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viernes, 27 de agosto de 2021

FISCALÍA PIDIÓ FORMALIZAR POR ASESINATOS DE MICHELINI



 FISCALÍA PIDIÓ FORMALIZAR POR ASESINATOS DE MICHELINI, GUTIÉRREZ, BARREDO Y WHITELAW

La síntesis del Cóndor

Mauricio Pérez – Brecha - 27 agosto, 2021


Tras diez meses, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad pidió formalizar la investigación por las decenas de asesinatos cometidos por los servicios represivos uruguayos en Argentina, entre ellos, los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz. 

Fiscal Ricardo Perciballe. Foto: Héctor Piastri

En un extenso dictamen, el fiscal Ricardo Perciballe solicitó formalizar la investigación por los crímenes perpetrados en Argentina contra decenas de militantes políticos y sindicales uruguayos, entre ellos, el asesinato de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw, en mayo de 1976. «Nos encontramos frente al mayor magnicidio de la historia de nuestro país», escribió Perciballe en su dictamen, al que accedió Brecha.

En su escrito, el fiscal hizo un raconto de las detenciones ilegales, secuestros, asesinatos y desapariciones de uruguayos en Argentina, entre 1974 y 1976, que contaron con la participación de militares uruguayos. Según Perciballe, todos estos crímenes tuvieron como trasfondo el Plan Cóndor y califican como crímenes de lesa humanidad, por lo que el Estado tiene la obligación de investigarlos. Entre estos delitos está la desaparición de Manuel Liberoff y los homicidios de Daniel Banfi, Guillermo Jabif y Luis Latrónica, entre otros.


En este sentido, la tesis presentada por la fiscalía apunta a que los crímenes contra militantes de organizaciones políticas «formaban parte de la lógica represiva» de la dictadura uruguaya, que se trasladó hacia Argentina para la persecución de opositores. El atentado contra los legisladores, sin embargo, tenía otros motivos: acallar sus voces de denuncia sobre la situación interna de Uruguay, pero, sobre todo, evitar todo intento de diálogo para una salida al régimen. «Detrás de tan vil accionar hubo un claro mensaje en clave política», apuntó.

Perciballe recordó que el crimen de los legisladores intentó simularse como una disputa interna entre distintas facciones de la disidencia uruguaya en el exilio. Sin embargo, el tenor de los operativos revela «un mecanismo extremadamente aceitado» de los servicios represivos de la época. Los secuestros de Michelini y Gutiérrez Ruiz –recuerda el fiscal– fueron en áreas céntricas, altamente vigiladas, que oficiaron de «zona liberada». «Precisamente de ello se trató el Plan Cóndor, que en esta instancia alcanzó un punto central de su nefasta actuación.»

Sin embargo, tampoco se pueden descartar «razones eminentemente económicas» detrás de estos crímenes, alega el magistrado, ya que los servicios de inteligencia uruguayos tenían en la mira el «importante caudal de dinero» obtenido por varias organizaciones, como el Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros y el Partido por la Victoria del Pueblo, por medio de secuestros extorsivos. Para el fiscal, existen distintos informes y memorandos de inteligencia del Servicio de Información de Defensa (SID) que hacen especial hincapié en la existencia de este dinero, y que su destino fue objeto específico de los interrogatorios a los que fueron sometidos varios detenidos. «Dicho botín también estaba en la mira de los represores […]. Por él fueron», señaló.

El dictamen establece la responsabilidad de estos crímenes en la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, en el SID y en el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas. Según el fiscal, existió una verdadera coordinación entre estas unidades como parte de un único esquema represivo, que incluyó la sistemática violación de los derechos humanos de los detenidos. En este esquema, el SID «fungía como el verdadero gozne de la represión de los opositores al régimen», cuyos integrantes actuaban en las distintas unidades militares de todo el país, pero también en el exterior, en especial en Buenos Aires, donde tuvieron bases operativas en conjunto con las fuerzas represivas de ese país.


En este punto, Perciballe apunta a la responsabilidad de los mandos, como Víctor Castiglioni, Hugo Campos Hermida y Juan Antonio Rodríguez Buratti (jefe del Departamento III del SID), así como del teniente coronel José Nino Gava-zzo, recientemente fallecido. Pero también a una docena de efectivos militares, «quienes actuaron en cumplimiento de órdenes de sus superiores, pero que no se ven eximidos de responsabilidad por cuanto la obediencia debida no alcanza aquellos mandatos ilícitos como los que nos ocupan».

En este marco, Perciballe solicitó el inicio de un juicio penal contra cinco represores: Gilberto Vázquez, José Arab, Jorge Silveira, Ernesto Ramas y Ricardo Medina. Además, solicitó librar una orden de captura internacional con fines de extradición de los militares Manuel Cordero (condenado en Argentina por crímenes del Plan Cóndor) y Pedro Mato (radicado en Brasil, prófugo de la Justicia uruguaya y condenado en Italia por estos crímenes).

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jueves, 19 de agosto de 2021

Una calamidad nacional

Una calamidad nacional
 

 
La dictadura uruguaya empobreció al país. El terrorismo estatal le dejó a la sociedad uruguaya, además de un agobiante déficit permanente de la Caja Militar. el costo de resarcir los daños generados por su accionar criminal.
 
Afiche electrónico falso que suele circular en las redes culpando a las víctimas del terrorismo de Estado

Desde hace años y de manera recurrente, se generan campañas destinadas a demonizar las leyes reparatorias que desde 1985 se han aprobado. Son leyes destinadas a resarcir a las personas que sufrieron graves violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. Son víctimas directas del accionar represivo de los funcionarios estatales.

La Ley 18 033 en el foco permanente

La ley 18 033 de octubre de 2006, ampara a varios universos de víctimas del terrorismo de Estado: detenidos, requeridos, clandestinos, presos políticos procesados, presos políticos no procesados pero detenidos por más de un año, detenidos en centros clandestinos de detención en Argentina, exiliados y despedidos en la huelga general en el marco del Decreto 518/73.

Muy posiblemente, el número de personas amparadas en dicha ley sea 5.700 tal cual lo señala el afiche y tal como se ha informado en muchas ocasiones por diferentes medios. Teniendo en cuenta la magnitud del accionar represivo que se desplegó en nuestro país desde el momento en que el Parlamento declaró el Estado de Guerra Interno, en abril de 1972, la cifra de beneficiados es escasa.

Pone claramente de manifiesto que la acción reparatoria del Estado, tal como han señalado las auditorías internacionales, aún tiene un largo camino a transitar. Además, dicho número debería ser mayor teniendo en cuenta que existen universos no contemplados hasta el momento como los niños y adolescentes de la época que eran familiares directos de los ex presos políticos.

Una enorme maquinaria represiva

Uruguay llegó a ser el país con la mayor cantidad de presos políticos en relación a la población durante la dictadura. Según cifras oficiales durante todo el proceso iniciado el 13 de junio de 1968 hasta el fin de la dictadura, hubo 200 asesinatos o ejecuciones extra judiciales, casi 200 detenidos desaparecidos, más de 20.000 ciudadanos privados de su libertad, 7.500 de ellos procesados formalmente por tribunales militares.

Miles y miles de uruguayos, asimismo, debieron partir al exilio debido a que eran buscados por los servicios represivos. Abandonaron su país, para preservar su libertad y probablemente sus vidas, cuando Uruguay se convirtió en una gran prisión.

La tortura, incluso para enseñar a torturar, como puso de manifiesto la reciente difusión de la actuación de la justicia militar en el caso Vladimir Roslik, siempre estuvo asociada a las detenciones y a las privaciones de libertad, incluyendo a menores y abusos y violaciones sexuales.

Justicia y la obligación de reparar el daño ocasionado

Cuando los Estados atropellan los derechos de los ciudadanos tienen la obligación de juzgar a los responsables de las graves violaciones y también la de reparar el daño y el sufrimiento que ocasionan sus funcionarios.

La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, aprobada en diciembre de 2005 por la Asamblea General, es el instrumento internacional que define las obligaciones de los gobiernos y Estados al respecto y de manera integral. La Ley 18 033 y la Ley 18 596, aprobadas ambas durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez, a más 20 años del retorno a la democracia, se inspiraron en dicha resolución. Fueron leyes que implicaron un gran esfuerzo y una gran movilización por parte de nuestro colectivo para que ellas fueran presentadas y aprobadas.

El “privilegio” de haber sido torturados

Las periódicas campañas publicitarias, con participación de parlamentarios que buscan un fugaz foco de atención, presentan a los beneficiarios de las leyes reparatorias, especialmente a los ex presos políticos, como seres privilegiados que han obtenido una recompensa monetaria por haber actuado políticamente. Según informara Búsqueda en el año 2018 existían en ese momento 2153 beneficiarios de la Pensión Especial Reparatoria.

Las constancias oficiales de la actuación de la justicia militar de la época y del Poder Judicial son la base fundamental para otorgar dicho amparo a los peticionantes por parte de la Comisión Especial de dicha Ley. Fueron amparados en dicho artículo ciudadanos que pertenecían a todo el amplio abanico de opciones políticas.

El beneficio de la Pensión Especial Reparatoria del Artículo 11 de la Ley 18 033, es el resarcimiento por haber sido procesados y privados de la libertad por largos períodos por la Justicia Militar, sin garantías de ningún tipo, en detenciones asociadas a la tortura masiva y sistemática, por haber visto destrozados sus proyectos de vida.

Debe señalarse que quienes perciben la Pensión Especial Reparatoria deben renunciar a sus propias jubilaciones y pensiones para acceder a ella. Esta disposición ha sido cuestionada por los organismos internacionales de DDHH e incluso por la Institución Nacional de DDHH. Eliminar las restricciones que impiden que los ex presos políticos accedan a sus jubilaciones es un desafío pendiente del Estado uruguayo y del gobierno actual.

Presos por luchar

En este país, desde hace 36 años, hay democracia, hay libertades, hay gobiernos electos en las urnas, hay tres poderes estatales funcionando porque miles y miles de uruguayos enfrentaron la política autoritaria de Pacheco Areco, la dictadura de Juan María Bordaberry y al proyecto de país del terrorismo de Estado expresado en la reforma constitucional rechazada en noviembre de 1980. En ese multitudinario torrente popular a miles de ciudadanos les tocó ser privados de su libertad y ser confinados en centros de reclusión previstos para la destrucción. Fue el precio que pagaron por ser fieles a sus convicciones y haber elegido el camino de la libertad.

Los costos de las leyes reparatorias son solventados por Rentas Generales, no afectan los fondos propios del BPS, tal como lo establece la Ley 18 033. Los gastos en que incurre el país por cumplir con las normas de DDHH y resarcir, en parte, los daños del terrorismo de Estado son otro legado nefasto de la dictadura cívico militar. Demuestran la barbarie de su accionar contra miles de ciudadanos. Quienes la impulsaron, la llevaron adelante, la defienden y la justifican hasta hoy deben hacerse cargo. Es su responsabilidad criminal.

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Opinando N° 10 – Año 10 – Miércoles 18 de agosto de 2021

miércoles, 11 de agosto de 2021

Represor uruguayo condenado a cadena perpetua vive prófugo en Livramento

 Represor uruguayo condenado a cadena perpetua vive prófugo en Livramento


Pedro Narbondo Mato.

La Diaria - 11 de agosto de 2021 · 

Escribe Cleber Dioni Tentardini , Janaina Cesar , Naira Hofmeister en Derechos humanos

Juzgado en Italia por los delitos cometidos durante el Plan Cóndor y considerado prófugo por Uruguay e Interpol, el coronel Pedro Antonio Mato Narbondo se instaló a dos kilómetros de la frontera de su país, en Santana do Livramento. El militar goza de la protección de la Constitución brasileña ya que optó por la nacionalidad de ese país, heredada de su madre.

El coronel Pedro Antonio Mato Narbondo se ganó el apodo de El Burro por parte de sus compañeros del Ejército uruguayo por la forma brutal en que conducía sus interrogatorios. Agente de la dictadura en la década de 1970, formado en la Escuela de las Américas en Panamá, que enseñó métodos de tortura a militares latinoamericanos, Narbondo acaba de ser condenado a cadena perpetua en Italia por participar en “una impresionante serie de crímenes excepcionalmente graves”, que implicó secuestros ilegales, tortura, asesinato y desaparición de opositores políticos al régimen en Uruguay. El Burro es uno de los 14 militares del Cono Sur que han sido condenados definitivamente por los crímenes del Plan Cóndor, una colaboración secreta de inteligencia militar entre dictaduras sudamericanas.

El proceso se lleva a cabo en Italia porque varias de las víctimas de los criminales de lesa humanidad tenían ciudadanía italiana. De los 11 uruguayos condenados por el Tribunal de Casación de Roma a principios de julio, sólo Narbondo no está en prisión. A punto de cumplir 80 años en setiembre, el coronel retirado lleva una vida tranquila en un barrio de clase media de Santana do Livramento, en el estado más austral de Brasil, Rio Grande do Sul, que limita con la ciudad uruguaya de Rivera. Fue en la puerta de su casa donde habló en exclusiva con Matinal; hasta el día de hoy, ningún periodista de Argentina o Uruguay había logrado entrevistarlo.

Yo era militar, seguía órdenes y vivíamos en una era de guerrillas en los países. Los Tupamaros en Uruguay, VAR Palmares en Brasil, lo mismo en Argentina, Chile... así que todo lo que diga en mi defensa, como militar, no servirá de nada. Es en el ámbito político donde hay que resolver estos temas”, dijo. Preguntado directamente sobre si cometió los delitos por los que fue condenado, cambió de tema: “Fue un período, y eso fue todo en el pasado”. Se negó a ser fotografiado.

Narbondo vive a menos de dos kilómetros de la línea imaginaria que separa a Brasil de Uruguay, donde se lo considera prófugo de la Justicia luego de que un juez lo convocara a declarar en un caso en el que es investigado por la muerte bajo tortura de un trabajador en 1972. Él nunca se presentó y por eso existe una orden de arresto internacional emitida por Interpol a solicitud de su país de origen.

Las atribuciones de la Policía internacional contra el coronel son limitadas porque es considerado brasileño desde 2003, cuando acudió a una oficina de registro de Livramento para optar por la nacionalidad de su madre, nacida en el municipio de Rio Grande do Sul. Con esto, Narbondo está amparado por el artículo 5 de la Constitución de Brasil, que garantiza que “ningún brasileño será extraditado” para responder por delitos en otros países.

“Es un ciudadano libre en Brasil y tiene derechos y deberes como cualquier otro”, dijo su abogado, Julio Martin Favero, de Rio Grande do Sul, conocido por los militares por facilitar la regularización de los documentos de compraventa de inmuebles del lado brasileño. “Narbondo era militar en una época en la que prácticamente había una guerra civil. Nadie es un ángel, pero no puedes creer todo lo que se les atribuye. Estoy lidiando con las consecuencias y dentro de la ley. Y no me pregunten si me da vergüenza defender a un ciudadano, al que llaman genocida y no sé qué más”, expresó el abogado.

Italia condena los crímenes de la Operación Cóndor

Mato Narbondo fue condenado en Italia por participar en la muerte y desaparición de cuatro ciudadanos de ese país: Bernardo Arnone, Gerardo Gatti, Juan Pablo Recagno Ibarburu y María Emilia Islas Gatti de Zaffaroni. “Bernardo salió de la casa a las siete de la mañana y nunca volvió. Ahora, 45 años después, puedo decir que se ha hecho justicia”, dijo Cristina Mihura, viuda de Bernardo, al término de la audiencia final del proceso que condenó a los torturadores, en Roma, el 9 de julio.

“Es una sentencia histórica. Dimos a las víctimas memoria y justicia. Es un acto contra la barbarie”, declaró el abogado del Tribunal de Casación, Pietro Gaeta.

Arnone, Gatti, Ibarburu y Zaffaroni fueron detenidos en Buenos Aires y trasladados al temido centro clandestino de la capital llamado Automotores Orletti, según revelan los testimonios de sobrevivientes de tortura que se cruzaron con los desaparecidos en los pasillos del taller mecánico.

Apodado por los represores como “el jardín”, la prisión clandestina fue la base principal del Plan Cóndor en el país. Se estima que allí fueron detenidas más de 300 personas.

Por este mismo lugar pasaron los hermanos Anatole y Victoria Julien Grisonas, quienes eran niños (de uno y cuatro años) cuando fueron secuestrados con sus padres en Argentina por el servicio de inteligencia uruguayo. Este fue uno de los casos investigados por la Justicia uruguaya en el que aparece el nombre de Narbondo relacionado con delitos cometidos en el ámbito del Plan Cóndor, pero terminó siendo absuelto por falta de pruebas. Los niños pasaron por varios centros clandestinos de detención y tortura hasta que fueron abandonados en Chile, donde una familia los adoptó. Años después, recuperaron sus identidades, pero sus padres siguen desaparecidos.

En la sentencia de primer grado de Italia, la jueza Evelina Canale recordó que “la existencia del Plan Cóndor ha sido probada por muchas fuentes documentales, incluida la CIA [la agencia de inteligencia estadounidense]”. “El Plan Cóndor es un convenio de colaboración para llevar a cabo un proyecto específico para eliminar a los opositores políticos”, confirmó la jueza Agatella Giuffrida.

Uruguay comienza ahora a investigar la participación del coronel en los asesinatos del senador Zelmar Michelini y del expresidente de la Cámara de Diputados Héctor Gutiérrez Ruiz, también secuestrado en la capital argentina y trasladado al centro clandestino Automotores Orletti.

En la década de 1980, hubo un intento de dilucidar el caso, y una enfermera que supuestamente medicaba a Narbondo después de un ataque de depresión reveló que este había confesado el crimen en ese momento, e incluso le había mostrado una placa otorgada por las Fuerzas Armadas por la hazaña. En 2011, Uruguay condenó al exdictador Juan María Bordaberry y a su entonces canciller, Juan Carlos Blanco, a 30 años de prisión por su participación en este episodio y otros nueve delitos, entre ellos desapariciones forzadas y asesinato político.

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Fuente: https://ladiaria.com.uy/justicia/articulo/2021/8/represor-uruguayo-condenado-a-cadena-perpetua-vive-profugo-en-livramento/

Dos militares a prisión por asesinar a golpes a Fernández Mendieta en 1973: les llevó 40 minutos

Dos militares a prisión por asesinar a golpes a Fernández Mendieta en 1973: les llevó 40 minutos


Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS (archivo, agosto de 2016).

Por Georgina Mayo

Portal 257


Gustavo Aureliano Mieres Ultra, Alberto Ballestrino Valls y Líber Morinelli Hernández, son los tres militares responsables del homicidio muy especialmente agravado del militante del Partido Comunista Revolucionario, Óscar Fernández Mendieta. 

El pedido de procesamiento del fiscal Ricardo Perciballe se extendía a los tres militares pero la jueza Isaura Tórtora procesó este martes solo a los dos últimos. La justicia de primera instancia supo, según se consigna en la resolución a la que accedió 25siete, que Morinelli- agente de inteligencia del cuartel de Caballería de Durazno en 1973-, murió recientemente.

Ballestrino y Mieres fueron procesados, además, por privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos.

El homicidio de Fernández Mendieta se perpetró en mayo de 1973 cuando la víctima tenía 26 años. Fernández era trabajador rural y fue detenido cuando cumplía tareas en la medianera de un campo de Durazno. Fue trasladado al Cuartel de Regimiento Pablo Galarza de Durazno donde fue torturado.

La víctima murió el mismo día que fue detenido por Mieres y Ballestrino. Una vez que llegó al cuartel de Caballería, Morinelli lo esperaba en el sótano para interrogarlo. 

Mieres, Ballestrino y Daniel Blanco Fenocchio (éste también ya muerto) golpearon a Fernández Mendieta hasta matarlo y, al día siguiente, se lo informaron a la familia.

Gustavo Mieres reveló que la orden de detención de Fernández Mendieta la dio Líber Morinelli. Mieres relató que Morinelli ordenó que lo trasladaran al sótano chico y que lo interrogaran y le sacaran todos los datos filiatorios.

La resolución de la jueza Isaura Tórtora -a la que accedió 25siete- señala que el militar retirado que declaró como testigo Jesús Augusto Fagúndez Dominzain relató que el día que mataron a Fernández Mendieta vio las luces de la parte del comando encendidas. Sería 01:30 o 2:00 de la madrugada cuando el guardia le comentó que había muerto un detenido y que en el interrogatorio estuvieron presentes Mieres, Ballestrino y Blanco. Ballestrino se presentaba ante los presos políticos como cinturón negro.

Otro de los testigos militares, soldado de segunda en la época, describió que Fernández Mendieta tenía una baldosa en la cabeza y otra en los pies y que así lo tiraron para abajo hacia el sótano donde fue finalmente interrogado y torturado.

El testigo indicó también que Ballestrino estaba presente y que la víctima gritó toda la noche. Otro de los soldados testigos de esta causa describió que vio las torturas infringidas contra Fernández Mendieta.

A pesar de esto, el certificado de defunción de la época describió que la causal de muerte fue infarto de miocardio politraumatizado, tras la autopsia practicada por el jefe de servicio de la unidad Julio César Rossi Salinas.

La esposa de la víctima Graciela Ferreira solicitó a médicos de confianza que revisaran el cuerpo una vez que los militares se lo entregaron, constatando profusas lesiones en todo el cuerpo: hematomas en hombros, rodillas, labios, abdomen y cráneo. También la revisión del médico de la familia consignó quemaduras de cigarrillos en la frente.


Destacado torturador

La jueza Tórtora recaba en la sentencia legajos militares que describen el compromiso de Morinelli y lo destacan como un hombre con iniciativa, tacto, sentido práctico e inteligencia y que como S2 despliega una intensa e inteligente tarea hasta altas horas de la madrugada obteniendo resultados muy positivos.

El militar retirado Juan Alberto Saravia Madera. quien en la época era teniente, declaró que era ayudante de Morelli, y que cuando llegó al cuartel supo que un detenido había muerto y que le dieron orden de presenciar la autopsia junto a tres médicos. Saravia indicó que tenía golpes en todo el cuerpo. El policía médico retirado Hugo Luis Bosch Suárez también declaró que hubo maltrato excesivo con esa víctima.

Morinelli dijo, según consta en la la resolución judicial, que habría pasado unos 40 minutos entre que el detenido llegó al cuartel y que muriera.

La jueza Isaura Tórtora consideró en su pronunciamiento que el Derecho Penal tiene como objetivo principal resolver conflictos en la sociedad y en aras de esa finalidad el pronunciamiento, aunque sea mínimamente, contribuirá a la paz y equilibrio de la sociedad, lo que redundadará sin atisbo de duda en beneficio de las generaciones futuras.

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Fuente: https://ladiaria.com.uy/justicia/articulo/2021/8/dos-militares-retirados-fueron-procesados-con-prision-por-el-homicidio-de-fernandez-mendieta/

jueves, 5 de agosto de 2021

Crysol reiteró solicitud de reunión con el presidente

 Crysol reiteró solicitud de reunión con el presidente

La diaria - 4 de agosto de 2021 · Derechos humanos



Existe preocupación por la exposición del Estado ante los organismos internacionales.

Ante la falta de respuesta a la primera solicitud, la asociación de ex presos políticos Crysol reiteró el pedido de reunión con el presidente, Luis Lacalle Pou, para plantearle varios temas vinculados al cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos.

En diálogo con la diaria el presidente de Crysol, Gastón Grisoni, planteó que se busca tener una reunión de agenda abierta, pero advirtió que existe preocupación por la necesidad de un mayor apoyo a la fiscalía especializada en crímenes de lesa humanidad, y por la respuesta que está dando el gobierno en las audiencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“El gobierno uruguayo en una de las audiencias dijo que los familiares de detenidos desaparecidos y asesinados tenían asistencia médica, lo que no es cierto; los que tenemos asistencia mediante ASSE somos los ex presos políticos y los niños nacidos en cautiverio, pero es una prestación en salud que se ha visto sumamente recortada desde que asumió el actual gobierno”, señaló Grisoni.

Además, se le propondrá erigir un memorial de las ex presas políticas “que es un tema que ha quedado pendiente y significa una gran discriminación, por el papel que las mujeres jugaron en la lucha por la libertad y la democracia”, dijo Grisoni, que informó que Crysol quiere que Lacalle Pou participe en la reinauguración del memorial del Penal de Libertad.

Otro de los temas pendientes es dar cumplimiento a las recomendaciones de los relatores especiales en Derechos Humanos de las Naciones Unidas “y eliminar las restricciones que impiden que los ex presos políticos puedan cobrar sus jubilaciones y pensiones”, dado que tienen que elegir entre una indemnización y su jubilación.

Por otra parte, señaló que se quiere hablar con el presidente sobre la situación de “exposición” en la que queda el Estado uruguayo ante las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia. “Si bien es un poder del Estado independiente, expone al país en su conjunto al rechazo de los organismos internacionales al no reconocer la normativa en materia de crímenes de lesa humanidad que Uruguay ha ratificado”, sostuvo.

“La composición de la actual Suprema Corte de Justicia dispone al país a ser una vergüenza en los tribunales internacionales, por no promover el reconocimiento de estos crímenes de lesa humanidad”, agregó.

Grisoni planteó el rechazo de la organización ante los dichos del coronel retirado Eduardo Aranco Gil, quien dijo que los militares fueron procesados sin las debidas garantías en la Justicia. Grisoni dijo que “amerita una sanción gravísima” porque el cargo que ocupa como miembro militar de la Suprema Corte de Justicia le impide hacer declaraciones políticas, en la medida en que depende del Ministerio de Defensa, cuyo titular es Javier García.

“El argumento de él es pura y exclusivamente que no se computó, a los efectos del plazo de prescripción, los años de vigencia de la ley de caducidad. García lo debió haber sancionado como hizo Tabaré Vázquez con Guido Manini Ríos en su momento”, comentó.

Consultado sobre si el pedido de sanción contra Aranco Gil puede estar en la reunión con el presidente, respondió que el objetivo de la reunión es intercambiar puntos de vista. “Hay que reunirse, dialogar y no fomentar grietas. Avanzar en la institucionalidad, las normas de los derechos humanos y las libertades democráticas. En este país la democracia no le debe nada ni a las Fuerzas Armadas ni a Cabildo Abierto”, agregó.

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Fuente: https://ladiaria.com.uy/justicia/articulo/2021/8/crysol-reitero-solicitud-de-reunion-con-el-presidente/

martes, 3 de agosto de 2021

Ahh, maldita Ley de Caducidad

 Ahh, maldita Ley de Caducidad

 

 

Al amparo de la inconstitucional Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado y de jueces ineptos que equiparon el accionar de un Tribunal militar, conformado en plena dictadura, con la actuación del Poder Judicial, el general retirado Daniel Castellá desplegó una estupenda carrera militar en democracia.

El ministro de Defensa Nacional, Dr. Javier García solicitó la renuncia como presidente del Supremo Tribunal Militar al general retirado Daniel Castellá la semana pasada. Lo hizo al constatar que se lo mencionaba, en documentos militares de la época, como participante en el interrogatorio del Dr. Vladimir Roslik, brutalmente asesinado durante el mismo, en Fray Bentos, en abril de 1984.

Siempre se supo, desde que el Semanario Jaque desarrolló su investigación periodística, que el general Daniel Castellá participó en la detención del Dr. Vladimir Roslik siendo un oficial de infantería, en un procedimiento violento, como lo señaló su viuda. Por el crimen del Dr. Vladimir Roslik, quien ya había sido procesado en 1980 y recluído en el Penal de Libertad, ante la enorme reacción popular que se generó, la Justicia Militar dispuso el procesamiento del Jefe del Batallón teniente coronel Olivera y del Subjefe del mismo, el mayor retirado Sergio Caubarrere. Ambos fueron condenados con penas irrisorias.

Un crimen espeluznante

El asesinato del Dr. Vladimir Roslik, un joven médico residente en la Colonia San Javier, de ascendencia rusa, en el departamento de Río Negro, estremeció profundamente a la sociedad uruguaya por su violencia, su falta de sentido y por el momento en que ocurrió.

Desde el 15 de abril de 1972 cuando el Parlamento declaró el Estado de Guerra Interno y otorgó facultades extraordinarias a las Fuerzas Armadas, entre ellas el uso de los tribunales militares para juzgar a civiles, la detención y el secuestro de ciudadanos, asociado a la tortura, masiva, sistemática y generalizada, pasó a ser el modus operandi en todos los procedimientos represivos. Más de 7.500 ciudadanos fueron secuestrados, torturados y formalmente condenados por tribunales militares.

El crimen del Dr. Vladimir Roslik fue perpetrado cuando el Comandante en Jefe era el teniente general Pedro Aranco, la dictadura ya tenía las horas contadas luego del triunfo del No en el Plebiscito de 1980, ante la gran movilización popular y los operativos represivos ya no eran frecuentes.

Hoy se sabe, gracias al pedido de información realizado por La Diaria, que el Dr. Vladimir Roslik fue asesinado por órdenes superiores de los mandos en una sesión de tortura pedagógica, para interiorizar a los jóvenes oficiales sobre los métodos de interrogatorio, en una pequeña pieza, delante de 11 oficiales del Ejército que lo molieron a golpes, hasta matarlo, de acuerdo a la autopsia.

Ley de Caducidad: ley de impunidad
 
En diciembre de 1986, durante el primer gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti, el Parlamento uruguayo aprobó la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Ley 15 848) para amnistiar a los criminales del terrorismo de Estado. Fue aprobada bajo una fuerte presión de los militares comandados por el teniente general Hugo Medina y ratificada por un Referéndum en abril de 1989. La Suprema Corte de Justicia la declaró inconstitucional el 22 de octubre de 2009 mediante la Sentencia 365. 

Durante la vigencia de la Ley de Caducidad, el Poder Judicial quedó sometido a la voluntad expresa del Poder Ejecutivo y la inmensa mayoría de las causas judiciales se paralizaron. Hasta la llegada al gobierno del Dr. Tabaré Vázquez en el año 2005, los sucesivos presidentes que tuvo el país, dieron amparo en ella y mandaron archivar todas las causas y denuncias que se presentaron.

La causa judicial del Dr. Vladimir Roslik nunca pudo progresar en el ámbito del Poder Judicial porque quedó comprendida en la Ley de Caducidad. Todos los implicados en el crimen fueron amparados por ella y continuaron sus carreras militares en democracia. Entre ellos, el general retirado Daniel Castellá.

Horror: el Tribunal de Apelaciones legitima la Justicia Militar
 
Al restablecerse plenamente la pretensión punitiva del Estado en octubre de 2011, durante el gobierno de José Mujica, Ley 18 831, se llevó a cabo el intento de reabrir el caso. La jueza de Fray Bentos entendió que la causa había prescripto y era “Cosa juzgada”, dispuso el archivo de la misma. Posteriormente, el Tribunal de Apelaciones de 2º turno le dio la razón a la jueza. La esencia del planteo es sencilla. Ya actuó la Justicia Militar y por lo tanto no corresponde, legalmente, una nueva actuación judicial.

La Justicia Militar es parte integrante de las Fuerzas Armadas. En su actuación no es imparcial ni ofrece garantías de ningún tipo. Es un órgano administrativo, sujeto a las órdenes de las jerarquías castrenses. El Poder Judicial, en nuestro sistema democrático republicano de gobierno es uno de los poderes del Estado. Es, precisamente, el que tiene todas las potestades exclusivas de investigar, esclarecer y castigar los hechos de apariencia delictiva.

En el caso Vladimir Roslik, hasta ahora, ha renunciado a cumplir sus funciones constitucionales con el visto bueno de sus máximas autoridades como ha quedado demostrado.

El general retirado Daniel Castellá, al igual que decenas de represores, hizo su carrera militar en democracia protegido por la Ley de Caducidad en el marco jurídico vigente. Los ex presos políticos enfrentamos la Ley de Caducidad, promovimos activamente su anulación y, luego del fallo de la Suprema Corte de Justicia en el año 2009, el restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado. Además de apoyar todas las causas judiciales en curso, junto al conjunto de la ciudadanía seguiremos movilizados para que el Poder Judicial cumpla con sus obligaciones constitucionales.

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Opinando N° 9 – Año 10 – Martes 3 de agosto de 2021