La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay
Datos
Joaquín Requena 1533 esquina Brandzen. Teléfono: 2408 44 65. Montevideo. Uruguay. Dirección electrónica: crysol2003@gmail.com
Horario de atención en nuestra sede social: de Martes a Jueves de 15:00 a 18 horas. Cuota social: $ 330.-
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miércoles, 22 de octubre de 2014
Lesa humanidad: hay cierta "involución" en la Justicia
Mirtha Guianze fue la fiscal que movilizó el recurso por el cual la Corte declaró la inconstitucionalidad de la ley 15.848. Seis días antes de las elecciones generales de 2009, el máximo Tribunal del país se expedía al respecto, aunque la jurista remarca que esta decisión "demoró un año".
martes, 21 de octubre de 2014
A votar con Memoria, por Verdad y Justicia
Salvo por el exhabrupto verbal proferido por Luis Lacalle Pou
hace algunas semanas sobre el tema de los detenidos desaparecidos, del cual
inmediatamente pidió disculpas, los temas del pasado dictatorial han estado
casi ausentes en la actual campaña electoral del país. Aunque en los últimos 10
años Uruguay ha dado pasos muy importantes, no todos los que debería ni con la
intensidad necesaria, tal como lo señaló el Relator Especial de la ONU para la
promoción de la justicia, la verdad, la reparación y las garantías de no
repetición, Pablo de Greiff, aún quedan importantes desafíos y obligaciones
estatales que el actual gobierno y el que asuma el próximo 1º de marzo de 2015
deberán implementar, algunos en forma apremiante, dada la edad avanzada de las
víctimas.
Entre jingle y jingle, entre tanda y tanda publicitaria, estos días quedará poco espacio para señalar
que el miércoles 22 de octubre se cumplen exactamente 5 años de que la Suprema
Corte de Justicia emitió la Resolución 365/2009 por medio de la cual declaró
inconstitucional la Ley 15 848, Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del
Estado, que impidió durante más de 20 años que se pudieran investigar las
graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.
Más allá de que no cumpliera con las disposiciones
constitucionales para una norma de dicha naturaleza, fue concebida como tal y
ofició, en los hechos, como una ley de amnistía para todos los militares y
policías que durante el período del terrorismo de Estado cometieron, dentro y
fuera de las fronteras nacionales, los crímenes más aberrantes y atroces desde
el genocidio de Salsipuedes, cuando el Gral. Fructuoso Rivera mandó exterminar
a los charrúas. Los gobiernos que se sucedieron desde que fuera ratificada por
un plebiscito en 1989 ni siquiera cumplieron con el compromiso de investigar lo
ocurrido con los ciudadanos detenidos desaparecidos y extendieron su alcance,
contrariando la letra de la misma, a los crímenes cometidos fuera del país, en
el marco del Plan Cóndor, y a los mandos de la época que fueron explícitamente
excluidos de los beneficios de la amnistía.
La Resolución 365/2009, redactada por el Dr. Jorge Chediak,
declaró inconstitucional la Ley de Caducidad para el caso Nibia Sabalsagaray,
asesinada por torturas en 1974 en una unidad militar, condujo al procesamiento del Gral. Julio Dalmao
y del Tte. Cnel. José Chialanza. La sentencia de la SCJ dejó esclarecido que
durante la vigencia de la norma impugnada, en los hechos, el Poder Judicial
estuvo supeditado al Poder Ejecutivo violentando la separación de poderes que
señalan las disposiciones constitucionales.
Un aspecto de gran trascendencia y de vigencia actual cuando
el Estado, a través de la Ley 18 831, restableció la pretensión punitiva, es el
hecho de que la Resolución 365/2009 aseveró de manera contundente que durante
la vigencia de la Ley de Caducidad las víctimas de las graves violaciones o sus
familiares no tuvieron acceso a la justicia, se vieron injustamente impedidas.
De esta afirmación tajante y vigente hasta el momento se
deduce claramente, de acuerdo a los principios jurídicos de nuestro país, que
dicho período, dos décadas, no debe computarse a los efectos del cálculo
prescripcional de los delitos. Dicho de otro modo: habiéndose restablecido la
pretensión punitiva del Estado mediante el Artículo 1 de la Ley 18 831 y no
computándose a los efectos legales el tiempo en que estuvo vigente la Ley de
Caducidad, todas las causas en proceso pueden continuar tramitándose y sus
culpables pueden ser sancionados con todas las garantías del debido proceso.
Dos caras del mismo proyecto de país
El próximo domingo se llevará a cabo junto con las elecciones
nacionales una consulta ciudadana con el propósito de reducir la edad de
imputabilidad penal de los menores infractores. Solo dos candidatos
presidenciales, el Dr. Pedro Bordaberry y el Dr. Luis Lacalle Pou, son
promotores militantes de dicha iniciativa de reforma constitucional. Para ambos
la seguridad nacional, el futuro del país, mejorar la convivencia ciudadana,
demanda castigar con mayor severidad y dureza a los jóvenes que delinquen.
No solamente por tradición familiar o histórica de los
sectores políticos y sociales que ambos representan sino por compromiso
personal, la dureza represiva frente a los jóvenes contrasta con la postura que
mantuvieron y mantienen frente al pasado dictatorial.
Ignorando la normativa internacional que desde el Tribunal de
Nuremberg, cuando se juzgó a los jerarcas nazis, califica de crímenes contra la
humanidad las graves violaciones a los derechos humanos que se cometieron en
Uruguay, desconocen incluso el tajante pronunciamiento de la SCJ de 2009 con
respecto a la Ley de Caducidad. Votaron en contra de la ley que restableció la
pretensión punitiva del Estado, sumaron sus piedras discursivas a la lapidación
pública de la jueza Mariana Mota. Fueron y son defensores militantes de la
impunidad aunque por el momento hagan silencio en sus discursos y sus spots
publicitarios. De ser posible usarán las mayorías parlamentarias como lo han
hecho hasta el año 2005 para impedir que se avance en el juzgamiento de
los crímenes y torturas, para detener la búsqueda de los detenidos
desaparecidos. Probablemente
gestionarán la libertad de quienes hoy, habiendo sido condenados, están
recluidos en un verdadero spa carcelario.
En las elecciones del próximo domingo, tal como lo señaló,
llevando agua para las ideas conservadoras, la Asociación Rural, que en su
momento supo colocarle la máxima cocarda al golpe de Estado de Juan María
Bordaberry, mientras miles éramos torturados y sufríamos tormentos como lo
reconoció recientemente el Capitán ® Ascencio Lucero en sede judicial, se juega
el destino del país.
Volver a las viejas mayorías parlamentarias de la Ley de
Caducidad y de la cultura de la impunidad, también en este plano, sería funesto para los
intereses de la ciudadanía en general, para el esclarecimiento de la suerte de
los detenidos desaparecidos y la causa de la verdad y de la justicia. Las
víctimas del terrorismo de Estado, agrupadas en Crysol, no fuimos, no somos, ni
seremos neutrales. Los actuales menores infractores son hijos de las políticas
económicas de las mayorías parlamentarias proimpunidad. Llamamos a no acompañar
la baja de la imputabilidad penal. Votaremos y llamamos a votar lo que
corresponda con memoria militante.
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Año 3 - Martes 21 de Octubre de 2014
viernes, 10 de octubre de 2014
Estado de conmoción
Militar retirado reconoció que torturó a presas políticas con plantones,
submarinos, picana y desnudos.
La Diaria - 10 10 14
El capitán
retirado Asencio Lucero admitió ante la Justicia que interrogó a presas
políticas aplicando métodos de tortura como “el plantón”, “el tacho” o
submarino seco y mojado, la picana eléctrica, o haciéndolas desnudarse. Según
publicó ayer el semanario Búsqueda,
Lucero declaró el martes 30 de setiembre ante la jueza Penal de 16º Turno,
Julia Staricco, y la fiscal adjunta en lo Penal de 10º Turno, Silvia Nipoli, en
la causa que investiga una denuncia colectiva de tortura y abuso sexual durante
la dictadura, presentada por 28 ex presas políticas.
Según el semanario, Lucero, que entre 1972 y 1978 fue responsable
de inteligencia en el Regimiento de Caballería Nº 9, justificó los métodos de
interrogatorio: cuando “se entra en un estado de guerra o conmoción todo vale y
se pierden las referencias”. El militar dijo que la tortura “no era tal como se
la describe” ahora, sino que más bien se trataba de “presión psicológica”, como
interrogar a los presos “a las tres de la mañana” o “no dejarlos dormir”.
Lucero reconoció que se practicaba “el plantón”, tortura que consistía en
mantener a un preso “perfectamente vestido, sin asiento, parado hasta que se
desplomaba, porque una persona parada durante cinco o seis horas se desploma”.
Afirmó también que usó el “tacho” o submarino, aunque aclaró que “el tacho con
agua tenía agua limpia” y en el tacho seco al preso “le vendaban la cara y los
ojos”. “Hablábamos de un submarino seco: envolverle la cabeza con una bufanda;
si yo le envuelvo la cabeza con una bufanda y la dejo parada cinco horas atada
contra una pared, después de ese tiempo la persona por lógica entraba a
hablar”, explicó el militar. En cuanto al uso de la picana eléctrica, Lucero
dijo que “sí, se usaba” y que se “aplicaba en las piernas” y que era “un
cosquilleo”. La jueza le preguntó si también se aplicaba en los genitales, pero
el militar respondió que no.
La jueza y la fiscal le preguntaron luego por los pasos que se
seguían para interrogar a un detenido y el militar expresó que primero se veía
si “entraba a hablar o no entraba a hablar”. “Si hablaba, firmaba [una
declaración] y si no, plantón. Segundo paso, caía; tercer paso, submarino, y
así hablaban”, agregó. Si bien Lucero aseguró que los métodos de tortura se
usaban tanto con hombres como con mujeres, éstas “eran más sensibles” porque
“las ablandaba el desnudo y el pudor, y entonces empezaban a hablar”.
Al
comandante también
Cuando se le preguntó quiénes daban las órdenes en los
interrogatorios Lucero respondió que se trataba de “un sistema” en el “nadie daba
la orden” y que él “tenía que conseguir información”. “Los interrogatorios se
hacían en equipo de tres personas, normalmente las mismas”, explicó, y dijo que
el “teniente Braida y Brusconi”, que “murieron”, integraban su grupo. El
militar aseguró que a los presos que se desplomaban después de un plantón se
les “daba la oportunidad de hablar” y luego “los pasaban a un médico”, que era
el que “daba la última palabra” para “seguir el interrogatorio”.
Según consigno Búsqueda,
la abogada de Lucero, Rosana Gavazzo, hija del militar condenado por
violaciones a los derechos humanos durante la dictadura José Gavazzo, le
preguntó a su cliente si el comandante del Regimiento, de apellido Livtosky,
“tomó conocimiento de estos interrogatorios”, a lo que Lucero respondió
afirmativamente.
Sobre el final de la audiencia, Lucero dijo que los métodos de
tortura no fueron “correctos”, pero argumentó que cuando “se necesita
información hay que presionar”. “No era correcto, pero era necesario”, agregó.
El militar también declaró que tuvo en custodia hasta 1977, para protegerlos, a
los ex tupamaros y colaboradores con la dictadura Amodio Pérez y Alicia Rey,
porque “sus ex amigos los querían matar porque ellos habían hablado”.
El abogado denunciante, Federico Álvarez Petraglia, dijo a la
diaria que fue la primera vez que presenció un testimonio de este tipo de un
militar acusado, y que Lucero había presentado un recurso por entender que los
delitos habían prescripto. Sin embargo, Staricco emitió un fallo en el que los
calificó como imprescriptibles. Además de Lucero, en la causa figuran más de
100 militares acusados, y la semana próxima concurrirán a declarar los ya
presos Gilberto Vázquez, Jorge Silvera y Gavazzo.
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miércoles, 8 de octubre de 2014
ANTE LA DRAMATICA SITUACION DE LOS
PRISIONEROS DE GUANTANAMO
1.- El 26 de marzo pasado, Crysol -en un comunicado - consideró positiva la decisión del gobierno uruguayo de aceptar como refugiados a prisioneros del ilegal centro de detención y torturas que EEUU mantiene en Guantánamo, en territorio ilegalmente arrebatado a la nación cubana. Se demandaba además la liberación de los más de 150 prisioneros mantenidos en ese cautiverio. Por último, nuestro colectivo ofrecía apoyo y sostén a estos seres humanos, a su arribo a nuestro país. Crysol fue la primera organización uruguaya que apoyó desde el primer día esta iniciativa.
2.- Ha pasado casi medio año y esta resolución aun no se ha podido instrumentar en la práctica. El día 6 del presente mes, la prensa nacional e internacional informó, que el detenido ABU DHIAB, uno de los seis prisioneros a ser trasladados a Uruguay, quien lleva 12 años preso y torturado sin acusación ni juicio alguno, está en huelga de hambre y recibe alimentación en forma forzada. Este recluso ha dejado de creer en su traslado a Uruguay y quiere continuar su huelga hasta la muerte.
3.- En las dos últimas semanas hemos constatado que el gesto humanitario del gobierno uruguayo, dentro del marco legal vigente, ha sido abordado de manera sensacionalista por medios de comunicación tradicionalmente opositores y explotado con fines mezquinos y electorales por actores políticos olvidando las mejores tradiciones solidarias del pueblo uruguayo.
4- Crysol, la organización que nuclea a l@s ex preso@s polític@s uruguayos, rechaza la tortura como un crimen aberrante y sin justificación. Todos los expresos políticos uruguayos fuimos torturados y sumamos en total miles de años de prisión en condiciones diseñadas para la destrucción.
Es por esta situación vivida en carne propia durante el período de Terrorismo de Estado, que somos muy sensibles al padecimiento de cualquier preso político en cualquier parte del mundo. Sentimos como propio el sufrimiento de Abu Dhiab y sus compañeros de cautiverio. Nos solidarizamos plenamente con ellos desde el punto de vista estrictamente humanitario.
5.- Por lo dicho anteriormente es que:
Consideramos urgente el traslado de los prisioneros de Guantánamo a Uruguay y exhortamos al gobierno uruguayo, en particular al Presidente Mujica a que, en la medida de sus posibilidades y de lo que de él dependa, habiliten la pronta llegada de estos prisioneros a Uruguay para rescatar a estos seres humanos del infierno en que se encuentran.
Convocamos a todos los expresos políticos y a la ciudadanía en general a respaldar este gesto humanitario dentro de las leyes vigentes y las mejores tradiciones nacionales.
La cárcel de Guantánamo avergüenza no sólo a la nación norteamericana, sino a todas las naciones civilizadas del mundo.
Crysol
8 de octubre de 2014
martes, 9 de septiembre de 2014
Desatino mayúsculo
Hay que rebuscar mucho en la historia uruguaya para encontrar una ley tan inconstitucional como la Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. Aprobada en diciembre del año 1986 y ratificada mediante un plebiscito en abril del año 1989, instancia que por cierto no logró subsanar sus defectos de origen y de sustancia, se lleva todos los premios en materia de inconstitucionalidad.
Al retornar a la institucionalidad democrática y comenzar a procesarse por la justicia las primeras investigaciones por las graves violaciones a los DDHH cometidas durante la dictadura, ante la primera convocatoria formal a que declarara un conspicuo grupo de involucrados, el Tte. Gral. Medina, comandante en jefe de la época, instó al Poder Ejecutivo la aprobación de una noma que pusiera punto final a este peligro para evitar un retroceso institucional. Las fuerzas armadas no estaban dispuestas acatar las disposiciones del Poder Judicial. Habían vuelto a los cuarteles ante la derrota del Plebiscito constitucional de 1980 y el repudio ciudadano incontenible pero sus convicciones democráticas y republicanas eran una simple apariencia formal para evitar males mayores.
El presidente de ese momento, Dr. Julio María Sanguinetti, entendió que era conveniente atender el reclamo corporativo de las fuerzas armadas. Con ese fin envió al Poder Legislativo un proyecto de ley de amnistía para los militares y policías involucrados en los graves delitos. Dicho proyecto fue rechazado en el ámbito parlamentario y fracasó como iniciativa legal.
Nuevas convocatorias judiciales a militares y la férrea negativa de las fuerzas armadas a cumplir con las normas legales impulsaron al Dr. Julio María Sanguinetti a llegar a un acuerdo con sectores del Partido Nacional que derivó en la aprobación de la Ley 15 848: Ley de Caducidad de la pretensión punitiva.
Mediante dicha norma, el Estado renunció a castigar a los militares y policías involucrados en las graves violaciones a los DDHH perpretradas durante la dictadura, en primer lugar. Además se estableció que ante cada denuncia que por dichos delitos se presentaran en los juzgados, el Poder Judicial debía solicitar autorización al Poder Ejecutivo para procesar las mismas. Formalmente el Poder Judicial quedó supeditado a las decisiones del máximo órgano político de nuestro país.
Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y un amplísimo abanico de fuerzas sociales y políticas promovieron entonces un plebiscito popular para derogar dicha ley. Llevado a cabo en el mes de abril de 1989, la mayoría de la población votó a favor de mantener dicha ley por un escaso margen de votos.
La gran vuelta de tuerca.
En Octubre de 2009, ante un recurso de inconstitucionalidad presentado por la fiscal Dra. Mirtha Guianze para el caso Nibia Sabalsagaray, asesinada por torturas en el año 1974 en un cuartel, la Suprema Corte de Justicia estableció, en sentencia ratificada ante nuevos recursos presentados, y que sigue vigente hasta el día de hoy, que la Ley 15 848 era inconstitucional, que violaba las disposiciones legales y no debía aplicarse.
La Resolución 365/2009, redactada por el Dr. Jorge Chediak, con el voto conforme de tres actuales integrantes del cuerpo, el Dr. Jorge Larrieux, actual Presidente del máximo órgano y del Dr. Jorge Ruibal Pino, no tuvo la trascendencia pública y mediática que merecía. Fue adoptada y difundida a escasos días de la instancia electoral que consagró el ascenso a la presidencia del actual mandatario, José Mujica. Judicialmente condujo a que el Gral. Julio Dalmao fuera procesado por el asesinato de la profesora Nibia Sabalsagaray junto con quien fuera en el momento del crimen el responsable del cuartel, el Tte. Cnel ® José Chialanza.
El Dr. Julio María Sanguinetti principal instigador de la Ley de Caducidad, defendió a capa y espada, en un reciente debate televisivo, dicha norma definiéndola como una amnistía equiparable a la que se otorgó a los expresos políticos de la dictadura. El punto de vista del exmandatario es contrario y opuesto, claramente, a lo afirmado por SCJ en la Resolución 365/2009.
Si bien es potestad legítima del Parlamento otorgar indultos y amnistías en circunstancias excepcionales, en ocasión de aprobarse la Ley de Caducidad no se cumplió con las regulaciones formales que establece la Constitución para dichas leyes. La Ley de Caducidad, como amnistía, no podía aprobarse en ese período legislativo pues ya se había aprobado la Ley 15 737 que excluyó expresamente a los militares y policías y, además, un proyecto específico, en tal sentido había fracasado tres meses antes.
Según las normas constitucionales vigentes, cuando un proyecto de amnistía es rechazado por el Parlamento, un proyecto similar o de igual tenor no puede aprobarse hasta el siguiente período legislativo, es decir, se debería haber esperado el gobierno del Dr. Lacalle Herrera para hacerlo.
Además de este aspecto, el Dr. Jorge Chediak señala en la Resolución 365/2009 que las leyes de amnistía, según lo establecen las disposiciones constitucionales, requieren de mayorías especiales en la votación de la Asamblea General que no se obtuvieron en este caso concreto: faltó un voto de un diputado para que la Ley de Caducidad pudiera ser aprobada legítimamente como Ley de Amnistía por el número de votantes a favor.
Un aspecto sustancial e importante mencionado por la Resolución 365/2009 para declarar la inconstitucionalidad de la Ley 15 848, lo constituye el hecho de que la misma interfiere con las legítimas atribuciones que tiene el Poder Judicial de acuerdo a nuestra constitución. Es precisamente sobre esta característica que hace hincapié el Dr. Jorge Chediak cuando señala: “declarar la caducidad de las acciones penales, en cualquier supuesto, excede las facultades de los legisladores e invade el ámbito de una función constitucionalmente asignada a los jueces”.
Más adelante el fallo de la SCJ que comentamos señala que el Artículo 3 de la Ley 15 848 es inconstitucional pues le atribuye al Poder Ejecutivo funciones que son propias del Poder Judicial, el cual según el artículo 233 de la Constitución será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales y Juzgados en la forma que estableciere la ley. Es clarísimo para la SCJ, y así lo remarca en la Resolución, que las disposiciones de la Ley 15 848 conculcan la separación de poderes que la organización democrático-representativa constitucional del país les confiere sólo a los jueces del Poder Judicial.
El Artículo 3 de la Ley de Caducidad condiciona la “actividad jurisdiccional a una decisión del Poder Ejecutivo, con eficacia absoluta, lo cual colide ostensiblemente con las facultades de los Jueces de establecer quiénes son o no son responsables de la comisión de delitos comunes, que como se dijo, es función del Juez ordinario y de nadie más”. Esta función jurisdiccional, de neto rango constitucional, no puede ser otorgada a otra autoridad o Poder del Estado sin transgredir el principio de separación de poderes.
Las víctimas impedidas de ejercer sus derechos.
La SCJ señala claramente que debido a la Ley de Caducidad las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos se vieron impedidas de ejercer sus legítimos derechos a la justicia. La Ley de Caducidad fue un obstáculo insalvable, una muralla infranqueable, para que quienes sufrieron secuestros, torturas, abusos sexuales, privaciones agravadas de la libertad, crímenes, asesinatos y desapariciones forzadas pudieran lograr que los responsables directos e indirectos de ellos fueran juzgados y castigados. Las víctimas se vieron imposibilitadas de ejercer derechos garantizados constitucionalmente.
Lo dispuesto por la SCJ en la Resolución 365/2009 es muy importante, tiene connotaciones jurídicas actuales ya que un principio básico del derecho establece que al injustamente impedido no le corre el plazo de prescripción. El tiempo en que la Ley 15 848 estuvo vigente no puede ni debe computarse a los efectos del plazo prescripcional de los delitos. Es la posición que lógicamente deriva de la sentencia que en su momento redactara el Dr. Jorge Chediak.
El plebiscito: irrelevante desde el punto de vista jurídico.
Los defensores de la Ley de Caducidad, quienes se opusieron en forma militante a su anulación y votaron en contra de la Ley 18 831 que en octubre de 2011 restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado argumentaron que la Impunidad había sido refrendada por el cuerpo electoral en el plebiscito de 1989.
Una lectura atenta de la Resolución 365/2009 pone en evidencia que la oposición a restablecer la pretensión punitiva del Estado obedeció a posturas políticas y/o compromisos previamente asumidos. No hubo un verdadero compromiso democrático, republicano, ni de apego a las normas constitucionales. Pedro Bordaberry, incluso en estos días, en visita a Amnistía Internacional que reproduce “Búsqueda”, reafirmó su postura pro impunidad ignorando lo establecido por la Suprema Corte de Justicia en cuanto a su inconstitucionalidad.
Para la Corporación la ratificación popular que tuvo lugar en el recurso del plebiscito promovido contra la Ley en 1989, y el argumento es válido para la fracasada iniciativa del referéndum en 2009, no proyecta consecuencia relevante alguna con relación al análisis de constitucionalidad de la norma.
El Soberano no fue convocado para pronunciarse sobre la naturaleza jurídica ni sobre las mayorías con las que fue dictada la Ley, función propia, específica y exclusiva de la SCJ de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 72 de la Constitución. En nuestro ordenamiento legal solamente la SCJ determina la constitucionalidad de las leyes.
Una ley nefasta para el país y la salud democrática.
La inmensa mayoría de los uruguayos tiene hoy sumamente claro que la Ley de Caducidad fue inconstitucional desde todos los ángulos. También fue nefasta y perjudicial para la salud de la democracia. Impidió la afirmación plena de las normas de DDHH como valores básicos para una convivencia pacífica, civilizada y enriquecedora. Sus efectos siguen proyectándose hasta el día de hoy, superando incluso el ámbito específico para el cual fue diseñada extendiéndose hacia toda la sociedad.
En Uruguay, al amparo de la caducidad de la pretensión punitiva, solo un reducido grupo de criminales seriales ha sido enjuiciado y condenado para demérito de las normas constitucionales y de DDHH. Hasta el momento una parte mayoritaria de los involucrados ha evadido a la justicia alentando la posibilidad de que las conductas delictivas puedan volver a repetirse en el futuro. La plena transición democrática iniciada en marzo de 1985 implica la implementación en la realidad del país de las disposiciones de la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas. Es el instrumento internacional que especifica las obligaciones de los Estados. Es el estándar de calidad institucional para superar la tragedia de la dictadura, el patrón de medida para una democracia sólida y con perspectivas de futuro, de Nunca Más terrorismo de Estado.
Equiparar la posibilidad de suprimir el delito de abuso innominado de funciones del Código Penal con la ley que impidió que decenas de criminales fueran juzgados, supone una inaceptable banalización de los delitos que ella amparó. Disminuye hasta límites absurdos el padecimiento sufrido por miles de uruguayos que lucharon por la libertad y la democracia en el país. Ofende la memoria histórica de lo ocurrido, le resta valor y significado a la lucha por Verdad y Justicia, a la batalla por recuperar los restos de los detenidos desaparecidos, que desde hace décadas miles de uruguayos, entre ellos los expresos políticos agrupados en Crysol, venimos desplegando.
La verdad: una auténtica joya del arte de desmerecer la gravedad de los delitos y del daño ocasionado por el terrorismo de Estado. Casi una encubierta y rebuscada apología del delito, un desatino mayúsculo.
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Opinando – Año 3 – Martes 9 de septiembre de 2014
viernes, 5 de septiembre de 2014
Sigue sin cerrar
Falta de información
militar dificulta búsqueda de restos de desaparecidos, sostiene antropóloga del
GIAF.
La diaria - 4 9 14 - Por Lourdes Rodríguez
Alicia
Lusiardo será la nueva cara visible del Grupo de Investigación en Antropología
Forense (GIAF), cuya coordinación estaba a cargo de José López Mazz hasta su
renuncia. Se incorporó al GIAF en 2007 como especialista en el análisis de
restos óseos.
Es antropóloga egresada de la Universidad de la República, de la
que es docente, y se formó como forense en la estadounidense Universidad de
Florida, ya que no existe en América Latina esta posibilidad.
Presidió la
Asociación Latinoamericana de Antropología Forense y en la actualidad integra
el Comité de Certificación de esa organización, que otorga a los antropólogos
forenses latinoamericanos un aval de cumplimiento de estándares mínimos dentro
de la disciplina.
Es experta en mecanismos de respuesta rápida de la Justicia
para la identificación, preservación y reporte de información relacionada con
genocidios, crímenes de guerra y de lesa humanidad. Ejerce como perito forense
en tres estados de México y ha participado en la exhumación de los restos de
João Goulart en Brasil y, en Uruguay, en la localización y análisis de los
restos de Timoteo Aparicio.
¿Es la nueva
coordinadora del GIAF?
-No. El equipo, ante la noticia del alejamiento de López Mazz,
tuvo varias reuniones y decidió que no queríamos tener un nuevo coordinador.
López Mazz cumplió esa función en un momento en que el equipo estaba
formándose. Ahora decidimos cambiar un poco la forma de trabajo. Tenemos una
persona elegida para ser un referente, un nexo permanente con la Justicia y la
Secretaría [de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de Presidencia], y esa
persona soy yo. Queremos que esto sea el GIAF y no un “equipo de” o un “equipo
coordinado por”.
¿Qué opinión
tiene de la salida de López Mazz?
-No queremos hablar de lo que motivó su salida; él ya ha
hablado. Pero me gustaría decir que no se ha vivido con el dramatismo que
algunos medios de prensa le han colocado. Éste es el mismo equipo, no dejó de
trabajar ni un solo día. Es un equipo que está maduro y consolidado. Perdimos a
un gestor, a una persona muy mediática, a alguien que conformó a este equipo.
¿Cómo está
conformado ese equipo y cuál es su rol?
-Somos diez. La antropología tiene varias ramas; la arqueológica
tiene que ver con búsqueda de material. Dentro del equipo hay un componente muy
fuerte de arqueólogos que han ido incorporando el tema porque ninguno tenía
formación en este tema -López Mazz tampoco-. Todos hicimos camino al andar,
adaptando todas las técnicas arqueológicas clásicas a un contexto legal y
forense. Eso se cubrió bien, pero faltaba la parte de análisis de restos óseos
[su especialidad] porque, ¿qué pasaba ante la aparición de restos? Los de
Ubagesner [Chaves Sosa] y [Fernando] Miranda pasaron directo al Poder Judicial.
Ya en los casos de [Julio] Castro y [Ricardo] Blanco hicimos nosotros el
análisis.
¿Cómo es una
jornada de trabajo del GIAF?
-Los que venimos al laboratorio tenemos distintas tareas:
llamamos a testigos, organizamos la información, revisamos mapas o podemos
tener una pericia para realizar. La otra parte va directo al Batallón 13 [lugar
actual de excavación] a las 8.00 y allí comienzan las tareas pautadas hasta las
16.00: continuar con una trinchera, hacer tareas de grillado, una prospección.
Sólo excavamos en el marco de la causa de María Claudia [García de Gelman]. Los
testimonios indican que está enterrada en predios donde también hay otras
personas, pero la estamos buscando a ella.
¿El traslado de
las excavaciones del Batallón 14 al Servicio Material de Armamento dentro del
Batallón 13 significa un avance en la búsqueda?
-No encontrarla se puede ver como una búsqueda en vano, pero el
no hallazgo va delimitando testimonios. Al intervenir se puede decir: “Aquí no
hubo una persona enterrada, estos testimonios no son válidos”. Avance sería
encontrar a María Claudia. El mayor problema es la calidad de la información.
Tenemos un montón de testimonios, pero hasta ahora han probado ser inexactos y
los predios son muy grandes. Necesitamos una estrategia o un compromiso de
esferas más altas del Estado para conseguir esa información.
¿La
investigación puede suplantar la falta de información?
-Lo hemos hablado mucho. Esto no va a ser eterno. Si no llegara
más información y tuviéramos que trabajar con lo que tenemos, va a llegar un
punto, no muy lejano en el tiempo para lo que es la causa de María Claudia, en
el que vamos a tener que suspender la búsqueda. No se puede inventar el
trabajo. Si no llegara más información, esto es una historia a muy corto plazo.
¿Sí o sí tienen
que hablar los militares?
-Sin duda. Ésas son las problemáticas que tenemos en Uruguay.
Las desapariciones son dentro de predios militares.Tiene que dar el paso al
frente alguien que haya visto o participado colateralmente en esa situación.
¿Con qué
hipótesis trabaja el GIAF?
-Los testimonios son los que posibilitan armar una hipótesis.
Una es la existencia de la Operación Zanahoria. Muchos que hacen alusión a
desenterramientos de cuerpos. Se trabajó en eso y en ningún caso hemos
encontrado evidencia clara y científica que pruebe que tuvo lugar. No se puede
hacer una remoción perfecta sin que quede ningún vestigio de vestimenta, ni de
cal -que es el patrón que tenemos- ni de alguno de los 206 huesos que tiene un
esqueleto. Tendrían que haber sido operaciones militares con técnicas
arqueológicas a la perfección; no es posible.
¿Cómo se explica
la aparición de fragmentos óseos en el Batallón 14?
-En el 90% logramos determinar que son animales. Para los que
están en un estado de mucho deterioro y han perdido ya las características
morfológicas claras hay que aplicar otro tipo de técnicas. Hemos mandado a
distintos laboratorios [de Argentina y Estados Unidos] y esos resultados aún
los estamos esperando.
¿Y los dos
restos parciales que menciona López Mazz?
-Por un lado hace referencia al radio que apareció en 2006 en la
trinchera número 12 [del Batallón 13]. Se estableció que era humano, se mandó a
tres laboratorios diferentes, y no se pudo extraer el ADN. Aparece en un
contexto de relleno, junto con losas provenientes de una calle. Que aparezca un
resto humano en el batallón en este contexto no es inmediatamente igual a que
se trata de un desaparecido. Después hay un fragmento de peroné que es de la
misma trinchera en la que aparece el radio y que se mandó a estudiar ahora
porque recién el año pasado se identificó como humano.
¿Habría fosas
comunes?
-Hay testimonios de que en algunos sitios hay una equis cantidad
de cuerpos y hay investigación histórica que habla de traslado de personas. Si
nos basamos en lo que encontramos y otras evidencias de campo no podemos
confirmar ni la Operación Zanahoria, ni fosas comunes, ni ejecuciones masivas,
y mucho menos la inminencia de otro hallazgo.
¿Cuál es el plan
de trabajo?
-Tenemos contrato hasta octubre. Nos reunimos con la secretaría
para manifestarle nuestra voluntad de seguir y la preocupación por la
culminación. Demostró interés en continuar y en hacer los esfuerzos para la
renovación, que iría hasta febrero, que sería el fin del mandato de José
Mujica. La renovación depende del próximo gobierno.
¿Ha sido útil el
equipo especial que hace un año designó el Ministerio del Interior como
auxiliar de la Justicia para crímenes cometidos en dictadura?
-Nos llamaron en una oportunidad para asesorar en el marco de
una investigación. Ése fue el único contacto. Hemos planteado a la secretaría
la necesidad de vincularnos más con ellos, de desarrollar un área de tipo
criminalista que no es la nuestra.
¿Cómo es su
vínculo con Familiares de Detenidos-Desaparecidos?
-Para alegría del equipo, cuando se dio la noticia de la
renuncia de López Mazz, la primera organización que nos llamó fue Familiares.
Pidió una reunión a todo el equipo, manifestaron su apoyo y su total confianza
en lo técnico y en lo humano. A partir de entonces hemos empezado a tener
reuniones periódicas con ellos. Creemos que pueden jugar un rol más activo del
que han tenido hasta ahora. Antes no teníamos la posibilidad de vincularnos con
ellos tan libremente como ahora.
*Para
aportar información, con reserva, al GIAF: 24032026 y 098814004 o
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sábado, 30 de agosto de 2014
Marca de la memoria en CX30
LA MEMORIA COMO ABRAZO
Caras y Caretas - 30 8 14
En una ceremonia encabezada por la
intendenta de Montevideo, Ana Olivera, gran cantidad de oyentes y ex
trabajadores de CX 30 se congregaron en la puerta del Palacio Salvo, donde se
ubica el histórico estudio desde donde La Radio se constituyó en una
herramienta de la resistencia a la Dictadura cívico-militar que sometió al
Uruguay entre 1973 y 1985.
Marcas de la Memoria de la Resistencia es un
proyecto que desarrollan la Intendencia de Montevideo, la Asociación Memoria de
la Resistencia, el PIT CNT y la Universidad de la República.
En una primera etapa fueron 26 testimonios en
lugares símbolos de la lucha del pueblo uruguayo contra la dictadura, al
momento se han agregado otras tres.
Sobre este proyecto dijo Antonia Yañez, de la
Asociación Memoria de la Resistencia: “Si se hace memoria y se ordenan los
acontecimientos transcurridos entre estas fechas, particularmente los
vinculados a la recuperación de la historia reciente, podría explicarse la
razón del tiempo transcurrido”.
En agosto de 2006 el Instituto de Diseño la
Facultad de Arquitectura presentó el proyecto “Lugares de la Resistencia”,
propuesta que se gestó a pedido de la Asociación Memoria de la Resistencia
1973-1985.
En junio de 2010, la Junta Departamental de
Montevideo aprobó el proyecto. En una resolución que fue votada en forma
unánime por todas las fuerzas políticas.
La concreción de la obra se realiza mediante un
convenio elaborado entre la Asociación, el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Intendencia de Montevideo y el PIT-CNT.
En la marca se recuerda el papel que jugó La
Radio, encabezada por José Germán Araujo, como faro de resistencia. Hicieron
uso de la palabra, Fernanda Blanco, por la Asociación Memoria de la Resistencia
1973-1985; el acalde del Municipio B, Carlos Varela; Mateo Grille, director de
CX30; Alberto Grille, director de CX 30 a la salida de la Dictadura y la
intendenta Ana Olivera, quien destacó el símbolo que significó para aquello
años el proyecto de comunicación.
La Radio tuvo un rol preponderante la lucha
por la libertad del pueblo uruguayo, este viernes Ana Olivera, recordó
especialmente cuando durante el plebiscito de año 1980 CX30 armó una red de
corresponsales -entregando más de dos mil carné de prensa- con los que salvaron
la prohibición de participar como delegados en los circuitos de votación
organizando un muestra de los resultados.
La placa que se instaló en la vereda frente al
palacio Salvo dice lo siguiente: “CX 30 LA RADIO. Los medios de comunicación y
particularmente CX 30 La Radio, tuvieron una actuación destacada en la
promoción de la resistencia popular, ciudadana y democrática contra la
dictadura cívico militar instaurada el 27 de junio de 1973”.
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