ley. Por lo mismo, el universo de beneficiarios de dicho decreto tiene la misma cobertura sanitaria que se concede.
El Decreto 297/2010
El texto del Artículo 10 de la Ley 18 596 dejó pendiente de resolución algunos  tópicos referidos al modo en que se concretaría la atención en salud. El principal aspecto a dilucidar era si los beneficiarios podrían elegir el prestador de salud. Por dicho motivo, se aprobó el Decreto 297/2010.
Considerando a todo el universo de víctimas comprendidas por el Artículo 10, el Decreto 297/2010 estableció que no se podría elegir el prestador de salud. La atención integral, gratuita y vitalicia, que otorgaba la ley, solamente sería proporcionada a través de ASSE. Ese fue el principal aspecto regulado.
Además creó la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE) como órgano a través del cual se gestionaría dicha atención.
La Auditoría Interna de la Nación (AIN)
En el marco de su trabajo habitual, la Auditoría Interna de la Nación, fiscalizó el trabajo de la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE) y no prestó la debida atención al texto legal, por razones que desconocemos. En los hechos, ignoró el contenido del Decreto 268/2008 y, por lo mismo, objetó al Decreto 297/2010 por considerar que se extralimitó al conceder el beneficio a todos los beneficiarios de la Ley 18 033.
En reiteradas ocasiones, Crysol ha expresado públicamente su punto de vista al respecto y ha señalado ante las autoridades competentes, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Economía y Finanzas, Directorio de Asse y Secretaría de la Presidencia, el enorme error del informe de la Auditoría.
Los medios de comunicación
El informe de la AIN fue difundido por Búsqueda en el mes de mayo. En el Parlamento se llevó a cabo un pedido de informes. Hace unas semanas, El País, con el mismo entusiasmo y fervor con que cariñosamente entrevistó al genocida Jorge Rafael Videla, en el año 1979, destinó un artículo de opinión de una de sus directoras a cuestionar las normas de Derechos Humanos y, obviamente, las leyes reparatorias.
Debido al informe de la Auditoría Interna de la Nación, desde hace ya dos años, la atención médica, votada por amplísima mayoría en el Parlamento en el año 2009,  se ha visto seriamente resentida en todos los planos: demoras, dificultades, trabas burocráticas, lentitud, fondos insuficientes y entregados tardíamente, incertidumbre,  una revictimización constante de las víctimas del terrorismo de Estado.
La Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado
Con sus aciertos y sus errores, ha jugado durante todos estos años un papel muy destacado que merece ser reconocido para canalizar la atención en salud. La oficina ha recibido muchas presiones y ha sido, en reiteradas ocasiones, sometida al escarnio público, de manera inmerecida.
La Oficina de Atención a las víctimas del Terrorismo de Estado (OATVE) ha sido un logro y el resultado de una gran sensibilidad ante las normas de DDHH de los últimos 15 años.
Somos de la idea de que debería ser, a la mayor brevedad, una unidad funcional dependiente pura y exclusivamente de ASSE para una mayor transparencia y eficacia en sus procedimientos, para evitar trámites administrativos engorrosos.
Ahora habrá que aprobar este proyecto de ley  para normalizar la atención médica y  dar certidumbre y tranquilidad  a las víctimas del terrorismo de Estado. Las normas de DDHH son una conquista de la humanidad y deben ser implementadas a cabalidad.
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Opinando N° 29 – Año 8 – Martes 17 de diciembre de 2019
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viernes, 6 de diciembre de 2019

Un espejo para Manini Ríos



Un espejo para Manini Ríos y el sistema político

En un hecho histórico, el pasado viernes 29 de noviembre, en Canelones, fueron formalizados tres antiguos represores del terrorismo de Estado y marcharon a prisión. Su escenario de actuación fue dicho departamento. Fueron denunciados por participar activamente en secuestros y actos de torturas a centenares de prisioneros. La causa judicial fue patrocinada por el Observatorio Luz Ibarburu (OLI) y la valiente actuación de las víctimas testigos decisiva. Dos aspectos surgen del hecho nítidamente como destacables.




En primer lugar, la rápida actuación judicial en el marco del nuevo Código del Proceso Penal. La Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad jugó un papel destacadísimo y encomiable, de acuerdo a sus atribuciones legales. En segundo lugar, la actuación de la Secretaría de DDHH de la Intendencia de Canelones que se involucró activamente al tomar conocimiento de denuncias informales y testimonios de víctimas.

Valeria Rubino presentó formalmente la denuncia

Según informó La Diaria, la responsable de la Secretaría de Derechos Humanos de la Intendencia de Canelones, Valeria Rubino –quien presentó la denuncia ante la Fiscalía que dirige Ricardo Peciballe–, el colectivo Ágora-Identidad, derechos humanos y memoria canaria fue “recabando testimonios de personas que fueron secuestradas en ese centro clandestino de detención y tortura” y

los hizo llegar a la Secretaría, que los empezó a sistematizar, entre otras cosas, para integrarlos a los contenidos de una página web que está por lanzarse. “Ahí es que empiezo a ver que testimonio tras testimonio dan cuenta de cuestiones delictivas”, contó. Rubino averiguó si los hechos testimoniados ya habían sido denunciados, y al enterarse de que no, decidió “presentar una denuncia en calidad de funcionaria pública”, ya que si constata hechos con apariencia delictiva, debe denunciarlos, según está determinado por la ley.

Obligación legal de denunciar

“Presenté un escrito al fiscal correspondiente de que esa era la información que yo tenía y que me parecía que le competía a su función”, agregó Rubino. “Cualquier funcionario de la intendencia que hubiera constatado esos delitos habría hecho lo mismo”.

Todos los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar aquellos hechos de apariencia delictiva acerca de los cuales toman conocimiento en el cumplimiento de sus actividades. Es una disposición legal. Su incumplimiento es, no sólo una falta administrativa, sino un delito penado por la ley.

Denunciar supone realizar una acción formal, por escrito, generalmente, ante el órgano jurisdiccional competente, dando cuenta de lo ocurrido.

El tribunal de Honor de Gavazzo y Jorge Pajarito Silveira

Tal como lo puso de manifiesto una investigación de Leonardo Haberkorn, publicada por El Observador, los integrantes del Tribunal de Honor del Ejército le informaron a su comandante, el general Guido Manini Ríos, que Gavazzo había confesado haber tirado el cuerpo de Roberto Gomensoro al río Negro.

Manini Ríos les ordenó que siguieran adelante con su tarea, en lugar de denunciar semejante confesión de inmediato a la Justicia.

Diez meses después de la primera confesión de Gavazzo, Manini elevó las actas al Ministerio de Defensa para que el fallo del Tribunal fuera homologado. Les adjuntó un escrito de su autoría que nada decía sobre el caso Gomensoro y que, en cambio, llevó la discusión hacia otros temas polémicos.

Hasta ese momento, nunca se había aclarado quién mató a Gomensoro y quiénes hicieron desaparecer su cuerpo. Y por supuesto: no existía confesión ni nadie preso por este crimen.

Lo nuevo -es increíble tener que aclararlo- es la confesión de Gavazzo de que él mismo tiró el cuerpo al río Negro.

También es nueva la acusación de “Pajarito” Silveira de que Gavazzo fue responsable de la muerte. Y hay otra novedad: la versión que da Gavazzo respecto a que fue el propio general Esteban Cristi, jefe de la Región Militar I, quien le ordenó desaparecer a Gomensoro.

Manini Ríos encubrió a José Nino Gavazzo

La omisión de Guido Manini Ríos de denunciar ante la justicia la confesión voluntaria que brindara José Nino Gavazzo ante el Tribunal de Honor, acerca de la desaparición de Roberto Gomensoro en 1973, hubiera permitido que continuara como inocente de dicho crimen. La causa judicial que lo involucraba había sido archivada. José Nino Gavazzo había sido exculpado en ella por falta de pruebas, ante su negativa en los estrados judiciales.

Además, el testimonio de Jorge Pajarito Silveira en el mismo tribunal, incrimina a Gavazzo y aporta información valiosa sobre la desaparición de Eduardo Pérez, conocido como el “el gordo Marcos”, cuyo destino es incierto hasta el día de hoy, habiendo permanecido detenido en el Batallón de Artillería N° 1 en 1974. Fue internado en el Hospital Central de las FFAA el 9 de mayo de dicho año y falleció en la madrugada del día 10.

La labor periodística de Leonardo Haberkorn lo puso al descubierto. Gracias a ello, el Dr. Ricardo Perciballe estuvo en condiciones de solicitar la reapertura de ambas causas.

Juzgar a los responsables y a sus cómplices

El general retirado Guido Manini Ríos es el primer general en actividad a quién se descubrió colaborando activamente con los criminales del proceso para garantizar su impunidad. Su condena por estos delitos es fundamental para desalentar conductas similares.

En Uruguay, hasta el momento, solo un pequeño número de responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos, durante el terrorismo de Estado, ha sido juzgado y condenado. El desafuero solicitado del senador Guido Manini Ríos debe ser concedido.

Una vez que el Parlamento conceda su desafuero, si la coalición gobernante partir del 2 de marzo de 2020 que Guido Manini Ríos integra no lo impide, será la justicia la que determinará la sanción que le corresponda por no haber dado cumplimiento a las disposiciones legales de informar, como comandante en jefe, acerca de las declaraciones de los imputados en el Tribunal de Honor como correspondía.

Su omisión de denunciar ha quedado demostrada. En el expediente no consta que haya informado a sus superiores como estaba obligado y mucho menos al Poder Judicial. Trabajó, en los hechos, a favor de la impunidad para Gavazzo. Debe ser procesado, como corresponde. Que se acabe el recreo.

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Opinando N° 28 – Año 8 – Miércoles 4 de diciembre de 2019

miércoles, 27 de noviembre de 2019

Evidencias abrumadoras


Evidencias abrumadoras contra Manini Ríos. 
Solicitaron su desafuero


Todos los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar aquellos hechos de apariencia delictiva acerca de los cuales toman conocimiento en el cumplimiento de sus actividades. Es una disposición legal. Su incumplimiento es, no sólo una falta administrativa, sino un delito penado por la ley. Denunciar supone realizar una acción formal, por escrito, generalmente, ante el órgano jurisdiccional competente, dando cuenta de lo ocurrido. El general retirado Guido Manini Ríos, mientras era comandante en jefe del Ejército, incumplió sus obligaciones legales al tomar conocimiento del testimonio brindado por José Nino Gavazzo y Jorge “Pajarito” Silveira en el Tribunal de Honor que juzgó la conducta de ambos.




Lobo con piel de cordero. Ocultó información decisiva a la justicia.

Una vez que el Parlamento conceda su desafuero, si la coalición gobernante partir del 2 de marzo de 2020 que Guido Manini Ríos integra no lo impide, será la justicia la que determinará la sanción que le corresponda por no haber dado cumplimiento a las disposiciones legales de informar, como comandante en jefe, acerca de las declaraciones de los imputados en el Tribunal de Honor como correspondía. Su omisión de denunciar ha quedado demostrada. En el expediente no consta que haya informado a sus superiores como estaba obligado y mucho menos al Poder Judicial. 

Hasta el momento, Guido Manini Ríos tampoco ha presentado la constancia de haber realizado la denuncia ante el órgano competente.

Tres generales ya testificaron en su contra

Siguiendo el ritual delictivo de los terroristas estatales desde el retorno a la institucionalidad democrática, Guido Manini Ríos niega su responsabilidad en los hechos que se le imputan. Acusa al poder judicial de perseguirlo siguiendo directivas del poder político. Se presenta ante la opinión pública y los medios de comunicación victimizándose. Como todos los involucrados en los crímenes de Lesa Humanidad ya ha recurrió a todas las artimañas legales disponibles para enlentecer y evadir la justicia.

Los generales Alfredo Erramún, Gustavo Fajardo y José González, señalaron que informaron a Manini Ríos, como correspondía, al presentar testimonio ante la justicia, indagados por su participación en el tribunal de honor que juzgó la conducta de José Nino Gavazzo y de Jorge “Pajarito” Silveira. Declararon que ellos lo alertaron en dos oportunidades acerca del tenor de las declaraciones a las cuales accedieron.

El comandante en jefe, así consta en el expediente administrativo, desechó lo asesorado por sus generales. Consciente de las implicancias jurídicas y políticas que la presentación de la denuncia podía tener, optó por no realizarla y encubrir a los involucrados: José Nino Gavazzo y Jorge “Pajarito” Silveira.

Más que una simple omisión: encubrimiento

Los integrantes del Tribunal de Honor del Ejército le informaron a su comandante, el general Guido Manini Ríos, que Gavazzo había confesado haber tirado el cuerpo de Roberto Gomensoro al río Negro.

La omisión de Guido Manini Ríos de denunciar ante la justicia la confesión voluntaria que brindara José Nino Gavazzo ante el Tribunal de Honor, acerca de la desaparición de Roberto Gomensoro en 1973, hubiera permitido que continuara como inocente de dicho crimen. La causa judicial que lo involucraba había sido archivada. José Nino Gavazzo había sido exculpado en ella por falta de pruebas, ante su negativa en los estrados judiciales.

Además, el testimonio de Jorge Pajarito Silveira en el mismo tribunal, incrimina a Gavazzo y aporta información valiosa sobre la desaparición de Eduardo Pérez, conocido como el “el gordo Marcos”, cuyo destino es incierto hasta el día de hoy, habiendo permanecido detenido en el Batallón de Artillería N° 1 en 1974 e internado en el Hospital Central de las FFAA en mayo de dicho año.

La labor periodística de Leonardo Haberkorn lo puso al descubierto. Gracias a ello, el Dr. Ricardo Perciballe estuvo en condiciones de solicitar la reapertura de ambas causas.

Juzgar a los responsables y a sus cómplices


El general retirado Guido Manini Ríos es el primer general en actividad a quién se descubrió, investigación periodística de Leonardo Haberkorn mediante, colaborando activamente con los criminales del proceso para garantizar su impunidad, obstaculizando la labor judicial. Su condena por estos delitos es fundamental para desalentar conductas similares.

En Uruguay, hasta el momento, solo un pequeño número de responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos, durante el terrorismo de Estado, ha sido juzgado y condenado. El desafuero solicitado del senador Guido Manini Ríos debe ser concedido. Como colectivo de ex presas y de ex presos políticos haremos las gestiones pertinentes y nos movilizaremos para que todas las bancadas parlamentarias demuestren su compromiso con la Verdad y la Justicia votando el desafuero solicitado por la justicia. Su falta es grave, penal y éticamente.

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Opinando N° 27 – Año 8 – Miércoles 27 de noviembre de 2019

lunes, 25 de noviembre de 2019

Arremeten contra las reparaciones


El vocero del terrorismo de Estado 
arremete contra las leyes reparatorias


Mentiras, falsedades, insinuaciones, hostilidad, un viejo encono, desprecio implícito, absoluto, por las normas de Derechos Humanos y las víctimas. El pasado sábado 16 de noviembre, la Directora de El País, en un pretendido artículo de opinión, con fines proselitistas, embiste, previendo un eventual y posible triunfo de la coalición que lidera Luis Lacalle Pou y cuenta con el respaldo del general retirado Guido Manini Ríos, contra las leyes reparatorias que fueron aprobadas en los últimos 15 años.





No hay pagos a víctimas cuestionados por la AIN

El derecho a la libertad de expresión es una conquista de la sociedad uruguaya que contribuimos a forjar y que defendemos. Otra cosa distinta es mentir. Con la mala intención propia de quién odia desde hace mucho tiempo, se señala que la Auditoría Interna de la Nación (AIN) cuestionó pagos a las víctimas, lo cual no es cierto. Es una gran mentira para destilar veneno.

El informe de la AIN cuestiona el Decreto 297/2010 del Poder Ejecutivo en base a una lectura incompleta, de escasa comprensión lectora, del artículo 10 de la Ley 18 596 que otorgó la atención gratuita y vitalicia a los hijos y nietos de todos los beneficiarios de la Ley 18 033, de acuerdo a lo previsto por el Decreto 268/2008. El mismo es parte integrante de la ley, tal como se señala expresamente.

La atención en salud se brinda pura y exclusivamente en ASSE y se canaliza a través de la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado (OAVTE). Las prestaciones a que alude el informe de la AIN y que la periodista militante presenta como pagos, son prestaciones en salud. Se refiere a los proveedores de ASSE y del Ministerio de Salud Pública (MSP).

Atención psiquiátrica, principal renglón cuestionado: COSAMEDDHH

La OAVTE no realiza pagos de ningún tipo a las víctimas beneficiarias. El principal rubro, además de los proveedores odontológicos y oftalmológicos, es el pago al servicio tercerizado, psiquiátrico y psicológico, a la Cooperativa de Salud Mental y Derechos Humanos (Cosameddhh). Brinda tratamiento y acompañamiento a centenares de ex presos políticos que, debido a las brutales experiencias traumáticas vividas durante los interrogatorios en los cuarteles y centros clandestinos de detención, arrastran secuelas de por vida.

La tortura supone una enorme agresión, produce un dolor intenso, un enorme sufrimiento y deja secuelas a corto, mediano y largo plazo. Como lo demuestran los estudios internacionales, se trasmite, incluso, genéticamente, deja secuelas intergeneracionales. Los centenares de pacientes de Cosameddhh, son un testimonio viviente de ello.

Otra mentira: no hay subsidios a exiliados

La articulista, con absoluta premeditación y alevosía, señala que se ha otorgado un subsidio económico a una joven exiliada que usufructuaba una beca, gracias a los buenos oficios de los “contactos compañeros”.

Las dos leyes aprobadas, la Ley 18 033 y la Ley 18 596, no otorgan subsidios de ninguna clase y/o naturaleza a quienes se exiliaron o no fueron formalmente procesados por la Justicia militar. El sometimiento a tribunales militares para civiles, una aberración política y jurídica, se implementó al aprobar el Estado de Guerra Interno, para mantener prisioneros, con una apariencia de legalidad, a miles de ciudadanos.

Los amparos a las leyes, además, han sido concedidos por Comisiones Especiales creadas por ambas leyes, con amplia representación, que han actuado con total transparencia y cristalinidad, respetando las normas legales, las garantías del debido proceso y rendido cuentas todas las veces que les ha sido solicitado. Nuestro colectivo, para colaborar con la implementación de ambas leyes, ha integrado ambas comisiones y puesto de manifiesto, en reiteradas ocasiones, que un enfoque más orientado a las víctimas como lo señaló la Institución Nacional de DDHH (INDDHH), habría sido aconsejable y necesario.


Víctimas del terrorismo de Estado: tortura y prisión prolongada



Nuestra  detractora entrevistando  al genocida general Rafael  Videla

Las leyes aprobadas en los últimos 15 años, muy especialmente en el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, a impulso obviamente de Crysol y otros colectivos, han sido logros inmensos, que, obviamente, el vocero del terrorismo de Estado no valora, no aprecia y desearía, seguramente, que no hubiesen sido promulgadas. Ambas leyes, con carencias e insuficiencias notorias, que deberían ser superadas a la mayor brevedad, tal como lo han reclamado los Relatores Especiales de la ONU y la propia INDDHH, es un gran debe de la actual administración que finaliza.

Las leyes aprobadas no otorgan beneficios indebidos o prebendas inusitadas a ciudadanos amigos del gobierno como muchos piensan y señalan. Tampoco son recompensas por haber luchado y militado.

Los Estados deben respetar y garantizar los derechos de los ciudadanos. Cuando no lo hacen, cuando se producen graves violaciones, como ocurrió en Uruguay, deben sancionar y castigar a los responsables y deben resarcir, de manera integral, a las víctimas. Ambas leyes, son la implementación, en la realidad uruguaya, de las normas internacionales de DDHH que Uruguay ha ratificado. La Ley 18 033 aprobada casi con unanimidad parlamentaria, en ambas cámaras, resarce, aunque obligándolos a renunciar a otros derechos, jubilatorios y pensiones, siempre y cuando no ganen más de 15 BPC, a ciudadanos que fueron formalmente procesados por tribunales militares, sin garantías de ningún tipo, luego de días, semanas y hasta meses de incomunicación y torturas.

“Achicando el Estado agrandamos la Nación”

El terrorismo de Estado, en el marco del Plan Cóndor y de las dictaduras regionales, fue un proyecto de país al servicio de grupos minoritarios, en connivencia con los EEUU. En la Argentina se promovía el achique del Estado y las privatizaciones.

La detención masiva de ciudadanos, asociada a la tortura salvaje, a los abusos sexuales, a los asesinatos y desapariciones, junto con la prisión prolongada, fue la metodología represiva de la dictadura que El País apoyó y respaldó.

Mientras la articulista de marras entrevistaba en respaldo, amistosa y sonrientemente, al general Rafael Videla, los beneficiarios de las leyes contra las cuales arremete eran violentados en Punta Carretas, Paso de los Toros, en Punta de Rieles, en el Penal de Libertad, en Cárcel Central, en el Fusna y en decenas de cuarteles, centros de reclusión inhumanos. Uruguay todo, era una gran cárcel. Absoluta inmoralidad. La de siempre!!!

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Opinando N° 25 – Año 8 – Jueves 21 de noviembre de 2019