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sábado, 30 de agosto de 2014

Marca de la memoria en CX30

LA MEMORIA COMO ABRAZO

Caras y Caretas - 30 8 14

En una ceremonia encabezada por la intendenta de Montevideo, Ana Olivera, gran cantidad de oyentes y ex trabajadores de CX 30 se congregaron en la puerta del Palacio Salvo, donde se ubica el histórico estudio desde donde La Radio se constituyó en una herramienta de la resistencia a la Dictadura cívico-militar que sometió al Uruguay entre 1973 y 1985.

Marcas de la Memoria de la Resistencia es un proyecto que desarrollan la Intendencia de Montevideo, la Asociación Memoria de la Resistencia, el PIT CNT y la Universidad de la República.

En una primera etapa fueron 26 testimonios en lugares símbolos de la lucha del pueblo uruguayo contra la dictadura, al momento se han agregado otras tres.

Sobre este proyecto dijo Antonia Yañez, de la Asociación Memoria de la Resistencia: “Si se hace memoria y se ordenan los acontecimientos transcurridos entre estas fechas, particularmente los vinculados a la recuperación de la historia reciente, podría explicarse la razón del tiempo transcurrido”.

En agosto de 2006 el Instituto de Diseño la Facultad de Arquitectura presentó el proyecto “Lugares de la Resistencia”, propuesta que se gestó a pedido de la Asociación Memoria de la Resistencia 1973-1985.

En junio de 2010, la Junta Departamental de Montevideo aprobó el proyecto. En una resolución que fue votada en forma unánime por todas las fuerzas políticas.

La concreción de la obra se realiza mediante un convenio elaborado entre la Asociación, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Intendencia de Montevideo y el PIT-CNT.

En la marca se recuerda el papel que jugó La Radio, encabezada por José Germán Araujo, como faro de resistencia. Hicieron uso de la palabra, Fernanda Blanco, por la Asociación Memoria de la Resistencia 1973-1985; el acalde del Municipio B, Carlos Varela; Mateo Grille, director de CX30; Alberto Grille, director de CX 30 a la salida de la Dictadura y la intendenta Ana Olivera, quien destacó el símbolo que significó para aquello años el proyecto de comunicación.

 La Radio tuvo un rol preponderante la lucha por la libertad del pueblo uruguayo, este viernes Ana Olivera, recordó especialmente cuando durante el plebiscito de año 1980 CX30 armó una red de corresponsales -entregando más de dos mil carné de prensa- con los que salvaron la prohibición de participar como delegados en los circuitos de votación organizando un muestra de los resultados.

La placa que se instaló en la vereda frente al palacio Salvo dice lo siguiente: “CX 30 LA RADIO. Los medios de comunicación y particularmente CX 30 La Radio, tuvieron una actuación destacada en la promoción de la resistencia popular, ciudadana y democrática contra la dictadura cívico militar instaurada el 27 de junio de 1973”.

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martes, 26 de agosto de 2014

El dedo en la llaga

Antes de concretar su renuncia, López Mazz habla de la búsqueda de desaparecidos en Uruguay.
La diaria - 26 8 14 - Por Lourdes Rodríguez

Este viernes, el antropólogo José López Mazz dejará formalmente la coordinación del Grupo de Investigación en Antropología Forense (GIAF), aunque entregará el informe de lo actuado en unas semanas. 
Admite que hubo diferencias con Familiares de Detenidos-Desaparecidos -“yo ya había saneado la situación”-, pero evita hablar de eso. Argumenta que ya “cumplió un ciclo” en ese rol, que su renuncia estaba planteada desde hacía meses y que deja un equipo preparado para continuar las investigaciones.
-¿Qué demostraron los cuatro hallazgos en estos diez años?
-Yo diría seis: cuatro hallazgos de enterramientos completos identificados [Ubagésner Cháves Sosa, Fernando Miranda, Julio Castro y Ricardo Blanco] y restos residuales de dos personas distintas cuyo ADN no fue identificado en el chequeo con el banco de datos uruguayo ni el argentino. Los hallazgos confirmaron la existencia de desaparecidos; eso puede ser evidente para una parte de la población, pero no para todo el mundo. Produjimos el hecho desaparecido-aparecido. Se confirmó que la información que dieron a la Comisión para la Paz no era correcta. Demostraron que cada uno de los casos no era lo que se había dicho, que los patrones de violencia no eran como se sostenía y que no hubo excesos esporádicos: Castro tenía un balazo en la cabeza, evidentemente se trató de una ejecución.
-¿Qué cosas facilitaron esos hallazgos y qué faltó para que se produjeran otros?
-Hasta que empezamos a trabajar, había una comisión [en referencia a la Comisión para la Paz] que averiguaba. Nosotros empezamos a investigar, a sistematizar toda la información, a clasificarla, a tratar de establecer correlatos entre indicadores ocasionales de los testimonios y los lugares. La información era igual de imperfecta, sólo que no la certificamos como hizo la comisión de Jorge Batlle, que les dio certificación de calidad a todos los datos que dio el Ejército. Nuestra investigación produjo información independiente. La información que obtuvimos nunca fue buena, siempre exigió de nosotros trabajo de análisis y de crítica que nos permitiera, a partir de ella, obtener escenarios de búsqueda e hipótesis de trabajo. Eso hemos aportado: investigación y método.
-Cuando se habla de que hay “falta de información”, ¿se habla del silencio de los perpetradores o de que se salió a buscar y no se encontró?
-Yo hago lo que me toca. Cada gobierno pretende haber hecho gestiones y financia un equipo como el nuestro, que no es barato. Nosotros trabajamos con la información que nos suministran [desde el Poder Ejecutivo] y con la que somos capaces de obtener.
-¿Hubo diferencias entre las administraciones de Tabaré Vázquez y José Mujica?
-Tuve la misma buena disposición en cuanto a los medios y las coordinaciones. Me consta que en las dos administraciones se buscó información.
-Teniendo en cuenta que habrá un cambio de gobierno, ¿de qué depende que el GIAF continúe sus investigaciones?
-De la voluntad política. La voluntad política hace que exista un crédito; si no existe un crédito, [sus integrantes] no se van a transformar en boy scouts de Familiares, la gente va a tener que ir a trabajar.
-¿Qué avances hubo en la investigación sobre el paradero de María Claudia García de Gelman?
-Trabajamos en el marco de causas, y la vuelta del Batallón Nº 14 al Nº13 solicitada por el juez [Pedro] Salazar está en el marco de una hipótesis de que tanto María Claudia como otros traídos de Buenos Aires podrían haber pasado por el 13.
-¿Por qué si Blanco estaba “a pasitos” de Castro se demoró casi un año en encontrarlo?
-Marcamos una zona de trabajo, la dividimos en lo que se podía hacer por día y en determinado tiempo. La probabilidad de que aparezcan es ese tiempo no la sabés hasta que no ejecutaste toda la zona. Estaba en una zona próxima a donde habían estado buscando con máquinas y habían retirado cuerpos, y nosotros lo que buscábamos eran cuerpos que se les habían escapado. Lo sabíamos por fotos aéreas, porque ellos estaban obligados a desmalezar para pasar la retroexcavadora con la que buscaban [los cuerpos de los desaparecidos]. Nos concentramos en los límites donde no bajaron los árboles para meter la máquina: ahí encontramos los que se les escaparon.
-¿De dónde sale la hipótesis de la existencia de la Operación Zanahoria?
-No es una hipótesis mía ni del GIAF. Esa hipótesis se la pasaron al secretario de Presidencia [durante el gobierno de Vázquez], Gonzalo Fernández. Fue la primera información que obtuvo el gobierno. También fue usada por el Ejército en el informe que envió a la primera Comisión para la Paz, pero de manera abusiva, como diciendo que habían retirado todo y no había quedado nada. Nosotros demostramos que no es así. Señalamos que para que fuera verdad deberíamos encontrar indicaciones de dónde habían trabajado esas máquinas, la tierra revuelta, restos residuales de cuerpos humanos; las huellas de las máquinas en la película de Virginia Martínez [Las manos en la tierra, de 2010] termina con eso. Y eso fue hallado. Están las huellas de las máquinas debajo de los bosques. Los restos parciales, el lugar de emplazamiento de Castro y Blanco es al borde de grandes desmalezamientos que hicieron en 1983 o 1984, buscando los cuerpos para hacerlos desaparecer. Yo no digo que [la Operación Zanahoria] haya sido exhaustiva, porque hay gente que se enoja. Yo soy científico. Establezco los parámetros de control: desde observaciones hasta la calidad de la prueba. No puedo decir que el cocodrilo vuela pero bajito.
-Es que esa hipótesis atenta contra las expectativas de quienes buscan a sus seres queridos.
-Pero no es mi trabajo cuidar las expectativas. Yo soy como un vidriero: si el vidrio está mal puesto, está mal puesto. Si me dicen que existió la Operación Zanahoria, yo te muestro las pruebas que la mostrarían. Si las encuentro no puedo estar cambiándolas; no sería serio. No nos llamaron para hacer eso. Nosotros venimos de la academia. Que no se olvide la gente de que no venimos de un comité.
-También habló de fosas comunes.
-Hay análisis de tipo criminalístico que no se han hecho porque no disponemos de los recursos humanos necesarios. Pero los patrones de violencia son bastante claros. Hay momentos en que están “matando” gente que se les muere en la tortura; eso da lugar a enterramientos próximos a lugares de tortura. Raptan gente en Buenos Aires, hacen vuelos clandestinos. Es evidente que cuando ejecutan el tipo de enterramiento clandestino no es el de muertes periódicas. Es muy probable que toda esa gente esté junta porque se necesita de un procedimiento. No es lo mismo matar a una persona eventualmente que ejecutar entre 20 y 30. Esa conducta produce otros escenarios, son patrones de violencia bastante estudiados. No digo que existan fosas comunes, digo que no lo descarto. Sólo en el caso de que hubieran salido con cada uno a cada punta del país...
-¿Cuáles serían esos lugares?
-[La información que manejamos desde el principio hace referencia a seis u ocho lugares y que en esos lugares es probables que estén]. Son lugares extensos y complicados, no te los puedo decir porque están en el marco de presumario.
-¿Cómo fue la relación con el Poder Judicial?
-Con los diez o 12 jueces con los que me ha tocado trabajar, excelente.
-¿Se reunió con Familiares después de su renuncia?
-No, me había reunido antes. La situación estaba planteada desde hacía un mes. Ya había saneado la situación, ya se sabía que en octubre me iba a ir. Y bueno, alguna cosita yo había defendido de mi autonomía técnica. Es lo que me ha dado tanto rédito y respeto. No tengo por qué renunciar a ella; para eso me manda la Universidad. Los cocodrilos no vuelan, que me disculpen. Y “familiares” es una palabra muy grande, ¿no? Hay organizaciones que tienen ese nombre. Yo no paro de recibir mensajes de familiares que también son familiares.
-¿Qué quiere decir en este contexto lo de los cocodrilos?
-Que hay cosas que son sí o no, que no son en porcentaje. A Uruguay le cuesta mucho eso. Se conjuga todo en un futuro condicional: si hubiera, si hubiese, si eso ocurriera, entonces había, y se construye una torre de Babel en la que la primera premisa es falsa y después se cayó. Consideré que soy un científico y tengo una actividad profesional, que en estos años hemos avanzado muchísimo y que hay gente formada que podía seguir trabajando, y que yo quería cumplir un ciclo. No es tan terrible eso.
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viernes, 22 de agosto de 2014

El presidente del BPS en defensa de planes electorales de Vázquez

MURRO AFIRMÓ QUE LA OPOSICIÓN HACE PROPUESTAS "SIN HACER CUENTAS"

El presidente del BPS, Ernesto Murro, elogió ayer las propuestas de Tabaré Vázquez de entregar tablets a los jubilados y la creación del Sistema Nacional de Cuidados por entender que generarán mayor equidad y justicia social en el país.


El País - Por EDUARDO BARRENECHE vie ago 22 2014



Murro habló del proyecto de las tablets para jubilados. Foto: Agustín Martínez

En un discurso de una hora y 40 minutos ante un centenar de expresos políticos congregados en la sede de Crysol, Murro también disparó a la oposición por presentar propuestas sin explicar cómo serán financiadas. "En estos tiempos se hacen promesas sin hacer cuentas", afirmó.
En el comienzo de su intervención, Murro aclaró que se encontraba en la sede de la asociación de expresos políticos como presidente del Banco de Previsión Social. "Hoy estamos ocupando la presidencia del BPS y, en esa condición estamos acá", dijo.
En una primera parte de su intervención, Murro explicó la incidencia que hoy tiene la tecnología en los hogares y en la vida de las personas.
Tras indicar que junto con organizaciones sociales el BPS entrega a jubilados y pensionistas computadoras recicladas, el titular del banco previsional señaló que existe una demanda de más equipos en este segmento de la población y agregó que, en ocasiones, muchos adultos mayores le preguntan cuándo se entregarán las tablets prometidas por Vázquez.
"Esa es una necesidad que está creciendo", dijo en alusión al incremento del uso de la tecnología en dicha franja etaria.
Tras efectuar un racconto de todos los beneficios que el BPS otorga a los adultos mayores, Murro se refirió a la creación del Sistema Nacional de Cuidados, otra de las propuestas lanzadas recientemente por Tabaré Vázquez.
El candidato izquierdista planteó que, en caso de alcanzar el gobierno, creará un sistema de cuidados que abarcará a niños de menos de tres años, ancianos y personas discapacitadas de todas las edades.
El presidente del BPS dijo que esta iniciativa hoy se puede plantear porque "antes se hicieron otras cosas" como haber extendido la jubilación, haber implementado una reforma de la salud, aumentado la cantidad de personas empleadas, triplicado las exportaciones y reducido la deuda externa.
Murro dijo que un Sistema Nacional de Cuidados "es algo raro en el mundo" y se trata de un régimen que "solo existe en países nórdicos". Agregó que en América Latina "no hay" un sistema de cuidados
Un Sistema Nacional de Cuidados es una necesidad porque "las mujeres trabajan a la par de los hombres y todavía ellas tienen que atender a los niños y a los ancianos. Tenemos que resolver esa contradicción y para eso hay que crear ese sistema", insistió el presidente del BPS.
También recordó que la expectativa de vida en Uruguay aumentó en comparación con otras regiones del mundo, lo que conlleva que existan más personas -sobre todo mujeres- viviendo solas.

Negocio redondo.


En 2005, 140.000 personas cobraban el equivalente de $ 7.000 de jubilación. Hoy, dijo Murro, solo 7.000 pasivos perciben esas cifras y eso porque reciben ingresos de otras cajas previsionales o del extranjero. "Por el BPS nadie percibe menos de esa suma", reiteró.
Murro señaló que un productor rural aporta durante su vida laboral $ 1.000 por mes y cuando se jubila pasa a cobrar $ 7.000. "No hay un mejor negocio en el país. Alguien tiene que hacer estas cuentas", advirtió.
Señaló que una situación similar ocurre con un almacenero que aporta $ 1.300 mensuales y se jubila con $ 7.000 y explicó que ambos casos ocurren porque en Uruguay funciona un sistema previsional solidario.
"Los $ 7.000 no son suficientes para vivir. Pero esas personas (el comerciante y el estanciero) aportaron $ 1.000 mensuales y habrían recibido $ 2.500 o $ 3.000 como jubilación", insistió el jerarca previsional en alusión a los aumentos por encima del Índice de Precios al Consumo (IPC) que otorgó el BPS en los últimos años.
Murro dijo que "no tiene gollete que los productores agropecuarios, en Uruguay, no paguen el Impuesto de Primaria".
También cuestionó a productores granjeros por solicitar la exoneración de aportes patronales cada vez que padecen una inundación o sequía.
"Ese pedido es un invento uruguayo. No existe en otra parte del mundo. Estas son las cosas que hay que discutir. Estamos en los aportes patronales más bajos de la historia de Uruguay. Antes se paga 12% y hoy 7,5%", reiteró.
Según Murro, la cifra que se paga en Uruguay por ese concepto es menor que la que se abona en Brasil y Argentina (18% y 20% respectivamente), así como también en India, China y Rusia (18%).

Jubilados: tablet o aguinaldo


Tablets o aguinaldos. Esa cuestión, que se plantean muchos jubilados, también fue abordada ayer por el presidente del BPS, Ernesto Murro, en la charla con expresos políticos efectuada en la sede de Crysol.
Murro advirtió que la disyuntiva que pretendía plantear era aguinaldo o aumento constante de las jubilaciones.
Recordó que el aumento de las jubilaciones por encima del IPC cuesta US$ 500 millones. "En la dictadura hubo aguinaldo para los jubilados. Pero las jubilaciones eran miserables", recordó.
También planteó que en lugar de otorgar un aumento de un 12% de las jubilaciones -la inflación de 2013 fue de 8,52%- se otorga un 9%, "se pueden pagar los aguinaldos. Prefiero dar aumentos constantes porque las jubilaciones crecen en el tiempo", dijo.

Tras destacar políticas sociales implementadas por el BPS, Murro puso énfasis en el programa de turismo social que benefician a 50.000 jubilados cada año. Dijo que, gracias a que Cutcsa vende al BPS ómnibus reciclados para el uso de adultos mayores, jubilados de varios departamentos recorren zonas de interés turístico. "Algunos de ellos hacía 20 años que no salían de sus barrios", contó.
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General al Juzgado

BARNEIX CITADO POR CASO PERRINI 


Caras y Caretas - 21 8 14


 

El general (r) Pedro Barneix deberá comparecer el próximo 16 de setiembre ante la Justicia, para declarar en relación a la muerte por torturas de Aldo Perrini, en 1974. Barneix deberá cumplirá la audiencia ratificatoria, ante el pedido de procesamiento con prisión en su contra por este crimen. También fueron citados los responsables de la autopsia histórica sobre el caso.

La jueza Penal de 7º Turno, Beatriz Larrieu, dispuso la citación del general (r) Pedro Barneix, para declarar en audiencia ratificatoria (artículo 126 del CPP), tras el pedido de procesamiento en su contra por la muerte por torturas de Aldo “Chiquito” Perrini, en las entrañas del Batallón Nº 4 de Infantería de Colonia.
La magistrada dispuso la citación de Barneix, de forma de concretar la audiencia que quedó trunca en junio de 2012. En esa oportunidad Barneix y los ex oficiales del Ejército, José Puigvert, Washington Perdomo y José Baudean, debían declarar en la causa, tras el pedido de procesamiento librado en su contra por la fiscal Ana María Tellechea, por el “homicidio político” de Perrini.
Puigvert, Perdomo y Baudean brindaron su testimonio, pero Barneix no lo hizo, ya que su defensa presentó una acción de inconstitucionalidad contra las leyes 18.026 y 18.831, lo que paralizó el proceso. El expediente comenzó entonces un largo peregrinar en distintas oficinas judiciales, que incluyó la declaración de incostitucionalidad de los artículos 2 y 3 de la ley 18.831 y la presentación de incidentes de prescripción por parte de las defensas.
En este sentido, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de 1º Turno decidió días atrás rechazar estos recursos y dispuso continuar con la indagatoria penal, tras considerar que el delito no prescribió. La Sala, con el voto conforme de sus tres integrantes (Alberto Reyes, Sergio Torres y Rolando Vomero), afirmó que el período de vigencia de la Ley de Caducidad no puede computarse dentro del plazo de prescripción, ya que la norma se constituyó en un obstáculo para la búsqueda de Justicia.
Con este fallo, la jueza Larrieu dispuso la citación de Barneix para el martes 16 de setiembre, de forma de cumplir la instancia pendiente en el proceso. Asimismo, la magistrada resolvió convocar para el miércoles 17 a los responsables de la autopsia histórica sobre la muerte del comerciante carmelitano.
Esta autopsia, firmada por los médicos Hugo Rodríguez Almada (catedrático en Medicina Legal de la Facultad de Medicina), Domingo Mederos y Daniel Maglia Canzani, concluyó que “está fuera de controversia que la muerte de Aldo Perrini ocurrió en prisión y en el contexto de las torturas que se aplicaban a los prisioneros políticos en el Batallón Nº 4 de Infantería”.

En esta línea, la situación procesal de Barneix es “bastante comprometida”, ya que el expediente Nº 257/74 de la Justicia Militar, por el que se investigó la muerte de Aldo Perrini durante la dictadura, y la declaración de sus camaradas (en especial, el testimonio de Baudean) refieren a la participación del alto oficial en el interrogatorio de Perrini.

Cuando se concreten estas audiencias la jueza Larrieu estará en condiciones de dictar su resolución, únicamente en los casos de Barneix y Puigvert, por cuanto los otros dos oficiales imputados en la causa, Perdomo y Baudean, fallecieron durante el desarrollo del proceso.
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jueves, 21 de agosto de 2014

Represores organizados

Defensores de dictaduras de la región se reunieron en Argentina.

La diaria - 21 8 14

El “Foro de Buenos Aires por la Justicia, la Concordia y la Libertad” reunió martes y miércoles a militares y a defensores de represores presos por su papel durante las dictaduras en la región. Éstos consideran que los juicios por violaciones a los derechos humanos son “ilegales”, que los jueces cometen “prevaricato” (juzgan mal a conciencia) y que los condenados son “presos políticos”.
De acuerdo con la agencia de noticias judiciales Infojus y la propia página web de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, hubo participantes de Chile, Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia y Uruguay. Los representantes uruguayos fueron dos integrantes del Foro Libertad y Concordia de Uruguay, los coroneles retirados José Carlos Araújo y Elmar Castiglioni. Este último fue jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia del Estado y el año pasado dijo, según Búsqueda, que eran “insignificantes” los números de muertos entre 1973 y 1985 en Uruguay. Entre los argentinos estuvo Vicente Massot, dueño del diario argentino La Nueva Provincia, que es investigado por la desaparición de dos trabajadores de su periódico.
La convocatoria a la reunión publicada por la Asociación de Familiares y Amigos de Presos Políticos de Argentina (entiéndase los militares presos por violar los derechos humanos) asegura que “los países de la región están en riesgo de disolverse en el odio y la venganza, muchas veces promovidos desde sus propios poderes públicos”. Los integrantes de esa asociación observan “un plan sistemático de demolición del orden político, jurídico, cultural, educativo y económico” de sus “sociedades”. Por lo tanto, se reunieron con “el objeto de deliberar y organizar una acción enérgica y eficaz, a fin [de] que prevalezcan la justicia, la concordia y la libertad”.
De acuerdo con Infojus, antes de que empezara el encuentro, a unas cuadras de la estación porteña de Retiro, en el hotel Meliá, se leyó una carta de Jaime Smart, un ex juez y ministro de la provincia de Buenos Aires durante la última dictadura que fue el primer civil condenado a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad en Argentina, quien fijó desde la cárcel directivas para la reunión.
El discurso de apertura estuvo a cargo de Alberto Solanet, presidente de la asociación organizadora. Dijo que la principal meta era “establecer una cooperación [...] estable” entre los participantes, que fueron 250. Además de cuestionar los juicios por el terrorismo de Estado, criticó las “reformas contranatura” impulsadas en los últimos años, entre ellas el matrimonio homosexual. Dijo que hay “una planificación sistemática” para destruir a las Fuerzas Armadas, al “orden familiar, judicial y económico”.
Araújo dijo que “la gran batalla por el imaginario se dio en la educación pública”, y cuestionó la separación entre el Estado y la Iglesia. “No debe escapar que la democracia moderna es un sistema sin valores, que se impuso dictatorialmente por la guillotina”, lamentó, en referencia a la Revolución Francesa.
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martes, 19 de agosto de 2014

Reunión de represores latinoamericanos

LOS MUCHACHOS SE JUNTAN


Caras y Caretas - 19 8 14
El Foro de Buenos Aires por la Justicia, la Concordia y la Libertad, reunirá a defensores de las dictaduras latinoamericanas. El evento se lleva a cabo en el hotel Meliá, durante el 19 y 20 de agosto. El motivo es la preocupación por los procesamientos de militares y policías por delitos de lesa humanidad.

La invitación realizada por la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, dice textualmente: “Los países de la región están en riesgo de disolverse en el odio y la venganza, muchas veces promovidos desde sus propios poderes públicos. Hay quienes quieren prolongar por otros medios los enfrentamientos que, décadas atrás, ensangrentaron a nuestras naciones; cosa que, en algunos caos, todavía hacen. Observamos un plan sistemático de demolición del orden político, jurídico, cultural, educativo y económico de nuestras sociedades […]. Ante esta situación nos reuniremos con el objeto de deliberar y organizar una acción enérgica y eficaz, a fin que prevalezcan la justicia, la concordia y la libertad. Asistirán destacadas personalidades de países amigos como Bolivia, Chile, Colombia, Perú, Uruguay y Venezuela”.
Por la Asociación firma su presidente, Alberto Solanet, hermano de Manuel, quien fuera secretario de Hacienda durante la última dictadura argentina.
Uruguay estará representado por el coronel retirado José Carlos Araújo, quien en el año 2011 llamaba a los militares a “liberar a los presos políticos”, en alusión a los encarcelados por delitos de lesa humanidad; el otro que concurrente es Elmar Castiglioni, ex jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia del Estado, quien en el año 2013 calificó de “insignificantes” la cantidad de muertos víctimas del terrorismo de Estado, agregando que la cifra es similar a las que matan en una mañana en Afganistán o en Irak. Sin embargo, a ambos les parece que los militares no tienen garantías suficientes cuando acuden a los juzgados en calidad de indagados.
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Los imperdonables, versión argentina

COMIENZAN A TRATAR EN DIPUTADOS UN PROYECTO PARA PROHIBIR QUE SE

INDULTEN LOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD

Página12 - 19 8 14 - Por Laura Vales



La jurisprudencia señala no sólo que está

vedado  indultar estos crímenes,

sino que el Estado tiene la obligación

de perseguirlos.
Este límite a las atribuciones presidenciales ya fue puesto por la Corte Suprema. La iniciativa legislativa reglamentará esa prohibición que, por lo tanto, se hará extensiva a todos los casos de este tipo en el futuro.

El Congreso Nacional comenzará a analizar hoy un proyecto de ley para prohibir a los futuros presidentes que indulten, amnistíen o beneficien con una conmutación de penas a quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad. Este límite a las atribuciones presidenciales ya fue puesto por la Corte Suprema de Justicia cuando anuló los indultos firmados por el ex presidente Carlos Menem; de lo que se trata ahora es de reglamentar esa prohibición. La Corte ha señalado, en sintonía con los tratados internacionales de derechos humanos, que no sólo está vedado indultar estos crímenes, sino que el Estado tiene la obligación de perseguirlos, investigarlos y sancionar a los responsables.
El proyecto fue redactado por el legislador y nieto recuperado Horacio Pietragalla, con el acompañamiento de otros dieciséis diputados del Frente para la Victoria. Como primer paso para su debate, esta tarde será tratado por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
En los fundamentos del proyecto, Pietragalla explica por qué tomó la decisión de llevar el tema al Congreso, teniendo en cuenta que la jurisprudencia ya lo establece sin dejar dudas. “El Poder Judicial dicta fallos vinculantes para los casos concretos que llegan a su estudio, mientras que el Poder Legislativo sanciona leyes para la generalidad de los casos”, indicó. También habló de la intención de que las instituciones democráticas reafirmen “la gravedad de los delitos de lesa humanidad y la obligación del juicio y castigo” a quienes los cometan.

Alcances

El texto que discutirán los legisladores extiende la restricción de indultar no sólo a los condenados por delitos de lesa humanidad, sino también a aquellos que estén siendo investigados o bajo proceso. Este aspecto del tema ya fue discutido en su momento y, en este sentido, también la Corte Suprema adoptó el criterio de aplicación más amplio.
Pietragalla citó en este sentido un fallo del máximo tribunal en la llamada causa Mazzeo, que en el año 2007 declaró inconstitucionales los indultos (el expediente llevaba el nombre del represor Julio Mazzeo y el perdón que fue declarado inconstitucional fue el de Santiago Omar Riveros, comandante del Cuerpo IV de Ejército que tuvo bajo su jurisdicción centros clandestinos de detención así como el Hospital Militar de Campo de Mayo, donde funcionó una maternidad clandestina empleada para el robo de bebés). “Cualquiera sea la amplitud que tenga el instituto del indulto”, dijo entonces el tribunal al declarar inconstitucional el perdón que Menem le había concedido en 1989, el indulto “resulta una potestad inoponible para este tipo de proceso, pues para el supuesto que se indultara a procesados partícipes de cometer delitos de lesa humanidad, ello implicaría contravenir el deber internacional que tiene el Estado de investigar, y de establecer las responsabilidades y sanción.”
En el Congreso hay consenso entre los diputados de los diferentes bloques para avanzar en el dictamen, por lo que el proyecto podría ser debatido en el recinto de la Cámara baja antes de fin de año. Después de pasar por la Comisión de Derechos Humanos deberá obtener además el visto bueno de la de Asuntos Constitucionales.
Como antecedentes, quedaron en el camino propuestas similares presentadas en otros períodos parlamentarios por los ex diputados Patricia Walsh, Gerardo Conte Grand y Marcela Rodríguez, que habían recibido dictamen de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia en el año 2005.
Entre los cofirmantes del proyecto de Pietragalla aparecen otros hijos de desaparecidos, como Eduardo “Wado” De Pedro y Juan Cabandié, y referentes de La Cámpora como Andrés Larroque y Mayra Mendoza. También es cofirmante Remo Carlotto.
El poder de indultar o conmutar penas que tiene el presidente es una atribución constitucional. La Carta Magna se la otorga al jefe de Estado en su artículo 99.
Menem lo utilizó al otorgar los indultos entre 1989 y 1990. El primer decreto, de octubre del ‘89, benefició a los responsables del Primer Cuerpo del Ejército. Jorge Rafael Videla y Emilio Massera fueron perdonados con un decreto firmado el último día hábil de 1990. En la tanda de ese año también entró el ex ministro de Economía José Martínez de Hoz.
Como excepción, la Constitución fija “los casos de acusación por la Cámara de Diputados”. Con la reforma de 1994, los convencionales agregaron una limitación más, la de indultar a los autores de golpes institucionales. Pero en esa misma reforma quedaron incorporados a la Constitución tratados internacionales que prohíben cualquier tipo de amnistía o conmutación de penas frente a los delitos de lesa humanidad.
“El espíritu de la ley”, dijo ayer Pietragalla (ver aparte), “surge porque todavía hay sectores de la sociedad, políticos y económicos, que no están muy de acuerdo con las políticas que se están llevando adelante en el país para juzgar a los responsables de estos crímenes.”

“Creemos que a esta altura, después de recorrer muchos aniversarios del golpe, después del proceso que generó la reparación política hacia las víctimas del terrorismo de Estado, no nos podemos dar la posibilidad de que ningún sector pueda avanzar en eventuales indultos. Los delitos de lesa humanidad no pueden ser indultados; a partir de esta ley, ningún presidente podrá hacerlo nuevamente.”
HORACIO PIETRAGALLA, AUTOR DEL PROYECTO

“Para que no se pueda volver atrás”

Por Irina Hauser
Horacio Pietragalla, diputado del Frente para la Victoria, explica las razones por las que quiso impulsar el proyecto para limitar por ley la facultad del Poder Ejecutivo de indultar, amnistiar o conmutar penas a los involucrados en crímenes de lesa humanidad. Después de todo lo logrado en los juicios por los crímenes dictatoriales, advierte, “puede pasar que venga un próximo presidente e indulte”. El número cada vez mayor de cómplices civiles, a su entender, aumenta ese riesgo.

–¿Por qué hace falta una ley? ¿No alcanza con los fallos de inconstitucionalidad de la Corte Suprema?

–Es para garantizar que no se pueda volver atrás con los juicios que han avanzado. Los fallos son para el caso al que aluden y no son de aplicación general; aunque estén fundados en tratados internacionales en materia de derechos humanos que son obligatorios para nosotros, es necesario que sus principios estén reflejados en una ley programática de acuerdo con los estándares que fijó la Corte. La Constitución establece la facultad de indultar del Poder Ejecutivo, y también prevé limitaciones, aunque hasta ahora no ha sido contemplada legislativamente la que atañe a los delitos de lesa humanidad. El objetivo es que no se pueda indultar a ninguno de los genocidas que fueron o están siendo juzgados y de ese modo no obstaculizar la persecución, investigación y sanción de las violaciones a los derechos humanos, como dicen los pactos que la Argentina suscribe.

–¿El proyecto está fundado en algún temor específico de que pueda haber indultos?

–Si no hay una ley, puede pasar que venga un próximo presidente e indulte. El temor de que alguien pueda intentar hacerlo, está. Y no son sólo los militares que nos preocupan sino que cada vez se descubren más cómplices civiles, complicidad económica, eclesiástica, judicial. Cada vez más causas judiciales los involucran. Son grupos que pueden llegar a ejercer fuerte influencia. Los grupos económicos que se favorecieron con la dictadura, por ejemplo, podrían salir a bancar a algún candidato y que haya devolución de favores. En materia de derechos humanos ha habido un gran esfuerzo judicial, salvando excepciones de jueces reacios a tramitar estos casos por tener intereses en juego. Es inimaginable tener que empezar de nuevo si hay indultos o amnistías, y tener que llegar hasta la Corte. Queremos evitar judicializar conflictos en torno a este tema.

–Entre los civiles involucrados en causas de lesa humanidad que usted imagina que podrían propiciar devolución de favores, ¿en quiénes está pensando?

–Se me vienen a la cabeza muchos nombres: la investigación contra Carlos Blaquier sobre los desaparecidos del Ingenio Ledesma; las complicidades de Loma Negra, aunque la principal empresaria (Amalia Lacroze de Fortabat) murió; Vicente Massot del diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca; los socios de Papel Prensa. Ahora, quienes sean sospechosos en un juicio abierto, no podrán tener ningún beneficio. Además, como decimos en el proyecto, también en función de los pactos, las violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura se deben poder perseguir todo el tiempo necesario y con retroactividad.
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Una placa en su recuerdo

EN HOMENAJE A ALDO PERRINI



Caras y Caretas Portal - 18 8 14
Un grupo de vecinos de Carmelo (Colonia) solicitaron al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y a la Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia, colocar una placa en recuerdo de Aldo “Chiquito” Perrini en el Batallón de Infantería Nº 4 de ese departamento, como parte de una movida de recuperación de la memoria sobre su muerte.
Los vecinos solicitaron “colocar una placa recordatoria” de Perrini, muerto por torturas en 1974 en las entrañas de esa unidad militar y “además señalizadora de que dicho establecimiento fue un centro de torturas y crímenes” durante la dictadura. “Es nuestra intención colocar dicha placa de manera visible para todos los visitantes y transeúntes en la puerta de dicho establecimiento militar”, expresa la misiva, a las que accedió Caras y Caretas Portal.

El planteo se sustenta en los artículos 7 y de la ley 18.596, que establecen que el Estado promoverá “acciones materiales y simbólicas de reparación moral con el fin de restablecer la dignidad de las víctimas”, con el objetivo de “honrar la memoria histórica de las víctimas” del terrorismo de Estado. Una de las medidas es la colocación de placas o expresiones materiales simbólicas en los lugares “donde notoriamente se identifique que se hayan producido violaciones a los derechos humanos” durante la dictadura.
En este sentido, Mauro Krismanich afirmó que el pedido de colocación de una placa en memoria de Perrini forma parte de “un conjunto” de acciones que se vienen realizando en Carmelo en recuerdo de su caso, que incluyó la colocación de un busto y una placa en la plaza de la ciudad y una corrida de su hijo desde el cuartel militar hasta la plaza. Asimismo, existe un pedido firmado por unas 800 personas para nombrar una calle como Aldo Perrini. La colocación de una placa en el Batallón Nº 4 es una acción más para “el recuerdo y la memoria” del caso, dijo Krismanich.
“Por las características de ‘Chiquito’, que era un tipo muy querido en el pueblo, lo mismo que sus hijos, todas estas movidas tienen un apoyo muy importante de toda la gente de Carmelo. Se trat de un apoyo del vecino frente a una situación muy difícil y lleva a mover gente de todos los pelos” políticos, explicó Krismanich.
Aldo Perrini falleció en febrero de 1974. Un informe del equipo del Departamento de Medicina Legal de la Facultad de Medicina, fechado el pasado 12 de abril de 2012, concluyó que “está fuera de controversia” que su muerte ocurrió en prisión y en el contexto de las torturas que se aplicaban a los prisioneros políticos en el Batallón Nº 4 de Infantería.
En este sentido, las lesiones “se corresponden con una víctima multigolpeada, excluyéndose de plano una etiología médico-legal accidental o autoinferida como la señalada en varias declaraciones de los militares actuantes”. “Los hallazgos pulmonares descritos en el examen macro y microscópico resultan compatibles con una inmersión incompleta, del tipo de la producida en la tortura conocida como submarino”, señala el informe. Por tanto, se descarta una muerte por “causas naturales”, consideró la Junta Médica.
Con estos elementos, y un cúmulo de testimonios recabados durante la indagatoria, la fiscal Ana María Tellechea solicitó, sobre principios de 2012, el procesamiento con prisión del general (r) Pedro Barneix y otros tres militares, entre ellos, el coronel José Baudean (hoy fallecido) por el “homicidio político” de Perrini. Sobre este pedido aún no existe pronunciamiento de la Justicia.
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lunes, 18 de agosto de 2014

Nuevo Código del Proceso Penal

Cerca de aprobarse


Tras varios años de trabajo, la Comisión de Constitución y Legislación del Senado aprobó las bases del futuro proceso penal. Implicará un proceso acusatorio oral y público en el que los fiscales tendrán a su cargo la investigación. Una de las innovaciones más notorias es que las víctimas podrán participar en el proceso.


Caras y Caretas - 17 8 14 - Por Mauricio Pérez


La aprobación de un nuevo Código del Proceso Penal (CPP) se apresta a transformar las bases de un sistema que, pese a las críticas desde diferentes ámbitos, se mantuvo vigente por varias décadas. Basado en el sistema inquisitivo, el juez era el encargado de dirigir el proceso y, posteriormente, dictar resolución. Con la aprobación del nuevo CPP se abre paso a un proceso acusatorio oral y público en el que la investigación correrá por cuenta de los fiscales.
El martes pasado, el texto del futuro CPP fue aprobado en la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores. El objetivo es lograr una pronta votación en el plenario y en la Cámara de Representantes para que, según se establece, el CPP entre en vigencia el 1º de febrero de 2017. Se busca que todos los actores del proceso, así como la ciudadanía, se adapten al nuevo formato.
El nuevo sistema implicará un cambio de reglas. Los fiscales definirán si se inicia un proceso o se archiva una indagatoria, y los imputados tendrán acceso constante a las actuaciones, salvo cuando se consideren reservadas. Los jueces, en tanto, ejercerán un rol de tercero imparcial. Tendrán la responsabilidad de disponer o rechazar las medidas de pruebas requeridas por las partes y de dictar sentencia.
Pero lo más novedoso es que el proceso habilitará la participación de las víctimas, que podrán, si lo desean, participar de las audiencias, pedir pruebas para coadyuvar a la investigación del Ministerio Público, solicitar medidas de protección y, eventualmente, cuestionar el pedido de sobreseimiento de los imputados. 
Cambio de raíz

Actualmente, cuando se produce un hecho delictivo, la Policía se comunica con el juez de turno para informarle de la situación y recibir instrucciones para iniciar la investigación. A partir de la entrada en vigencia del nuevo CPP la comunicación se realizará “inmediatamente y por el medio más expeditivo” a los fiscales, quienes serán los encargados de dirigir la indagatoria y adoptar las medidas necesarias para el éxito de la investigación.
En la escena del crimen, la Policía podrá adoptar diversas medidas sin necesidad de orden previa, como detener a los responsables del ilícito en casos de flagrancia o fuga; resguardar el lugar donde ocurrió el hecho para evitar que se alteren o borren rastros o pruebas; recoger, identificar y conservar los objetos o instrumentos de cualquier clase que se presuma que fueron utilizados en el ilícito; identificar e interrogar a los testigos que se presenten en forma voluntaria.
Sin embargo, los policías sólo podrán interrogar “autónomamente” al imputado a los efectos de constatar su identidad. “Si el imputado manifiesta su disposición a declarar, se tomarán las medidas necesarias para que declare inmediatamente ante el fiscal. Si esto no fuera posible, se podrá consignar las declaraciones que voluntariamente quiera prestar, previa autorización del fiscal y bajo su responsabilidad”, expresa el texto.
Durante la indagatoria, el imputado podrá designar a su abogado, quien tendrá amplias potestades de participar en todo el proceso –incluso en la etapa de las investigaciones y con la potestad de presentar pruebas para “desvirtuar” las imputaciones contra su cliente– y de ser informado de los hechos. También tendrá derecho a guardar silencio (sin que ello implique presunción de culpabilidad) y negarse a prestar juramento o promesa de decir la verdad.
Cuando el fiscal entienda que hay elementos para formular la imputación, le solicitará al juez que formalice la investigación. El magistrado fijará una audiencia preliminar en la que se informará a la persona su situación y las imputaciones en su contra, y se realizarán los interrogatorios. En caso de que las pruebas sean contundentes, el fiscal podrá solicitar un proceso extraordinario y formular la acusación en plena audiencia. El imputado puede aceptar o negarse a este proceso extraordinario. Si lo acepta, así será tramitado; si se niega, la decisión estará a cargo del juez.
Que un hecho sea tramitado por proceso extraordinario implicará que la audiencia culmine con una sentencia definitiva, es decir, con la condena o el sobreseimiento del imputado. Esto supone que este podrá ser enviado a prisión ya con la pena fijada, en un plazo de 48 horas desde su detención, lo cual da respuesta a uno de los principales problemas del sistema penal uruguayo: la cantidad de privados de libertad sin condena. 
La denuncia

La indagatoria de un delito también puede comenzar por disposición de oficio del fiscal o por denuncia de las víctimas. Cualquier persona podrá presentar, por escrito o en forma verbal, denuncia ante el fiscal, la Policía o el Juzgado Penal, con detalles del hecho y, si es posible, la identificación de los responsables. Cuando la Policía y el Juzgado tomen conocimiento de un delito, deberán remitir en forma inmediata los antecedentes al Ministerio Público.
El fiscal recibirá la denuncia, analizará los hechos y deberá decidir si corresponde iniciar la indagatoria o disponer el archivo del caso. En este contexto, el fiscal tiene la potestad de disponer la presencia en su despacho de todos los que puedan aportar elementos útiles para la investigación –entre ellos, el indagado, el denunciante, los testigos y peritos–, para confirmar la denuncia.
Asimismo, el fiscal dará las instrucciones a la Policía y solicitará al Juzgado todas las medidas probatorias que entienda pertinentes, entre ellas, la interceptación de llamadas telefónicas y medios de correspondencia electrónicos o el relevamiento de cuentas bancarias. “Las actuaciones de investigación preliminar llevadas a cabo por el Ministerio Público y por la autoridad administrativa serán reservadas para los terceros ajenos al procedimiento. El imputado y su defensor, así como la víctima, podrán examinar los registros y documentos de la investigación fiscal”.
“Sin embargo, el fiscal podrá disponer que determinadas actuaciones, registros o documentos permanezcan en reserva respecto del imputado, su defensor y demás intervinientes, toda vez que lo considere necesario para asegurar la eficacia de la investigación. En este caso, deberá identificar las piezas o actuaciones respectivas, y podrá fijar un plazo de hasta cuarenta días para el mantenimiento de la reserva, previa autorización judicial. Dicho plazo podrá ser prorrogado por el juez mediante petición fundada del Ministerio Público hasta por un plazo máximo de seis meses”, expresa el texto.
Cuando considere que cuenta con elementos suficientes, solicitará iniciar una investigación formal y, eventualmente, dispondrá medidas cautelares contra los responsables –entre ellas, la privación de libertad–. El magistrado analizará las pruebas y dictará su resolución. En caso de iniciar el juicio y disponer la prisión de los imputados, declinará competencia ante otro Juzgado, que será el encargado de continuar con la indagatoria. La prisión preventiva de los imputados deberá dictarse por resolución fundada y ante casos de delitos graves, ya que se pretende que sea la excepción, no la regla.
Si la investigación se inicia con el imputado en libertad, el proceso seguirá adelante, el magistrado dispondrá el diligenciamiento de la prueba y fijará audiencias. En ambos casos, el defensor tendrá derecho a tomar conocimiento de todas las actuaciones que se hayan cumplido desde la indagatoria preliminar “en un plano de absoluta igualdad procesal respecto del Ministerio Público. […] El juez, bajo su más seria responsabilidad funcional, adoptará las medidas necesarias para preservar y hacer cumplir este principio, sin perjuicio de las medidas urgentes y reservadas”.
En las audiencias participarán todas las partes. Si alguna faltara y la audiencia se realizara de todos modos, se considerará nula toda la instancia. El juez sólo podrá efectuar preguntas ampliatorias. Una vez que concluya la investigación preliminar, las audiencias serán públicas, salvo por consideraciones de orden moral, público o por cuestiones de seguridad de las partes, o para preservar la privacidad o dignidad de las personas que intervienen en el proceso.
Esto implicará que cualquier persona podrá concurrir, pero el juez será el encargado de asegurar el normal desarrollo de la instancia, por lo que podrá ordenar que quien perturbe las actuaciones se retire de sala, y también podrá prohibir al público y a la prensa el empleo de medios técnicos de reproducción y filmación.
El proceso continuará hasta que el fiscal formule acusación contra el imputado. El abogado contestará la acusación y el juez dictará la sentencia. 
Las víctimas

El CPP considerará como víctima “a la persona ofendida por el delito” y reconocerá su derecho a participar en el proceso penal. La víctima tendrá la posibilidad de conocer “la totalidad de las actuaciones cumplidas” durante las investigaciones (siempre que no se trate de actuaciones reservadas) y podrá solicitar el diligenciamiento de pruebas durante la indagatoria, la audiencia, e incluso en segunda instancia, “coadyuvando con la actividad indagatoria y probatoria del fiscal”.
Además, podrá solicitar medidas de protección ante “probables hostigamientos, amenazas o agresiones contra ella, sus familiares o sus allegados”, así como medidas asegurativas sobre los bienes del encausado que estén vinculados con el delito. En caso de víctimas carentes de recursos, la norma establece que se les designará un abogado defensor público que las represente.
Empero, uno de los aspectos más relevantes, y sobre el que hay visiones encontradas, es que las víctimas tendrán también la posibilidad de “oponerse” ante la Sede a la decisión del fiscal cuando este resuelva no iniciar la indagatoria o solicite el sobreseimiento del imputado.
En ese caso, la víctima deberá ser oída por el juez y podrá solicitar que se reexaminen los hechos. El juez estudiará los argumentos y, si considera que los hechos denunciados pueden constituir delito, remitirá el caso a un fiscal subrogante –que tendrá un plazo de veinte días para pronunciarse– y elevará los antecedentes a la Fiscalía de Corte. “Si el fiscal subrogante reitera el pedido de sobreseimiento, el juez lo decretará sin más trámite”, con notificación a las partes y a la Fiscalía de Corte.
En casos de muerte de la víctima (por ejemplo, en un homicidio), se establece un orden de personas que pueden ejercer como suyo el derecho de la persona fallecida. Este listado incluye a los padres (por hijos sometidos a patria potestad, o solteros, divorciados o viudos, no unidos en concubinato y que no tuvieran hijos mayores de edad); el cónyuge, concubino o los hijos mayores de edad; los hermanos; los abuelos, y allegados que cohabitaban con la víctima. En casos de víctimas declaradas incapaces por vía legal o menores de edad, comparecerán sus representantes legales.
Esta lista implica un orden de prelación, “de manera que la actuación de una o más personas pertenecientes a determinada categoría, excluye a las comprendidas en las siguientes”. Asimismo, se establece en forma expresa que “no podrán actuar en representación de las víctimas ni ejercer los derechos que a estas correspondan, quienes fueran indagados por su presunta responsabilidad en el delito”. 
No se investiga

El CPP establece que “el fiscal podrá abstenerse de toda investigación, o dar por terminada una investigación ya iniciada, si los hechos relatados en la denuncia no constituyen delito, si los antecedentes y datos suministrados indican que se encuentra extinguida la responsabilidad penal del imputado, o si las actuaciones cumplidas no hubieren producido resultados que permitan la continuación útil de la indagatoria. La resolución de no investigar o de dar por terminada la investigación será siempre fundada, y se comunicará al denunciante y en su caso a la víctima que hubiere comparecido o estuviere identificada”.
En este sentido, el Ministerio Público podrá desistir de iniciar una investigación cuando se trate de delitos de escasa entidad que no comprometan gravemente el interés público, siempre y cuando la pena mínima no supere los dos años de privación de libertad o que hayan sido “presumiblemente” cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, cuando se trate de delito culposo (sin dolo) que haya irrogado al imputado una grave aflicción, cuyos efectos puedan considerarse mayores a los que derivan de la aplicación de una pena; o cuando hayan transcurrido cuatro años del hecho y se presuma que no existirá pena de penitenciaría, siempre y cuando no se produzca una de las causas que interrumpan la prescripción.
En caso de que el juez entienda que la decisión del fiscal “no se ajusta a derecho, así lo declarará, con noticia del jerarca del Ministerio Público. En tal caso el fiscal actuante quedará impedido de seguir conociendo en el asunto. Los autos se remitirán al fiscal subrogante, quien deberá expedirse en el plazo de veinte días reiterando o rectificando, definitivamente, la posición de la Fiscalía”. 
Sin querella privada

Horas antes de la aprobación del CPP, la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recomendó al Parlamento que reconsidere el rol que se le otorga a la víctima en el proceso penal. En un comunicado público, la Inddhh propuso consagrar una participación “real y efectiva” de la víctima en el proceso penal, otorgando la posibilidad de ejercer la acción penal (“querella privada”), en los casos en que el Ministerio Público solicite el sobreseimiento de los imputados.
Según la Inddhh, con el texto aprobado “la pretensión punitiva seguirá quedando exclusivamente en manos del Estado, a través de la intervención del Ministerio Público, sea a través del fiscal que por turno corresponda, o, en su caso, de un fiscal subrogante. […] El modelo propuesto en el proyecto de ley no modifica sustancialmente la situación actual, que implica la invisibilización de la víctima en la totalidad del desarrollo del proceso penal”, evaluó la Inddhh.
El senador Óscar López Goldaracena (Frente Amplio) afirmó al respecto que la participación de la víctima en el proceso penal fue parte de “un largo proceso” de negociación entre distintas corrientes jurídicas, que redundó en la aprobación de un mecanismo que garantiza su posibilidad de “coadyuvar” a la Fiscalía en cuanto a la recopilación de la prueba, aunque sin llegar al nivel de la querella privada.
El legislador dijo que, según su opinión, las víctimas deberían tener la posibilidad de apelar el fallo de un juez en caso de que se disponga el sobreseimiento del imputado, pero que la negociación permitió avanzar hasta permitir que se opongan al pedido de sobreseimiento de la Fiscalía. Empero, habilitar la querella privada, dijo López Goldaracena, sería contrario a la lógica que pregona el nuevo CPP, por el cual el titular de la acción penal es el Ministerio Público. 
Protección de identidad


El CPP consagra normas de protección de identidad de las personas vinculadas a un hecho delictivo. “Los funcionarios policiales y de la Prefectura Nacional Naval no podrán informar a los medios de comunicación social acerca de la identidad de detenidos, imputados, víctimas, testigos, ni de otras personas que se encuentren o puedan resultar vinculadas a la investigación de un hecho presuntamente delictivo, salvo autorización expresa del fiscal competente”, afirma el texto.
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