Por Gastón Grisoni
El pasado lunes 9 de agosto, Crysol, la Asociación de ex pres@s polític@s de Uruguay, realizó una concentración frente al Ministerio de Economía y Finanzas, MEF, reclamando la aprobación del decreto reglamentario del Artículo 10 de la Ley 18 596 que fuera remitido por el Ministerio de Salud Pública a fines del mes de junio y que está pendiente de aprobación por dicha cartera.
La ocasión fue propicia para que una delegación de Crysol fuera recibida mientras se estaba llevando a cabo la concentración frente al ministerio.
El Subsecretario de Economía y Finanzas, Ec. Pedro Buonomo y el Director de Secretaría del Ministerio, Pedro Apezteguía estuvieron conversando por espacio de treinta minutos con la delegación de Crysol.
La misma estuvo integrada por Baldemar Taroco (Presidente), Julio Martínez, José Silva, Brenda Falero y Chela Fontora.
A más de 10 meses de promulgada la ley 18 596, de reparación a las víctimas del Terrorismo de Estado, el Poder Ejecutivo aún no ha reglamentado el Artículo 10 de la misma, por lo cual los beneficiarios de dicha norma no pueden ejercer los derechos consagrados por ella.
El artículo 10 establece que las personas que hayan estado detenidas más de 6 meses sin ser procesadas o las que hubiesen sido procesadas, las que hayan sufrido lesiones gravísimas y los niños y niñas que hayan sido secuestrados o hayan permanecido en cautiverio junto a sus padres, tendrán derecho a recibir de manera gratuita y vitalicia prestaciones médicas que incluyan la asistencia psicológica, psiquiátrica, odontológica y farmacológica que garanticen su asistencia integral en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS). Señala, además, que el Decreto 268/2008 es parte de dicha ley.
Como es de público conocimiento, el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), de acuerdo a la Ley 18 211, de 13 de diciembre de 2007, incluye a prestadores públicos y privados. Está integrado por el sistema mutual y la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).
La Ley 18 596 otorga claramente, por lo mismo, a los beneficiarios, el derecho a optar, libremente, entre uno u otro sistema y eso es lo que se debe implementar mediante el decreto que se reclama sin más demoras ni más dilaciones.
A lo largo de estos meses, Crysol ha realizado intensas gestiones para lograr que el Poder Ejecutivo emita el decreto reglamentario de dicho artículo. A fines del mes de junio, el Ministro de Salud Pública, Ec. Daniel Olesker, presentó el proyecto de decreto que, de acuerdo a la información en nuestro poder, está desde esa fecha en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para su aprobación.
La Ley 18 596 no es una ley de reparación integral como el país necesita para superar las heridas aún abiertas del pasado reciente. No cumple con los estándares internacionales y con las normas de derechos humanos que Uruguay ha ratificado, muy especialmente la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas y la Convención Internacional contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes.
Aprobada como resultado de la movilización de los organismos de DDHH, muy especialmente Crysol, la Ley 18 596 fue un avance en la normativa vigente imperante en el país. Pero debe implementarse efectivamente en todos sus aspectos para no ser letra muerta, para que sus beneficios sean gozados por sus destinatarios y así seguir avanzando en el camino de la justicia.
Efectivizar el derecho a la salud en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) contemplando el Decreto 268/08 tal como lo dispone la ley es una temática que no admite más dilaciones a 25 años del retorno a la vida democrática y a 10 meses de aprobada la ley para un colectivo de víctimas del Terrorismo de Estado compuesto por personas maduras.
En los próximos días Crysol realizará nuevas gestiones ante los representantes del Poder Ejecutivo y el próximo lunes 16 de agosto de 11 a 12 horas volverá a realizar una concentración en la Plaza Independencia frente a la Torre Ejecutiva de la Presidencia de la República.
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