Lo urgente, las prioridades y lo importante para avanzar:
la Resolución 60/147 de la ONU es el camino a seguir transitando
El pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) del 22 de octubre de 2009 declarando la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (Ley 15 848) hirió de muerte las pretensiones de quienes anhelaban que Uruguay tuviera una democracia frágil y por siempre insegura asentada en la impunidad.
El fallo de la Corte Interamericana de DDHH (Corte IDH) en febrero de 2011 en el caso Gelman estableciendo que dicha norma carecía de efectos legales fue un elemento acelerador de la nueva situación que comenzaba a alumbrar en el país.
La decisión del Poder Ejecutivo de revocar todos los actos administrativos por los cuales se habían amparado en dicha norma más de 80 denuncias por graves violaciones a los DDHH y la aprobación por parte del Parlamento de la Ley 18 831 terminaron por eliminar todos los obstáculos legales que impedían la plena vigencia de las disposiciones constitucionales, las normas propias de un Estado de derecho y la normativa de DDHH que Uruguay ha ratificado como país en el ejercicio de sus potestades soberanas.
Los involucrados en las atrocidades cometidas al amparo de la Doctrina de la Seguridad Nacional con el concurso generoso de quienes en su momento les abrieron las puertas legales de par en par para su actuación criminal, han desatado desde hace años, una intensa y prolífica actividad para presionar al Poder Judicial e impedir que cumpla con su cometido constitucional: impartir justicia.
Para ello han dado muestra de un gran ingenio, con interferencias delicadas y diplomáticas en algunos casos, con amenazas groseras y burdas en otras, con campañas de prensa y mediáticas organizadas desde el hotel 5 estrellas de Domingo Arena, contra los jueces, los fiscales, los abogados patrocinantes, contra las víctimas denunciantes, con editoriales, editorialistas y analistas semanales, con demandas legales, chicanas grotescas, con internaciones urgentes en el Hospital Militar por estrés pre traumático y hasta presentándose ante la opinión pública como víctimas. Solamente les falta denunciar malos tratos, apremios y castigos por parte de quienes encapuchados, esposados, incomunicados e indefensos estaban siendo torturados.
La dictadura: un drama nacional
El terrorismo de Estado fue una tragedia nacional en múltiples planos y no solamente desde el punto de vista de las violaciones a los derechos humanos y de la degradación de la vida social. Los trabajadores y los sectores populares perdieron el 50% del poder adquisitivo de sus salarios, los jubilados y pensionistas su aguinaldo, se generó en dicho momento la inmensa deuda externa que hasta el día de hoy agobia al país y obstaculiza su crecimiento, se procedió a una concentración y extranjerización de los recursos y de las riquezas que hasta el día de hoy no han sido revertidas.
La experiencia internacional ha demostrado que no hay antídotos seguros para que estas tragedias que golpean a los pueblos no vuelvan a ocurrir. Pero hay acciones que los Estados y sus poderes deben impulsar para generar las condiciones que impidan que los hechos se reiteren. Son las consagradas por la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas (Principios y directrices para la reparación a las víctimas de las graves violaciones a los DDHH y violaciones al derecho humanitario internacional).
La Resolución 60/147: un instrumento estratégico.
La aprobación de la Resolución 60/147 por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 2005 fue un hito fundamental en la lucha contra la impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos a nivel mundial. Es el instrumento jurídico internacional que especifica los derechos inalienables a la verdad, a la justicia, a la memoria, a la dignidad y a la reparación de las víctimas.
La Resolución 60/147 de la ONU establece pormenorizadamente, asimismo, las obligaciones de los Estados para afirmar los principios y las normas de DDHH, la institucionalidad democrática reconquistada por los pueblos y construir sociedades libres del flagelo militarista, represivo y terrorista. Es la hoja de ruta de la plena vigencia de los DDHH.
Grandes avances y desafíos pendientes.
La plena vigencia de la institucionalidad democrática, de las libertades y garantías constitucionales, las múltiples leyes reparatorias aprobadas hasta el momento, la eliminación de los obstáculos legales para la actuación de la justicia, la creación de la Institución Nacional de DDHH (INDH), la plena disposición a continuar la búsqueda de los detenidos desaparecidos fortaleciendo la Secretaría de Seguimiento son grandes avances logrados en los 27 años del retorno a la democracia. Muy especialmente desde el 1° de marzo de 2005 cuando desde el discurso inaugural el Dr. Tabaré Vázquez dio un nuevo impulso renovador y refrescante a la batalla por superar las heridas del pasado reciente que se ha mantenido hasta el día de hoy.
La implementación efectiva y hasta sus últimas consecuencias de la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas es el camino a recorrer para seguir avanzando y profundizando la transición democrática iniciada en marzo de 1985. Es el mapa orientador, insoslayable, para construir un país democrático que valore la vida y la convivencia civilizada.
Aunque la agenda gubernamental incluya también otras variables y otros problemas urgentes, a veces agobiantes o imprevistos, seguir avanzando en restañar las heridas del pasado reciente sigue siendo un asunto importante que no puede ser descuidado y que exige una estrategia discursiva y de acción apropiada. Atañe a los poderes del Estado, a todas sus instituciones, agentes, dependencias y funcionarios.
Todo el Estado involucrado y responsable.
Es responsabilidad ineludible del Poder Ejecutivo, de la Secretaría de la Presidencia y de todos los ministros en primer lugar. El Estado debe promover e impulsar activa y comprometidamente la investigación y el esclarecimiento de las graves violaciones a los DDHH, muy especialmente de los detenidos desaparecidos, debe acompañar y respaldar a las víctimas testigos que promuevan juicios, debe disculparse pública y oficialmente ante las víctimas y ante la sociedad, potenciar y jerarquizar la Dirección de DDHH como un instrumento en tal sentido, debe dotar al Poder Judicial de los recursos imprescindibles para su actuación y debe, también, enviar una ley que supere las carencias e insuficiencias de las leyes reparatorias aprobadas durante la administración anterior para no perpetuar las injusticias e incongruencias de las mismas.
Transitando ya en el tercer año de gobierno, el envío de esta ley, destinada a profundizar el cumplimiento de las obligaciones del Estado hacia las víctimas, es impostergable e ineludible por parte del primer mandatario. Debe asumirlo como una necesidad imperiosa en función de las disposiciones constitucionales y antes de que sea muy tarde. Reparar los daños ocasionados a todas las víctimas del terrorismo de Estado, sin exclusiones, sin restringir derechos ciudadanos y con equidad, de acuerdo a las normas de DDHH, es un asunto no menor.
El Parlamento debe realizar su contribución con energía y convicción. La aprobación de la Ley 18 831 y la constitución de la Institución Nacional de DDHH han sido muestras elocuentes de su disposición mayoritaria al respecto.
Debe dotar a la misma de los adecuados recursos para que pueda desarrollar una labor eficaz para mejorar la institucionalidad, también crear juzgados especializados para los DDHH para acelerar y profundizar las causas, además de establecer que el 27 de junio sea el Día Nacional por la Verdad, la Memoria y la Justicia en homenaje a todas las víctimas del terrorismo de Estado.
Al Poder Judicial, a todos sus integrantes, compete rechazar las presiones destinadas a paralizar su actuación y entorpecer el normal desarrollo de las múltiples causas, hacer caso omiso a las chicanas jurídicas de los involucrados, cumplir con la sentencia de la Corte IDH de carácter vinculante, incluso en la tipificación de los delitos, acelerar las investigaciones y las actuaciones y brindar las máximas garantías para las víctimas testigos, aprobando un Protocolo a tales efectos, para que ellas no sean o puedan sentirse revictimizadas como sigue ocurriendo en la actualidad.
El sistema político interpelado.
A casi 7 años de su aprobación, la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas debe ser asumida por todo el sistema político, por sus dirigentes, parlamentarios y militantes, especialmente por todos los partidos, grupos y movimientos de manifiesta y ostensible vocación democrática, incorporándola a sus programas y líneas de acción, para adaptarse a los cambios y a los avances, como herramienta democrática y afirmativa de las normas de DDHH.
Los expresos políticos, un sector específico de las víctimas del terrorismo de Estado, transformados por la fuerza de la vida en viejos luchadores, agrupados en Crysol, consideramos nuestra obligación seguir batallando por la plena y total democratización del país. Nuestra agenda de acción va en tal sentido. Es amplia y abarcativa, de cara a la realidad de la cual somos parte, con vocación constructiva y transformadora. Nuestra prédica, nuestra militancia, nuestra movilización, nuestras propuestas, demandas y reclamos, son una contribución a ese esfuerzo junto a los trabajadores organizados, las organizaciones de DDHH, la sociedad civil organizada y toda la ciudadanía.
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Opinando N° 24 - Año 1 - Jueves 26 de julio de 2012