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lunes, 15 de junio de 2020

Se equivoca el Sr. Presidente



Se equivoca el Sr. Presidente

1)    Rechazamos de manera tajante las declaraciones, por boca del Ministro de Defensa, del Sr. Presidente de la República ante el reciente pronunciamiento judicial que condenó a un soldado por haber asesinado a un detenido indefenso y esposado, desesperado por huir de las salvajes torturas a que estaba siendo sometido en las dependencias militares que lo habían capturado, en julio de 1972.

Sus preocupaciones, en la misma dirección que las formuladas por el Senador Guido Manini Ríos en el pasado mes de abril, son absolutamente inapropiadas en un sistema democrático republicano en el cual el Poder Judicial es un órgano independiente y soberano.

2)   En momentos en que el órgano supremo del Poder Judicial tiene a estudio la reapertura de las investigaciones del crimen del Dr. Vladimir Roslik, último asesinado en la tortura durante la dictadura cívico militar, las declaraciones del Presidente de la República, principal ordenador del gasto y promotor de la ley de presupuesto nacional, suponen un mensaje indebido, claramente direccionado hacia dicho órgano.

3)    Las autoridades gubernamentales deberían expresar su sincera preocupación por la enorme demora del Poder Judicial en pronunciarse ante un asesinato flagrante, tal cual ha sido demostrado con total claridad. El adecuado funcionamiento del Poder Judicial es un pilar básico de nuestro sistema democrático republicano, conquistado por la lucha de todas y todos los uruguayos.

Al mismo tiempo, debería compartir el mensaje del Poder Judicial: los oficiales del Ejército solamente puedan dar órdenes legítimas, que estén en concordancia con las disposiciones constitucionales, con las leyes vigentes y con las normas de DDHH que Uruguay ha ratificado.

4)  Expresamos públicamente, además, nuestra preocupación ante el notorio deterioro de la atención en salud que estamos sufriendo todas las víctimas del terrorismo de Estado desconociendo los alcances de la Ley 18 596 y los decretos reglamentarios de la misma. Por la vía de los hechos, al no otorgar los recursos básicos e imprescindibles, se desmantela la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de Estado, deja de operar la cooperativa de atención psiquiátrica (Cossameddhh) y los proveedores, por falta de pago, dejan de brindar los materiales indispensables.

5)   La Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (Inddhh), la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria y la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad son logros enormes de la sociedad uruguaya que deben contar con los apoyos y recursos humanos, materiales y financieros imprescindibles para continuar llevando adelante su encomiable labor. La ley de presupuesto nacional deberá contemplar satisfactoriamente sus necesidades.


7)  Desde la ratificación por parte de Uruguay del Tratado de Nuremberg, luego de la Segunda Guerra Mundial, todas las gravísimas violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado son tipificables como Crímenes de Lesa Humanidad y son por lo mismo, imprescriptibles e inamnistiables.

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Opinando N° 8 – Año 9 – Lunes 15 de junio de 2020