Una mentira descarada
El representante del gobierno uruguayo en la audiencia de la Corte Interamericana de DDHH (CIDH) en el caso Diana Maidanik, Eduardo González y Óscar Tassino, realizada en el día de la fecha, el Dr. Carlos Matta, señaló que el Estado uruguayo ha reparado en salud a las familias de las víctimas, a las cuales denominó presuntas víctimas. Esto no es cierto.
El propio Estado YA ha reconocido el carácter de víctimas en todos los casos que se tramitan en esta causa, habiendo, incluso, recientemente, un procesado, el coronel retirado Eduardo Ferro en el caso de Tassino.
La ley 18 596, ley de reparación aprobada en setiembre de 2009, no les otorga a ellos, familiares de asesinados y desaparecidos, específicamente, reparación en salud. El Artículo 10 de la norma, que aborda la temática, no los incluye.
Por lo mismo, hablando en uruguayo: mintió!
Retroceso sanitario notorio
Además, los que son amparados en dicho beneficio, ex presos políticos, básicamente, aunque también los colectivos amparados por la Ley 18 033 están incluidos, desde la asunción del actual gobierno han visto sustancialmente disminuida la calidad de dicha atención.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) suspendió, desde el año 2020, la atención especializada en salud mental que llevaba a cabo mediante la Oficina de atención a las víctimas del terrorismo de Estado (OAVTE) y de la Cooperativa Cossamed.
Adicionalmente, en el marco de la restricción de gastos que se viene aplicando, al no aportar el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), desde el año pasado los recursos financieros necesarios e indispensables para el pago a los proveedores, se redujeron al mínimo las prestaciones oftalmológicas, odontológicas y otros beneficios similares que establece la Ley.
Recomendaciones pendientes de cumplimiento
Aunque no se señaló específicamente en la audiencia, no era un tema inherente a ella, el Estado, al reparar, sigue sin cumplir con las recomendaciones formuladas por los Relatores Especiales de las Naciones Unidas y la Institución Nacional de DDHH.
En lo sustancial, las ex presas y los ex presos políticos, sus viudas e hijos discapacitados, a 15 años de la aprobación de la Ley 18 033, deben seguir renunciando a sus propias jubilaciones y pensiones para ser reparados, violentando las normas internacionales que Uruguay como país ha ratificado. Asimismo, los niños y adolescentes de la época, familiares directos de las y de los ex presos políticos, siguen, al igual que otros sectores, sin ser reparados por el Estado.
La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas es el estándar de calidad para evaluar los avances en todos los planos desde el inicio del restablecimiento de la institucionalidad democrática. Es el camino a transitar para que los hechos luctuosos del pasado reciente no vuelvan a ocurrir. Para las víctimas del terrorismo de Estado ha sido un camino de muchísimas leguas.
El Estado, Poder Judicial y Poder Ejecutivo, notoriamente, siguen estando en falta. Deben cumplir con las resoluciones de los organismos continentales e internacionales de DDHH en materia de Verdad y Justicia, implementar las recomendaciones de los Relatores Especiales y asegurar el normal funcionamiento de los beneficios que las leyes han otorgado, aportando en tiempo y forma, los recursos imprescindibles.
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Opinando N° 3 – Año 10 – Jueves 17 de junio de 2021