La Asociación de todas y de todos los ex presos políticos de Uruguay

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jueves, 23 de agosto de 2012

Ahora y siempre


La diaria – 22 8 12 – Por Luis Rómboli


Presidenta de la INDDHH
Mariana González Guyer

Institución de Derechos Humanos ya recibió 50 denuncias; ninguna tiene relación directa con crímenes de la dictadura.


La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh) no se ha instalado todavía en la sede prevista: está funcionando en un pequeño despacho en el anexo del Palacio Legislativo, carece de personal y recién está afinando la elaboración de un manual de procedimientos. A pesar de eso, ya recibió unas 50 denuncias.

Por el momento, los miembros del Consejo Directivo están “cumpliendo todas las funciones”, además de trabajar en el armado institucional “a la velocidad que se puede”, explicó Juan Raúl Ferreira, directivo del organismo. La dirección de la Inddhh, que asumió el 22 de junio, está integrada además por la socióloga Mariana González Guyer, que ejerce la presidencia, el ex subsecretario del Ministerio del Interior Juan Faroppa, la fiscal Mirtha Guianze y la abogada Ariela Peralta.

Ferreira agregó que además de “recibir denuncias” han tenido “una actitud proactiva” al efectuar “visitas” que consideran “estratégicamente importantes”, como al presidente José Mujica, al canciller Luis Almagro y al ministro del Interior, Eduardo Bonomi, sumadas a encuentros con varias organizaciones no gubernamentales.

Entre las 50 denuncias recibidas no hay ninguna relacionada directamente con “violaciones graves” a los derechos humanos durante la dictadura. “Hay algunas que tienen que ver con cuestionamientos a las leyes reparatorias” para ex presos y exiliados políticos, dijo Faroppa, pero la mayoría son “casos actuales que tienen que ver con diversas formas de discriminación”, agregó.

Por su parte, Ferreira expresó que en tres denuncias ya se logró “una solución amistosa”. Se trata de personas que “sentían vulnerados sus derechos por parte de algún organismo y éste reparó la situación, reconociendo algún error” cuando la Inddhh intervino. En estos casos se resolvió “proteger la identidad de las instituciones involucradas” porque no hubo “resolución final sino entendimiento entre las partes”, agregó.

Faroppa indica que hubo planteos a los que se les respondió “que la institución no es competente”, ya sea porque se trata de casos que están en la órbita judicial y la Inddhh no puede intervenir “mientras se esté en esa situación”, o casos que “no tienen solución”.

Si un caso toma “estado judicial”, la Inddhh debe “abstenerse de intervenir”, pero esto no impide que se lleven a cabo “estudios e informes generales sobre el tipo de denuncias que se plantean”, precisó Faroppa. Culminado un proceso judicial, la institución “no puede revocar una decisión”, pero puede haber personas que entiendan que “se violaron las garantías procesales” y en ese caso la institución podría “tomar conocimiento”, agregó.

Un ejemplo es la denuncia reciente de Cotidiano Mujer por la violación de derechos humanos a empleadas domésticas de nacionalidad boliviana en una casa de Carrasco. 

En ese caso, que también se denunció ante la Justicia penal, la Inddhh está desarrollando “otro tipo de medidas de seguimiento”, relacionadas con “lo que están haciendo las instituciones del Estado” que deben controlar esas situaciones, explicó Faroppa. 

En un “Estado de derecho y en un régimen democrático” como el de Uruguay, la Inddhh “tiene una función supletoria”. Cuando la “institución responsable no cumple”, se puede “recomendar, sugerir y proponer soluciones” y “eventualmente, si no hay respuesta”, se tiene “la potestad de hacer público el caso y señalar a los responsables”, agregó.

Nada personal

Actualmente la Inddhh funciona en forma provisoria en el despacho 225 del edificio anexo del Palacio Legislativo, pero la sede definitiva será en el local donde funcionaba el Centro de Altos Estudios Nacionales (Calen), en Bulevar Artigas y Palmar. Según Faroppa, se está “estudiando las obras” que se deberán realizar en el lugar, que tendrá espacio para actividades de organizaciones no gubernamentales, además de biblioteca pública.

Por su parte, la presidenta de la Inddhh, Mariana González Guyer, explicó que se está trabajando en la incorporación de personal: diez pases en comisión de funcionarios públicos, además de 20 administrativos y tres técnicos (para esos cargos se hará un llamado dentro del Estado).

Además de las funciones que está asumiendo, la Inddhh tiene potestades para actuar de oficio en temas como el acceso a la información o los contenidos de la programación de los medios de comunicación. Son cosas que todavía “no hemos podido hacer” porque hace dos meses que estamos funcionando y con muchos problemas, señaló González. 

A las denuncias presentadas y las citaciones al Parlamento se debe agregar que “se está trabajando en forma regular” con la cancillería en la preparación de los informes que Uruguay “tiene que elaborar en función de los compromisos internacionales asumidos”, explicó González.

Pongan atención

Este lunes la Inddhh fue citada por primera vez a una comisión parlamentaria. Fue la comisión de Constitución y Legislación del Senado que analiza el proyecto de ley que modifica disposiciones para agravar las penas por el delito de tráfico de pasta base, corrupción policial y los que se cometen prestando funciones en establecimientos de reclusión.

González explicó que se entregó a los legisladores, por escrito, “una posición en común”, pero no se manifestaron “ni a favor ni en contra” del proyecto, limitándose a hacer “observaciones y recomendaciones”. “Hay que tener en cuenta aspectos preventivos e institucionales y qué tipo de programas existen para prevenir este tipo de hechos”. 

Si se aumentan las penas hay que ver “qué capacidades hay en las cárceles” y contemplar “lo que se llama dosimetría”, que significa que si se aumenta la pena en tres años y el delito no es excarcelable, hay que “tener cuidado” porque hay otros “muy graves” que pueden resultar excarcelables.

La Inddhh también observó que la denominación “pasta base” es muy genérica ya que la dosificación de cocaína “es muy variable” en cada caso y que se debe poner atención en “diferenciar tráfico y suministro”, ya que en esta modificación “no se distingue entre el suministro de dos lágrimas y el que puede hacer un narcotraficante”, resumió González.

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domingo, 19 de agosto de 2012

El largo camino de Brasil hacia la Verdad y la Justicia

Vidas paralelas


El gigante Paulo Abrao, presidente
de la Comisión de Amnistía y
 secretario de Justicia
Horacio Verbitsky participó junto con expertos de doce países de Africa, América, Asia y Europa en la Conferencia Internacional sobre “Memoria, una perspectiva internacional y comparada”, que se realizó entre el martes y el viernes en la Universidad Católica de Río de Janeiro. 

Lo que sigue es su informe sobre el lento pero intenso proceso de lucha por Memoria, Verdad y Justicia en el Brasil y su cotejo con lo sucedido en la Argentina.


Página 12 – 19 8 12.   Por Horacio Verbitsky. 

Desde Río de Janeiro.


En 1980, la Argentina tenía 28 millones de habitantes. La dictadura desapareció o asesinó en siete años a no menos de 15.000 personas, que podrían llegar al doble. El mismo año, Brasil tenía 119 millones de habitantes, entre quienes la Comisión de Muertos y Desaparecidos Políticos estimó que la dictadura provocó en dos décadas 376 víctimas fatales, 136 de ellas desaparecidas.

El impacto proporcional fue así entre 170 y 340 veces menor, y diluido en un lapso casi tres veces más extenso. Además, el grueso de las desapariciones se produjeron en Araguaia, plena selva amazónica, entre estudiantes de clase media llegados desde San Pablo y otros lugares del país para instalar un foco guerrillero rural, lo cual redujo aún más el efecto social de sus asesinatos.

Los militares brasileños pusieron a su economía en una senda hacia el desarrollo y una muy gradual inclusión social mientras sus camaradas argentinos destruyeron la avanzada industria preexistente, desgarraron el homogéneo tejido social y terminaron derrotados en una guerra con Gran Bretaña y los Estados Unidos.

Utilicé este cotejo rudimentario como prólogo a mi exposición, para explicar el diferente recorrido post dictatorial de cada país y el enorme arraigo del movimiento en defensa de los derechos humanos en nuestra sociedad. Ese fue el motor indispensable para salir del pantano del terror y la clandestinidad hacia la situación actual: ya han sido condenados 272 culpables por crímenes de lesa humanidad y fueron absueltos 20, en clara demostración de que rigen en plenitud las garantías del debido proceso, por las que nadie será castigado sin pruebas irrefutables en su contra.

Los usos de la amnistía

Creo que estuve a punto de obtener el efecto contrario, cuando pocos pero tenaces asistentes entendieron que minimizaba la gravedad de las violaciones a los derechos humanos cometidas aquí, como si se tratara del campeonato sudamericano de mayor sufrimiento.

Me explicaron entonces que además había 308.000 víctimas de la tortura y miles de campesinos e indígenas masacrados, cifras de las que no puedo dar fe pero que sirvieron para establecer que la proporción de las personas concernidas por esta problemática no será la misma que en la Argentina, pero su fervor es equivalente.

La lógica de mi paralelo comenzó a verse mejor cuando la psicoanalista y actriz Cecilia Boal (viuda del creador del Teatro del Oprimido, Augusto Boal) llamó la atención sobre la escasa cantidad de estudiantes que asistían en el anfiteatro de la multitudinaria Universidad Católica a la conferencia organizada por la Comisión de Amnistía del Ministerio de Justicia, la organización argentina Memoria Abierta y la Coalición Internacional de Sitios de Conciencia.

Fue quedando claro que antes y después de las leyes y de las decisiones políticas, la clave reside en la extensión y la profundidad del reclamo y en la movilización social que lo respalda. Esa es la única verdad universal que se desprende de la experiencia argentina.

Lo que parece imposible un día puede tornarse realidad en el futuro, siempre que la demanda social sea intensa y prolongada. En ese caso, las tácticas de cada etapa tienen importancia menor. Un ejemplo de ello fue la apertura de los juicios por la verdad, que Emilio Mignone solicitó en 1996 luego de la confesión del marino Adolfo Scilingo.

El presidente fundador del CELS no se amilanó por la acusación de que renunciaba a la justicia para limitarse a reclamar la verdad, porque tenía plena conciencia de estar abriendo un camino cuando todos parecían ocluidos por las leyes y los decretos de impunidad.

Mignone comprendió lo que el dictador Videla decía en privado en 1978 como parte de su diálogo promiscuo con la Conferencia Episcopal católica: de reconocer el asesinato de los desaparecidos deberían explicar “dónde están sepultados: ¿en una fosa común? En ese caso, ¿quién los puso en esa fosa? Una serie de preguntas que la autoridad del gobierno no puede responder sinceramente por las consecuencias sobre personas”, es decir para proteger a los secuestradores y asesinos.

Otra intervención significativa fue la de un profesor que inquirió por qué era tan bajo el número de procesados en la Argentina, lo cual se explica por el método clandestino de represión, que incluyó la impunidad de los perpetradores por medio de su anonimato, y por la renuencia de la mayoría de los organismos defensores de los derechos humanos a exigir la responsabilidad objetiva por la mera ubicación de alguien en un organigrama.

Caravanas

El cierre de la conferencia, la mañana del viernes, coincidió con la 61ª Caravana de Amnistía, la forma itinerante de movilización en torno de los crímenes de la dictadura. La Comisión, presidida desde 2007 por el Secretario Federal de Justicia, Paulo Abrao, de 36 años, ha recorrido el país escuchando testimonios de las víctimas, en ceremonias catárticas que, como esto es Brasil, a veces incluyen canto y baile.

Estos denominados juicios culminan con un diploma de amnistía y el pago de reparaciones económicas. Abrao trata de leer sentado las conclusiones de cada sesión, porque de pie sólo la cabeza de los muy altos llega a la altura de sus hombros. 

En esta sesión se juzgaron seis casos muy distintos que ilustran el amplio alcance de las caravanas: un profesor despedido en 1954 luego de anunciar un acto político; dos militantes presas, torturadas y condenadas a prisión; tres guerrilleros asesinados y uno detenido-desaparecido en el carnaval de 1974.

Durante la sesión también se rindió homenaje a dos grandes figuras nacionales: Augusto Boal, que utilizó el arte como medio de organización política y social, y Luiz Carlos Prestes, ex capitán del Ejército y durante medio siglo líder del Partido Comunista, quien en la década de 1920 caminó 25.000 kilómetros al frente de una columna de 1500 rebeldes.

A los argentinos, pero no sólo a los argentinos les confunde el uso de la palabra amnistía para estos ritos. Al músico gaúcho Raúl Ellwanger, quien durante el exilio estudió sociología en Chile y Buenos Aires y se convirtió en hincha incondicional del Globito de Parque Patricios, le suena a versión brasileña de la doctrina de los dos demonios.

Abrao explica que se trata de una resignificación de la ley de amnistía de 1979, que permitió el regreso a Brasil de miles de exiliados pero al mismo tiempo eximió de persecución penal a militares y policías criminales.

Según Abrao lo que faltó hasta 2007 fue el reconocimiento a la dignidad de las víctimas y el pedido de perdón por parte del Estado, que es lo que procura el diploma de amnistiado que la Comisión entrega al concluir cada proceso individual, cuya duración se redujo de 120 a 45 días.

El concepto de amnistía, dice, “dejó de enfocarse en el olvido para alinearse con los principios de reparación, verdad, memoria y justicia”. También se pusieron en práctica políticas de preservación de la memoria histórica y de educación para la democracia y los derechos humanos, lo que incluye el proyecto Marcas de la Memoria y el Memorial de la Amnistía Política, un centro de investigaciones y documentación, que se está construyendo en Belo Horizonte. “Había museos de la policía y de las Fuerzas Armadas, pero no de la memoria”, explica Abrao. 

El Memorial incluirá lo que el presidente de la Comisión denomina “Espacios” para exaltar el derecho a resistir, las utopías, la revolución y las libertades democráticas, y repudiar el estado de excepción, la represión y los crímenes de lesa humanidad, todo “desde la visión de las víctimas”.

Eu me lembro

Otra resignificación de la amnistía propician quienes reclaman la apertura de procesos judiciales contra los autores de los crímenes dictatoriales. Los deudos de 22 víctimas de la represión en Araguaia iniciaron su peregrinaje judicial en cuanto concluyó la dictadura. Sólo pedían conocer el paradero de sus familiares, el hallazgo y devolución de sus cuerpos y la emisión de los respectivos certificados de defunción. Pero la Justicia consideró que la ley de amnistía tornaba innecesario un pronunciamiento que, además, declaró de satisfacción imposible por razones materiales.

Recién en los últimos años la Comisión de Amnistía recogió el testimonio de los campesinos que fueron torturados sólo por haber estado en contacto con los guerrilleros, y que con un par de excepciones son los únicos sobrevivientes. Uno de ellos narró que los militares decapitaban los cadáveres.

Su testimonio forma parte de Eu me lembro (o “Yo me acuerdo”, en remembranza tácita del Je me souviens, de Georges Perec), una película documental dirigida por Luis Fernando Lobo, exhibida en la Conferencia como parte del simultáneo Festival de Cine por la Verdad.

Luego de innumerables idas y venidas por los distintos tribunales brasileños, los familiares recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1995, pocos meses después de la confesión de Scilingo en la Argentina. El 6 de marzo de 2001, el mismo día en que la Justicia argentina declaró nulas las leyes de impunidad en la causa Simón, la Comisión Interamericana consideró admisible la presentación por Araguaia. Ocho años después elevó el caso a la Corte Interamericana, alegando que el Estado tenía “responsabilidad en la detención arbitraria, tortura y de- saparición forzada de 70 personas”, que constituían “crímenes de lesa humanidad, inamnistiables e imprescriptibles”.

El presidente Lula promulgó entonces un decreto elaborado por sus ministro Dilma Rousseff y Paulo Vanucchi, que creaba una Comisión Nacional de la Verdad para investigar las violaciones de los derechos humanos y localizar los restos de los detenidos-desaparecidos en Araguaia.

El ministro de Defensa Nelson Jobim y los jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas amenazaron con sus renuncias y Lula aceptó ablandar el proyecto. La secuencia continuó en abril de 2010 (la fecha prevista para que comenzara a actuar la Comisión de la Verdad), cuando el Supremo Tribunal Federal Brasileño ratificó por 7 a 2 la vigencia de la ley de amnistía, en un claro mensaje a Dilma, la candidata de Lula a la sucesión presidencial.

En noviembre de 2010, la Corte Interamericana falló en los mismos términos de la Comisión y declaró por unanimidad que la ley de amnistía es incompatible con la Convención Americana, carece de efectos jurídicos y no puede obstaculizar la investigación, ni la identificación y el castigo de los responsables.

El Estado, responsable por la desaparición forzada que viola los derechos a la vida, a la integridad personal y a la libertad, también ha faltado a las garantías judiciales al no investigar los hechos; a la libertad de pensamiento y de expresión al afectar el derecho a buscar y a recibir información, e incumplido la obligación de adecuar su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En consecuencia dispuso que el Estado iniciara ante la justicia ordinaria la investigación penal para esclarecer los hechos, castigar a los responsables, determinar el paradero de las víctimas desaparecidas, identificar sus restos mortales y entregarlos a sus familiares.

Otro caso argentino

El Supremo Tribunal de Justicia no volvió a pronunciarse, pero dos de sus integrantes declararon en marzo de este año que no revisarían su propia sentencia. Sin embargo, en mayo de 2011 el mismo tribunal había concedido la extradición del ex mayor del Ejército argentino Norberto Raúl Trozzo, para que fuera juzgado por su participación en la masacre de Margarita Belén.

Los jueces supremos de Brasil entendieron que los secuestros de las cuatro víctimas cuyos cuerpos no fueron hallados constituyen delitos continuados y permanentes, por lo que enviaron a Trozzo a la Argentina. Esto incentivó el reclamo de los familiares de las víctimas brasileñas, que invocan el principio de congruencia. Lo que vale para los argentinos, también se aplica a los brasileños, argumentan.

Algo similar ocurrió en la Argentina, cuya Corte Suprema concedió la extradición de los asesinos nazis Franz Schwammberger y Erich Priebke y declaró imprescriptibles e inamnistiables los crímenes de lesa humanidad que cometieron, mientras regían las leyes de impunidad para sus homólogos argentinos.

Pasado a retiro por la propia dictadura argentina en 1981, Trozzo apeló aquella decisión del ex dictador Leopoldo Galtieri y se atribuyó haber creado un Comando Azul y Blanco represivo como parte de “una cruzada”, que “me llevó a operar en otras regiones” como oficial de Inteligencia.

En cumplimiento de su parte de la sentencia interamericana, el gobierno de Dilma Rousseff apuró la sanción de una Ley de Acceso a la Información. Así prohibió mantener en secreto cualquier información sobre violaciones de derechos humanos, volvió a reducir el plazo de reserva de documentos que Fernando Henrique Cardoso había llevado de 30 a 50 años bajo presión castrense, y dio libre acceso a todos los materiales reunidos en el Archivo Nacional.

Al mismo tiempo creó una Comisión de la Verdad, que investigará todos los crímenes de la dictadura, aunque le atribuyó un alcance temporal excesivo para la duración de su mandato: en dos años deberá concluir la revisión de lo sucedido entre 1946 y 1988. 

Al poner en funciones a sus siete miembros independientes (entre ellos el sociólogo Paulo Sergio Pinheiro, ex integrante de la Comisión Interamericana e investigador de la violencia policial), Rousseff se hizo acompañar por los cuatro ex presidentes que la precedieron: José Sarney, Fernando Collor de Mello, Fernando Henrique Cardoso y Lula, como señal inequívoca de que estaba realizando una política de Estado.

Dilma recordó que Collor hizo públicos miles de documentos militares, Fernando Henrique reconoció la responsabilidad del Estado en las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura y Lula creó la Comisión de la Verdad. 

Estuvo al borde de las lágrimas cuando dijo que las nuevas generaciones y quienes perdieron a familiares y amigos merecen saber la verdad. Paulo Sergio vinculó la tarea de la Comisión con la tortura y las ejecuciones extrajudiciales de práctica común en Brasil, que calificó como un legado terrible de la dictadura, a cuya erradicación contribuirán las investigaciones sobre el pasado que ahora se abren.

El ministro Jobim intentó repetir con Dilma el juego que le había hecho a Lula, al recibir un documento de los militares con argumentos muy conocidos en la Argentina: la verdad reavivaría controversias del pasado, ya murieron muchos testigos y se perdieron los documentos y pruebas necesarios. Pero la presidente lo desembarcó sin contemplaciones del gobierno, pretextando unas declaraciones periodísticas inoportunas sobre dos colegas del gabinete.

Aunque el gobierno envió al Tribunal Supremo un recurso oponiéndose a cualquier revisión de la ley de amnistía de 1979 ya se aproximan al centenar las causas abiertas por fiscales de distintos lugares del país para cumplir con el mandato internacional de investigar, identificar y castigar.

El martes pasado los tres jueces de un tribunal civil de apelaciones de San Pablo confirmaron la decisión de primera instancia que identificó a un coronel de 80 años, conocido por el nombre de encubrimiento de Dr. Tibiriçá, como el responsable de las torturas aplicadas hace cuarenta años a varios miembros de una familia de militantes, que no reclamaron pena ni indemnización, sino sólo aquella verdad a la que tanto temía Videla.

Y hace dos meses, el mismo torturador fue condenado a indemnizar con el equivalente de 50.000 dólares a la familia de un periodista muerto por la tortura en 1971, cuyo cadáver fue arrojado al paso de un camión para simular un suicidio.

Paulo Abrao dijo que verdad y justicia son indisociables y complementarias y que el sistema democrático se ubica del lado de las víctimas y no de los represores. 

La aparición de fotos de la propia presidente con signos del castigo que padeció en su juventud, la identificación del militar que la torturó, muerto hace veinte años, y de imágenes de los cadáveres de periodistas y sacerdotes asesinados, cuyas muertes la dictadura quiso hacer pasar por suicidios, el hallazgo de archivos militares que las Fuerzas Armadas negaban conservar han causado conmoción y ratifican que también aquí la verdad y la memoria pueden ser caminos abiertos hacia la Justicia, siempre que la sociedad lo reclame con suficiente fuerza.

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viernes, 17 de agosto de 2012

El terrorismo de Estado es cosa seria






Ante las declaraciones públicas formuladas por el Presidente de la Federación Rural Miguel Sanguinetti señalando que es terrorismo de Estado el accionar de la DGI nuestro colectivo se siente en la obligación de realizar las siguientes precisiones.


1.  Gracias a la lucha de los trabajadores y del movimiento popular, todos los ciudadanos del país tienen las más plenas garantías legales para defender sus legítimos derechos si consideran que ellos están siendo violentados por el accionar de los funcionarios del Estado.

El 1° de marzo de 1985 comenzó la transición democrática en nuestro país. Desde el 11 de febrero de 2011 en que la Corte Interamericana de DDHH en el caso Gelman vs Uruguay declaró que la Ley de Caducidad carece de efectos jurídicos, la Suprema Corte de Justicia recuperó su plena independencia con respecto al Poder Ejecutivo restableciéndose todas las garantías  conculcadas por la ya declarada inconstitucional ley 15 848.

2. Las organizaciones de DDHH  junto al Pit Cnt hemos promovido intensamente la creación de una Institución Nacional de DDHH, recientemente conformada, para la defensa y promoción de los mismos. Todas las personas físicas y jurídicas tienen la posibilidad de recurrir a dicha instancia para la defensa y la protección de sus legítimos derechos si consideran que ellos están siendo vulnerados.

3. Si bien desde el 13 de junio de 1968 el Estado uruguayo comenzó a actuar en forma ilegítima, en nuestro país el terrorismo de Estado se consagró como práctica política a partir de la disolución del Parlamento llevada a cabo el 27 de junio de 1973 por parte de Juan María Bordaberry.

La disolución de las Cámaras fue enfrentada por los trabajadores, la Universidad, los estudiantes y los sectores populares, en todo el país,  mediante una heroica huelga general de 15 días. La resistencia al golpe no fue acompañada por la corporación que él representa y  además expresó un apoyo tácito al proceso cívico – militar que se iniciaba al igual que el resto de las cámaras empresariales.

4. Comparar las acciones de fiscalización que pueda llevar a cabo la DGI con el accionar terrorista del Estado es un grave error conceptual. Denota un muy pobre conocimiento de las normas de DDHH y un menoscabo de lo que fue el terrorismo Estado en la vida de Uruguay. Ofende  la memoria  y el sufrimiento de quienes lo padecieron.

5. La dictadura cívico militar supuso centenares de uruguayos detenidos desaparecidos, centenares de asesinados, dentro y fuera de las fronteras nacionales en el marco del Plan Cóndor, miles de secuestrados, de torturados y detenidos con un promedio de 6,6 años de prisión en campos de concentración para los procesados por la justicia militar, miles de uruguayos requeridos, viviendo en la clandestinidad u obligados a exiliarse para preservar su vida y su libertad.

6. Las desapariciones forzadas, las ejecuciones extra judiciales, los asesinatos, las torturas, incluyendo los abusos sexuales, el secuestro de niños y las privaciones agravadas de la libertad, cuando son sistemáticas, masivas y generalizadas constituyen Crímenes de Lesa Humanidad y por lo mismo imprescriptibles e inamnistiables.

7. Nuestro colectivo organizado que representa a los miles de ciudadanos que sufrieron torturas, privación agravada de la libertad en campos de concentración, rechaza enérgicamente su comparación y la repudia.

El destino de nuestros detenidos desaparecidos sigue siendo aún una herida abierta de la sociedad uruguaya.

Habiéndose eliminado todos los obstáculos legales para la actuación de la justicia en nuestro país, la investigación exhaustiva de todas las graves violaciones a los DDHH cometidas durante el terrorismo de Estado, el esclarecimiento hasta sus últimas consecuencias de las mismas, la identificación de los responsables intelectuales y materiales, su sanción penal y administrativa es el único e indispensable camino para afirmar plenamente la democracia en Uruguay, sanear moralmente a la sociedad, valorar la vida y humanizar la convivencia a través de un adecuado, masivo conocimiento y respeto de las normas de DDHH.

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Opinando N° 27 - Año 1 - Jueves 16 de agosto de 2012

martes, 14 de agosto de 2012

Descapuchados


Ubagesner CHáves: condena de 25 años a Ribero y sólo 18 a Araújo por su “confesión”.


PUBLICADO EL VIERNES 10 DE AGOSTO DE 2012 EN CARAS&CARETAS.



“Hubo un error: nos teníamos que haber encapuchado nosotros. Había cosas que ellos no tenían que ver…”, dijo el coronel aviador Araújo Umpiérrez al reconocer su participación en los crímenes de la base Boiso Lanza, donde murió por torturas Chaves Sosa. La fiscalía lo consideró una confesión y redujo su pena por el atenuante, en lo que parece ser una señal para otros militares que admitan sus delitos o digan la verdad.

Por ROGER RODRIGUEZ

rogerrodriguez@adinet.com.uy

La fiscal de 2° turno, doctora Ana María Tellechea solicitó esta semana a la jueza penal de 7° turno, Mariana Mota, que condene a los ex oficiales de la Fuerza Aérea Enrique Ribero y José Araújo Umpiérrez a penas de 25 y 18 años de penitenciaría respectivamente, por el homicidio político de Ubagesner Chaves Sosa, muerto por torturas en la base Boiso Lanza en 1976.

Chaves Sosa, de 37 años de edad, había sido detenido el 28 de mayo de 1976 en el marco de la denominada Operación Morgan contra el ilegalizado Partido Comunista del Uruguay (PCU). Su cuerpo fue encontrado por el equipo de antropólogos de la Universidad de la República el 29 de noviembre de 2005. Estaba enterrado en una chacra cercana a la localidad de Pando. Su identidad fue confirmada el 1 de febrero de 2006 tras los exámenes científicos de rigor.

El lugar de enterramiento fue señalado en el informe oficial de la Fuerza Aérea sobre casos de desaparición forzada, elaborado por el comandante Enrique Bonelli, donde se indica que Chaves Sosa falleció por apremios físicos en la noche del 1 al 2 de junio de 1976 y que inicialmente se iba a entregar el cuerpo a los familiares pero como no se consiguió un certificado de defunción se decidió montar un operativo para simular su fuga y sepultar el cadáver en la chacra requisada a organizaciones subversivas.

La muerte de Chaves Sosa fue relatada por su compañero de militancia Gerardo Barrios ante la Comisión Investigadora sobre Detenidos Desaparecidos que funcionó en el ámbito parlamentario a la salida de la dictadura. Barrios fue secuestrado en junio de aquel 1976 y torturado en Boiso Lanza donde reconoció a Chaves Sosa, quien “ya estaba en muy mal estado”.

“…Yo estaba contra una pared…estaba tirado sobre un tablón, desnudo, mojado... sentía su respiración y me daba cuenta que empezaba a declinar. En determinado momento dice: “Por amor a mi partido, a mi mujer y a mi hija”…y deja de respirar. Yo lo llamo. El guardia ingresa, sale, llama a los oficiales que estaban afuera, que entran, veo por debajo de la venda que me cubre los ojos el cuerpo de Ubagesner y uno de los oficiales le pone la mano en el pecho y dice: ‘es el bobo; llamen al médico’”, relató Barrios ante los legisladores.

OLVIDO Y CONFESIÓN

Todos los testigos y pruebas recabados por la fiscalía señalan como coautores de la muerte de Chaves Sosa a los oficiales Enrique Ribero Ugartamendia y José Uruguay Araújo Umpiérrez, quienes en el marco de esta causa habían sido procesados con prisión el 8 de octubre de 2010, enjuiciamiento que fue confirmado por el Tribunal de Apelaciones de 3° turno.

Ribero, 64 años, dijo que aquel día no se encontraba en la base porque hacía un curso de ascenso, sin embargo admitió conocer el rumor de que Chaves Sosa se había escapado y que en 1985 supo que se le acusaba por su desaparición y aclaró que por desaparecido se entiende “cuando muere un detenido y se hace una simulación de algo, caso de un escape, y se entierra en un lugar determinado”. También admitió la existencia de torturas y adujo que era nombrado por los testigos porque era conocido en Boiso Lanza.

Araújo, 78 años, dijo no recordar en qué período fue ascendido a coronel y pasó a desempeñarse en el Servicio de Información y Defensa (SID), donde sería protagonista de la planificación del “segundo vuelo” de Orletti en el que otros 22 uruguayos secuestrados en Argentina fueron traídos y desaparecidos. El militar, conocido como “el paleta quemada” admitió: “Hubo un error: nos teníamos que haber encapuchado nosotros. Había cosas que ellos no tenían que ver…”

La frase de Araújo es considerada una confesión por parte del Ministerio Público: “Entendemos que la única explicación que puede tener su comentario sobre que los encapuchados debieron ser ellos y no los detenidos, mientras los interrogaban, sólo puede ser el reconocimiento de que los testimonios de los testigos que los involucran, son reales y que efectivamente fueron reconocidos en la función de la práctica de las torturas como medio de obtener información, porque en realidad eran ellos los que la dirigían. De manera que, tratándose de un delito de la naturaleza como el de autos, esa atenuante genérica, entendemos que debe tener una repercusión significativa en el monto de la pena que en definitiva habrá de requerirse para los encausados”.

El alegato de la fiscalía concluye con la acusación contra Ribero y Araújo, a quienes imputa como autor y coautor respectivamente de un delito de “Homicidio político muy especialmente agravado por las graves sevicias, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de privación de libertad especialmente agravado” sobre Ubagesner Chaves Sosa, en aplicación de la Ley 18.026 que incorporó a la jurisprudencia uruguaya las tipificaciones establecidas internacionalmente en materia de derechos humanos.

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miércoles, 8 de agosto de 2012

Crysol presentó nueva denuncia por torturas en la Armada

SE PRESENTARON 40 TESTIMONIOS POR TORTURAS EN EL FUSNA  


La República. 7 8 12



La Justicia recibió una nueva denuncia por “torturas” en centros de detención de la dictadura uruguaya, esta vez, en la sede del cuerpo de Fusileros Navales (Fusna). Más de 40 testimonios de ex presos políticos narran los “tratos degradantes” perpetrados en el centro.

Crysol, una organización de ex presos políticos uruguayos, presentó la pasada semana una nueva denuncia penal por “torturas” y “tratos degradantes” perpetrados en la sede del cuerpo de Fusileros Navales (Fusna), entre 1972 y 1985, donde narra con detalle los tormentos sufridos por los ex presos políticos, hombres y mujeres, en dicho centro de detención.

La denuncia, patrocinada por los abogados Pablo Chargoñia y Florencia Retamosa, recopila más de 40 testimonios de ex presos políticos sobre los tratos “inhumanos y degradantes” y “torturas” perpetrados en el Fusna, dependiente de la Armada nacional.

En este sentido, el escrito recoge el cúmulo de información recopilada sobre los tratos degradantes perpetrados en la base naval, incluido, los testimonios de ex presos políticos y los propios militares, por la Justicia uruguaya, en el marco de la indagatoria penal por el traslado clandestino de ex presos políticos en 1978, y el relato del ex marino Jorge Tróccoli (prófugo de la Justicia uruguaya). Asimismo, se ofrece la declaración del ex marino Daniel Rey Piuma, cuyo testimonio permitió desentrañar los hechos ilícitos cometidos en dependencias de la Armada.

La denuncia presentada por los ex presos políticos reclama la calificación de los ilícitos cometidos por el personal militar como “crímenes de lesa humanidad” y, por ende, imprescriptibles y de juzgamiento obligatorio para los Estados. La indagatoria será tramitada por el juez Penal de 21º Turno, Daniel Ohanian, y la fiscal Raquel González.

Tratos crueles

La denuncia realiza un pormenorizado detalle de la estructura jerárquica del Fusna y las actividades represivas desarrolladas en la base naval, la cual fue caracterizada en el expediente penal por el traslado clandestino de presos políticos en 1978 (donde fueron juzgados el ex dictador Gregorio “Goyo” Álvarez y el capitán de navío –r- Juan Carlos Larcebeau) y por el testimonio de los algunos militares.

La indagatoria penal tramitada por el juez Luis Charles y la fiscal Mirtha Guianze permitió desentrañar los nexos entre la Armada uruguaya y la Armada argentina, en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor, así como los operativos contra los grupos “subversivos” impulsados por los servicios S-2 (“inteligencia militar”) de la Armada. La investigación permitió confirmar la existencia de “la computadora”, un detallado organigrama de fichaje de grupos subversivos y sus integrantes, conformado por detenidos “colaboradores”, y agentes del S-2 y del propio Fusna.

Asimismo, la denuncia narra los tormentos físicos y psicológicos a los cuales eran sometidos los ex presos políticos y sus actuales efectos. “Las secuelas en el cuerpo y en la psiquis fueron inevitables. Las crisis emocionales se sucedieron, varias secuestradas debieron requerir atención médica y una de ellas intentó suicidarse”. “Las víctimas sobrevivientes hoy detectan enfermedades prematuras”, y muchas “compañeras murieron aún jóvenes”, señala el escrito.

Los hechos narrados “constituyen prueba de una práctica sistemática y planificada de persecución y tormento a opositores políticos ejercida por agentes estatales en ejercicio de funciones abusivas e ilegítimas que caracterizó el período de la actuación ilegítima del Estado y del terrorismo de Estado”, lo cual implica una “violación planificada de derechos humanos”.

“Quienes participaron de esas prácticas lo hacían como parte de un aparato organizado en el que las tareas se distribuían para que el conjunto operara conforme al designio de atormentar al detenido”, destaca. “La situación de reclusión estuvo caracterizada por la aplicación de trato cruel, inhumano y degradante, que formó parte de un modo de operación habitual. Al secuestrado se lo torturaba sistemáticamente, tanto en situación de ‘interrogatorio’ como fuera de él”, agrega.

Por tanto, los delitos deben ser calificados como crímenes de lesa humanidad, “imprescriptibles e inamnistiables, cuya investigación y persecución penal constituye un deber estatal inevitable en protección de los derechos humanos y como garantía de no repetición”, expresa el escrito.

“Goyo”

La denuncia detalla diversos elementos recopilados en el expediente penal por el traslado clandestino de presos políticos en 1978, que culminó con la condena del ex dictador Gregorio “Goyo” Álvarez, entre ellos, el testimonio del ex comandante en jefe de la Armada, Juan Fernández Maggio.

“El Fusna tenía una misión muy específica, mediante investigación propia o datos que se le pasaban, tenía la misión de hacer allanamientos, detener, investigar e interrogar a personas vinculadas a la sedición”, afirmó Fernández Maggio ante el juez Penal de 19º. Turno, Luis Charles.

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miércoles, 1 de agosto de 2012

Una herida abierta a saldar







Durante el gobierno anterior se aprobaron varias leyes destinadas a dar cumplimiento a las obligaciones reparatorias del Estado con aquellas personas que durante el terrorismo de Estado sufrieron graves violaciones a los derechos humanos.


Las principales leyes aprobadas fueron la 17 949 de enero de 2006, la 18 033 de octubre de 2006 y la 18 596 de setiembre de 2009. 


Las mismas abarcaron,  esencialmente, a sectores específicos de la población que desde el retorno a la institucionalidad democrática no habían sido tenidas en cuenta por los diferentes gobiernos que se sucedieron en la administración del Estado.

Todas ellas fueron aprobadas a más de 20 años del regreso a la democracia. Sus beneficiarios debieron soportar el daño ocasionado originalmente durante el proceso cívico militar y los daños supervinientes por el incumplimiento de las obligaciones de los gobiernos democráticos.

La Ley 17 949 abordó la reparación a todos los funcionarios militares, oficiales, clases y soldados que durante la dictadura militar fueron expulsados, arbitraria e ilegítimamente de las FFAA por sus convicciones democráticas, por negarse a torturar, por solidarizarse con los detenidos o motivos análogos.

La ley 18 033 encaró la reparación con una visión esencialmente jubilatoria a los miles de ciudadanos que estuvieron detenidos, fueron procesados por la justicia militar, debieron exiliarse, fueron despedidos durante la huelga general que enfrentó el golpe de Estado o permanecieron en la clandestinidad durante ese período.

La ley 18 596 se orientó a reparar a los familiares de los detenidos desaparecidos, de los asesinados y muertos a raíz o en ocasión del accionar ilegítimo del Estado, a quienes sufrieron lesiones gravísimas en base a lo dispuesto por el Artículo 318 del Código Penal, a los niños nacidos en cautiverio y a aquellos niños y adolescentes que permanecieron secuestrados durante más de 30 días. 

Adicionalmente introdujo pequeñas modificaciones a la ley 18 033 permitiendo que se incluyera en sus disposiciones a los ex presos políticos que eran funcionarios públicos y a quienes, en el marco del Plan Cóndor, estuvieron detenidos en los centros clandestinos de tortura fuera del país en los múltiples operativos represivos que la dictadura uruguaya llevó a cabo desde junio de 1973.

Antecedentes reparatorios.

Anteriormente, el primer gobierno del Dr. Julio María Sanguinetti fue el principal impulsor de algunas de las leyes reparatorias más trascendentes e importantes: la ley 15 737 (ley de amnistía) que posibilitó la liberación de los presos políticos y la ley 15 783 de diciembre de 1985 que permitió que recuperaran sus puestos de trabajo los miles de funcionarios públicos que durante el proceso habían sido destituidos por razones políticas, gremiales, ideológicas o por mera arbitrariedad. Durante su mandato, el Dr. Jorge Batlle promulgó en enero de 2002 la muy restrictiva e incompleta ley 17 449 para la actividad privada que significó un pequeño avance.

La responsabilidad estatal.

Las normas de DDHH establecen los derechos de los ciudadanos ante el Estado y los límites que los mismos, sus órganos, sus poderes, sus agentes y sus funcionarios no pueden superar en su labor de gobierno. Los derechos humanos solamente son violentados por los funcionarios gubernamentales por acción u omisión. El Estado en su conjunto es responsable por la conducta y la actuación de sus funcionarios. La normativa de DDHH regula los derechos ciudadanos y el accionar de los funcionarios del Estado imponiendo límites precisos al mismo.

El Estado, de acuerdo a los compromisos internacionales asumidos soberanamente por Uruguay, tiene la obligación de respetar las normas de DDHH y de asegurar el pleno ejercicio de los mismos a todos los ciudadanos sujetos a su jurisdicción sin distinción de sexo, raza, edad, credo, creencias filosóficas, políticas, religiosas u orientación sexual. Debe hacerlo incluso en el caso de que los mismos transgredan consciente o inconscientemente las leyes y las normas legales que rijan en el momento.

Cuando los Estados incumplen con sus obligaciones, por acción u omisión, tienen la obligación de reparar el daño ocasionado. Dicha reparación debe abordar múltiples planos: debe ser integral y cubrir todas las esferas del daño ocasionado: moral, política, social, sanitaria, psicológica y económica.

La acción reparadora del Estado debe ser rápida, no debe significar una revictimización de las personas y debe ser proporcional a la gravedad del daño ocasionado de acuerdo a las mismas normas de DDHH. La desaparición forzada, el asesinato, las ejecuciones, la tortura y la privación agravada de la libertad son delitos graves. Cuando se llevan a cabo de manera masiva, sistemática y generalizada como ocurrió en Uruguay se tipifican como Crímenes de Lesa Humanidad.

Dignificar la vida.

Las normas de DDHH tienen un solo cometido: dignificar la vida de cada uno de los ciudadanos, ofrecer garantías para un desarrollo pleno de ellos y de sus potencialidades, crear sólidos vínculos sociales, sentar las bases de una sociedad justa y digna. No son un escollo para la labor de los gobernantes sino una guía orientadora de su labor, una plataforma para generar políticas e instituciones que enriquezcan la vida social. No son propiedad de ningún partido político ni emblema de ningún sector social. Son un instrumento para orientar el gobierno en el día a día y poner un freno a la labor de los funcionarios gubernamentales y a las tentaciones autoritarias. Al decir de Saramago: la plataforma revolucionaria más amplia para el progreso y el desarrollo de los pueblos.

Las mejoras que faltan.

La aprobación de la ley 18 033, aprobada a más de 20 años del retorno a la democracia, luego de décadas de impunidad, significó un enorme avance en el cumplimiento de las obligaciones del Estado con miles de luchadores sociales y políticos. Fue un  acto de justicia y de afirmación de las normas de derechos humanos. Fuimos activos gestores de ella colaborando activamente con el gobierno para que ella fuera lo más avanzada posible de acuerdo a la magnitud del daño ocasionado por el terrorismo de Estado y el paso inexorable del tiempo.

Durante el mismo debate parlamentario de la ley, todos los participantes eran plenamente conscientes de que dicha norma tenía carencias e insuficiencias. Crysol las expuso en ambas Cámaras. Desde la perspectiva del grupo social que representamos, los ex presos políticos, entendemos que la acción reparadora del Estado no puede inducir u obligar en los hechos a renunciar a otros legítimos derechos ciudadanos, como las jubilaciones y pensiones.

Los ex presos políticos somos los únicos en todo el sistema previsional que incluso no podemos percibir la pensión de sobrevivencia que generan los cónyuges. Los cónyuges de los ex presos políticos deben renunciar a sus propias jubilaciones para percibir la pensión que generan los expresos políticos cuando fallecen.

Al mismo tiempo la acción reparadora del Estado con quienes sufrieron tortura y privación agravada de la libertad en condiciones diseñadas para la destrucción física, mental y psicológica, debe comprender a todo el universo: debe ser sin exclusiones, ya sea por los ingresos o por la fecha de liberación.

Desde la perspectiva de los ex presos políticos estas carencias de la ley 18 033 son una herida abierta de la democracia uruguaya y violentan las obligaciones del Estado, desde el punto de vista político, jurídico y moral.

Antes de que sea muy tarde.

El actual gobierno transita ya en su tercer año de mandato. De acuerdo a las normas constitucionales, el presidente debería enviar a la brevedad un proyecto de ley destinado a profundizar el proceso de reparación iniciado por la anterior administración. Es una potestad exclusiva suya pero es también una responsabilidad de todos los ministros que lo acompañan en la gestión y del sistema político en su conjunto, especialmente de quienes poseen representación parlamentaria. La temática de la reparación no debería ser un asunto exclusivo del partido de gobierno ni un tema de confrontación con perspectiva electoral.

La transición democrática iniciada en marzo de 1985 debe continuar y profundizarse hasta sus últimas consecuencias, hasta borrar totalmente el legado del terrorismo estatal de acuerdo a las tareas y obligaciones que impone la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas. Avanzar y profundizar el resarcimiento a las víctimas, superando las carencias e insuficiencias de las leyes aprobadas hasta el momento, se inscribe en dicho proceso. Afirmar la justicia en todos los planos, dando cumplimiento a las normas de derechos humanos y a la legalidad democrática, fortalecerá la democracia.

Con la misma disposición con que abordamos las demandas para que se investiguen y esclarezcan todas las graves violaciones a los derechos humanos, para que se identifiquen a los responsables directos y mediatos de ellas, para que se los juzgue y sancione, los expresos políticos, agrupados como colectivo en Crysol, demandamos a las autoridades y al sistema político la resolución positiva de este asunto. Aunque incluye aspectos éticos, jurídicos y compromisos asumidos en materia de DDHH, se trata de un tema político y como tal debe ser resuelto por el gobierno y el sistema en su conjunto.

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Opinando N° 25 - Año 1 - Miércoles 1° de agosto de 2012

Muchachas de Abril 2025

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17° Asado de fin de año Crysol (2015)

Julio Abreu sobreviviente del vuelo cero

Reconocimiento a expresidenta Silvia "turca" Yapor

Día del Liberad@ 2014

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Celebración del Día del Liberad@ 2013

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Homenaje a L@s Fusilad@s de Soca - 2010

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María Ester Gatti

30 años del NO a la Dictadura

Basta de Impunidad. Concentración en la Plaza Libertad el 24 11 10

Crysol en la concentración del Pit - Cnt el martes 16 de noviembre de 2010 en el Palacio Legislativo

Concentración en el Ministerio de Economía y Finanzas el 9 8 10

Marcha de Crysol el 21 de agosto de 2008


Día del Liberad@ 2010


Sigue siendo injusta


Festejo del 10º aniversario de Crysol



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Día del Liberad@

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Club Bohemios. 14 de marzo 2010

Ministro de Educación y Cultura, Dr. Ricardo Ehrlich

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Visita a nuestra sede social

Conferencia de Prensa en Crysol

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Anunciando celebración del Día del Liberad@

Salsipuedes

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Abril de 2010

Vocal

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Vicepresidente

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Baldemar Taroco

Tesorero

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Secretario

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Enrique Chalar

Presidente

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Gastón Grisoni