Esta semana se cumple un año del traslado de la jueza Dra.
Mariana Mota de la órbita penal a la civil, dispuesta por la Suprema Corte de
Justicia, burdamente fundada en “razones de mejor servicio”, sin cumplir con lo
previsto por el Artículo 246 de la Constitución. Se produjo en momentos en que
varias causas de DDHH que ella venía tramitando ingresaban en instancias
decisorias. Tal el caso de Aldo Perrini, asesinado mientras era torturado en el cuartel de Colonia en el año
1974.
El traslado de la jueza Mota, de acuerdo a procedimientos
habituales en el poder judicial pero no por ello acordes con las disposiciones
constitucionales, supuso, en los hechos, que las investigaciones con respecto a
las graves violaciones a los DDHH cometidas durante la dictadura se enlentecieran peligrosamente.
A tal punto es así que aún no ha podido ser procesado el Gral. ® Raúl Barneix
seriamente implicado en el crimen de Aldo Perrini, tal como lo demostró la
documentación de la justicia militar de la época que fuera descubierta casualmente.
Lo mismo ocurre con decenas de causas que la jueza Mariana Mota tenía en sus
manos mientras cumplía con el resto de las obligaciones ordinarias y
permanentes en un juzgado penal.
La remoción de la jueza Mariana Mota fue ampliamente rechazada,
en forma militante por todos los sectores de la sociedad uruguaya que realmente
están comprometidos con la institucionalidad democrática y que tienen sólidas
credenciales y compromisos de vida que
las avalan.
La protesta pacífica que algunas centenas de ciudadanos
indignados con el proceder de la SCJ llevaron a cabo en la sede de la misma fue
distorsionada, amplificada y demonizada convenientemente por los medios de
comunicación una vez que el senador Bordaberry la calificó de “asonada”,
retomando términos jurídicos y penales habituales durante el gobierno de su
padre para calificar las protestas populares en defensa de la democracia y la
libertad.
A instancias de la propia SCJ se formalizó una denuncia penal
que derivó en el procesamiento de algunos expresos políticos y de otros
ciudadanos participantes cuando se procedió al desalojo de la sede mediante un prepotente accionar de los efectivos
policiales intervinientes.
Al adoptar la sanción encubierta y de “guante blanco” de la
jueza Mariana Mota, la SCJ no solamente enlenteció casi hasta el paroxismo la
investigación sobre los crímenes del terrorismo de Estado que ella tramitaba,
desamparando a las víctimas que reclaman justicia. La SCJ envió un mensaje
amedrentador para todos los jueces y operadores judiciales que en el cumplimiento
de sus obligaciones constitucionales debieran actuar en la temática. Quienes
investiguen las desapariciones forzadas, los asesinatos, los secuestros, las
torturas, los abusos sexuales, serán sancionados adecuadamente y sus carreras
profesionales se verán truncadas.
Desde hacía más de dos años la jueza Mariana Mota venía
siendo seriamente cuestionada y criticada en una campaña orquestada y
organizada por los centros militares tal como lo denunció en su momento el
periodista Roger Rodríguez. El Dr. Gonzalo Aguirre y el expresidente Jorge
Batlle habían presionado a la SCJ abogando por su sustitución en una entrevista
solicitada a tales efectos. Los medios de comunicación, liderados por El país y
el oligopolio televisivo, en forma frecuente y reiterada, difundían notas
informativas alarmistas y catastróficas sobre su actuación. Las columnas de
opinión de los defensores vocacionales de la impunidad, cuestionando a la Dra.
Mota, eran ardientes y efusivas.
Más claro, echarle agua
A los pocos días de adoptar la sanción encubierta de la jueza
Mariana Mota, la SCJ declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de
la ley 18 831 que restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado. El
vocero de la SCJ, Dr. Raúl Oxandabarat, se apresuró a informar que dicha resolución
significaba “el punto final” para todas las causas referidas a la dictadura y
sus crímenes. El ministro de la SCJ, Dr. Julio César Chalar, recomendó a las
víctimas y a los familiares de ellas recurrir al ámbito civil para obtener reparaciones
económicas. El Dr. Ruibal Pino, presidente de la SCJ en ese momento, señaló
gráficamente que la Verdad y la Justicia encontrarían en la actual integración
de la misma “una muralla”.
A 29 años del retorno a la institucionalidad democrática en
Uruguay, solamente un pequeño y reducido grupo de golpistas y represores
seriales han sido juzgados y condenados debido a la influencia ideológica,
política y al poder real que aún detentan para impedirlo. Este hecho no es una
señal de fortaleza, precisamente, del Estado de derecho ni de la plena vigencia
de las disposiciones constitucionales. Mucho menos de las normas de DDHH que
son el pilar básico de una convivencia pacífica, civilizada, enriquecedora y
gratificante.
Para los expresos políticos, civiles y militares,
sobrevivientes del terrorismo de Estado, la lucha por la plena implementación,
en todos los planos, de la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones
Unidas, Verdad, Justicia, Memoria, Reparación y Satisfacción, para continuar la
transición democrática, es un compromiso de honor con nuestro pasado de lucha y
resistencia. Por el presente. También mirando al futuro del país: para afirmar
la democracia, el Estado de derecho e impedir que los hechos vuelvan a
repetirse.
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Opinando – Año 3 - Martes 11 de febrero de 2014