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jueves, 30 de agosto de 2012

No son solo memoria

Desaparición forzada, un mecanismo represivo que, inaugurado por los nazis, sigue aplicándose.



La Diaria. 30 8 12

En el Día Internacional del Detenido Desaparecido, el suplemento incluido en esta edición contiene un informe de Familiares que rastrea los orígenes de la desaparición forzada, mucho antes de que ese delito de lesa humanidad fuera cometido en forma sistemática por las dictaduras de América Latina durante la Guerra Fría, y analiza su permanencia hasta nuestros días en la región y en el resto del mundo. Complementan ese trabajo el adelanto de fragmentos de una obra inédita de Julio Castro que se publicará el año próximo, e información sobre los procedimientos que se aplican actualmente en nuestro país ante la desaparición de personas.

Cuando en 1942 el mariscal Keitel -ministro del Interior de Hitler- ordenó a las fuerzas alemanas en el extranjero el ocultamiento del paradero y destino final de los prisioneros de forma tal que “se perdieran como en la noche y en la niebla” (imagen que hizo conocer ese decreto como “Noche y Niebla”), estaba inaugurando una forma de represión propia de la época contemporánea: la desaparición forzada de personas (DF). Desde entonces, se da en un contexto represivo, de indefensión, acompañando otros crímenes de lesa humanidad como las ejecuciones extrajudiciales y las torturas.

Terminada la Segunda Guerra Mundial, la DF pasó a engrosar el menú represivo de la contrainsurgencia. Fue practicada sobre los pueblos que llevaban adelante la lucha anticolonialista (la practicó Francia en Vietnam y Argelia), o antidictatorial, por ejemplo en América Latina (AL), o simplemente reivindicativas en regímenes democráticos (México, Perú).

Era la época de la “guerra sucia” en la AL de la Doctrina de la Seguridad Nacional, del combate al gran enemigo del momento: el comunismo. La etapa en que todo opositor que no compartiera las ideas del sistema era llamado (lo fuera o no) “comunista” y por ende era enemigo. Su marco internacional era la Guerra Fría, un estado de equilibrio entre las dos superpotencias de la época, en torno al cual el mundo se dividió en áreas de influencia, y en el que se conformaron las respectivas alianzas militares (OTAN y Pacto de Varsovia) que garantizaban la paz en sus metrópolis y se trazaban “fronteras ideológicas” resguardadas por los arsenales nucleares.

No obstante, durante la Guerra Fría ambos bloques protagonizaron episodios bélicos como las invasiones a países en Europa Oriental por parte de la URSS, la guerra de Vietnam (Francia y luego EEUU) y las múltiples intervenciones en AL por EEUU con las consecuencias que todos conocemos. Las Fuerzas Armadas y de Seguridad de AL fueron instruidas en esta contrainsurgencia. La Escuela de las Américas (hasta 1984 instalada en la zona del Canal de Panamá) dictaba cursos permanentemente y los asesores de seguridad recorrían el hemisferio, al tiempo que las agencias de inteligencia prosperaban.

Fueron nuestros años tenebrosos. AL perdió decenas de miles de personas, vio distorsionado el desarrollo de sus sociedades y saqueados sus países. Mientras esto sucedía, el movimiento de derechos humanos y los familiares de las víctimas, organizados en asociaciones en cada país y en la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (Fedefam) a nivel continental1, comenzaron a dar una lucha inclaudicable. Se denunció la DF, se le explicó a la ciudadanía las formas y los contenidos de esta aberración. 

Se aprovecharon los resquicios y se llamó la atención del mundo sobre los hechos. Se trabajó a nivel internacional y se logró la Convención Interamericana (en vigor desde 1996) y la Convención Internacional contra la Desaparición Forzada (en vigor desde 2010), precedidas de sus respectivas Declaraciones. Para ello nos juntamos con personas y organizaciones de otros continentes, se formó la ICAED (Asociación Internacional contra la Desaparición de Personas)2. El esfuerzo de cientos de personas pudo revelar la magnitud de este crimen en el mundo (www.ediec.org) y aunar esfuerzos para su prevención y condena.

La década de 1990, ya finalizados los desgarradores conflictos en Centroamérica, encontró una AL en la que predominaban los Estados de Derecho, en cuyos países se iban dando procesos tendientes a la verdad, la justicia y la prevención de los crímenes de Estado.

Hay, en la etapa final de la Guerra Fría, un episodio que conviene repasar por las consecuencias que hasta hoy afectan la paz mundial: la guerra de Afganistán. En 1979, a solicitud del nuevo gobierno afgano, que no podía contener las rebeliones internas, la URSS invade el país. 

Comienza así una guerra enormemente cruenta y de larga duración, que se prolonga después del retiro (derrotada) de la URSS en 1987 hasta 1996. EEUU, junto a Arabia Saudita y otros países árabes, apoya a los rebeldes con cuantiosos recursos materiales e incentiva la Yihad que aporta miles de combatientes -armados y entrenados por EEUU- procedentes de distintos países, a quienes el entonces presidente norteamericano Ronald Reagan denomina “combatientes de la libertad”. 

Son estos muyahidines el origen de los Talibanes (que toman Kabul en 1996) y de Al Qaeda, que encuentra un lugar donde desarrollarse. Será Afganistán el primer país que EEUU invadirá después del atentado a las Torres Gemelas (11- S) al declararle la guerra al “eje del mal” inaugurando así las peores violaciones de los derechos humanos.

La posguerra fría

La invasión a Afganistán (2001), llamada por George Bush “la primera guerra del siglo XXI” -Operación Libertad Duradera3-, deja un saldo enorme de ejecutados, torturados y prisioneros trasladados en vuelos clandestinos, sin ver, a lugares desconocidos (black points). Muchos de ellos terminaban en el centro Rayos X, en la base militar de Guantánamo.

Detenidos sin ningún derecho, se les negó la condición de prisioneros de guerra puesto que, según las autoridades, no eran soldados sino terroristas, pero tampoco se les dio el trato de civiles, no se les permitió la defensa y tampoco -obvio- visitas. Pero Guantánamo no era el único destino de estos prisioneros a los que no se identificaba, llamándolos prisioneros fantasmas. 

A lo ancho de Europa (en donde la CIA practicaba detenciones ilegales con la complicidad de la OTAN), más de 1.200 vuelos chárter con prisioneros fantasmas concretaban el llamado Programa de Rendición Extraordinaria4 llevándolos hacia centros en países en los que fuera posible interrogarlos exhaustivamente (Pakistán, Egipto, Afganistán, etcétera) y algunos finalmente llegarían a Guantánamo. Cuando los familiares de los prisioneros con mayores posibilidades de conectarse y organizarse entre sí, a quienes primero se les ocultó la detención y luego el paradero, afirman que están desaparecidos, tienen razón.

A esto hay que agregar los padecimientos de los emigrantes árabes en EEUU e incluso el de ciudadanos estadounidenses de ese origen, más el retroceso en las libertades en ese país donde el FBI llevó una verdadera cacería de brujas en cuyo transcurso se realizaron investigaciones, detenciones y expulsiones ilegítimas (recuérdese la US Patriot Act). 

Mary Robinson, por entonces (2002) alta comisionada de la ONU para los DDHH, sostuvo: “Se ha proyectado una sombra sobre los derechos humanos”. En la guerra contra el terrorismo (en la que lo prioritario y excluyente es el orden y la seguridad) “ha habido una tendencia a no tener la menor consideración hacia los principios establecidos de los derechos humanos y del derecho humanitario internacional”.

A pesar de las protestas provenientes del mundo entero, EEUU volvió a usar Guantánamo para los presos iraquíes resultantes de una nueva invasión en 2003. Barack Obama prometió el cierre de Guantánamo, pero no cumplió y los detenidos continúan en la misma situación que en la época de Bush5. Otro centro de importancia es Bagram, administrado por EEUU en Afganistán, del que se asegura que es peor que Guantánamo y al menos tiene el triple de prisioneros.

Desatada la guerra contra “el eje del mal”, la estrategia de EEUU integra el concepto de guerra preventiva (es decir, de atacar al enemigo antes de que él lo haga), el de supremacía militar tan contundente que tenga poder disuasivo6, el de uso de todos los poderes (espectro completo), el de la expansión más amplia (“la expansión es la mejor garantía de seguridad”) que lleva a sembrar bases militares y a dispersar las flotas por todos los continentes, el de las guerras asimétricas (que justifica el uso de tácticas novedosas como los ataques con aviones no tripulados (drones), la incursión irregular de los cuerpos especiales7, etcétera. Igualmente se les da participación a empresas particulares para realizar tareas logísticas, de contrainsurgencia (mercenarización) y el apoyo a fuerzas paramilitares (paramilitarización). 

En esta estrategia se instruye en mayor medida que antes a las “fuerzas amigas”. Se estrechan las alianzas militares y se usan todos los poderes: financieros y económicos, diplomáticos, de información, informático, de inteligencia y militar (espacial, aéreo, marítimo, de tierra y anfibio) y las distintas agencias de cooperación para el logro de los objetivos.

El concepto de terrorista, más ambiguo aún que el de comunista, se usa con una enorme amplitud, pero en el fondo sólo quiere decir “el que está contra mí”, ya sea Estado, organización política, civil o persona. “Contra mí” quiere decir “contra mis intereses”.

El eje del mal es una definición lo suficientemente vaga como para “justificar” cualquier acción militar en cualquier lugar del mundo. Ya sea para cooperar con la población de los estados fallidos o para reforzar sus gobiernos o sustituirlos. Han cambiado las características de la guerra y de la injerencia. Pero las nuevas guerras incorporan las viejas formas de violar los DDHH: los asesinatos, las torturas, la DF, aunque tiendan a enmascarar al Estado como responsable último.

En AL, donde los grupos guerrilleros han pasado de comunistas a terroristas, donde se agregó la “guerra contra el narcotráfico” y la combinación narcoterrorista, están en marcha dos planes: Colombia (2000) y México (2006). Se han registrado decenas de miles de víctimas y la DF campea por esos países.

Nos queda denunciar, solidarizarnos y difundir estas realidades para que todos los ciudadanos sigamos atentamente la política exterior, militar y de seguridad que llevan nuestros Estados. Sabemos que AL está en proceso de siembra de bases, que los cuerpos especializados están instruyendo a personal nativo8, que se están usando mercenarios y que los paramilitares “buenos” proliferan impunemente. Trabajar contra la DF no es tener ojos en la nuca, es tener información del presente y prever el futuro.

Época de “La Violencia”

Abordar la actual situación sociopolítica de Colombia demanda partir de un hito en su historia reciente, “La Violencia” (LV): el asesinato de Jorge Gaitán, líder del Partido Liberal, detona una serie de protestas y una revuelta social que se conoce como “El Bogotazo”, que inaugura el citado período (1948-1953). Algunos analistas ubican en su contexto el surgimiento de los movimientos guerrilleros.

En 1958 y por 16 años, los partidos Liberal y Conservador formaron un Frente Nacional para poner fin a LV, mediante el cual convinieron en apoyar a un único candidato presidencial y dividirse los cargos. Es en esta época que las elites colombianas contratan grupos privados para defensa de sus propiedades y privilegios, operando con apoyo y complicidad de las autoridades; en la década siguiente encontrarán sustento jurídico los “grupos de autodefensa” bajo el auspicio y control de las FFAA. En los años 80, en el contexto de la política de paz impulsada por el presidente Belisario Betancur (1982-1986), los militares, la derecha y los narcotraficantes impulsaron, crearon y financiaron grupos paramilitares como estrategia contrainsurgente.

El inicio de los diálogos de paz -enero de 1999- marca un nuevo impulso violento: los paramilitares incrementaron las masacres y los sabotajes al proceso. Se suscribe el Plan Colombia entre los presidentes Pastrana y Clinton. El presidente Álvaro Uribe (2002-2010) adoptó la Ley de Justicia y Paz o de legalización del paramilitarismo, a fin de asegurarles su impunidad, legalizar sus bienes ilícitos y facilitarles el ejercicio político.

Plan Colombia

El Plan Colombia (PC) tiene por objetivo la “guerra contra el narcotráfico”. Introduce la concepción de narco-guerrilla y caracteriza a los grupos guerrilleros como terroristas. Ya en los 90 se generaron circunstancias propias de un “Estado fallido”, concepto que implica, entre otros, la pérdida de credibilidad, del control territorial, ineficiencia para garantizar servicios imprescindibles, y altos niveles de corrupción, que habilitan el avance de distintas formas de intervencionismo. A su vez, el interés geopolítico sobre Colombia es señalado por diversos analistas en función del contenido del documento Santa Fe IV (2000)9.

En cumplimiento de la ejecución del PC se inicia la operación llamada “Reingeniería”, una reestructura del Ejército puesto bajo órdenes directas del Comando Sur, y la instalación de bases y radares militares de EEUU. Las estrategias de este plan abarcan desde la campaña mediática y psicológica hasta la tercerización de ejércitos mercenarios, la fumigación de territorios con glifosato y la aspersión indiscriminada del “hongo mata coca”.

Los planes Colombia, Patriota y de Consolidación Territorial constituyen una secuencia temporal del mismo objetivo, hoy contenido en la Ley Nacional de Desarrollo 2010-2014, que pretende “consolidar la seguridad con la meta de alcanzar la paz, dar un gran salto de progreso social, lograr un dinamismo económico regional que permita el desarrollo sostenible y el crecimiento sostenido”10.

EEUU ha invertido en los años que lleva de aplicación el PC más de 8.000 millones de dólares en una guerra que ha fracasado en su objetivo, pero que ha recrudecido las violaciones a los DDHH, la militarización y paramilitarización territorial, la transnacionalización de las FFAA y una nueva formulación del “Estado de seguridad democrática”, en vistas a garantizar la inversión extranjera.

En materia de violaciones a los DDHH, sus daños conllevan:

• Desapariciones forzadas. El representante del alto comisionado de la ONU para los DDHH en Colombia, Christian Salazar, informó el 18 de agosto: “Colombia es uno de los países en América Latina y en el mundo con más desaparecidos”, y agregó que “décadas de conflicto armado interno y de persecución estatal” han dejado “miles y miles de desaparecidos y con ello un sufrimiento prolongado de sus familias”. Sobre las más de 16.600 desapariciones forzadas, explicó que fueron “cometidas por agentes del Estado y fuerzas paramilitares que colaboraban con ellos”11.

• Desplazamientos forzados. Más de cuatro décadas de conflicto armado interno -que tiene por centro la pugna entre modelos de propiedad y explotación de las riquezas naturales- han dejado cuatro millones de desplazados. La población civil, campesinos, comunidades indígenas y afrodescendientes son víctimas vulnerables, simplemente por el valor y la riqueza que encierran sus tierras para megaproyectos de explotación de empresas transnacionales, o por ser consideradas estratégicas para la lucha contrainsurgente. Este despeje de territorios se impone a comunidades enteras, conllevando masacres, desapariciones forzadas, ejecuciones sumarias, torturas, bombardeos indiscriminados, acciones de una guerra que se justifica en la destrucción de las supuestas “bases sociales” de apoyo a la guerrilla y/o en la lucha contra el narcotráfico, desplazando, asimismo, los mecanismos de control social.

• Falso positivo. Desde el accionar de las FFAA emerge una de las figuras de los albores de este siglo XXI en Colombia: el falso positivo. Esta verdadera escenografía del horror, enmarcada en una política de eficiencia de las fuerzas de seguridad, ejecuta a miembros de la población civil, presentados como supuestos combatientes abatidos. El relator de las Naciones Unidas para las Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias, Philip Alston, en su informe sobre Colombia -junio de 2009- afirma: “Las fuerzas de seguridad han perpetrado una cantidad impresionante de asesinatos premeditados de civiles y han presentado de manera fraudulenta a los civiles como ‘muertos en combate’. Sin embargo, es claro que si bien los así llamados ‘falsos positivos’ no fueron asumidos como objeto de una política de Estado, tampoco ocurrieron como casos aislados. Los asesinatos [...] Se dieron porque las unidades militares se sintieron presionados a mostrar resultados exitosos contra las guerrillas mediante el número de muertos”12.

• Biodiversidad e inversión. Las políticas del PC orientadas a la implementación de capitales extranjeros en el país conducen a la afectación de derechos esenciales, a la apropiación de las riquezas naturales e incluso atentan contra su sustentabilidad ecológica. Se implementa así el monocultivo de palma africana13 -sustituto de cultivos “ilícitos”- para producir biodiésel y etanol y venderlo a EEUU libre de aranceles en el marco del TLC entre ambos países. Hoy esta producción ocupa 7,8% del territorio cultivable (350.000 hectáreas), pero se proyecta potencialmente a 3.352.000. Este megaproyecto, al igual que la hidroeléctrica del río Ranchería y las explotaciones mineras, requiere territorios despejados que se obtienen generando desplazamientos forzados. Las comunidades ven así afectadas sus formas tradicionales de cultivo y subsistencia, pero además la fumigación sistemática de vastas zonas con el fin de la eliminación de los cultivos ilegales elimina indiscriminadamente otras riquezas y contamina fuentes fluviales -con sus consecuentes secuelas sanitarias-.

La guerra al narcotráfico se reformula, vinculando su estrategia a la seguridad y al entorno de inversiones empresariales: “En muchos sentidos, los programas de Colombia y el apoyo de EEUU han evolucionado a partir de nuestro enfoque original más estrecho, hacia una estrategia integral que puede servir como modelo para informar esfuerzos en otros estados fallidos o deficientes”, declaró Bradford Higgins, subsecretario de Gestión de Recursos de EEUU14.

Citas:

1. Fedefam fue fundada en 1981. Posee estatus consultivo, categoría II, en el Ecosoc, ONU.

2. International Coalition Against Enforced Disappearances (ICAED). www.icaed.org .

3. Operación Libertad Duradera (OLD) es el nombre genérico que se les da a las intervenciones militares antiterroristas. Así hay OLD-Afganistán, OLD-Filipinas, OLD-Cuerno de África, etcétera.

4. Ver informe de Dick Marty (miembro de la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa, presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, 2007). También campaña de Amnistía Internacional al respecto.

5. Jody Williams (premio Nobel de la Paz 1997) dijo que “la guerra contra el terror de Obama es más fuerte que la de Bush”. “En pocos meses mató a más gente con aviones teledirigidos que su predecesor en ocho años”.

6. El presupuesto de Defensa de EEUU en 2011 fue de 708.000 millones de dólares.

7. Ejemplo de esto fue el operativo de localización y ejecución, en Pakistán, de Bin Laden sin conocimiento de las autoridades locales.

8. Véase comunicado de Familiares de junio de 2012 relativo a la instrucción por Seals al Fusna: http://familiaresdedesaparecidos.blogspot.com/ .

9. www.visionesalternativas.com/militarizacion/articulos/geoestrat/7.htm .

10.http://www.setianworks.net/indepazHome/index.php?option=com_content&view=article&id=732:consolidacion-territorial-y-resurgimiento-de-paras-y-guerrilla&catid=59:paras&Itemid=74 .

11. http://m.eltiempo.com/ .

12. www.cinep.org.co .

13. www.pbi-colombia.org .

14. http://otramerica.com/temas/el-capitalismo-narco/2292 .

Familiares

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miércoles, 29 de agosto de 2012

domingo, 26 de agosto de 2012

El codo de la justicia

Segunda Pelota: Tribunales de apelaciones cambian fallos judiciales



El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno modificó dos fallos judiciales en causas de derechos humanos. El coronel Walter Gulla quedó en libertad al considerarse que Horacio Ramos se suicidó en el Penal de Libertad en 1981. También se exculpó al Goyo Álvarez por la muerte de Roberto Luzardo. El ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, sostiene que el coronel Juan Carlos Gómez es inocente del homicidio de Roberto Gomensoro Josman y posibilita una apelación que puede recaer en el mismo tribunal de alzada.


Caras y Caretas – 24 8 12 - 


TEXTO: ROGER RODRÍGUEZ - rogerrodriguez@adinet.com.uy


Los fallos judiciales a los que trabajosamente llegaron fiscales y jueces en casos de violaciones de los derechos humanos, luego de años de indagatoria en los que debieron enfrentar el pacto de silencio, la ley de caducidad, la complicidad de militares en actividad y retiro, amenazas y presiones, la falta de archivos desclasificados y hasta la desidia de quienes dirigían los tres poderes del Estado, pueden ser cambiados por los ministros de un nuevo Tribunal de Apelaciones creado hace un año por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

La acción del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno, que propició planteos de inconstitucionalidad de la ley por las prescripciones y ya anuló sentencias contra el dictador Gregorio Álvarez y los asesinos de Ramón Peré, aparece como la continuidad del calvario que sufren los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en la dictadura, quienes, luego de treinta años de lucha y cuando creían comenzar a acceder a la justicia, ven cómo todo vuelve a fojas cero.

Los recientes pronunciamientos del tribunal de alzada aparecen como un ingrediente más de la ofensiva sobre el proceso de alcanzar la verdad en el sistema judicial, que incluye las presiones sobre la ex fiscal Mirtha Guianze, los sumarios contra la jueza Mariana Mota, el traslado de fiscales comprometidos con las causas de violaciones a los derechos humanos, y otros movimientos impulsados por quienes procuran impedir el esclarecimiento de lo ocurrido en los años de la dictadura militar.

En ese escenario apareció el ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro, testificando públicamente que el coronel retirado Juan Carlos Gómez, procesado por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman, podría ser inocente ya que, según una investigación realizada por sus sucesores, aquella muerte ocurrida en 1973 se produjo en el Regimiento de Artillería Nº 1 y no en una unidad militar de Tacuarembó como afirmaron testigos a la jueza actuante.

El líder de la frenteamplista Corriente de Acción y Pensamiento-Libertad (CAP-L) criticó públicamente a la magistrada y dio argumentos a los defensores del militar que propiciarían una apelación contra el procesamiento que puede recaer en el propio Tribunal de 4º Turno. Militantes por los derechos humanos, por su parte, criticaron al Ñato y con documentos refutaron sus afirmaciones sobre que las unidades militares no intervenían en la requisitoria de los ciudadanos.


UN TRIBUNAL DE CUARTO


El 13 de abril de 2011, los cinco integrantes de la SCJ decidieron un reacomodo del organigrama judicial y crearon el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno que, "actuará exclusivamente en todos los asuntos de su competencia, que se inicien a partir de la fecha de su constitución hasta el 31 de agosto", para equilibrar su trabajo con el de los otros tres tribunales de alzada que hasta entonces existían.

Al frente del nuevo tribunal fueron designados los jueces Ángel Cal Shaban (quien actuaba en Apelaciones de 1º Turno), Alfredo Gómez Tedeschi (que provenía de Apelaciones de 2º Turno) y Jorge Antonio Catenaccio Alonso, a quien se había otorgado la venia como ministro de alzada sólo una semana antes. En sus manos quedaría, desde entonces, la confirmación o anulación de todas las sentencias que los jueces penales venían haciendo y que los implicados decidieran apelar.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno pasaría a tener un singular protagonismo en los casos de derechos humanos que, con la amenaza de una prescripción de las causas, en esos días agregaba tensión a un escenario judicial y político que desde principios de año venía sufriendo la ofensiva de un grupo de oficiales retirados que reivindicaban la actuación de la "lucha antisubversiva" y rechazaban una nueva serie de procesamientos de militares por delitos en la dictadura.

En diciembre de 2011 ese tribunal tuvo un fallo trascendente: confirmó el procesamiento del coronel Tranquilino Machado por la muerte del estudiante Ramón Peré, en 1973, pero cambió la tipificación dispuesta por el juez de 3º Turno, Ruben Saravia, quien había imputado al militar un delito de "homicidio muy especialmente agravado" por considerar que había existido un "impulso de brutal ferocidad" contra la joven víctima.

Sin embargo, el tribunal entendió que debía sentenciarse el delito de "homicidio simple", crimen que los ministros no consideraron prescripto porque aplicaron, por primera vez, la flamante Ley Nº 18.831 que, ante la posibilidad de que todas las causas de derechos humanos prescribieran aquel 1º de noviembre, el Parlamento había aprobado de urgencia el 27 de octubre anterior y que le devolvía al Estado la "pretensión punitiva" que con la ley de caducidad había perdido en 1986.

Pero el fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno tenía otra implicancia solapada: posibilidad que los abogados defensores de Machado interpusieran un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 18.831 que hasta entonces no había aplicado ningún juez penal y que todos los fiscales que actúan en causas de derechos humanos habían evitado alegar. Si la SCJ resolviera que esa ley lesiona la carta magna, todas las causas de derechos humanos habrían prescripto.

"SANA CRÍTICA" DE ALZADA

En su corta existencia, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno también impuso jurisprudencia con un histórico fallo en el que ratificó una sentencia de la jueza del Crimen Organizado, Graciela Gatti, en la que admitió que la "mercadería en tránsito" puede ser incautada, ya que debe cumplir las leyes nacionales aunque esté sujeta al no pago de impuestos; pero el tribunal terminó de adquirir su mayor protagonismo en sólo veinte días en las que anuló las sentencias por las muertes de Roberto Luzardo y de Horacio Ramos.

El 2 de agosto se supo que los ministros del tribunal decidieron revocar el procesamiento del dictador Gregorio Álvarez (sigue preso por otros címenes), dictaminado por el juez penal de 1er turno, Juan Carlos Fernández Lecchini, quien le imputó un delito de homicidio muy especialmente agravado por el caso de Roberto Luzardo, quien falleció en el Hospital Militar en 1973. Luzardo, detenido junto con otros dos tupamaros, era acusado de ejecutar al hermano del Goyo Álvarez y habría muerto desahuciado por orden del general.

El tribunal (ahora integrado con la jueza Myriam Méndez López en lugar de Gómez Tedeschi) consideró que "la prueba relevada a la luz de las reglas de la sana crítica, no reúne los elementos de convicción suficientes que habiliten el procesamiento dispuesto, ni aún con el carácter provisorio inherente al mismo". 

La resolución redactada por Cal Shaban y votada por Catenaccio Alonso dice: "Los médicos que estuvieron en contacto con Luzardo no refieren ni recuerdan que se hubiera omitido la asistencia" o "que hubiera existido una orden de algún mando militar de que no se prestara asistencia al paciente".

El 17 de agosto se conoció un nuevo fallo del tribunal de alzada, por el que contravino -otra vez- al juez de 3er turno, Ruben Saravia, quien había ordenado el procesamiento con prisión de los coroneles retirados Walter Gulla y Enrique Rivero por la muerte de Horacio Ramos, quien apareció "suicidado" en su celda de la 'isla' del Penal de Libertad el 30 de junio de 1981. Los ministros retiraron la tipificación de "homicidio muy especialmente agravado" contra Gulla y de "encubrimiento" sobre Rivero.

Esta vez la redacción de la sentencia correspondió a Méndez López, quien explica cómo el tribunal rebatió totalmente la instrucción realizada por el juez Saravia, a partir de una nueva reconstrucción del hecho solicitada por Catenaccio. Para los ministros Ramos pudo suicidarse "si se tiene en cuenta que el occiso era conocido como 'El Gorila' porque tenía unos brazos más largos que los (...) y que de su buen estado atlético dan cuenta todos los testimonios, aunque tuviera lumbago, no cabe sino concluir que la hipótesis de que se colgara de la reja es absolutamente posible".


Los jueces también rechazaron la autopsia histórica realizada por forenses ya que “la prueba pericial debe apreciarse como toda otra, según las reglas de la sana crítica y en función de la totalidad de las probanzas incorporadas a la causa. Bajo esta óptica y por las consideraciones que vienen de exponerse el Tribunal concluye, que la autopsia sicológica carece del suficiente valor conviccional para afirmar que no existió una conducta suicida, que por lo demás no la descarta”. Gulla quedó libre y Rivero sigue preso porque se pidió su condena por el homicidio de Ubagesner Chaves Sosa.


UNA DE CAL, OTRA TAMBIÉN


El juez Ángel Manuel Cal Shaban tiene un extenso trayecto como magistrado en lo penal. En 1992 tuvo a su cargo el sonado caso de las prostitutas de Milán surgido a raíz de una investigación de la periodista María Urruzola publicada enBrecha. Ordenó entonces el procesamiento de Jesús Miguel Fernández Peña por proxenetismo, de los empresarios Alfredo Martínez y Jorge Martínez por asistencia a la asociación para delinquir, del abogado Víctor Della Valle por encubrimiento y de los funcionarios policiales Héctor Cor Canabé y Víctor Hugo Rocha por omisión de funciones.

Cal Shaban fue presidente del Tribunal de Apelaciones de 1er turno desde 2005 y encabezó la polémica investigación contra el juez penal Federico Álvarez Petraglia, quien renunció a su cargo en 2010 tras denunciar a otro juez por revelar la identidad de un testigo protegido en una causa de narcotráfico. Cal también ordenó volver a interrogar a quienes participaron en Ciudad Vieja en la marcha anticapitalista de noviembre de 2005 en la que dos jóvenes fueron procesados por sedición. Su tribunal liberó a los hermanos Rupenian tras unos meses de cárcel por un fraude tributario de 250 millones de pesos.

Entre los miembros del tribunal de 4° turno, el juez Juan Antonio Catenaccio Alonso ya había tenido a su cargo, en abril de 1990, una denuncia penal contra el general Julio César Vadora, por las muertes de Ivo Fernández Nieves, Amelia Lavagna y otros. Consultó al Poder Ejecutivo de la época sobre si podía continuar la indagatoria y el 25 de junio recibió la respuesta firmada por el presidente Luis Alberto Lacalle y el ministro de Defensa, Mariano Brito, donde el caso fue amparado en la Ley de Caducidad.

Catenaccio entró al Poder Judicial en 1981 como defensor de oficio de Cerro Largo y en setiembre de 1983, aún en dictadura, ingresó a la magistratura como juez de paz. En 1987 fue designado juez de primera instancia en Rocha, en 1989 lo trasladaron a Las Piedras y en setiembre de ese año pasó a ocupar el juzgado penal de 1er turno en Montevideo, donde se desempeñó hasta julio de 1993, cuando fue derivado al juzgado civil de 6° turno, en el que cumplió funciones hasta su designación en el Tribunal de Apelaciones el 12 de abril de 2011.

Luego del golpe de Estado, Myriam Eva Méndez López (divorciada, tres hijos) fue fiscal entre 1973 y 1979 en Bella Unión, Artigas, Tacuarembó y Rosario. En febrero de 1983 la dictadura la nombró jueza de paz de Durazno y en 1984 fue ascendida a jueza en Montevideo. En esos años se encargó del despacho del juzgado letrado de Paso de los Toros. Fue enviada a Cerro Largo y en 1986 se la trasladó a Paysandú. Un año después solicitó que la instalaran en Rivera, donde ascendió en 1989, cuando pasó a ocupar juzgados de familia en los que en 1999 llegó a Montevideo.


ÑATO CONTRA EL VIDRIO


Es en ese contexto judicial que el ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro, resolvió enviar por escrito su testimonio a la jueza de Paso de los Toros, Lilián Elhorriburu, en el que le comunica su convicción respecto de que un militar que ella procesó con prisión por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman podría ser inocente, ya que luego de una larga investigación realizada por su equipo de asesores entendía que esa muerte se produjo en el Grupo de Artillería N° 1 en La Paloma de Montevideo, al mando del coronel José Nino Gavazzo (tipificado coautor del crimen).

La misiva de Fernández se sumó a la declaración de otro Fernández, Gonzalo, ex ministro de Defensa, ex canciller y ex secretario del presidente Tabaré Vázquez, quien también testificó ante la jueza que para él, que integró la Comisión para la Paz en el gobierno de Jorge Batlle, no era “creíble” la versión de que Gomensoro fuera asesinado en Tacuarembó, pese a que en el departamental lago de Rincón del Bonete apareció su cuerpo fondeado por rocas que le ataron con alambres.

El testimonio de ambos Fernández derivó en que la prensa titulara que “Desde la izquierda ponen en duda fallos judiciales sobre DDHH” y provocó malestar en ONG y militantes por los derechos humanos. Unos recordaron que en 1973, cuando la muerte de Tito, Huidobro era rehén de la dictadura y poco podía saber sobre lo que pasaba; otros apuntaron a que si accedió a su versión de lo ocurrido por asesores militares, le estaban mintiendo tal como ocurrió en otros casos.

Al respecto, otro ex tupamaro, Lewis Rostan, difundió por internet un documento que contradice lo dicho por el Ñato respecto de que las unidades militares no requerían personas. El facsímil muestra un listado en el que figuran número de requisitoria, nombre y documento y “Juz.Mil./ U. Req” (Juzgado militar/Unidad Requiriente).

Los dichos de Gonzalo Fernández también generaron críticas, ya que en el informe final de la Comisión para la Paz que él elaboró se decía de Roberto Gomensoro que sus “restos podrían haber sido exhumados a fines del año 1984, incinerados y tirados al Río de la Plata”. 

Una fórmula, aplicada a todos los casos de desaparecidos, que se evidenció falsa: de Ubagesner Chaves Sosa dijeron que fue enterrado en “un lugar no especificado” y estaba en una chacra de Pando; de Fernando Miranda dijeron que fue enterrado en el Batallón 14 y apareció en el Batallón 13, mientras que Julio Castro y Ricardo Blanco, a quienes señalaron como exhumados, seguían enterrados en el Batallón 14.

La propia Elhorriburu respondió al ministro de Defensa: “Ahora resulta que se acordó que sabía algo, dos años después de haber procesado a una persona que él dice que es inocente”, declaró la magistrada al matutino El Observador, y agregó: “De haber sabido antes lo hubiese citado. Pero ya estamos en la etapa de manifiesto y no se puede poner otra prueba. Y a él se le ocurrió mandarme un fax el 6 de agosto... ¿No le parece raro? A mí me parece raro. No sé qué buscó con eso. Si ya sabía eso hace dos años, ¿por qué no se presentó?  […] A mí me da igual. Yo sigo investigando. Tengo muchos testigos que ya declararon y hay otros tantos que van a declarar”.

El presunto inocente es el coronel retirado Juan Carlos Gómez, alias Carretilla de Plata (por un implante en su rostro), denunciado por torturar a militantes del Partido Comunista Revolucionario en el Regimiento de Caballería N° 4, quien operó en el Batallón de Ingenieros N° 3 de Paso de los Toros (donde Fernández Huidobro estuvo como rehén), fue mando del Penal de Libertad, jefe de Policía de Maldonado e integra hoy el Regimiento Simbólico San Jorge que encabeza el dictador Gregorio Goyo Álvarez. 

Gómez también estuvo en Buenos Aires en 1976 antes de que asesinaran a Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y se desatara la Operación Cóndor. 



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Señal de interferencia


Revisionismo judicial en varios fallos por violaciones de derechos humanos



¿Está despuntando entre los magistrados un revisionismo hacia la impunidad? ¿O por el contrario la lógica judicial penal resulta incapaz de abarcar lo más perverso del terrorismo de Estado? Entre estos dos extremos basculan las opiniones tras los recientes fallos de tribunales de apelaciones que revocaron decisiones de jueces de primera instancia en procesamiento de militares.


Brecha. 24 8 12. Por Samuel Blixen


El caso que con mayor fuerza gráfica un territorio de ambigüedad -en la imposibilidad de determinar con precisión todos los detalles de episodios amparados por una impenetrable y generalizada complicidad del silencio-corresponde a la muerte, en el penal de Libertad, en 1981, del militante tupamaro Horacio Ramos, cuyo cuerpo fue encontrado en un calabozo de castigo en el módulo llamado La Isla, sugiriendo una autoeliminación por ahorcamiento con una bufanda, cuando ya se le había otorgado la libertad al prisionero. 

Ramos había sido reiteradamente sancionado con un estricto aislamiento, que suspendía visitas con familiares y todo contacto con otros reclusos, en ese módulo separado del cuerpo principal de la cárcel y que contaba con una guardia especialmente designada para la custodia de los reclusos que eran encerrados -por plazos mínimos de 15 días- en las celdas de castigo, y sometidos a un permanente hostigamiento. En el momento del episodio en La Isla sólo se encontraban Ramos y sus carceleros.

El hoy coronel retirado Walter Gulla, que en 1981 era director del penal de Libertad, fue procesado por homicidio especialmente agravado por el juez penal Rubén Saravia en julio de 2011; también fue procesado por el mismo caso y por el delito de encubrimiento el oficial de la Fuerza Aérea Enrique Rivero, involucrado también en la desaparición y asesinato de Ubagesner Chaves Sosa.

En su fundamento del procesamiento el magistrado afirmó que "está probado que Ramos no se suicidó como se planteó inicialmente", sino que "fue víctima de homicidio por parte de quienes ejecutaban las directivas impartidas" por Gulla. El juez Saravia consignó que el coronel sabía que en el penal se torturaba a los detenidos, pero "no impidió que continuaran con dicha política de persecución sistemática", sino que "por el contrario se comprometió a encubrir los referidos excesos de sus subordinados".

Para el juez, se recolectaron elementos probatorios suficientes que demuestran que la muerte de Ramos "se produjo por ser víctima de un instrumento o mecanismo de terror para obtener información sobre determinados hechos realizados por quienes integraban los movimientos de izquierda política, o como política de persecución a su respecto".

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Cuarto Turno, integrado por los ministros Ángel Cal, Myriam Méndez y Jorge Catenaccio, dejó de lado el "mecanismo de terror" y se centró en el valor de la prueba sobre el homicidio. Después de realizar una reconstrucción en el penal, el tribunal concluyó que "era absolutamente posible que Ramos se hubiera colgado con su faja de la ventana en que apareció pendiente su cuerpo", a la vez que descartó una autopsia psicológica que "carece del suficiente valor conviccional para afirmar que no existió una conducta suicida".

La ex fiscal Mirtha Guianze, actual miembro del Instituto de Derechos Humanos, cuestionó los criterios del tribunal, y en especial la reconstrucción, que "se hizo con La Isla demolida y sin existir las condiciones, porque ya no existía la reja ni la cama. Yo había objetado esa reconstrucción que hicieron ellos, y la relación de la prueba que hace el tribunal a mi entender no se ajusta al expediente".

Más allá del relativo valor de la reconstrucción, que para el tribunal fuera "absolutamente posible" el suicidio implica dejar de lado el contexto de represión y hostigamiento; si el coronel Gulla no ordenó matar a Ramos o encubrió el homicidio permitiendo que se simulara un suicidio, sí está claro que era responsable del mecanismo de terror que posibilitó la muerte.

Por otra parte, en el juego de "posibilidades", el tribunal no considera como relevante el hecho de que Ramos ya tenía la libertad firmada, lo que pone en cuestión una actitud suicida. Como consecuencia del fallo del tribunal el coronel Gulla fue liberado el pasado viernes 17, y ello dio pie para que el presidente del Centro Militar, Guillermo Cedrez, arremetiera contra Guianze: "Se hizo un acto de estricta justicia, porque Gulla estaba mal procesado y mal acusado por la ex fiscal Guianze, a quien se le ha permitido hacer de todo y no se le han puesto normas".

En un caso aun más perverso -la muerte del militante tupamaro Luis Luzardo en el Hospital Militar tras una agonía de meses en que, parapléjico, su cuerpo se cubrió de escaras por falta de atención y de higiene-, el mismo Tribunal de Apelaciones eximió de responsabilidad al general Gregorio Álvarez. Luzardo había sido herido de bala cuando su detención en 1972 y fue asistido en el hospital.

En enero de 1973 el trato que se le dispensaba en la sala 8 -exclusiva para detenidos- cambió radicalmente cuando, a raíz de confesiones de otros prisioneros, a Luzardo se le atribuyó (erróneamente) participación en la ejecución del coronel Artigas Álvarez, hermano de Gregorio, por entonces jefe del Estado Mayor Conjunto.

El testimonio de numerosos detenidos en la sala 8 confirman que desde entonces a Luzardo casi no se lo asistía, prácticamente no se lo alimentaba y se estableció una prohibición expresa de que sus compañeros pudieran auxiliarlo. Los mismos testimonios confirman que el general Gregorio Álvarez visitó la sala 8 y, en compañía de personal militar, permaneció largo rato junto a la cama de Luzardo.

Después de ubicarse documentos de autopsia del hospital, que fraguaron las causas de la muerte de Luzardo, el juez penal Juan Carlos Fernández Lecchini dispuso el procesamiento del general Álvarez, que ya cumplía prisión por otros asesinatos.

El Tribunal de Apelaciones de Cuarto Turno dispuso, en un fallo dado recientemente a conocer, "que no surgen elementos de convicción suficientes que permitan atribuir a Álvarez en grado o calidad alguno el homicidio de Luzardo", porque "la prueba relevada a la luz de las reglas de la sana critica no reúne los elementos de convicción suficientes que habiliten el procesamiento dispuesto". 

Lo más insólito es la afirmación de que "los médicos que estuvieron en contacto con Luzardo no refieren ni recuerdan que se hubiera omitido la asistencia al señor Luzardo y ninguno de ellos menciona que hubiera existido una orden de algún mando militar de que no se prestara asistencia al paciente".

Si no hubo omisión de asistencia, ¿cómo se explica que el cuerpo de Luzardo exhibiera llagas infectadas, y que, según una autopsia histórica, el probable deceso fuera por inanición, es decir, por hambre? ¿Y cómo se explica el deterioro del detenido en un grado extremo si no hubiera una orden de no asistirlo, prohibiéndole incluso a otros detenidos allí internados el aseo de Luzardo?


SEÑALES POLÍTICAS.


Algunos militantes de derechos humanos, con vasta experiencia en la recolección de elementos para sustentar denuncias ante la justicia, consideran que en estos últimos fallos (como en la suspensión de las actuaciones que derivarían en el procesamiento del general Pedro Barneix por el homicidio de Aldo Perrini) juegan un papel preponderante las señales que surgen desde el ámbito político. En el caso del homicidio de Roberto Gomensoro, decapitado en Paso de los Toros y cuyo cuerpo apareció en la represa, y por el que la jueza Lilián Elhorriburu, procesó en 2010 a los militares Juan Carlos Gómez y José Gavazzo, un tribunal de apelaciones confirmó que la acusación no deja lugar a dudas.

"La firmeza de su imputación, ligado a los detalles vivenciales, como el tejido con el que se envolvió el cuerpo, la presencia de Me-neses, sargento encargado del Campo 3, su alcoholismo y las bravuconadas con las que amenazaba a los policías (hacerle lo mismo que a Gomensoro); la presencia de Gavazzo en Paso de los Toros, visto en los prostíbulos, con una amante, el golpe de bayoneta que desgarra los genitales de Gomensoro y fallece desangrado, corroborado por Abel Rodríguez (otro testigo), dan la fuerza impactante a la cadena de indicios que, aislados, menguan y nada imponen ", dice el documento.

A pesar de las razones con que el tribunal confirmó la resolución de la jueza de Paso de los Toros, coincidiendo desde distintos ángulos, se ha pretendido cuestionar el procesamiento. Sorpresivamente, el ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, abogó por la inocencia del militar procesado Juan Carlos Gómez, en una carta que envió a la jueza Elhorriburu.

Fernández Huidobro sostuvo que una investigación que realizó junto con otros "viejos militantes" prueba que Gomensoro fue muerto en el cuartel del Batallón de Artillería 1 de La Paloma, en Montevideo, y que la decisión errónea de la jueza -supuestamente a partir del testimonio de un solo testigo, dice el ministro- habilita "que esté pagando con cárcel un oficial que nada tuvo que ver en este caso y se esté encubriendo a los verdaderos culpables. Cortando, además, la línea de investigación ".

La magistrada criticó a Fernández Huidobro por haberle enviado una carta dos años después del procesamiento y se preguntó por qué el ministro, si tenía información relevante sobre el caso, no se presentó a tiempo en el juzgado para declarar. "Ahora resulta que se acordó que sabía algo, dos años después de haber procesado a una persona que él dice que es inocente", declaró la jueza a El Observador, advirtiendo, además, que cuenta con decenas de testigos que avalan la culpabilidad de Juan Carlos Gómez.

La intempestiva movida del ministro, que supuestamente logró determinar la inocencia del procesado pero no la identidad del culpable, quedó de hecho cuestionada por dirigentes del pit-cnt, quienes a comienzos de la semana se entrevistaron con los miembros de la Institución de Derechos Humanos para expresar la preocupación sobre el estado de las causas judiciales referidas a delitos cometidos durante la dictadura.  

La Comisión de Derechos Humanos de la central sindical está realizando un seguimiento de todos los casos, y está elaborando un informe que será dado a conocer en las próximas semanas. Los dirigentes sindicales manifestaron su preocupación por que los organismos estatales, y en especial el Ministerio de Defensa Nacional, no entregan la información requerida por los juzgados. 

En la reunión se planteó la necesidad de abrir los archivos militares y de ubicar otros de cuya existencia se tienen indicios firmes. A la vez, se planteó la preocupación por la demora en la reglamentación de la ley aprobada en 2008 por la cual se crea el archivo del Museo de la Memoria.

Todos esos elementos configuran, a juicio de militantes de derechos humanos, señales políticas que debilitan la postura de los organismos que imparten justicia.

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jueves, 23 de agosto de 2012

Guianze: dos fallos "al hilo y parecidos"


Exfiscal "para nada" de acuerdo con el Tribunal


El país. 23 8 2012


"Creo que hice las cosas correctamente", dijo la exfiscal Mirtha Guianze, actual integrante de la Institución de Derechos Humanos, sobre la sentencia absolutoria de los militares Walter Gulla y Enrique Rivero, que fueron procesados el año pasado a pedido suyo.

Guianze dijo que no está "para nada de acuerdo" con la resolución del Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno, pero se negó a realizar otros comentarios ya que ahora el caso está en manos del fiscal Diego Pérez y no quiere influir en él.

"El expediente es público y puede ser consultado por quien desee analizar las pruebas que se tuvieron en cuenta para resolver los procesamientos", afirmó la ex fiscal al ser consultada ayer por El País.

Guianze también criticó a la sala que revocó los procesamientos de Gulla y Rivero, que fue la misma que semanas atrás eximió de responsabilidad al exdictador Gregorio Álvarez en relación a la muerte del militante tupamaro Roberto Luzardo.
"Ese tribunal ha tenido dos sentencias muy parecidas al hilo, por lo que no hay mucho más para decir", sostuvo Guianze.

Por su parte, el juez Rúben Saravia, quien a pedido de Guianze el año pasado procesó a Gulla y Rivero, dijo ayer a El País que todavía no leyó la sentencia que absolvió a los militares, pero indicó que la decisión adoptada por el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno es algo que "está dentro de sus competencias".

Saravia aclaró que él tomó competencia en el caso cuando ya estaba "toda la prueba diligenciada" por su antecesor, Sergio Torres.


DD.HH.: solo otros dos militares podrían ser absueltos y liberados

Revocación. Último fallo de Apelaciones es un "precedente", dice abogada


En el corto plazo, sólo dos militares procesados por un crimen de la dictadura podrían recuperar la libertad. Eso ocurrirá si un Tribunal de Apelaciones revoca la imputación que recae sobre ambos por la muerte por torturas de un detenido en 1973.

"Se aplicó el derecho porque los procesamientos se basaron en una prueba inexistente y en otra inválida. Es un precedente", dijo la abogada Graciela Figueredo, defensora del militar Walter Gulla, cuyo procesamiento con prisión por la muerte de Horacio Ramos fue revocado por el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno.

Gulla había sido enjuiciado con prisión en julio de 2011 junto con el oficial de la Fuerza Aérea Enrique Rivero. A pedido de la fiscal Mirtha Guianze, el juez Rúben Saravia imputó a Gulla "un delito de homicidio muy especialmente agravado" y a Rivero otro por "encubrimiento" por la muerte de Ramos, cuyo cuerpo colgado fue encontrado en una celda del Penal de Libertad en 1981.

Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno concluyó que no se probó que Ramos haya sido asesinado ni tampoco que de haber sido un homicidio los responsables hayan sido Gulla y Rivero, como lo determinaron el juez Saravia y la exfiscal Guianze, actual integrante de la Institución de Derechos Humanos.

En la sentencia, la sala rebatió todos los argumentos utilizados para procesar a Gulla y a Rivero e, incluso, señaló que por cómo se reconstruyó la muerte de Ramos, "no se reconstruyeron los hechos. Se crearon hechos".

Figueredo, abogada contratada por el Centro Militar para defender a los oficiales acusados por crímenes de la dictadura, dijo a El País que actualmente solo un expediente está en trámite de apelación para confirmar o revocar los procesamientos de dos militares.

Se trata de Alberto Gómez Graña y Arturo Aguirre, quienes fueron procesados con prisión en octubre de 2011 acusados por la muerte del militante tupamaro Gerardo Alter, quien falleció por torturas en 1973 mientras estaba detenido en el Batallón Florida.

El caso está a estudio del Tribunal de Apelaciones Penal de 1° Turno desde "hace bastante tiempo", por lo que la resolución se debería conocer en breve, indicó Figueredo.

La abogada dijo que los demás casos están en trámite y en todos se confirmaron los procesamientos de los militares acusados. En varios expedientes, incluso, los imputados ya tienen sentencia firme.

A principios de agosto, el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno revocó el procesamiento del exdictador Gregorio Álvarez en relación a su responsabilidad por la muerte del militante tupamaro Roberto Luzardo, que falleció por no tener atención médica en el Hospital Militar en 1973.

De todos modos, Álvarez continúa en prisión ya que está siendo juzgado por otra treintena de homicidios y desapariciones. Lo mismo ocurrió en torno al caso Ramos, ya que solamente Gulla fue liberado, porque Rivero también está siendo juzgado por su responsabilidad en el secuestro y homicidio de Ubagesner Chaves Sosa.

Según un relevamiento presentado a fines de junio por la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia, en Uruguay hay en trámite 121 causas judiciales por crímenes ocurridos durante la pasada dictadura; 103 en Montevideo y las restantes 18 en juzgados del interior del país.

Actualmente, hay 23 represores en prisión: 12 en la cárcel de Domingo Arenas; 6 en la Guardia de Coraceros y 5 internados en el Hospital Militar.

Fiscal analiza si recurre a la Corte

El fiscal penal Diego Pérez evalúa la posibilidad de presentar un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contra la resolución que absolvió a los militares Walter Gulla y Enrique Rivero, que habían sido procesados en 2011 por su responsabilidad en la muerte del militante tupamaro Horacio Ramos, cuyo cuerpo fue encontrado sin vida en una celda del Penal de Libertad en 1981.

Pérez, que tiene a su cargo la causa en forma provisoria desde que la exfiscal Mirtha Guianze asumió como integrante de la Institución de Derechos Humanos, dijo ayer a El País que todavía no decidió si presentará la acción ante la SCJ, para lo cual tiene un plazo legal de 15 días hábiles que se contabilizan desde el viernes 17, día en que se le notificó el fallo que absolvió a Rivero y Gulla. Este último militar fue liberado ya que no tiene otras causas en trámite.

Si efectivamente Pérez resuelve presentar el recurso ante la Corporación, el máximo órgano del Poder Judicial deberá rever todo el expediente y en tercera y última instancia, tendrá que decidir si Gulla y Rivero fueron correctamente procesados. De todos modos, en tal caso, el trámite en la SCJ insumirá no menos de seis u ocho meses.

RESUELTOS Y PENDIENTES

Gregorio Álvarez

ABSUELTO EN CASO DE ROBERTO LUZARDO

El Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno revocó el procesamiento del exdictador Gregorio Álvarez por la muerte del militante tupamaro Roberto Luzardo mientras estaba internado en el Hospital Militar en 1973. El fallo determinó que no hay pruebas que incriminen a Álvarez, que sigue en prisión por otros homicidios.

Walter Gulla y Enrique Rivero

EXIMIDOS EN CASO DE HORACIO RAMOS

Walter Gulla (exdirector del Penal de Libertad) y Enrique Rivero fueron procesados en 2011 por la muerte de Horacio Ramos en el centro de reclusión en 1981. Pero el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno revocó ese fallo y exculpó a ambos. Gulla fue liberado pero Rivero continúa en prisión por el caso de Ubagesner Chaves.

El caso del General Barneix

POR LA MUERTE DE ALDO PERRINI

La jueza Mariana Mota debe resolver en el caso de la muerte por torturas de Aldo Perrini en 1974. La Fiscalía acusó al general (r) Pedro Barneix y a los oficiales José Puigvert, José Baudean y Washington Perdomo. El caso está en la Suprema Corte por un recurso contra la ley que declaró de lesa humanidad los delitos de la dictadura.

Ricardo Zabala

POR EL CASO DEL MAESTRO JULIO CASTRO

La Suprema Corte de Justicia también debe resolver sobre un recurso contra la ley de imprescriptibilidad presentado por el expolicía Ricardo Zabala, procesado en marzo de este año por la desaparición y homicidio del maestro Julio Castro, ocurrido en 1977. Los restos de Castro fueron recuperados a principios de 2012.

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