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martes, 10 de agosto de 2010
Crysol exige la implentación en salud.
La República. 10 8 10
A más de 10 meses de promulgada la ley 18.596 de reparación a las víctimas del terrorismo de Estado, el Poder Ejecutivo aún no ha reglamentado el artículo 10 de la misma, por lo cual los beneficiarios de dicha norma no pueden ejercer los derechos consagrados por ella. Ayer, en reclamo de este beneficio, los integrantes de Crysol se concentraron frente al Ministerio de Economía (Montevideo) en las primeras horas de la tarde.
El artículo 10 establece que las personas que hayan estado detenidas más de 6 meses sin ser procesadas o las que hubiesen sido procesadas, las que hayan sufrido lesiones gravísimas y los niños y niñas que hayan sido secuestrados o hayan permanecido en cautiverio junto a sus padres, tendrán derecho a recibir de manera gratuita y vitalicia prestaciones médicas que incluyan la asistencia psicológica, psiquiátrica, odontológica y farmacológica que garanticen su asistencia integral en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS). Señala, además, que el Decreto 268/2008 es parte de dicha ley.
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