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martes, 12 de marzo de 2019

Gral Erramún: el “modelo” es la ley


Hace unas semanas, al asumir como Jefe del Estado Mayor de la Defensa (Esmade), el Gral Alfredo Erramún señaló que deberían ofrecerse garantías a los militares que tuvieran información sobre los Detenidos Desaparecidos para que la proporcionaran. Al mismo tiempo exaltó el “modelo sudafricano” de transición. En Sudáfrica, al finalizar el oprobioso régimen, se amnistió a quienes suministraran información y dieran muestras de arrepentimiento. Fue una salida para una problemática específica, en un país particular y en condiciones históricas especiales.

Porqué un trato preferencial para los terroristas estatales?

Al ser escuchada, la propuesta para la temática de las graves violaciones a los DDHH del terrorismo del Gral Alfredo Erramún, suena atractiva para los oídos de los medios de comunicación como El País y la comunidad integrante de la dictadura cívico militar. Si se la lleva a términos prácticos y cotidianos, es una opción no viable, no se puede extender a todos los delitos. Si se aplicara genéricamente, la vida en sociedad no existiría.

Para hacer posible la vida en comunidad existen leyes que regulan la convivencia en todos los planos. Quienes las transgreden y violentan son sancionados, para evitar que reincidan se los aparta de la vida social, se los recluye en centros especiales.

Si se generalizara la propuesta del Gral Alfredo Errasmún, se vaciarían las cárceles. Todos los criminales, diciendo la verdad, ofreciendo información, tendrían garantías, dando señales de arrepentimiento serían amnistiados, recobrarían su libertad y se reintegrarían a la vida social tranquilamente. Una alternativa absolutamente descabellada: el horror de la tolerancia cero y del vivir sin miedo.

Crímenes de Lesa Humanidad

Las violaciones a los DDHH que se cometieron en el país durante el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985 incluyen casi doscientos Detenidos Desaparecidos, pero no se limitan solamente a ese tipo de atrocidades. Hubo, además, asesinatos, secuestros, detenciones ilegales, torturas, etc: una larga lista de acciones que se califican y tipifican como delitos.

Desde la Segunda Guerra Mundial, para la comunidad internacional, excluida la Suprema Corte de Justicia uruguaya, todos los delitos que se cometieron en nuestro país, en función de tratados que se firmaron al respecto, constituyen Crímenes de Lesa Humanidad: no prescriben con el paso del tiempo, no pueden ser amnistiados ni beneficiarse de indultos o institutos similares.

Para desplegar un trabajo enfocado y profesional en la persecución de los mismos, incluso, se aprobó una ley específica creando una Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad. Desde su creación, al frente de la misma, se encuentra el Dr Ricardo Perciballe.

Vale la pena recordar que, a diferencia de lo ocurrido en otros países de la región, en el marco del Plan Cóndor que promovió y apoyó el gobierno de EEUU, mientras Henry Kissinger era el Secretario de Estado, en Uruguay la prisión masiva de ciudadanos, asociada a la tortura y a condiciones prolongadas e inhumanas de reclusión, fue la metodología deliberadamente seleccionada por las Fuerzas Armadas (FFAA) para destruir a los opositores y gobernar mediante el terror. Se estima que más de 25.000 ciudadanos fueron privados de su libertad y sometidos a torturas.

Desde la aprobación de  la Declaración del Estado de Guerra Interno,  por la Asamblea General del Parlamento el 15 de abril de 1972, más de 7.500 ciudadanos fueron  condenados por tribunales militares, luego de haber sido torturados, sin defensa legal, sin garantías de ninguna naturaleza, luego de semanas de estar secuestrados, incomunicados, sin contacto con el mundo exterior.

Fortalecer el Estado de Derecho y la democracia

Las declaraciones del Gral Alfredo Erramún ponen de manifiesto un claro desconocimiento de las normas de DDHH vigentes en el país. Las normas de Derechos Humanos son una conquista de la humanidad, un logro de los pueblos. Se orientan a dignificar y humanizar la vida en sociedad, en hacerla más placentera.

Las normas de DDHH tienen el mismo valor y la misma jerarquía que el resto de las normas legales que regulan la vida en sociedad, aunque aún haya estratos importantes de la sociedad que las ignoran y las desconocen.

En Uruguay, a casi 34 años del regreso a la democracia, solo un pequeño grupo de involucrados en las graves violaciones a los DDHH durante el doloroso proceso cívico militar han sido juzgados y condenados. Han disfrutado de todas las garantías legales habidas y por haber. Han sido procesados por delitos comunes y en función de ello, incluso, algunos de ellos, abusivamente, gozan de espléndidas prisiones domiciliarias.

Hasta el momento solo se ha logrado encontrar los restos de cuatro Detenidos Desaparecidos y se han identificado los pertenecientes a quien fuera secuestrado y asesinado en marzo de 1973, antes de la disolución de las Cámaras.

No hay antídotos para evitar los dramas históricos que sufren los pueblos de América Latina. Los mismos que impulsaron la secuela de golpes militares como medidas profilácticas luego de la Revolución Cubana y promovieron el Plan Cóndor, son los mismos que hoy acosan a Venezuela y nos agobian, como hacían durante el terrorismo, con campañas mediáticas a través de El País, las cadenas televisivas y las redes en su poder.

La investigación, el esclarecimiento de las graves violaciones a los derechos humanos, la sanción penal y administrativa, son medidas necesarias e indispensables para hacer justicia y, fundamentalmente, para afirmar la democracia, la institucionalidad democrática y el Estado de derecho.

La Resolución 60/147 de la ONU

Verdad, Justicia, Memoria, Reparación Integral y garantías de no repetición, son medidas ejemplares, explicitadas en la Resolución 60/147 de la Asamblea General de las Naciones Unidas para superar situaciones traumáticas como las vividas por Uruguay. Su implementación es responsabilidad de todo el Estado, de sus tres órganos, incluyendo al Presidente de la República que debe enviar a la brevedad posible el proyecto de ley para superar las injusticias que sufren las y los ex presos políticos.

El Gral Erramún dejó muy claro que hay quienes saben. Ocultan la información. El Poder Judicial debe cumplir con sus cometidos legales. La Suprema Corte de Justicia debería asumir su liderazgo al respecto en base a las disposiciones y las normas legales vigentes. Ese es el camino.

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Opinando N° 1 – Año 8 – Martes  26 de febrero de 2019